24.10.2001






Fue procesado un falso abogado

La falta de atribuciones del Colegio de Abogados dificulta los controles. Por los delitos cometidos al actuar sin habilitación, debería responder patrimonialmente; pero los juicios en que participó deberían quedar firmes, porque los particulares actuaron de buena fe. Decana de la Facultad de Derecho, escribana Teresa Gnazzo.


EN PERSPECTIVA
Miércoles 24.10.01, 08.10.


EMILIANO COTELO:
Alfredo Menini, edil suplente del Foro Batllista, fue procesado con prisión por el juez en lo Penal Alvaro França, que entendió que Menini cometió delito de falsificación ideológica, usurpación de título y estafa, según fuentes judiciales. El motivo es que Menini ejercía la profesión de abogado sin poseer título. Fue derivado a Cárcel Central, agrega hoy el diario El País.

El magistrado recibió la denuncia por parte de la Suprema Corte de Justicia el 24 de setiembre, después de quedar comprobado que no estaba registrado como abogado y que la matrícula 7290 que dijo tener, corresponde en realidad a Fabiana Weiss, que desde 1994 es jueza de paz en Canelones -o sea que no estaba ejerciendo como abogada-. Luego de tomar declaraciones a Menini y otros testigos, el juez França decidió procesarlo por los delitos de falsificación ideológica por un particular en concurrencia con un delito continuado de usurpación de título en concurrencia con continuación de delitos de estafa. Los delitos contenidos en el Código Penal prevén penas de prisión.

Menini había afirmado que había terminado su carrera en 1992 y que, "debido al caos administrativo de la Facultad" en ese momento se había demorado la entrega del título. Aseguró que al recurrir a la Suprema Corte de Justicia se le informó que, en consulta con la Facultad de Derecho, se había comprobado que había rendido todos los exámenes y se le había adjudicado la matrícula de abogado 7290. Menini es socio del Colegio de Abogados desde 1993, aunque para aceptarlo como socio nunca se le exigió el título habilitante.

De todas maneras, al no resultar convincentes sus argumentos, debió renunciar a la Junta Departamental de Montevideo el pasado 25 de setiembre. La comisión preinvestigadora que se había formado en torno a este caso, integrada por los ediles Eduardo Brenta del Encuentro Progresista, Marcelo Maute del Partido Nacional y César García del Partido Colorado, concluyó que no había mérito para la formación de una investigadora, en función de que el propio Menini había decidido renunciar.

***

Vamos a consultar a la decana de la Facultad de Derecho, escribana Teresa Gnazzo. ¿Cómo observa el desenlace de este caso? Sé que usted no ha tenido tiempo de leer el fallo judicial, pero ¿qué dice a partir de la información, en términos generales?

TERESA GNAZZO:
Soy partidaria de que haya un control de los profesionales.

EC - No es la primera vez que pasa esto: recuerdo algún otro caso ocurrido hace pocos años.

TG - En la Facultad de Derecho, en los últimos tres años han ingresado tres casos.

EC - En tres años, tres casos.

TG - En realidad ingresaron cuatro, pero el cuarto ni siquiera había sido estudiante de la Facultad, de modo que lo que la institución hizo fue informar que la persona no figuraba en sus registros y nada más. En los otros tres casos se trataba de estudiantes de nuestra Facultad, como en el caso de los dos profesionales anteriores, un hombre y una mujer, y ahora éste que usted está comentando del -para nosotros- estudiante Menini, a quien le faltan cinco materias para culminar la carrera de abogado.

EC - Usted está relatando la experiencia que conoce de los años en los que ha sido decana; ¿ha podido averiguar qué ha pasado antes?

TG - Antes hubo algún caso; lo que sucede es que muchas veces las situaciones se resuelven fuera del ámbito de una intervención de la Facultad. En los tres casos que mencioné que se han dado desde que yo ingresé como decana en el año 1998 -cuatro contando el que ni siquiera era estudiante- la Facultad fue consultada respecto a si aparecían estos estudiantes como egresados.

En el caso que estamos comentando, fuimos consultados por el propio Menini, quien trajo una nota dirigida a mí, señalándome lo insólito de que alguien dijera que él no era abogado. Se ordenó la búsqueda inmediata y surgió que hay cinco materias que no rindió. Incluso cuando hicimos una primera búsqueda, lo notificamos y él simplemente se notificó pero no recurrió, no alegó ni agregó otros elementos. Pasamos el expediente a nuestra Comisión de Etica, la que primero le pidió que agregara más elementos y luego entendió que era una falta ética grave y que la Facultad debía comunicarla a las autoridades de la Suprema Corte de Justicia, puesto que Menini involucraba a la Corte en todo lo que se refería a su actuación como abogado. Decía que la Suprema Corte le había dado esos dos números de matrícula, primero el 6290 y después el otro, y que él estaba actuando, como dice en su carta, "sin haber obtenido el título y sin haber jurado".

