Resuelven sobre la extradición
de un ciudadano egipcio acusado de terrorismo
- Héctor
Gross Espiel: En el pedido de Egipto no hay referencia directa a
sus presuntos vínculos con Bin Laden, sino a un atentado
en Luxor.
- Defensora de oficio, Cecilia Schroeder: No hay ningún sustento
para la acusación, ni actuación de la justicia egipcia.
Si lo extraditan simplemente para interrogarlo, lo van a pasar a
cuchillo sin juicio.
EN PERSPECTIVA
Jueves 20.09.01, hora 08.41.
EMILIANO COTELO:
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Segundo Turno se apresta
a conceder la extradición a Egipto de El Said Hassan Mohamed
Mockles, un ciudadano de esa nacionalidad que está acusado
de tomar parte en acciones terroristas como integrante de la organización
Al Gama Islamia, que significa "Asamblea Islámica".
También se le acusa de haber recibido entrenamiento en manejo
de armas y fabricación de explosivos en Afganistán,
según lo que recuerda hoy el semanario Búsqueda, que
anticipa hoy lo que sería el fallo judicial. Los informantes
citados por Búsqueda indicaron que la resolución que
se notificará en los próximos días fue resuelta
en una votación dividida y que para concretarla se consideró
que en el caso existen suficientes elementos aportados por Egipto
para que Mockles sea investigado en su país por su vinculación
con actividades terroristas. La principal imputación es haber
participado en 1997 en un atentado en la ciudad egipcia de Luxor,
en el que murieron 60 turistas de diferentes nacionalidades.
En estos días
surgieron nuevos elementos en torno a este hombre. El diario Clarín,
de Buenos Aires, añadió que uno de los agentes de
Bin Laden es el egipcio El Said Asan Mohamed Mockles, quien construyó
células terroristas en Foz de Iguazú para recaudar
fondos y mandarlos a Oriente Medio o realizar tareas como falsificar
pasaportes. Citando a los Servicios de Inteligencia del Estado (SIDE)
de la República Argentina, Clarín agrega que integra
la Yihad islámica y está acusado de los atentados
contra turistas en Luxor.
Mockles, que
aguarda en Cárcel Central la resolución definitiva
sobre el pedido de extradición, desmintió terminantemente
estas versiones, tanto a través de su esposa como de su abogada
defensora, la doctora Cecilia Schroeder.
***
Les proponemos
actualizar la situación de este caso, ahora que ha cobrado
una notoriedad adicional por la coyuntura de tensión internacional
y por estas versiones que han señalado a este hombre como
relacionado nada menos que con Bin Laden. Vamos a escuchar dos puntos
de vista, el doctor Héctor Gross Espiel y el de la doctora
Cecilia Schroeder.
Vamos a dialogar
primero con el doctor Gross Espiel, a quienes los oyentes conocen
por su actividad como canciller de la República durante la
administración Lacalle, por su actividad académica
en materia de Derecho Constitucional e Internacional, y que en este
expediente en particular se desempeñó como asesor
jurídico del gobierno egipcio.
¿Por
qué el gobierno egipcio pide la extradición de Mockles?
HÉCTOR
GROSS ESPIEL:
El gobierno egipcio en su momento pidió la extradición
de esta persona que había entrado a Uruguay con documentación
falsa, en virtud de considerarla vinculada a actividades terroristas.
En especial en el pedido de extradición, y luego en documentación
que se agregó posteriormente, se lo vinculaba con un atentado
en Luxor, tremendamente sangriento, en el que creo que murieron
alrededor de 70 personas. Además el gobierno egipcio agregó
documentación que a su juicio demostraba que este individuo
había recibido entrenamiento terrorista en campos especialmente
dedicados a ese efecto en Sudán y Afganistán.
EC - Al hecho
de mencionar campos de entrenamiento en Afganistán ¿la
documentación del gobierno de Egipto agregaba el nombre de
Osama bin Laden?
HGE - No, absolutamente.
En el expediente -que conozco- no hay absolutamente ninguna referencia
a una relación directa de este hombre detenido en Cárcel
Central con el terrorista Bin Laden. Hay simplemente acusaciones
de terrorismo y de un posible entrenamiento, a través de
una organización terrorista, en campos dedicados a la preparación
de elementos terroristas. Nada más.
Ahora: al juzgar
esto, Uruguay no hace un examen del fondo del tema, sino simplemente
de si la documentación agregada permite autorizar la extradición
hacia Egipto, donde luego será juzgado con el análisis
de fondo de toda la prueba existente allí, en la Corte de
Seguridad de Egipto, según la legislación de ese país.
