18.08.2003












Suprema Corte habilita juicio penal a Bordaberry

Patrocinante, doctora Hebe Martínez Burlé: Las discusiones de estos años ignoraron lo más importante: los militares no dieron un golpe por cuenta propia, sino que fueron llamados por el gobierno civil.



EN PERSPECTIVA
Lunes 18.08.03, 07.57.

EMILIANO COTELO:
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) habilitó un juicio contra el ex presidente de facto Juan María Bordaberry, al remitir a un juez penal la denuncia por el delito de atentado contra la Constitución presentada el año pasado por la organización de Familiares de Personas Asesinadas por Motivos Políticos.

ALFREDO DANTE:
La SCJ resolvió remitir la denuncia al juez penal de turno que resulte competente, según la resolución firmada por los ministros. La corporación se declaró incompetente para juzgar en esta etapa del proceso a Bordaberry, considerando que su actuación vulneraría el derecho del denunciado a recurrir a otro juez o tribunal.

En la denuncia contra el ex presidente se señala que el decreto 464/973 que, entre otras disposiciones, disolvió el Parlamento y creó el Consejo de Estado, atentó contra la Constitución, cambió la forma de gobierno, de vida, de sentimientos y creó tragedias y sufrimientos a toda la población de la República.

EC - Hace pocos días Juan María Bordaberry había concurrido a declarar a un juzgado en lo penal, por otra causa: la muerte de ocho militantes comunistas en la seccional 20 de esa organización política, ocurrida en abril de 1972, antes del golpe de Estado. En este caso, la denuncia se dirige específicamente a Bordaberry por violación de la Constitución por las decisiones del 27 de junio de 1973.

Sobre esta denuncia en torno a la cual se expidió sobre el fin de semana la SCJ, vamos a conversar con la doctora Hebe Martínez Burlé, abogada patrocinante.

La primera pregunta es casi elemental, creo que se la hace mucha gente: ¿por qué esta denuncia contra Bordaberry se presenta 30 años después? Es una denuncia de fines del año pasado. ¿Por qué 30 años después del golpe?

HEBE MARTÍNEZ BURLÉ:
Es una pregunta que se hace todo el mundo. Es cierto, yo coincido en que debió haberse presentado mucho antes, que no debió haber sido presentada sólo por una asociación de víctimas y algunos ciudadanos, sino que debió haber sido presentada por toda la ciudadanía democrática uruguaya.

Cuando recién salimos de la dictadura las condiciones no eran las mejores para presentar una denuncia; todo necesita su decantación. Con el transcurrir de los años, al no haberla presentado ningún otro sector, un grupo de ciudadanos resolvió hacerlo.

EC - ¿Efectivamente no hay antecedentes?

HMB - No, no hay.

EC - ¿No se intentó en el pasado, ni siquiera después del regreso a la democracia?

HMB - No que yo tenga conocimiento (*).

EC - ¿Por qué se da el paso ahora?

HMB - Por lo que le decía recién: porque ante la ausencia de esta actividad y entendiendo que la responsabilidad estaba intacta, sin ser analizada -la responsabilidad del inicio de 12 años negros de dictadura-, estos ciudadanos resuelven hacer la denuncia y piden mi patrocinio y el del doctor Walter de León.

EC - Se lo preguntaba porque esta denuncia parece ubicarse en el contexto de una serie de pasos que en los últimos años, sobre todo en los dos últimos, han ido dando organizaciones y particulares, buscando aprovechar resquicios que las leyes de pacificación dejaron a la salida de la dictadura para de todos modos llevar ante los tribunales a personas u organizaciones.

HMB - Exactamente. También se requirió tiempo para ver las circunstancias, analizarlas, poder entender como entendemos en el día de hoy que el falso binomio militares - izquierda era falso y darle el valor significativo que tuvo la actividad de los civiles, que fueron quienes llamaron a los militares, específicamente el señor Bordaberry. Aquí no hubo un golpe militar, no fue una conjura de cuarteles, sino que fue un civil elegido constitucionalmente quien resolvió romper el camino democrático que Uruguay había transitado prácticamente durante toda su historia.

Analizadas las verdaderas circunstancias, habiendo llegado a la verdad una vez que el tiempo empezara a develarlas, se resolvió hacer esta denuncia. No es el único caso en que las denuncias demoran: a veces también en los delitos comunes transcurre mucho tiempo antes de que se tome la decisión.

EC - ¿Hay que entender que la Ley de Caducidad, por ejemplo, generó un shock tan fuerte en las organizaciones como las que han impulsado esta denuncia ahora, que durante mucho tiempo la atención se concentró en esa ley, su alcance, el intento por derogarla, etcétera?

HMB - Exactamente. Con gran habilidad, muchos de los políticos que colaboraron con el proceso y posteriormente, con el encubrimiento de todos estos hechos, hicieron que toda la población o la gran mayoría de la población nos sometiéramos al falso binomio: acá los malos de la película fueron los militares por un lado, y tupamaros y comunistas por otro.

