21.09.2001

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Barnett R. Rubin
1996

Claves para la comprensión del conflicto afgano.
Montserrat Boix, Diciembre 2000

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Resuelven sobre la extradición de un ciudadano egipcio acusado de terrorismo

- Héctor Gross Espiel: En el pedido de Egipto no hay referencia directa a sus presuntos vínculos con Bin Laden, sino a un atentado en Luxor.
- Defensora de oficio, Cecilia Schroeder: No hay ningún sustento para la acusación, ni actuación de la justicia egipcia. Si lo extraditan simplemente para interrogarlo, lo van a pasar a cuchillo sin juicio.


EN PERSPECTIVA
Jueves 20.09.01, hora 08.41.


EMILIANO COTELO:
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Segundo Turno se apresta a conceder la extradición a Egipto de El Said Hassan Mohamed Mockles, un ciudadano de esa nacionalidad que está acusado de tomar parte en acciones terroristas como integrante de la organización Al Gama Islamia, que significa "Asamblea Islámica". También se le acusa de haber recibido entrenamiento en manejo de armas y fabricación de explosivos en Afganistán, según lo que recuerda hoy el semanario Búsqueda, que anticipa hoy lo que sería el fallo judicial. Los informantes citados por Búsqueda indicaron que la resolución que se notificará en los próximos días fue resuelta en una votación dividida y que para concretarla se consideró que en el caso existen suficientes elementos aportados por Egipto para que Mockles sea investigado en su país por su vinculación con actividades terroristas. La principal imputación es haber participado en 1997 en un atentado en la ciudad egipcia de Luxor, en el que murieron 60 turistas de diferentes nacionalidades.

En estos días surgieron nuevos elementos en torno a este hombre. El diario Clarín, de Buenos Aires, añadió que uno de los agentes de Bin Laden es el egipcio El Said Asan Mohamed Mockles, quien construyó células terroristas en Foz de Iguazú para recaudar fondos y mandarlos a Oriente Medio o realizar tareas como falsificar pasaportes. Citando a los Servicios de Inteligencia del Estado (SIDE) de la República Argentina, Clarín agrega que integra la Yihad islámica y está acusado de los atentados contra turistas en Luxor.

Mockles, que aguarda en Cárcel Central la resolución definitiva sobre el pedido de extradición, desmintió terminantemente estas versiones, tanto a través de su esposa como de su abogada defensora, la doctora Cecilia Schroeder.

***

Les proponemos actualizar la situación de este caso, ahora que ha cobrado una notoriedad adicional por la coyuntura de tensión internacional y por estas versiones que han señalado a este hombre como relacionado nada menos que con Bin Laden. Vamos a escuchar dos puntos de vista, el doctor Héctor Gross Espiel y el de la doctora Cecilia Schroeder.

Vamos a dialogar primero con el doctor Gross Espiel, a quienes los oyentes conocen por su actividad como canciller de la República durante la administración Lacalle, por su actividad académica en materia de Derecho Constitucional e Internacional, y que en este expediente en particular se desempeñó como asesor jurídico del gobierno egipcio.

¿Por qué el gobierno egipcio pide la extradición de Mockles?

HÉCTOR GROSS ESPIEL:
El gobierno egipcio en su momento pidió la extradición de esta persona que había entrado a Uruguay con documentación falsa, en virtud de considerarla vinculada a actividades terroristas. En especial en el pedido de extradición, y luego en documentación que se agregó posteriormente, se lo vinculaba con un atentado en Luxor, tremendamente sangriento, en el que creo que murieron alrededor de 70 personas. Además el gobierno egipcio agregó documentación que a su juicio demostraba que este individuo había recibido entrenamiento terrorista en campos especialmente dedicados a ese efecto en Sudán y Afganistán.

EC - Al hecho de mencionar campos de entrenamiento en Afganistán ¿la documentación del gobierno de Egipto agregaba el nombre de Osama bin Laden?

HGE - No, absolutamente. En el expediente -que conozco- no hay absolutamente ninguna referencia a una relación directa de este hombre detenido en Cárcel Central con el terrorista Bin Laden. Hay simplemente acusaciones de terrorismo y de un posible entrenamiento, a través de una organización terrorista, en campos dedicados a la preparación de elementos terroristas. Nada más.

