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Comisión para la Paz: los desaparecidos fueron víctimas del terrorismo de Estado
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“Los antecedentes de las personas fallecidas evidencian que la enorme mayoría de ellas no participaba en forma directa en actos de violencia ni integraban asociaciones subversivas”. El informe modifica la historia oficial, porque reconoce una realidad hasta ahora negada. Todos los uruguayos debemos reconocer la grandeza y la valentía que esta iniciativa del presidente Batlle y el trabajo de la Comisión, que nos permite superar los traumas y los problemas que esa historia dejó. Dr. Carlos Ramela.
EN PERSPECTIVA
Viernes 11.04.03, 07.35.
EMILIANO COTELO:
La Comisión para la Paz dio a conocer ayer su informe final sobre los detenidos desaparecidos en Uruguay, y el presidente de la República, en un mensaje a la población, anunció que el Poder Ejecutivo se dispone a emitir un decreto haciendo suyas las conclusiones de ese grupo de trabajo.
Nos acompaña esta mañana en doctor Carlos Ramela, vocero de la Comisión y asesor de la Presidencia. ¿Cómo sintetiza el trabajo de la Comisión para la Paz?
CARLOS RAMELA:
Creo que finalmente el trabajo de la Comisión (quizá no sea lo más correcto decirlo, porque somos parte involucrada, nos comprenden las generales de la ley) es importante, es serio, es un trabajo histórico como dijo ayer el presidente Batlle, y creo que ha cumplido en muy buena medida con sus objetivos y con los propósitos que llevaron a su creación. Creo que el país necesitaba y necesita asumir determinadas realidades, y creo que la obligación de un presidente -y detrás de él, de toda la sociedad- es encarar los temas que corresponde encarar, más allá de que pueda haber alguien que no esté a la altura de las circunstancias frente a esos temas. Y que, para superar ese período dramático (que obviamente no se limita al tema de los desaparecidos, y como dijo ayer el presidente abarca un período prácticamente de 40 años con violencia, secuestros, muertes y desgracias de todo tipo), el país debe procesar una historia real, completa y veraz.
Por eso este aporte era necesario, y por eso ahora los uruguayos -más allá incluso del tema específico de los desaparecidos- debemos tener la grandeza de reconocer que en esos años el país perdió las referencias, a partir de varios episodios actuó en forma general de manera no acorde a su historia y a su tradición, y que hay que procesar un definitivo "Nunca más" de episodios de esta naturaleza.
EC - El grupo de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos emitió ayer un comunicado a propósito de los resultados del trabajo de la Comisión. Incluye algunas observaciones e incluso discrepancias, pero que empieza señalando que considera un hecho histórico este informe final, y expresa su reconocimiento al presidente Batlle quien, "luego de años de silencio y negativa oficial, asumió responsabilidad en el tema de la desaparición forzada" y conformó la Comisión.
Es más: una de las integrantes del grupo, Luisa Cuesta, agregaba esto:
(Grabación)
LUISA CUESTA:
El doctor Batlle nos planteó un montón de cosas que la Comisión para la Paz las superó. En su investigación, en su manera de llevar el trabajo, fue más lejos que lo que el doctor Batlle prometía que iba a llegar. Y aún con eso que nos prometió el doctor Batlle, nosotros queríamos que se instalara la Comisión para la Paz; con menos que lo que nos dio.
(Fin de la grabación)
Dijo la señora Cuesta que la Comisión arribó a más conclusiones que las que en principio esperaban.
CR – Recién anoche conocí el comunicado de Familiares, y ahora ratifico lo que anoche me planteaba. Tengo que reconocer que el comunicado me produjo una enorme tristeza. Yo estaba preparado, porque ya había vivido antes la situación en que en privado los elogios son muy extensos y enfáticos, y en público son bastante cautos. Pero quizá porque uno es un poco ingenuo creía que en esta oportunidad el comunicado de Familiares podía tener otro contenido. Pero lo que decidí ayer y ratifico ahora es que prefiero que quedarme, “por ahora y si perjuicio”, como decimos los abogados, con el recuerdo de los saludos, los agradecimientos, los abrazos y las lágrimas que recibimos en las últimas semanas, en que todos los integrantes de Familiares dijeron lo que Luisa Cuesta señalaba ahora con mucha valentía: que este trabajo fue mucho más de lo prometido, que se logró mucho más de lo que se esperaba, y que el informe final es mucho más categórico de lo que se imaginaba.