EC - Está claro que la Ley de Caducidad no abarca al golpe de Estado en sí mismo.

HMB - No, no: deja expresamente fuera a los civiles; por lo tanto no hay ninguna duda en cuanto a que esa ley no se aplica en este caso. Lo que pasa es que al pensar que los malos de la película eran los militares -así como para los militares era la gente de izquierda-, las organizaciones de derechos humanos se abocaron a ver la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad, etcétera. Eso nubló la visión de dónde estaban las verdaderas responsabilidades.

Si hoy hacemos un análisis profundo del tema, vemos que fue un civil elegido constitucionalmente en un país democrático -más allá de los cuestionamientos que hubo en su momento de la elección, que no vienen al caso- quien llamó a los militares, quien dio soporte jurídico y sustento ideológico. Los militares no estaban preparados para gobernar; recién en 1965 tuvieron derecho al voto, por lo tanto cabe pensar que en 1972, 1973 lejos estaban de estar prontos para dirigir un país. Eran preparados para enfrentar la subversión, no para gobernar. Por lo tanto la verdadera responsabilidad, la más fuerte, le cabe a un civil que llama a los militares y los prepara porque entiende que los partidos políticos no sirven. Es el que inicia la dictadura, por lo tanto le cabe una responsabilidad muy grande que debe asumir.

No olvidemos que el sector de los “malos” de la izquierda sufre prisión, tortura y muerte. Y también los militares sufren, los responsables y los no responsables: en cuanto no hubo posibilidad de separarlos, todos los militares están puestos en una misma bolsa y están sufriendo discriminación social y moral desde hace 18 años, lo que no deja de ser un castigo. Los únicos que salieron absolutamente impunes de todo este proceso fueron los civiles, los autores de los hechos, como en el caso de Bordaberry y algunos de sus colaboradores, y los colaboracionistas, que fueron muchos.

EC - ¿Por qué presentaron la denuncia ante la SCJ?

HMB - Porque, de acuerdo a la Constitución, la competencia originaria corresponde a la Corte. Sin perjuicio de lo cual, como en este país es la primera vez que ocurre un hecho como este, ahora se produjo la disquisición desde el punto de vista jurídico de que la Corte en sí no es competente para esta etapa procesal. Coincidimos con el contenido de la resolución en cuanto al pasaje al juzgado en lo penal, hecho que de todas maneras se debía hacer, aunque la Corte asumiera su competencia, porque no puede instruir, no puede hacer la investigación, tomar declaraciones, etcétera. La Corte entiende que, para haber sido competente en esta etapa, debió haber un previo juicio político, que es inexistente. Por lo tanto, al no haber juicio político, al no ser más presidente -pese a que sigue cobrando la jubilación como ex presidente, cosa bastante ilógica desde mi punto de vista, porque dejó de ser presidente desde el momento en que dejó a ser presidente democrático y pasó a ser presidente de facto-, es un ciudadano común y deben seguirse los mismos pasos que para cualquier persona considerada responsable de un delito.

EC - ¿El delito no prescribió?

HMB - No; en eso la jurisprudencia y la doctrina están absolutamente acordes, no hay discrepancias en cuanto a que los 12 años del período de facto no se computan, por lo tanto no prescribió.

EC - ¿Cuál es el procedimiento ahora?

HMB - Supongo que en los próximos días la SCJ va a pasar el caso al juzgado penal competente.

EC - ¿Cuál es?

HMB - No lo sabemos todavía, no sabemos qué criterio va a aplicar la Corte en este caso concreto; puede ser la fecha del ilícito, pero como es un delito permanente la fecha se diluye; puede ser la fecha de presentación de la denuncia o la de la resolución de la Corte. Estamos a la espera de la resolución para ver a qué juzgado corresponde.

EC - Una vez resuelto eso, ¿qué deben hacer ustedes, los denunciantes?

HMB - Nada; normalmente cuando uno presenta una denuncia deja de participar, salvo que haya tenido participación en los hechos y pueda ser citado para hacer un careo, para ampliar declaraciones.

En este caso el papel de los denunciantes ya terminó; ahora la Justicia citará al denunciado como a cualquiera, e indagará. En lo personal creo que en cuanto a los hechos en sí es público y notorio lo que ocurrió, pero no actuó solo, entonces quizás la Justicia tenga mayor trabajo en ver el nivel de participación de otras personas.

EC - ¿Qué penas tienen los delitos en juego?

HMB - De 10 a 30 años de penitenciaría, además de ser considerado el denunciado como reo de lesa nación.

EC - ¿Qué significa esto último?

