Fue procesado un falso abogado
La falta
de atribuciones del Colegio de Abogados dificulta los controles.
Por los delitos cometidos al actuar sin habilitación, debería
responder patrimonialmente; pero los juicios en que participó
deberían quedar firmes, porque los particulares actuaron
de buena fe. Decana de la Facultad de Derecho, escribana Teresa
Gnazzo.
EN PERSPECTIVA
Miércoles 24.10.01, 08.10.
EMILIANO COTELO:
Alfredo Menini, edil suplente del Foro Batllista, fue procesado
con prisión por el juez en lo Penal Alvaro França,
que entendió que Menini cometió delito de falsificación
ideológica, usurpación de título y estafa,
según fuentes judiciales. El motivo es que Menini ejercía
la profesión de abogado sin poseer título. Fue derivado
a Cárcel Central, agrega hoy el diario El País.
El magistrado
recibió la denuncia por parte de la Suprema Corte de Justicia
el 24 de setiembre, después de quedar comprobado que no estaba
registrado como abogado y que la matrícula 7290 que dijo
tener, corresponde en realidad a Fabiana Weiss, que desde 1994 es
jueza de paz en Canelones -o sea que no estaba ejerciendo como abogada-.
Luego de tomar declaraciones a Menini y otros testigos, el juez
França decidió procesarlo por los delitos de falsificación
ideológica por un particular en concurrencia con un delito
continuado de usurpación de título en concurrencia
con continuación de delitos de estafa. Los delitos contenidos
en el Código Penal prevén penas de prisión.
Menini había
afirmado que había terminado su carrera en 1992 y que, "debido
al caos administrativo de la Facultad" en ese momento se había
demorado la entrega del título. Aseguró que al recurrir
a la Suprema Corte de Justicia se le informó que, en consulta
con la Facultad de Derecho, se había comprobado que había
rendido todos los exámenes y se le había adjudicado
la matrícula de abogado 7290. Menini es socio del Colegio
de Abogados desde 1993, aunque para aceptarlo como socio nunca se
le exigió el título habilitante.
De todas maneras,
al no resultar convincentes sus argumentos, debió renunciar
a la Junta Departamental de Montevideo el pasado 25 de setiembre.
La comisión preinvestigadora que se había formado
en torno a este caso, integrada por los ediles Eduardo Brenta del
Encuentro Progresista, Marcelo Maute del Partido Nacional y César
García del Partido Colorado, concluyó que no había
mérito para la formación de una investigadora, en
función de que el propio Menini había decidido renunciar.
***
Vamos a consultar
a la decana de la Facultad de Derecho, escribana Teresa Gnazzo.
¿Cómo observa el desenlace de este caso? Sé
que usted no ha tenido tiempo de leer el fallo judicial, pero ¿qué
dice a partir de la información, en términos generales?
TERESA GNAZZO:
Soy partidaria de que haya un control de los profesionales.
EC - No es la
primera vez que pasa esto: recuerdo algún otro caso ocurrido
hace pocos años.
TG - En la Facultad
de Derecho, en los últimos tres años han ingresado
tres casos.
EC - En tres
años, tres casos.
TG - En realidad
ingresaron cuatro, pero el cuarto ni siquiera había sido
estudiante de la Facultad, de modo que lo que la institución
hizo fue informar que la persona no figuraba en sus registros y
nada más. En los otros tres casos se trataba de estudiantes
de nuestra Facultad, como en el caso de los dos profesionales anteriores,
un hombre y una mujer, y ahora éste que usted está
comentando del -para nosotros- estudiante Menini, a quien le faltan
cinco materias para culminar la carrera de abogado.
EC - Usted está
relatando la experiencia que conoce de los años en los que
ha sido decana; ¿ha podido averiguar qué ha pasado
antes?
TG - Antes hubo
algún caso; lo que sucede es que muchas veces las situaciones
se resuelven fuera del ámbito de una intervención
de la Facultad. En los tres casos que mencioné que se han
dado desde que yo ingresé como decana en el año 1998
-cuatro contando el que ni siquiera era estudiante- la Facultad
fue consultada respecto a si aparecían estos estudiantes
como egresados.
En el caso que
estamos comentando, fuimos consultados por el propio Menini, quien
trajo una nota dirigida a mí, señalándome lo
insólito de que alguien dijera que él no era abogado.
Se ordenó la búsqueda inmediata y surgió que
hay cinco materias que no rindió. Incluso cuando hicimos
una primera búsqueda, lo notificamos y él simplemente
se notificó pero no recurrió, no alegó ni agregó
otros elementos. Pasamos el expediente a nuestra Comisión
de Etica, la que primero le pidió que agregara más
elementos y luego entendió que era una falta ética
grave y que la Facultad debía comunicarla a las autoridades
de la Suprema Corte de Justicia, puesto que Menini involucraba a
la Corte en todo lo que se refería a su actuación
como abogado. Decía que la Suprema Corte le había
dado esos dos números de matrícula, primero el 6290
y después el otro, y que él estaba actuando, como
dice en su carta, "sin haber obtenido el título y sin
haber jurado".