Lamentablemente (lo hemos comentado muchas veces en esta radio) los uruguayos sufrimos de un corporativismo bastante negativo y perverso que no nos permite transmitir a nivel de grupo, de corporación, a nivel de entidad, lo que sentimos privadamente, lo que sentimos individualmente. Es una lástima, pero –reitero— debo ser honesto con mi forma de ser y decir, simplemente por ahora (porque al comunicado lo voy a conversar antes con el presidente de la República y por supuesto con mis ex compañeros de la Comisión para la Paz), tengo que decir que me produjo una enorme tristeza.
EC – Volveremos después sobre algunos elementos de ese comunicado. Pero, en esta consideración de carácter general, se puede concluir que el informe de la Comisión para la Paz modifica la historia oficial.
CR – Sin duda. Sin duda. En este aspecto de los desaparecidos, en este aspecto de la historia uruguaya, el informe de la Comisión modifica la historia oficial, porque reconoce hoy en forma oficial (ya lo había hecho la Comisión antes) una realidad que hasta ahora no había sido asumida por lo menos en toda su dimensión. En ese sentido creo que sí, que hay un cambio cualitativo muy importante, y que todos los uruguayos debemos reconocer la grandeza y la valentía que esta iniciativa supuso. Por eso reitero que la Comisión con su trabajo, el presidente con su iniciativa, permitieron llegar a un análisis global de la historia reciente, que nos permite ahora sí superar los traumas y los problemas que esa historia dejó. En ese sentido, sin duda, la Comisión es histórica y sin duda su actuación fue un éxito.
EC – En cuanto a las conclusiones que presenta la Comisión en el caso particular de los uruguayos desaparecidos en Uruguay, ustedes estudiaron y confirmaron 26 denuncias.
CR – Sobre las situaciones verificadas en Uruguay, recibimos creo que 36 denuncias. Las referidas a uruguayos eran 32, si no me equivoco, y nosotros confirmamos 26; dejamos dos casos sin poder aclarar porque no había elementos suficientes, y descartamos los restantes que –al menos por la información que la Comisión tiene a la fecha— no tienen ninguna vinculación con el tema que estábamos analizando.
EC – En general, ¿qué verificaron respecto al destino de estas personas?
CR – Respecto a esos 26 casos, la Comisión –en un avance muy significativo respecto a la información existente hasta el momento— pudo precisar prácticamente con diferencia de horas lo que pasó con cada una de esas personas, cómo fue detenida, dónde fue trasladada, en qué fecha murió y cómo murió.
EC – En el Anexo III-1 del informe, donde está el detalle de estas 26 personas, lo que se publica es la fecha de fallecimiento; no esos otros elementos a que usted se refería.
CR – Esos elementos están en el Anexo II, que falta en el repartido. En la resolución que dictó ayer, el presidente estableció que no se hiciera público (porque eso ya estaba acordado con el presidente y con Familiares) en la medida en que ese anexo contiene 232 informes individuales sobre cada denuncia recibida, en que la Comisión transmite a la familia, en forma directa y privada, los pormenores de cada caso. Se entendió que ese informe debía ser privado, y obviamente las familias tendrán después la libertad de utilizarlos de la manera que crean conveniente. En esos informes están todos los detalles que le mencioné.
EC – La Comisión hace además, en la página 15 del informe, una puntualización que parece significativa: “Los antecedentes de las personas fallecidas evidencian que la enorme mayoría de ellas no participaba en forma directa en actos de violencia ni integraban asociaciones subversivas. La fecha de sus muertes pone de manifiesto por su parte que la mayoría de ellas se verificaron después que la sedición había sido desarticulada y derrotada, y cuando sus integrantes se encontraban detenidos en establecimientos de reclusión”.
CR – Es efectivamente así. La Comisión lo reconoce porque esa es la verdad que la sociedad necesita para conocer los hechos y actuar o definir en consecuencia tantas cosas. Es absolutamente: salvo tres casos excepcionales, que corresponden a situaciones verificadas antes del golpe de Estado, los 23 casos restantes corresponden a situaciones verificadas a partir del año 1974, e incluso las hay de los años 195, 1976, 1977, 1981 y 1982. O sea que esta constatación que la Comisión entendió que debía realizar.
EC - ¿Cuál es el valor que ustedes le asignan?
CR – Porque es evidente que, dentro de las muchas cosas que se ha sostenido en el país, se dijo que estas muertes eran consecuencia de una guerra que el país había vivido. Creo que la verdad histórica, sin agredir, sin responsabilizar a nadie porque no es nuestra función, tenemos la obligación de señalar lo que sabemos todos quienes teníamos en aquel momento una edad suficiente: que la guerrilla fue básicamente derrotada en 1972, que en 1973 sus cabecillas y casi todos sus integrantes estaban detenidos, y que en 1976, 77, 81 y 82 no había guerra contra la guerrilla.