Hay dos instancias fundamentales para que un abogado quede habilitado para comenzar el ejercicio de la profesión: la primera es culminar su carrera universitaria y que se le expida el título, y la segunda es que sea habilitado por la Suprema Corte de Justicia, lo que ocurre a partir del que el egresado de la carrera de Abogacía presta juramento de desempeñar la profesión en forma honesta, de acuerdo a las leyes, etcétera.

A partir de este juramento queda habilitado, pero hay otro control referido a la Caja de Profesionales Universitarios: para actuar el profesional debe estar registrado en la Caja de Profesionales y comenzar el pago de sus aportes como profesional.

Quiere decir que, por un lado, está el control que hace la Facultad de que un estudiante egrese; por otro el control de la Corte de que cuando egresa lleva el título con otra serie de documentos y se lo habilita para comenzar a ejercer la profesión; el tercero refiere a la intervención de la Caja de Profesionales Universitarios. Creo que con la intervención de estos tres organismos se puede lograr un efectivo control referido a cómo un abogado ejerce la profesión ante los organismos privados y públicos y los propios juzgados.

EC - ¿Usted está proponiendo un sistema de control apoyado en esos tres ejes?

TG - Es que creo que el sistema de control es muy sencillo, hay un sistema que todavía no tenemos pero que espero que tengamos en breve tiempo, cuando en este país haya realmente colegiación de los profesionales. En todas partes del mundo son los colegios los que realizan este control efectivo, pero en nuestro país no tenemos colegios en el sentido de organismos de colegiación obligatoria: tenemos el Colegio de Abogados, que es una asociación civil con personería jurídica, de afiliación voluntaria. El Colegio de Abogados del Uruguay tiene una función gremial exclusivamente. Si bien tiene una Comisión de Etica y una Comisión Fiscal que sancionan estos casos cuando se presentan entre sus socios, generalmente eliminando de su registro al socio que ha incumplido con sus deberes éticos fundamentales y básicos, no tenemos una colegiación obligatoria ni el respaldo de una ley que regule los colegios.

EC - ¿Usted tiene conocimiento de que haya habido otros procesamientos a nivel de la justicia penal de personas que ejercían el título sin estar habilitadas?

TG - En el caso anterior de un estudiante que ejercía la abogacía -Sacchi- hubo también denuncia penal, no por parte de la Facultad -ésta se enteró del caso a partir de que el juzgado le solicitó información-. El tercer caso, de una mujer estudiante, también nos llegó a partir de la demanda judicial. Quiere decir que en los tres casos que conozco hubo un procesamiento, o al menos un proceso judicial.

EC - Ahora queda el problema de las demandas que pueden producirse a partir de los juicios, de los trámites en los que esta persona intervino presuntamente como abogado. Fuentes judiciales dijeron al diario El Observador que el fallo de la justicia penal conocido en estas horas abre la eventualidad de decenas de juicios por reparación civil y otras tantas solicitudes de nulidad de los juicios en los que intervino Menini.

TG - Creo que en ese punto se debe buscar un equilibrio. Entre las opiniones vertidas en el semanario Búsqueda la semana pasada, el 18 de octubre, hay distintos puntos de vista sobre ese aspecto. Algunos distinguidos profesores hablan de que hay una estafa procesal, otro dice que quienes fueron defendidos por un falso abogado actuaron de buena fe; yo creo que tiene que haber una protección de la buena fe y de la seguridad jurídica.

En este caso, entiendo que la responsabilidad de quien actuó como abogado y no lo era es una responsabilidad personal frente a quienes representó; una responsabilidad civil. Pero los juicios, por imperio de la Justicia que dictó sentencia en esos casos, deben quedar firmes. De lo contrario, se crearía un caos y se perdería la seguridad jurídica necesaria en todo el Estado.

EC - Usted entiende que los fallos judiciales deberían quedar firmes pero que Menini debería asumir su responsabilidad civil.

TG - Su responsabilidad civil, o sea patrimonial, por haber actuado de esa forma. En cuanto a la responsabilidad penal y lo que tiene que ver con la parte delictiva, ya hay un fallo que lo condena por los delitos que usted mencionó.

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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón






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