Ahora: al juzgar esto, Uruguay no hace un examen del fondo del tema, sino simplemente de si la documentación agregada permite autorizar la extradición hacia Egipto, donde luego será juzgado con el análisis de fondo de toda la prueba existente allí, en la Corte de Seguridad de Egipto, según la legislación de ese país. Al concederle o no la extradición Uruguay hace simplemente un examen preliminar de la situación: hay una prueba prima facie, hay la relación de que esos delitos de tipo terrorista que también se incluyen en la legislación uruguaya, y sobre todo un análisis de los deberes de cooperación judicial internacional en la lucha contra el terrorismo a que nuestro país está internacionalmente obligado.

EC - Uno de los problemas para la extradición es que en Egipto varios de los delitos que se incluyen en la documentación relativa a este hombre se castigan con penas de muerte o trabajos forzados a perpetuidad, sanciones que son contrarias al orden público interno de Uruguay.

HGE - Exactamente, así es. El gobierno egipcio se ha comprometido, en documentación que está en el expediente, a que en el caso de ser juzgado y condenado por Egipto, no se le aplicará la pena de muerte ni la detención a vida porque estas penas no existen en la legislación uruguaya y contradicen el orden público de nuestro país.

EC - A partir de ese compromiso del gobierno de Egipto podría habilitarse la extradición.

HGE - Podría, no me animo a afirmar nada. Sé que el asunto está a estudio del Tribunal de Apelaciones. Mi última información es que está a punto de salir la sentencia y que hay opiniones divididas en el Tribunal. No me animo a ir más allá.

EC - ¿Usted continúa asesorando al gobierno de Egipto en este caso?

HGE - No, yo fui abogado del gobierno de Egipto y asesor en esta materia cuando se presentó el pedido de extradición, y en todo el procedimiento para la agregación de toda la documentación llegada de ese país. Luego renuncié a seguir el tema porque dadas mis múltiples ocupaciones internacionales fuera de Uruguay no podía atenderlo con la continuidad y atención que el caso merecía.

EC - ¿Cómo observa la actualidad particular que ha tomado este caso a la luz del nuevo escenario?

HGE - Sin duda es una comprobación no jurídica sino simplemente de hecho. Creo que la actual situación, con la importancia enorme con que influye en la opinión pública y en el pensamiento de todos los ciudadanos del mundo, tiene que influir en la consideración del tema. Hay un renovado interés por activar la lucha contra el terrorismo y demostrar que el país no es ajeno, de ninguna manera, a los deberes de cooperación, tanto judicial como política, que impone esa lucha internacional, que viene de antes pero que hoy adquiere especial importancia y significación.

EC - En este caso ¿qué organismo debe demostrar que Uruguay "no es ajeno" a esa preocupación y colaboración en la lucha contra el terrorismo? ¿Usted se refiere a la Justicia?

HGE - En el caso concreto del ciudadano egipcio detenido en Cárcel Central todo el procedimiento de extradición, en Uruguay -lo he sostenido respecto de éste y otros casos-, está en la órbita judicial. El Poder Ejecutivo es nada más que un canal a través del cual llega el pedido de extradición, y si la misma se concede se ejecuta la salida del país para la entrega al Estado requirente. Nada más, todo es una responsabilidad judicial. Pero, naturalmente, el Estado uruguayo en su conjunto, como consecuencia del Derecho Internacional actual, tiene deberes de cooperar en la lucha internacional contra el terrorismo. Y eso debe ser demostrado por el Poder Ejecutivo, que es el representante internacional del Estado en todos los actos que realice.

***

EC - Recordemos que Mockles fue detenido el 28 de enero de 1999 por funcionarios de la Dirección Nacional de Inteligencia, junto a su esposa, que luego fue dejada en libertad. El arresto se produjo como resultado de un informe que el día anterior había cruzado la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos; según esos reportes Mockles se disponía a abandonar Brasil para viajar a Londres en el transcurso de la semana siguiente. En primera instancia el egipcio fue procesado por un delito continuado de uso de certificado falso y más tarde llegó el pedido de extradición procedente de Egipto. Desde entonces se encuentra recluido en Cárcel Central.

***

Dialogamos ahora con la doctora Cecilia Schroeder, abogada defensora del ciudadano egipcio de El Said Hassan Mohamed Mockles.

¿Cómo ha observado usted la información que ha llegado desde la República Argentina, con fuente en la SIDE, vinculando a su defendido con la organización de Osama bin Laden?

CECILIA SCHROEDER:
La considero totalmente errónea, porque nunca antes se había mencionado la vinculación de mi defendido con este señor Bin Laden.

EC - ¿Pese a que se hablaba de que había obtenido entrenamiento en actividades terroristas en campamentos de Afganistán, donde casualmente opera y tiene campamentos de entrenamiento Bin Laden?