También es bueno señalar, porque forma parte de esa reparación moral que merecen las familias de las víctimas (y que Familiares reclama en su comunicado, al parecer sin advertir que esto se está haciendo en el documento del informe final), que muchas veces se dijo que estas personas “murieron en su ley”, en actos de violencia o en actos de guerra. Y es evidente que la mayoría de los desaparecidos en Uruguay (distinta puede ser la realidad de los desaparecidos en el exterior) eran personas que no tenían ningún tipo de actividad guerrillera o de violencia. Estamos hablando del escribano Miranda, un profesional en ejercicio público, catedrático de la Facultad de Derecho; estamos hablando de un periodista como Julio Castro, desaparecido a los 69 años de edad; estamos hablando de líderes sindicales, estamos hablando de militantes de un partido como el Partido Comunista, que estaba sí proscripto en ese momento, pero que obviamente no merecían recibir el trato y el resultado que tuvieron por sus ideas, más allá de que no fueran las nuestras.
Esa es la realidad que la Comisión, para hacer Justicia con la verdad histórica, entendió que era del caso señalar y marcar en ese párrafo que usted estaba leyendo.
EC – Ustedes no están divulgando, como ya lo aclaró, los detalles concretos de cada una de las muertes. Pero sí pueden explicar en términos generales en qué condiciones y dónde ocurrieron, porque esos también son elementos importantes.
CR – A ese respecto hay una casuística muy grande, por lo cual no es fácil abordarla en una entrevista de este tipo. Lo que sí podemos decir, corrigiendo alguna versión equivocada que hoy ha circulado en la prensa, es que la Comisión reconoce la muerte de 26 personas, decir que la enorme mayoría (concretamente 23 casos) son muertes derivadas de la tortura, y que hay tres casos (Elena Quinteros y dos casos verificados antes de 1973, Ayala y Castagneto) que corresponden a acciones directas tendientes a dar muerte a estas personas.
Respecto a dónde ocurrieron las muertes, hay distintas situaciones y posibilidades. Muchas de esas muertes se verificaron en los centros de detención, generalmente dependencias de las fuerzas armadas donde las personas estaban detenidas y estaban siendo interrogadas; en otros casos fue en la vía pública; en otros casos en un traslado; en otros casos fue en una vivienda privada, no oficial, pero que estaba siendo utilizada para los interrogatorios... Hay una casuística muy grande que está volcada en los informes privados individuales.
EC – Lo que sí está claro es la responsabilidad de organismos y funcionarios del Estado, de los cuerpos militares y policiales.
CR – Creo que el documento es muy claro en señalar en varias de sus conclusiones que la realidad de los desaparecidos pone de manifiesto que hubo delitos de Estado, y que agentes del Estado (obviamente, excediéndose en sus potestades) cometieron determinados delitos. Creo que eso no es una novedad para nadie, por algo existió la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, y por algo sobre este tema hemos vivido las circunstancias que hemos vivido.
EC – Pero la Comisión pudo verificarlo, por la vía de las consultas y las entrevistas que efectuó.
CR – La Comisión verificó lo que ocurrió, y lo que ocurrió demuestra inexorablemente lo que usted está diciendo. No era su cometido ni estaba en sus potestades determinar responsabilidades individuales ni institucionales. De todas maneras, no a título de conclusión sino de comentario, la Comisión consideró un deber histórico y una realidad dar algunos mensajes muy significativos sobre este punto y una posición clara y definitiva sobre algunos de estos aspectos. Pero, reitero, no era nuestra misión...
EC – “La Comisión no puede soslayar que, a pesar de las limitaciones que demarcan sus facultades y cometidos, ha formado convicción plena acerca de las graves violaciones de los derechos humanos perpetradas durante el régimen de facto”, señala el numeral 44.
“Desde la tortura, la detención ilegítima en centros clandestinos, hasta llegar a los casos más graves de desaparición forzada, se constata la actuación de agentes estatales que, en el ejercicio de su función pública, obraron al margen de la ley y empleando métodos represivos ilegales”.
“La Comisión se permite subrayar, por último, que nadie está habilitado o autorizado en ninguna circunstancia a violar o desconocer los derechos humanos fundados en la propia existencia y dignidad de la persona”.
¿A esto se refiere?
CR – Exactamente; a eso que se dice ahí, a algunas otras cosas que se dice antes... Creo que el capítulo de conclusiones está, de alguna manera, todo impregnado de un reconocimiento de lo que pasó en este caso específico; de un mensaje en el sentido de que esto no se debe repetir, y del reconocimiento de que la violencia en el país tuvo también orígenes de otros signos, pero que indudablemente quien tiene el deber primordial en una sociedad de actuar conforme a la ley y el derecho es el Estado.
