PORQUÉ
PERI VALDEZ NO DIVULGÓ EL DOCUMENTO QUE RECLAMA ANDRÉS
ALSINA
"El
asesoramiento pertenece al asesorado"
Les propongo
retomar hoy un tema que tratamos este lunes En Perspectiva. Ese
día nos ocupamos de una noticia relevante no sólo
para la prensa, sino sobre todo para la población en general.
Por primera vez un periodista recurrió a la justicia para
reclamar formalmente el acceso a información del Estado que
no es secreta.
Me refiero a
la iniciativa que tomó Andrés Alsina, que presentó
un recurso de amparo ante la Justicia en el que solicitó
acceder a un informe del Fiscal de Corte que éste se había
negado a entregarle.
Los antecedentes
Alsina, colaborador
en Uruguay del diario Página 12 de Buenos Aires, trabajaba
en un artículo relacionado con las solicitudes de cooperación
internacional dirigidas a Uruguay por el juez federal argentino
Rodolfo Canicoba Corral, que investiga las violaciones a los DDHH
cometidas en su país en el marco del llamado Plan Cóndor.
Ese magistrado libró un pedido de captura contra tres militares
uruguayos y un policía, todos ellos retirados, a quienes
pretendía investigar en torno a su presunta participación
en operaciones de represión durante los años'70. El
7 de agosto, el gobierno uruguayo rechazó ese pedido. Lo
hizo sin dar intervención a la Justicia e invocando un informe
del fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, Oscar
Peri Valdés.
Ante esta situación,
Alsina pretendió conocer ese documento, y lo hizo dirigiéndose
al Fiscal de Corte. El periodista dijo que en "cumplimiento
de su deber (...) intentó por varios medios" obtener
el memorando de Peri Valdez, siempre "con resultados infructuosos".
En la entrevista
que realizamos con él este lunes, Alsina relató
que en varias oportunidades solicitó, sin lograrlo, una entrevista
con el fiscal de Corte. Finalmente decidió iniciar un expediente
pidiéndole la información por escrito y recibió
como respuesta que sólo le podía proporcionar "fecha
de ingreso y egreso" del expediente, pero que no le podía
informar sobre su contenido...
(Grabación:)
AA - Sí:
me responde el 10 de octubre, y en esa respuesta dice que no puede
darme la información porque resolvió antes, el 6 de
marzo, que la única información que puede proporcionar
respecto a aquellos expedientes que ingresan para asesoramiento
al Poder Ejecutivo es su fecha de ingreso y egreso.
Es decir
que no me puede dar la información por una resolución
anterior suya, por sí y ante sí. Eso no tiene ningún
valor jurídico, por lo tanto ahí hacemos un recurso
de amparo que se presenta al Tribunal de Apelaciones en lo Contencioso,
la jueza Rossi falla en contra, ese fallo en contra es apelado ante
Tribunal de Apelaciones en lo Civil Nº 7, en cuya jurisdicción
está ahora (...)
(Fin de
la grabación)
Alsina sostuvo
en su escrito que Peri Valdez "ha lesionado el derecho a la
información" que es "un pilar fundamental del Estado
de derecho" ya que éste no puede existir "sin derecho
a la información", el cual a su vez "garantiza
el derecho a la libertad de pensamiento".
Con esas actitudes, añadió el periodista, tampoco
puede existir "el control ciudadano de la gestión pública"
y se impide "evaluar y discutir públicamente el tratamiento
de un tema tan sensible como lo es la solicitud de cooperación
penal por parte de un Estado extranjero".
Las razones de Peri
Pero...¿por
qué el Fiscal de Corte no proporcionó el documento?
En su respuesta al expediente, Peri dice que la única información
que puede proporcionar respecto a aquellos casos que ingresan para
asesoramiento al Poder Ejecutivo es su fecha de ingreso y egreso.
¿Cuál es la razón de esta restricción?
Según explicaron a EN PERSPECTIVA fuentes cercanas al doctor
Peri Valdés, la explicación sería "muy
simple": "El contenido de un informe de asesoramiento
le pertenece al asesorado y no al asesor".
Estas fuentes recordaron que la oficina que encabeza el doctor Peri
es, al mismo tiempo, la Fiscalía de Corte y la Procuradoría
General de la Nación. Como Fiscalía de Corte le corresponde,
entre otras cosas, suministrar asesoramiento a la Suprema Corte
de Justicia. Como Procuradoría General de la Nación,
le corresponde asesorar al Poder Ejecutivo. Pero en ambos casos,
el texto de la consulta le pertenece al organismo que la solicitó,
y no al que la elaboró.
Concretamente,
en el caso del juez argentino que solicitaba la captura de tres
militares y un policía uruguayos, estas fuentes enfatizaron
que la Fiscalía de Corte redactó un documento asesorando
al Poder Ejecutivo, y, en todo caso, es éste último
quien debe resolver si lo divulga o no. Por lo tanto, el periodista
debió haberse dirigido al Edificio Libertad o a la Cancillería
para obtener el documento en cuestión.
Consultado nuevamente
por nuestro programa luego de conocer ese argumento, Alsina aclaró
que hizo consultas informales en el Poder Ejecutivo, donde se le
contestó que el memorandum sólo podía entregarlo
Peri Valdés, que era el autor.
"La difusión no corresponde a la Fiscalía de
Corte", insistieron las fuentes cercanas a Peri, y trazaron
un paralelismo con una empresa que, sobre un determinado tema, solicita
un asesoramiento a un estudio jurídico. Es la empresa, quien
encargó esa consulta quien resuelve si la publica o no. De
ninguna manera eso puede ser definido por el estudio jurídico,
que sólo trabajó a pedido de un tercero.
Una aclaración
final
De esta forma,
estas fuentes de la Fiscalía de Corte defendieron la conducta
de esa oficina en este episodio que ha dado tanto qué hablar.
Pero EN PERSPECTIVA no pudo entrevistar al respecto al propio doctor
Oscar Peri Valdés, que prefirió no hacer declaraciones
radiales.
Con estas limitaciones,
queda ahora "completa" la cobertura de este tema, incluyendo
el punto de vista que faltaba en la nota del lunes pasado.
Ahora sólo
queda aguardar el fallo del Tribunal de Apelaciones a propósito
del recurso de amparado presentado por el periodista
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