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“Interpretación arbitraria” del secreto bancario
Director gerente de la Liga de Defensa Comercial, Camilo Martínez Blanco: Una empresa no puede conceder un crédito si no tiene información sobre el estado de responsabilidad de sus clientes. En todos los países (basta ingresar al sitio del Banco Central argentino) figura el nombre de los deudores, el monto, e incluso la calificación que merecen a los bancos. Pero aquí se abusa del concepto de confidencialidad. Cuando explicamos al Banco Mundial o al BID la interpretación que se hace aquí, hay caras de asombro.
EN PERSPECTIVA
Viernes 14.03.03, 07.58.
EMILIANO COTELO:
La Liga de Defensa Comercial (LDC) propuso que se reglamente limitaciones al secreto bancario establecido en el artículo 25 de la ley de intermediación financiera. En un comunicado dado a conocer ayer, esa gremial expresa que ser partidarios del secreto bancario para proteger los pasivos bancarios, o sea titular y monto de los depósitos, fondos y valores, como extensión del derecho a la intimidad, “no impide que ataquemos la absurda interpretación de la ley que protege, mediante el silencio y el oscurantismo, todas las deudas con el sistema financiero”.
Vamos a dialogar con el doctor Camilo Martínez Blanco, director gerente de la LDC. Recordemos primero qué es la LDC.
CAMILO MARTÍNEZ BLANCO:
Es una asociación gremial fundada en 1915, que tiene su origen en la defensa de determinados principios que rigen todo el comercio. Es una organización de carácter multisectorial, por cuanto está integrada por empresas industriales, comerciales e incluso financieras.
EC - ¿Qué servicios presta a sus afiliados?
CMB - Es más conocida por su actuación en materia de concordatos y quiebras, pero la realidad es que la gran mayoría de sus recursos humanos y económicos se dedican a la información comercial. Trabajamos en el área de la prevención del crédito, o sea de la utilización de la información como una herramienta que usan las empresas cuando tienen que otorgar créditos, a los efectos de saber la solvencia, los antecedentes, las perspectivas de las empresas. Es información empresarial; eso nos diferencia de otras entidades que suministran información sobre el comportamiento del consumo, del consumidor final.
EC - El Clearing de Informes.
CMB - Exacto.
EC - Esta introducción es relevante para conocer por qué ustedes hacen este pronunciamiento en este momento. ¿Cuál es el problema de que el secreto bancario esté extendido también, de hecho, a los créditos concedidos por las instituciones financieras?
CMB - El sector comercial de por sí, más allá de la LDC, viene sufriendo este tema de la interpretación arbitraria del secreto bancario desde 1982, desde que la ley de intermediación financiera crea, por su artículo 25, el secreto bancario. Digo su interpretación o interpretación extensiva del secreto bancario porque el artículo 25 –era la época del Consejo de Estado [durante la dictadura]– consagra el derecho a preservar, protegiéndolos incluso mediante penalidad, los bienes, el dinero o los valores que las personas tienen en una institución bancaria. Desde ese punto de vista es la consagración del derecho a la intimidad, reconocido a nivel mundial. El problema es que ese artículo 25 se interpretó diciendo que también comprendería los créditos que un banco da a determinada persona.
EC - ¿Cómo es en otros países?
CMB - En ningún otro país existe esto; esa interpretación es traída por los pelos. Además no es una interpretación académicamente admitida, es una interpretación de conveniencia del sistema financiero: la hace a efectos de no suministrar información de ese tipo. Usted entra en la página del Banco Central de la República Argentina, por ejemplo –un país bastante cercano–, y va a ver a todos los deudores del sistema financiero de ese país: le dan hasta la categorización que les merecen a cada uno de los bancos, dónde trabajan, con qué bancos y la categorización que le merecen a cada banco.
EC - Este tema ha sido objeto de debate político en los últimos meses, por ejemplo cuando se ha querido averiguar quiénes eran los grandes deudores del Banco República (Brou); no solamente grandes deudores sino que además hace años que no pagan, y que por alguna razón no son ejecutados.