Los uruguayos tenemos que terminar de ver las cosas parcialmente en función de enfoques políticos; tenemos que reconocer que acá hubo violencia de muchos signos; que hubo muertes antes que los desaparecidos, que hubo violencia, hubo secuestros, hubo policías y militares muertos, y que acá hubo después o al mismo tiempo civiles muertos. Tenemos que tener la capacidad de juzgar esa realidad y condenar por igual: la Comisión lo hace en un párrafo en que señala que debe condenarse toda forma de violencia, haya provenido de donde haya provenido.
Pero es evidente también, lo tenemos que decir como demócratas, como hombres de derecho, como liberales y humanistas que somos como sociedad, que es el Estado el que siempre y en toda circunstancia tiene en estas realidades una obligación primordial: actuar dentro de la ley. Ese es un mensaje muy importante porque quizá, cuando uno está enfrentado a determinadas situaciones, a determinados actos de violencia, no digo que uno pierda las referencias pero termina por admitir o aceptar, al menos implícitamente, que algunas cosas son “necesarias” para solucionar algunos problemas. Y eso no es verdad. Siempre que una sociedad admite que el derecho quede de lado, siempre que una sociedad tolera la arbitrariedad, siempre que una sociedad deja de lado los principios básicos que hacen a su esencia, ingresan en un camino muy peligroso, muy duro y muy difícil, que termina en lo que terminó esto en ese momento. Ese es el mensaje de la Comisión.
***
EC - Yo le preguntaba recién a propósito de las conclusiones a las que la Comisión llega en cuanto al destino de 26 uruguayos desaparecidos en nuestro país. Pero hay un capítulo aparte en este grupo de personas, que no refiere a si murieron, cómo y dónde, sino a qué ocurrió con sus restos. La Comisión para la Paz informa que según los testimonios que recogió, los restos fueron enterrados, exhumados a fines de 1984, cremados, y sus cenizas lanzadas al Río de la Plata. O sea que hoy es imposible acceder siquiera a las cenizas de aquellos restos. ¿Cómo es esto?
CR - Sobre este tema yo haría dos precisiones. La primera es que, obviamente, la Comisión siempre tuvo claro que este era el tema más sensible y más duro para las familias. Por lo tanto la Comisión primero actuó sobre la historia global, intentando generar un poco ese estado del alma, y después, cuando incluso ya se habían hecho públicas algunas conclusiones y demás, encaró este tema con las distintas fuentes militares que de alguna manera colaboraron con la Comisión.
Lo que todas esas fuentes militares informaron en forma coincidente y unánime es que lo que ya se había conocido y había trascendido como “Operativo Zanahoria” se había llevado a cabo. A partir de ahí intentamos precisar cómo fueron las etapas de ese operativo y llegamos a lo que está en el informe. Hacemos una aclaración: decimos –porque esta fue una decisión del grupo, tomada por unanimidad como todas ellas, pero muy analizada– que no lo asumimos como conclusión porque evidentemente todo este operativo, toda esta realidad de los restos presenta demasiadas facetas y demasiados aspectos que no tenemos hoy elementos objetivos como para aceptar en su totalidad. La Comisión hace la salvedad; dice también por ahí que considera que se merece, a esta altura, una respuesta más clara y terminante (hubiésemos querido que los aportes en esta materia fueran más exhaustivos), pero finalmente trasmite, porque es su obligación, la versión unánime que ha recibido de fuentes militares.
EC - Con la puntualización de que considera que no puede ni debe confirmar esa información.
CR - No, porque la información, o sea el operativo o todo lo que se llama el destino restos, supone cuatro, cinco o seis verdades independientes. Primero, dónde fueron enterrados originalmente; segundo, cuál fue la actitud que se tomó en el segundo semestre del año 84; cuál fue la forma en que esos cuerpos, esos restos, eventualmente fueron cremados y finalmente qué se hizo con las cenizas resultantes. Hay demasiados aspectos en la historia; en lo personal lo señalo: no dudo en considerar ciertas muchas de las cosas que ahí se dicen, pero la Comisión entendió que no tenía elementos suficientes para una versión global y completa. Sobre todo porque en este tema particular de los restos la Comisión pretendía ser más exigente en su valoración probatoria. No porque no lo haya sido en los demás casos, en las demás situaciones, sino porque entendía que estaba ante un tema demasiado grave, demasiado contundente, demasiado importante, que requería y requiere una explicación quizás de más jerarquía. No negamos que esta versión tenga partes reales, que incluso pueda ser toda real; lo que decimos es...
EC - Ustedes señalan el lugar de la costas del Río de la Plata donde los restos fueron esparcidos.