CS - Eso fue afirmado por Egipto, que es el Estado requirente: que había recibido entrenamiento físico en campos de Afganistán. Me parece que Afganistán puede ser un centro de reclutamiento de personas con ese fin, pero también puede haber personas que simplemente pasan por allí, no necesariamente es un lugar dominado por este señor, puede haber otros grupos. Independientemente de eso, en la vaguedad del pedido de extradición, pudiendo haberlo dicho no se dice que fuera un campo apoyado o dirigido por este señor Bin Laden. En absoluto.

Incluso dijeron que el entrenamiento que había recibido había sido entrenamiento físico y que en el curso de ese entrenamiento habría sido herido. Él no tiene ningún rastro de ninguna herida, por ejemplo. Esta, como el atentado de Luxor, fueron afirmaciones que hizo Egipto en su momento, que luego no encontraron ningún sustento ni indicio probatorio que las fundamentara. Ese fue uno de los motivos por los cuales el juez de primera instancia denegó el pedido de extradición.

EC - ¿Qué pasa con la vinculación de su defendido con la organización Al Gama Islamia, "Asamblea Islámica"?

CS - Egipto dice que él en concreto forma parte de ese grupo, pero tampoco aporta elemento alguno que sustente esa afirmación. Por otro lado él lo niega, por lo que no hay ningún fundamento para sostenerlo.

EC - A propósito del trámite de extradición, concretamente, usted habrá visto la información que figura hoy en el semanario Búsqueda: "El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Segundo Turno se apresta a conceder la extradición a Egipto en un fallo dividido".

CS - De eso me estoy enterando ahora; no leí esa información de Búsqueda. No tengo absolutamente ningún conocimiento por parte del Tribunal, que no me ha notificado nada, sin perjuicio de que concurrimos asiduamente: no hemos tenido ninguna noticia de esa índole. En caso de que sea concedida la extradición, por supuesto que apelaré a la Suprema Corte.

EC - En ese caso estamos hablando de un recurso de casación.

CS - Por supuesto.

EC - ¿Ya están dadas de antemano las condiciones para un recurso de casación? ¿Cómo puede afirmarlo?

CS - Ese pedido de extradición concreto no tiene precedentes en absoluto. Considero que en otras ocasiones en que se ha pedido extradición por delitos o vinculaciones con grupos terroristas -por ejemplo desde Perú, Argentina y España- en todos los casos se la ha negado.

En este caso concreto no hay absolutamente ningún fundamento: el propio gobierno de Egipto dice que no hay denuncia penal contra él. Cuando el juez pregunta a qué tribunal va a ser sometido para saber adónde lo estaría mandando, Egipto contesta que esa pregunta todavía es prematura porque no hay ninguna denuncia penal. O sea que ellos quieren el traslado compulsivo de mi cliente a los solos efectos de interrogarlo, con lo que ellos mismos están diciendo que no tienen ninguna prueba para imputarle delito alguno.

EC - Por esa razón es que usted ha resuelto desde ya, ante un eventual fallo del Tribunal de Apelaciones concediendo la extradición, presentar un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia.

CS - Por supuesto.

EC - Esto implicaría extender el proceso; ¿cuánto tiempo?

CS - Supongo que bastante tiempo, pero mi defendido dice desde ya que no le importa el tiempo que insuma.

EC - Estamos hablando de por lo menos un año.

CS - Si ya lleva casi tres, un año más lamentablemente no va a incidir. Además él sabe que ni bien pise tierra egipcia lo van a pasar a cuchillo sin someterlo a ninguna especie de juicio. O sea que cuando uno corre ese riesgo...

EC - ¿Quién lo va a "pasar a cuchillo"?

CS - Y... no sé: algún tribunal militar ad hoc, las propias autoridades de Inteligencia de Egipto, o vaya a saber quién. Si ahora no hay ningún tribunal, ningún juez que lo esté requiriendo, sino que lo está haciendo una autoridad administrativa, no puedo saber qué juez lo va a juzgar -si es que algún juez lo va a juzgar- ni quién lo va a ejecutar. Estoy cierta de que lo van a ejecutar sin juicio. Estoy plenamente cierta, y se lo digo porque estuve en Egipto, recabé información y sé cómo se trata ese tipo de procesos.

EC - Mientras tanto, mientras se tramite el recurso de casación -si es que efectivamente usted lo presenta-, su defendido va a continuar en Cárcel Central; ¿no hay ninguna posibilidad de excarcelación?

CS - No, ni planteo esa posibilidad, incluso por la propia integridad física de mi defendido. Creo que lamentablemente ahí es donde está mejor, sobre todo en estos momentos.

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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón








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