CMB - Es una sorpresa; verdaderamente nos sorprendió la interpretación que se hizo a nivel de la jerarquía del Brou, diciendo que al Senado lo único que le daba era el nombre, ni siquiera el monto, y que para averiguar el monto que fuera a cada uno de los expedientes judiciales. Es totalmente absurdo.
EC - Según tengo entendido, además, la famosa lista ni siquiera llegó al Parlamento. Se anunciaba para el viernes de la semana pasada…
CMB - La pueden leer en La República.
EC - Esa fue una lista que se filtró, que trascendió; no es la lista aprobada oficialmente por el Directorio del Brou.
CMB - Pero está ahí. Hoy por hoy esto es lo único de información que tiene el sector.
EC - Esa es una parte de la discusión en torno a esta cuestión, pero desde el punto de vista de las empresas, de lo que la LDC está defendiendo, ¿por qué sería conveniente tener acceso también a esos datos sobre los créditos?
CMB - Porque es un dato sumamente importante acerca del estado financiero, de la salud de las empresas. Si un cliente suyo está sumamente endeudado con el sector bancario, sin que eso hubiera producido una contrapartida equivalente de la inversión o del aumento en la gestión, usted se da cuenta de que se trata de un riesgo que esa empresa está teniendo, por el costo que tiene el servicio de la deuda financiera. De alguna forma es un punto más de la información necesaria para saber el riesgo que se puede tener desde el punto de vista crediticio. Esto es muy importante; se habla de restaurar la cadena de créditos, pero no está alimentada en base a dar la información, sobre todo con los cambios que se hicieron a último momento. Hay que apuntalar esa inestabilidad con información, no hay otro remedio.
EC - Ustedes sostienen que no hace falta una ley para eso, que simplemente un decreto del Poder Ejecutivo puede corregir esta situación que se ha dado.
CMB - Por supuesto. Se supone que puede hacerse con un decreto reglamentario del artículo 25, y si no es así el propio Parlamento lo va a hacer, necesariamente tiene que hacerlo.
EC - Ustedes dicen que debe ser un decreto que establezca que no se encuentran amparadas por el secreto bancario las informaciones o noticias referidas a préstamos, créditos, avales o garantías otorgados por las empresas de intermediación financiera a sus clientes, y en general cualquier tipo de información vinculada con los activos de dichas instituciones para con sus clientes.
CMB – Sí; y además información comercial, limitando el aspecto de la confidencialidad. Por ahí se dice que la penalidad en materia de violación del secreto bancario también se extiende a quien difunde información confidencial recibida por el banco. Es confidencial cuando la persona dice “esta información es confidencial”. Cuando el cliente le dice al banco que la información es confidencial no puede divulgarla, pero no otra información que tenga, que adquiera de otras fuentes; esa no es confidencial. Se delimita lo que es la confidencialidad.
Consideramos que es un punto muy importante y que este es el momento para hacerlo. Hasta ahora se nos decía que el secreto bancario no se podía tocar, ni siquiera por vía de reglamentación, ya fuera de un decreto reglamentario o de una ley interpretativa, que es lo que ahora estamos propugnando, porque vemos que no hay interés en otras esferas para dictar un decreto en esta materia, a pesar de que se habla mucho de transparencia.
Siempre se nos decía que no se podía tocar el secreto bancario porque el dinero de los no residentes se iba, porque al otro día iba a salir en grandes titulares: “El Estado uruguayo modifica el secreto bancario” y que, a raíz de eso, los capitales se iban a ir. Después de esta crisis, los capitales de los no residentes ya se fueron; ya ni siquiera ese riesgo corremos. O sea que de alguna forma hay que hacerlo, incluso para los organismos internacionales. Ayer estuvimos con una misión del Banco Interamericano de Desarrollo, por ejemplo, y antes con gente del Banco Mundial: cada vez que hablamos del secreto bancario y de la interpretación que se hace en nuestro país, hay caras de asombro.
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón
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