CR - Sí, a partir de eso hicimos lo siguiente. Primero verificamos lo que se llama el destino inicial (todas las personas en su momento, cuando ocurrió su fallecimiento, fueron enterradas en algún lado); después constatamos lo que fue el operativo que se cumplió a partir de mediados del 84, pero que llevó, de acuerdo a nuestra información, como 60 o 70 días en su desarrollo, o sea que se cumplió aproximadamente en el segundo semestre; y finalmente, para completar todo eso, hicimos determinadas comprobación y logramos determinados elementos que podríamos decir que tienen cierto aspecto objetivo.
Por un lado, como una de las críticas o una de las respuestas era que no era posible cremar cuerpos humanos si no se disponía prácticamente de un cremador como el que está instalado en el Cementerio del Norte, la Comisión consultó a la Cátedra de Medicina Legal de la Facultad de Medicina, concretamente al doctor Guido Berro, quien hizo un dictamen que está agregado al informe. Pero no solamente hizo un dictamen sino que hizo un ejemplo empírico, porque utilizando restos humanos intentó su cremación en calderas informales, tipo calderas grandes de calefacción que funcionan con combustible normal, y el resultado que arrojó esa pericia fue que perfectamente se puede cremar cuerpos de esa manera, que a partir de una determinada temperatura que se puede lograr sin inconveniente –más allá de que lleva un tiempo relativamente más largo– la cremación es posible.
Lo otro que pretendimos y logramos fue que se nos individualizara concreta y específicamente el lugar donde supuestamente habían sido tiradas las cenizas de estos restos.
EC - Una zona cercana al barrio Paso de la Arena. Ustedes ubican en el mapa cuál es e incluyen una fotografía del lugar.
CR - Lo ubicamos en el mapa, incluimos una fotografía y estuvimos en el lugar; no porque hayamos querido ubicarla nosotros, sino porque fuimos traslados al lugar. Presentamos en el informe las fotografías respectivas.
Esta es la información que la Comisión recibió y que trasmite de la forma que surge del informe.
EC - El doctor Javier Miranda, del grupo de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, señaló que esta versión de que los desaparecidos fueron enterrados, desenterrados, cremados y luego arrojados al mar amerita una nueva investigación judicial:
(Grabación)
JAVIER MIRANDA:
Obviamente, la magnitud de los hechos denunciados justifica la intervención del Poder Judicial. Estamos hablando, en esta versión, de una operación que se habría realizado al final de la dictadura, siendo comandante en jefe quien después fuera ministro de Defensa del primer gobierno democrático. Evidentemente tuvo que haber algún tipo de participación política, no es imaginable que a fines del 84, saliendo de la dictadura, con elecciones en noviembre, se tomara esta medida sin ningún tipo de consulta política.”
(Fin de la grabación)
Miranda agregó incluso que habrá que verificar la participación en esa operación de responsables políticos;
(Grabación)
JV – Nosotros decimos: hay una situación que se da –aquí se dice que se da—en del 84. Insisto: nosotros no confirmamos esta versión, pero si esa versión se da, ante la gravedad de la versión nos parece evidente que debe realizarse una investigación en profundidad. Que es lo que hace y lo que recomienda la propia Comisión para la Paz”.
(Fin de la grabación)
¿Qué dice usted, doctor Ramela?
CR - En primer término, presuponer o creer que en agosto, setiembre, octubre del 84 los militares no podían hacer nada en este país sin tener el aval de las fuerza políticas es un enorme error histórico que parece no reflejar lo que todos sabemos que se vivió en el país.
EC - Eran las fechas cercanas a la elección nacional que terminó con la dictadura.
CR - Sí, pero el poder estaba plenamente en manos del gobierno de facto y evidentemente ellos todavía disponían y actuaban como lo creían conveniente o necesario. O sea que creo que, primero, se comete un enorme error histórico.
Segundo, creo que se comete una enorme temeridad. Porque decir genéricamente y al barrer que tuvo que haber un aval político a una decisión de esta naturaleza es una acusación que lamento que haya salido de una persona tan ponderada y medida como el doctor Miranda, pero que –debo señalarlo– me parece de una temeridad y es una acusación infundada tan grave que realmente me sorprende.
En lo que hace a una eventual judicial al respecto…
EC - El doctor Miranda dice que esto de alguna manera está sugerido en el informe de la Comisión para la Paz.
CR – No; no es verdad, lamentablemente. Podemos leer el informe, todas sus hojas, de punta a punta. La Comisión sostiene que merecen una explicación mayor.
EC - “Los uruguayos merecen, a esta altura, a juicio de este cuerpo, una explicación más clara y contundente sobre el destino de los restos.”