Hay dos instancias
fundamentales para que un abogado quede habilitado para comenzar
el ejercicio de la profesión: la primera es culminar su carrera
universitaria y que se le expida el título, y la segunda
es que sea habilitado por la Suprema Corte de Justicia, lo que ocurre
a partir del que el egresado de la carrera de Abogacía presta
juramento de desempeñar la profesión en forma honesta,
de acuerdo a las leyes, etcétera.
A partir de
este juramento queda habilitado, pero hay otro control referido
a la Caja de Profesionales Universitarios: para actuar el profesional
debe estar registrado en la Caja de Profesionales y comenzar el
pago de sus aportes como profesional.
Quiere decir
que, por un lado, está el control que hace la Facultad de
que un estudiante egrese; por otro el control de la Corte de que
cuando egresa lleva el título con otra serie de documentos
y se lo habilita para comenzar a ejercer la profesión; el
tercero refiere a la intervención de la Caja de Profesionales
Universitarios. Creo que con la intervención de estos tres
organismos se puede lograr un efectivo control referido a cómo
un abogado ejerce la profesión ante los organismos privados
y públicos y los propios juzgados.
EC - ¿Usted
está proponiendo un sistema de control apoyado en esos tres
ejes?
TG - Es que
creo que el sistema de control es muy sencillo, hay un sistema que
todavía no tenemos pero que espero que tengamos en breve
tiempo, cuando en este país haya realmente colegiación
de los profesionales. En todas partes del mundo son los colegios
los que realizan este control efectivo, pero en nuestro país
no tenemos colegios en el sentido de organismos de colegiación
obligatoria: tenemos el Colegio de Abogados, que es una asociación
civil con personería jurídica, de afiliación
voluntaria. El Colegio de Abogados del Uruguay tiene una función
gremial exclusivamente. Si bien tiene una Comisión de Etica
y una Comisión Fiscal que sancionan estos casos cuando se
presentan entre sus socios, generalmente eliminando de su registro
al socio que ha incumplido con sus deberes éticos fundamentales
y básicos, no tenemos una colegiación obligatoria
ni el respaldo de una ley que regule los colegios.
EC - ¿Usted
tiene conocimiento de que haya habido otros procesamientos a nivel
de la justicia penal de personas que ejercían el título
sin estar habilitadas?
TG - En el caso
anterior de un estudiante que ejercía la abogacía
-Sacchi- hubo también denuncia penal, no por parte de la
Facultad -ésta se enteró del caso a partir de que
el juzgado le solicitó información-. El tercer caso,
de una mujer estudiante, también nos llegó a partir
de la demanda judicial. Quiere decir que en los tres casos que conozco
hubo un procesamiento, o al menos un proceso judicial.
EC - Ahora queda
el problema de las demandas que pueden producirse a partir de los
juicios, de los trámites en los que esta persona intervino
presuntamente como abogado. Fuentes judiciales dijeron al diario
El Observador que el fallo de la justicia penal conocido en estas
horas abre la eventualidad de decenas de juicios por reparación
civil y otras tantas solicitudes de nulidad de los juicios en los
que intervino Menini.
TG - Creo que
en ese punto se debe buscar un equilibrio. Entre las opiniones vertidas
en el semanario Búsqueda la semana pasada, el 18 de octubre,
hay distintos puntos de vista sobre ese aspecto. Algunos distinguidos
profesores hablan de que hay una estafa procesal, otro dice que
quienes fueron defendidos por un falso abogado actuaron de buena
fe; yo creo que tiene que haber una protección de la buena
fe y de la seguridad jurídica.
En este caso,
entiendo que la responsabilidad de quien actuó como abogado
y no lo era es una responsabilidad personal frente a quienes representó;
una responsabilidad civil. Pero los juicios, por imperio de la Justicia
que dictó sentencia en esos casos, deben quedar firmes. De
lo contrario, se crearía un caos y se perdería la
seguridad jurídica necesaria en todo el Estado.
EC - Usted entiende
que los fallos judiciales deberían quedar firmes pero que
Menini debería asumir su responsabilidad civil.
TG - Su responsabilidad
civil, o sea patrimonial, por haber actuado de esa forma. En cuanto
a la responsabilidad penal y lo que tiene que ver con la parte delictiva,
ya hay un fallo que lo condena por los delitos que usted mencionó.
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón
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