Al concederle o no la extradición Uruguay hace simplemente
un examen preliminar de la situación: hay una prueba prima
facie, hay la relación de que esos delitos de tipo terrorista
que también se incluyen en la legislación uruguaya,
y sobre todo un análisis de los deberes de cooperación
judicial internacional en la lucha contra el terrorismo a que nuestro
país está internacionalmente obligado.
EC - Uno de
los problemas para la extradición es que en Egipto varios
de los delitos que se incluyen en la documentación relativa
a este hombre se castigan con penas de muerte o trabajos forzados
a perpetuidad, sanciones que son contrarias al orden público
interno de Uruguay.
HGE - Exactamente,
así es. El gobierno egipcio se ha comprometido, en documentación
que está en el expediente, a que en el caso de ser juzgado
y condenado por Egipto, no se le aplicará la pena de muerte
ni la detención a vida porque estas penas no existen en la
legislación uruguaya y contradicen el orden público
de nuestro país.
EC - A partir
de ese compromiso del gobierno de Egipto podría habilitarse
la extradición.
HGE - Podría,
no me animo a afirmar nada. Sé que el asunto está
a estudio del Tribunal de Apelaciones. Mi última información
es que está a punto de salir la sentencia y que hay opiniones
divididas en el Tribunal. No me animo a ir más allá.
EC - ¿Usted
continúa asesorando al gobierno de Egipto en este caso?
HGE - No, yo
fui abogado del gobierno de Egipto y asesor en esta materia cuando
se presentó el pedido de extradición, y en todo el
procedimiento para la agregación de toda la documentación
llegada de ese país. Luego renuncié a seguir el tema
porque dadas mis múltiples ocupaciones internacionales fuera
de Uruguay no podía atenderlo con la continuidad y atención
que el caso merecía.
EC - ¿Cómo
observa la actualidad particular que ha tomado este caso a la luz
del nuevo escenario?
HGE - Sin duda
es una comprobación no jurídica sino simplemente de
hecho. Creo que la actual situación, con la importancia enorme
con que influye en la opinión pública y en el pensamiento
de todos los ciudadanos del mundo, tiene que influir en la consideración
del tema. Hay un renovado interés por activar la lucha contra
el terrorismo y demostrar que el país no es ajeno, de ninguna
manera, a los deberes de cooperación, tanto judicial como
política, que impone esa lucha internacional, que viene de
antes pero que hoy adquiere especial importancia y significación.
EC - En este
caso ¿qué organismo debe demostrar que Uruguay "no
es ajeno" a esa preocupación y colaboración en
la lucha contra el terrorismo? ¿Usted se refiere a la Justicia?
HGE - En el
caso concreto del ciudadano egipcio detenido en Cárcel Central
todo el procedimiento de extradición, en Uruguay -lo he sostenido
respecto de éste y otros casos-, está en la órbita
judicial. El Poder Ejecutivo es nada más que un canal a través
del cual llega el pedido de extradición, y si la misma se
concede se ejecuta la salida del país para la entrega al
Estado requirente. Nada más, todo es una responsabilidad
judicial. Pero, naturalmente, el Estado uruguayo en su conjunto,
como consecuencia del Derecho Internacional actual, tiene deberes
de cooperar en la lucha internacional contra el terrorismo. Y eso
debe ser demostrado por el Poder Ejecutivo, que es el representante
internacional del Estado en todos los actos que realice.
***
EC - Recordemos
que Mockles fue detenido el 28 de enero de 1999 por funcionarios
de la Dirección Nacional de Inteligencia, junto a su esposa,
que luego fue dejada en libertad. El arresto se produjo como resultado
de un informe que el día anterior había cruzado la
Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos; según
esos reportes Mockles se disponía a abandonar Brasil para
viajar a Londres en el transcurso de la semana siguiente. En primera
instancia el egipcio fue procesado por un delito continuado de uso
de certificado falso y más tarde llegó el pedido de
extradición procedente de Egipto. Desde entonces se encuentra
recluido en Cárcel Central.
***
Dialogamos ahora
con la doctora Cecilia Schroeder, abogada defensora del ciudadano
egipcio de El Said Hassan Mohamed Mockles.
¿Cómo
ha observado usted la información que ha llegado desde la
República Argentina, con fuente en la SIDE, vinculando a
su defendido con la organización de Osama bin Laden?
CECILIA SCHROEDER:
La considero totalmente errónea, porque nunca antes se había
mencionado la vinculación de mi defendido con este señor
Bin Laden.
EC - ¿Pese
a que se hablaba de que había obtenido entrenamiento en actividades
terroristas en campamentos de Afganistán, donde casualmente
opera y tiene campamentos de entrenamiento Bin Laden?
CS - Eso fue
afirmado por Egipto, que es el Estado requirente: que había
recibido entrenamiento físico en campos de Afganistán.