CR - La explicación pueden darla quienes eventualmente participaron, actuaron o hicieron este operativo en forma directa, permitiendo, quizás, algún tipo de constatación mayor, dando algún elemento más de la historia a los efectos de que algunas cosas que no terminan de tener precisión terminen por cerrar. Pero nunca, en ningún momento, la Comisión sugiere en ese artículo –sería un error decirlo– que tenga que haber una instancia judicial.
EC - De alguna manera sugiere, o está dando a entender, que la colaboración que tuvo de las fuerzas armadas, de las fuerzas policiales de la época o de los integrantes de las fuerzas armadas y las fuerzas policiales de la época no fue todo lo profunda que se necesitaba.
CR - Es evidente que la colaboración no fue total y absoluta. Pero tampoco es cierto lo que dice el comunicado de Familiares, de que apenas algunos colaboraron mínimamente. ¿Usted cree que con la información que tenían las familias podíamos dar día y hora de los fallecimientos en 26 casos prácticamente? Frente a estos temas hay que tender grandeza, hay que estar a la altura de las circunstancias. Uno puede decir su verdad, sostener su verdad y reivindicar su verdad sin desconocer otros aspectos de la historia.
Acá hubo colaboración, la Comisión lo dice. No fue institucional, no fue plena, no fue absoluta, pero esta verdad que la Comisión hoy pone sobre la mesa en todos sus términos no hubiese sido posible sin colaboración militar. Punto uno.
Punto dos, esta Comisión dice que el tema restos, por su trascendencia y su importancia, merecería, quizás, algún tipo de determinación mayor, que nosotros no pudimos lograr pero quizás alguien pueda dar. Nunca la Comisión está sugiriendo la actuación de la Justicia. Por otra parte, bien sabe el doctor Miranda que nos guste o no, la comparta él o no, en Uruguay está vigente la Ley de Caducidad.
EC - ¿Y la Ley de Caducidad ampararía incluso esta investigación judicial?
CR – Pero esto ¿qué sería? Simplemente, una acción tendiente a borrar los rastros de un delito, del mismo delito que, justamente, está incluido en la Ley de Caducidad. En el año 84 quienes habrían cometido estos delitos de Estado decidieron borrar los rastros; esa sería la traducción de todo esto. Aquí estamos en plena Ley de Caducidad, ante un delito que no está excluido porque no tiene interés económico. O sea que decir lo que dice Familiares a este respecto es literalmente querer desconocer todo lo que aparentemente han conversado o sostenido con nosotros durante tanto tiempo. Pero así es la historia y así tenemos que aceptarla, más allá de cuáles sean sus consecuencias.
***
EC - Quedan unos cuantos puntos del informe para tratar. Una aclaración: estamos concentrándonos en lo que el informe divulga a propósito de los uruguayos desaparecidos en Uruguay, pero el trabajo fue bastante más amplio.
CR - Por supuesto.
EC - Incluye situaciones de extranjeros desaparecidos en Uruguay y uruguayos desaparecidos en otros países, en particular en la República Argentina.
Volvamos a lo que quizás generaba las mayores expectativas. Con respecto a los uruguayos desaparecidos en Uruguay ustedes sugieren la creación por ley de la figura de ausencia por desaparición forzada.
CR - Exactamente. La ausencia es un instituto de naturaleza civil, que está previsto en el Código Civil, que establece –como lo dice el propio código– que en ciertas situaciones en que se presume el fallecimiento pero no se puede acreditar objetivamente –los ejemplos más clásicos son cuando naufraga un barco, cuando cae un avión– la ley prevé un instituto que permite que dentro de ciertos requisitos se produzcan las mismas consecuencias civiles que en el caso del fallecimiento.
EC - Estamos hablando de consecuencias en el terreno civil.
CR - En materia sucesoria, en materia de estado civil, en materia de filiación, toda una serie de aspectos de esa naturaleza. La ausencia requiere una serie de requisitos y un juicio con bastantes complejidades para poder hacerse, en definitiva, constatada la situación. Por eso sugerimos, acorde a lo que se ha hecho invariablemente en el derecho comparado, es crear una figura específica de ausencia por desaparición forzada a los efectos civiles. Con ella pretendemos que se pueda declarar en forma muy sumaria, sin tener que recurrir a todos esos procedimientos pesados que existen, en función de las simples conclusiones de la Comisión para la Paz, sin requerir, evidentemente, pruebas o elementos adicionales.