HMB - Durante la dictadura existía este delito por el que mucha gente fue procesada; cada vez que se referían a ellos públicamente lo hacían como “reos de lesa nación”. Está estipulado en la Constitución. Es uno de los delitos más graves atentar contra la Constitución, que es nuestro bien de mayor categoría a nivel jurídico; es un delito de extremada gravedad.

***

(*) N. de R.: finalizada la entrevista, se comunicó con el programa el periodista Miguel Angel Campodónico, autor del reportaje “Antes del silencio", en el que consta que “ya hubo dos denuncias judiciales presentadas por el mismo hecho, de modo que la actual es la tercera”.

En la página 154 de ese libro se dice que “Bordaberry ya fue objeto de dos denuncias que fueron desestimadas por el Poder Judicial. La primera de ellas se presentó cuando todavía era Presidente [de facto]. La Suprema Corte de Justicia estaba integrada por personas que venían del período anterior, es decir, cuyos integrantes no habían sido designados durante el proceso que nació el 27 de junio de 1973, al punto de que ninguno de ellos votó contra Bordaberry. La segunda demanda, que, según Bordaberry, nunca debió existir en tanto ya había cosa juzgada, también fue fallada a su favor, en este caso por una Corte electa ya en tiempos de la democracia. ‘De modo que no hay ninguna razón para que se insista por tercera vez en lo mismo. En realidad, en los dos casos anteriores no fallaron en mi favor, lo que hubiera significado decir que no hubo violación de la Constitución, lo que se sostuvo fue que la Corte no tenía facultades para juzgarme. Que sólo podía hacerlo en el período de seis meses inmediatamente posteriores a mi desempeño como Presidente y que, además, hubiera tenido que ser juzgado previa y necesariamente por el Parlamento. Y yo todavía agrego que de ir en el sentido que quieren los demandantes, habría que replantearse toda la historia nacional’.

“Una decisión tomada en el período en el cual Bordaberry fue Presidente [de facto] estableció importantes diferencias entre los funcionarios públicos, al punto de que, de acuerdo a la categoría en la cual fueran incluidos, podrían o no continuar ocupando sus cargos. Debido a la calificación de los funcionarios en clases A, B y C, quienes recibieron la constancia de pertenecer a la categoría que indicaba la última letra mencionada fueron destituidos en virtud de que al ser C no podían seguir prestando funciones en el área estatal. Según Bordaberry, la medida no fue tomada por el Poder Ejecutivo sino que se trató de una fórmula instrumentada por las Fuerzas Armadas que se encontraban en guerra. Y no era aplicable a todos los ciudadanos uruguayos sino solamente a los funcionarios públicos y, muy especialmente, a quienes trabajaban en la enseñanza. ‘Yo recibí varias denuncias de gente conocida que me reclamaban porque se había cometido alguna injusticia al llevarse detenido a alguien que no tenía nada que ver con los tupamaros. A veces me ocupaba de averiguar lo que había pasado y al final llegaba a la conclusión de que había sido bien detenido. Nunca recibí una denuncia sobre la cual no terminara comprobando lo que acabo de decir. Un amigo mío, por ejemplo, se quejaba porque habían detenido a su hijo y porque le habían incautado una camioneta. Trasladé el caso a las Fuerzas Armadas. Todo se terminó cuando los militares fueron a su campo y le mostraron a mi amigo el lugar en el que estaba la tatucera de los tupamaros que el detenido conocía muy bien. El padre se quedó helado’,

“Una de las preguntas que cabe hacerse es hasta dónde Bordaberry estaba enterado de todo lo que sucedía en materia de seguridad, una delicada zona que, por sus características, parecería que hubiera podido quedar exclusivamente en manos de los militares por considerarse que en esa área debían actuar las fuerzas especializadas. Y, si por esta misma razón, en tanto actuaban sin el conocimiento de los civiles, no es razonable pensar que se cometieron injusticias que los miembros civiles del Gobierno no llegaron a conocer. Responde Bordaberry: ‘Hablemos de hechos y no del pensamiento de cada uno. Reitero que lo de las categorías no fue una decisión del Poder Ejecutivo, es decir, no fue mía. Pero yo estaba en conocimiento de que se hacían distinciones entre los funcionarios que tenían antecedentes en la subversión, en la enseñanza y en la actividad pública en general. No digo de relación con los tupamaros, en ese caso simplemente se hubiera tratado de una conducta delictiva, sino en simpatía, podría decirse. Había muchos a los que los tupamaros llamaban periféricos, que no estaban adentro de la organización, pero que simpatizaban desde afuera y que, llegado el caso, podían ayudar a colaborar. En la enseñanza había una gran cantidad y en la función pública también. Acepto que yo no puedo afirmar que nunca se haya cometido una injusticia, pero creo que en la totalidad de los casos -si existieron-las injusticias fueron mínimas. Mi experiencia me indica hoy que las Fuerzas Armadas tenían un excelente servicio de información”.

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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón




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