Me parece que Afganistán puede ser un centro de reclutamiento
de personas con ese fin, pero también puede haber personas
que simplemente pasan por allí, no necesariamente es un lugar
dominado por este señor, puede haber otros grupos. Independientemente
de eso, en la vaguedad del pedido de extradición, pudiendo
haberlo dicho no se dice que fuera un campo apoyado o dirigido por
este señor Bin Laden. En absoluto.
Incluso dijeron
que el entrenamiento que había recibido había sido
entrenamiento físico y que en el curso de ese entrenamiento
habría sido herido. Él no tiene ningún rastro
de ninguna herida, por ejemplo. Esta, como el atentado de Luxor,
fueron afirmaciones que hizo Egipto en su momento, que luego no
encontraron ningún sustento ni indicio probatorio que las
fundamentara. Ese fue uno de los motivos por los cuales el juez
de primera instancia denegó el pedido de extradición.
EC - ¿Qué
pasa con la vinculación de su defendido con la organización
Al Gama Islamia, "Asamblea Islámica"?
CS - Egipto
dice que él en concreto forma parte de ese grupo, pero tampoco
aporta elemento alguno que sustente esa afirmación. Por otro
lado él lo niega, por lo que no hay ningún fundamento
para sostenerlo.
EC - A propósito
del trámite de extradición, concretamente, usted habrá
visto la información que figura hoy en el semanario Búsqueda:
"El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Segundo Turno se
apresta a conceder la extradición a Egipto en un fallo dividido".
CS - De eso
me estoy enterando ahora; no leí esa información de
Búsqueda. No tengo absolutamente ningún conocimiento
por parte del Tribunal, que no me ha notificado nada, sin perjuicio
de que concurrimos asiduamente: no hemos tenido ninguna noticia
de esa índole. En caso de que sea concedida la extradición,
por supuesto que apelaré a la Suprema Corte.
EC - En ese
caso estamos hablando de un recurso de casación.
CS - Por supuesto.
EC - ¿Ya
están dadas de antemano las condiciones para un recurso de
casación? ¿Cómo puede afirmarlo?
CS - Ese pedido
de extradición concreto no tiene precedentes en absoluto.
Considero que en otras ocasiones en que se ha pedido extradición
por delitos o vinculaciones con grupos terroristas -por ejemplo
desde Perú, Argentina y España- en todos los casos
se la ha negado.
En este caso
concreto no hay absolutamente ningún fundamento: el propio
gobierno de Egipto dice que no hay denuncia penal contra él.
Cuando el juez pregunta a qué tribunal va a ser sometido
para saber adónde lo estaría mandando, Egipto contesta
que esa pregunta todavía es prematura porque no hay ninguna
denuncia penal. O sea que ellos quieren el traslado compulsivo de
mi cliente a los solos efectos de interrogarlo, con lo que ellos
mismos están diciendo que no tienen ninguna prueba para imputarle
delito alguno.
EC - Por esa
razón es que usted ha resuelto desde ya, ante un eventual
fallo del Tribunal de Apelaciones concediendo la extradición,
presentar un recurso de casación ante la Suprema Corte de
Justicia.
CS - Por supuesto.
EC - Esto implicaría
extender el proceso; ¿cuánto tiempo?
CS - Supongo
que bastante tiempo, pero mi defendido dice desde ya que no le importa
el tiempo que insuma.
EC - Estamos
hablando de por lo menos un año.
CS - Si ya lleva
casi tres, un año más lamentablemente no va a incidir.
Además él sabe que ni bien pise tierra egipcia lo
van a pasar a cuchillo sin someterlo a ninguna especie de juicio.
O sea que cuando uno corre ese riesgo...
EC - ¿Quién
lo va a "pasar a cuchillo"?
CS - Y... no
sé: algún tribunal militar ad hoc, las propias autoridades
de Inteligencia de Egipto, o vaya a saber quién. Si ahora
no hay ningún tribunal, ningún juez que lo esté
requiriendo, sino que lo está haciendo una autoridad administrativa,
no puedo saber qué juez lo va a juzgar -si es que algún
juez lo va a juzgar- ni quién lo va a ejecutar. Estoy cierta
de que lo van a ejecutar sin juicio. Estoy plenamente cierta, y
se lo digo porque estuve en Egipto, recabé información
y sé cómo se trata ese tipo de procesos.
EC - Mientras
tanto, mientras se tramite el recurso de casación -si es
que efectivamente usted lo presenta-, su defendido va a continuar
en Cárcel Central; ¿no hay ninguna posibilidad de
excarcelación?
CS - No, ni
planteo esa posibilidad, incluso por la propia integridad física
de mi defendido. Creo que lamentablemente ahí es donde está
mejor, sobre todo en estos momentos.
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón
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