EC - Ustedes señalan en el numeral 75: “Es evidente que la calificación jurídica del estado actual de estas personas se debe hacer a partir de comprobaciones objetivas que no se ha obtenido y no se obtendrá por esta Comisión”. Ustedes están diciendo que el hecho de que estas personas hayan muerto y que sus restos, además, hayan sido cremados y arrojados al mar, es algo que la Comisión no está aportando con valor jurídico.
CR – En este sentido. Para que una persona sea inscripta como fallecida precisamos una partida de defunción; la partida de defunción debe ser emitida por un médico diciendo que la persona está muerta. Por lo menos esta Comisión que se disolvió ayer, si estamos diciendo que no hemos accedido a los restos –salvo en el caso de Gomensoro Josman, para quien ya hay una partida de defunción, por supuesto– y estamos sosteniendo que la versión que recibimos dice que los mismos no están disponibles, tiene que asumir que esa comprobación de partida de defunción en sentido estricto no va a ser posible.
Por eso sugerimos la forma alternativa que se aplica normalmente en el derecho. Cuando cae un avión, como cayó hace unos años en Fray Bentos aquel avión de Austral, nadie duda de que los que iban dentro lamentablemente murieron, pero la constatación uno a uno de los fallecimientos no se puede hacer y las partidas no se pueden emitir si no existe algún tipo de instituto sucedáneo que permita considerar y presumir el fallecimiento a partir de otros elementos que no sea la partida de defunción emitida por un médico.
EC - Este instrumento tendría su utilidad en el plano civil. En el plano penal esto está en el debate en estos días a raíz del caso Juan Carlos Blanco. Blanco está procesado por coautoría de privación de libertad en un delito que la Justicia entiende que es permanente, que sigue existiendo hoy, y su situación procesal seguramente se modificaría de manera relevante si desde el punto de vista jurídico quedara comprobado que Elena Quinteros está muerta.
CR - En materia penal, obviamente, no rigen los principios de la materia civil. Ahí son los jueces, la Justicia, los órganos competentes y actuantes los que determinan si se está ante una figura delictiva u otra. En ese sentido las cosas no han cambiado mucho desde el momento que la Comisión ya había anunciado en noviembre, cuando dio su informe preliminar, que Elena Quinteros había fallecido en los primeros días de noviembre de 1976.
EC - Pero ahora hay un informe oficial y un decreto del Poder Ejecutivo que lo hace suyo. ¿Cambia algo el valor jurídico?
CR - Es una comprobación, una interpretación que tendrán que hacer los órganos judiciales. Evidentemente aquel era un informe preliminar y este es un informe oficial, ya ha sido reconocido como propio por la Presidencia de la República que lo asume como versión oficial. De ahí en más la Justicia penal es la que tiene que resolver y actuar. En estas cosas jurídicas nunca hay una sola biblioteca, siempre hay más de una opinión. El juez actuante dijo con respecto al trabajo de la Comisión algunas cosas, el Tribunal de Apelaciones que actuó en el recurso de alzada dijo otras, bastante distintas desde el punto de vista de la relevancia del informe de la Comisión para la Paz, que creo que no han sido debidamente advertidas.
Por ahí pasa la cosa: en un Estado de derecho la determinación final de esta situación corresponde al Poder Judicial. Lo que está haciendo el Poder Ejecutivo es simplemente convalidar lo que la Comisión está diciendo, dándole los efectos legislativos civiles que corresponden. Desde el punto de vista penal la Justicia tendrá que resolver si entiende que esto cambia o no la situación que se ha verificado.
EC - ¿Va a haber alguna acción específica, concreta, desde el Poder Ejecutivo para –en el caso del doctor Juan Carlos Blanco y otros que pudiera plantearse— incidir y señalarle al Poder Judicial que un caso como ese está comprendido por la Ley de Caducidad, por ejemplo?
CR - Entiendo que el Poder Ejecutivo va a reconocer oficialmente este informe y aceptar sus conclusiones. De esa forma está aceptando, de alguna manera, más allá de la solución que ofrece o sugiere en el campo civil, que Elena Quinteros está muerta. Pero el Poder Ejecutivo no puede determinar la valoración que al respecto haga la Justicia; será consecuencia de cómo actúen los órganos de la Justicia. La Comisión define el fallecimiento por convicción y el Poder Ejecutivo así lo asume; es la Justicia en definitiva la que tiene que resolver.
Lamentablemente siempre hay situaciones puntuales que nos llevan no a una distorsión pero sí a un análisis sesgado de las cosas; lo que importa y lo que trasciende, más allá de los casos particulares que obviamente tienen su relevancia y su importancia, sobre todo para los involucrados, es la normativa general, la figura global, lo que el país como institución, como nación, tiene que darse y tiene que aceptar. Después la Justicia actúa dentro de sus atribuciones y resolverá en consecuencia.
***
EC - El tema no se agota aquí. Quedaría para examinar todo el capítulo de recomendaciones que incluye el informe, que va más allá de algunos puntos que hemos tocado en este diálogo. También quedaría para ver en términos más amplios ¿y ahora qué? ¿Tiene una respuesta breve sobre esto último, el “ahora qué”?
CR - En el informe decimos que la Comisión constató una verdad y esa era su misión. Que ahora es responsabilidad de todos los uruguayos intentar procesar el final de estos temas. Son episodios que se vivieron hace más de 30 años, son muy tristes, muy lamentables; había que reconocerlos, había que admitir lo que había pasado; era justo, así correspondía, éticamente era lo que había que hacer.
Ahora hay que tratar de que los uruguayos podamos, con grandeza, con espíritu de futuro, con perspectivas de un país que tiene que superar instancias pasadas, lograr una reconciliación, una paz final, lograr superar estas heridas. Ojalá se logre. El aporte de la Comisión para la Paz para eso es, como decía Perico [N. de R.: el fallecido sacerdote Luis Pérez Aguirre, uno de los integrantes de la Comisión], no un reinicio de juicios –como quiere sugerir el comunicado de Familiares– sino un puente hacia la paz. Lograrla será responsabilidad de todos los uruguayos.
***
(N. de R.: el informe final establece, entre otros, los siguientes "Criterios de reparación:
77.- Las confirmaciones de la Comisión, en cuanto suponen la actuación ilegal de personas que servían bajo el mando y poder del Estado, imponen una inexcusable obligación de mitigar y reparar, en la medida de lo posible, los daños producidos.
Esta constatación, propia y esencial de un Estado de Derecho, no supone desconocer otras realidades y otras muertes, también trágicas y propias de la situación de violencia que el país enfrentó y que hoy todos los uruguayos debemos condenar sin excepción. Lo uno no descarta ni desconoce lo otro, como tampoco lo primero –la insatisfacción, la intolerancia, la radicalización y la violencia subversiva- justifica lo que pasó después.
La Comisión plantea, en esta instancia y en esta oportunidad, en la medida que esa es su obligación funcional, el reconocimiento y la reparación que la realidad de los desaparecidos nos impone a todos; el país todo –sus autoridades y su gente- deberán plantear y resolver, si así correspondiera, el justo reconocimiento y homenaje que otros pueden sin duda merecer.
78.- Una vez que se ha afectado -en forma definitiva e irremplazable- la propia vida de una persona, no hay reparación posible. Esa es una realidad que todos reconocemos y que nadie pretende empequeñecer con reparaciones que nunca, en ninguna circunstancia, podrán compensar el dolor y el sufrimiento que padecieron las propias víctimas y sus familias, quienes no sólo debieron llorar a sus muertos sino también luchar, por años, para que se reconociera una realidad que hasta ahora siempre fue negada.
79.- Aún con esas salvedades, en las circunstancias actuales, la reparación se impone y debe ser asumida más allá incluso de cualquier y elemental mandato ético, por una simple valoración jurídica que impone al Estado la obligación de reparar íntegramente los daños que provocaron las actuaciones ilegales e ilegítimas de sus agentes.
Esa reparación, siguiendo todas las tendencias jurídicas generales que se puedan invocar y los propios criterios que el derecho comparado reconoce para situaciones particulares de este tipo, debe ser integral y completa, dando satisfacción no sólo económica a las víctimas sino también moral y afectiva.
80.- En ese entendido, la Comisión recomienda y eleva a consideración del Señor Presidente de la República una serie de medidas de distinto tipo tendientes a aceptar oficialmente, hacer conocer y reparar, en la medida de lo posible, el daño generado a las víctimas y a sus respectivas familias.
Las medidas son las siguientes:
a. Se acepten por el Señor Presidente de la República las conclusiones de este Informe Final, asumiendo que éstas representan la versión oficial con relación al destino de las personas denunciadas como desaparecidas.
b. Se difunda y haga público el contenido de este Informe Final y sus Anexos, salvo en lo que respecta a los documentos de naturaleza privada dirigidos a cada familia denunciante, como forma de hacer conocer, a la ciudadanía en general, cuál fue la realidad del tema de los desaparecidos y cuál fue el destino que tuvieron las personas que durante años fueron denunciados en esa condición.
c. Se promueva una iniciativa legal tendiente a reparar patrimonialmente -en sede administrativa y por vía sumaria- los daños y perjuicios generados por la actuación ilegal de agentes del Estado, que beneficie a aquellas familias de personas fallecidas en nuestro país que no han cobrado a la fecha indemnización alguna por los hechos que se reconocen en este Informe Final".
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón
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