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“NADA ESTABLECE QUE SEAN PRECARIOS: SON PERMANENTES, SALVO INCUMPLIMIENTO”
TV para abonados: nuevos permisarios y condiciones
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Presidente de la Ursec, Fernando Pérez Tabó: El órgano regulador está dispuesto a liderar la apertura en todos aquellos mercados en los cuales se tenga constancia de la existencia de monopolios que afecten el derecho del consumidor. Nuestra acción no se va a limitar a renovar los permisos. En televisión por cable estrictamente, cualquier ciudadano podría pedir hoy autorización para operar. La Ursec va a defender el derecho de los consumidores, pero también la estabilidad de los servicios.
EN PERSPECTIVA
Viernes 22.08.03, 08.45.
EMILIANO COTELO:
¿Debe renovarse los permisos de los actuales operadores de televisión para abonados? ¿Por cuánto tiempo, en qué condiciones? ¿No es hora de habilitar ya una competencia mayor? En particular en el caso del departamento de Montevideo, ¿el cableado ya instalado puede ser utilizado por nuevas empresas que sean autorizadas, lo que evidentemente facilitaría el ingreso de nuevos servicios?
Vamos a conversar con el doctor Fernando Pérez Tabó, presidente de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec).
Una precisión para que sepamos cómo es la cancha: ¿hasta dónde llega la jurisdicción de la Ursec en estos temas? ¿Opera sólo como un órgano consultivo del Poder Ejecutivo o tiene capacidad de resolución por sí misma?
FERNANDO PÉREZ TABÓ:
En el nuevo marco regulatorio, la Ursec tiene capacidad de decisión por sí misma. Hubo una confusión en algunos medios de prensa en los cuales se hacía referencia al carácter de órgano asesor; eso fue cierto durante la vigencia del decreto 379, de 1992, que fue la norma que habilitó la televisión para abonados, pero con la sanción del decreto 115, que establece el régimen del reglamento de telecomunicaciones, hay una serie de servicios en los cuales la Ursec es quien otorga esos permisos. En este caso, el de la televisión para abonados, está dentro de nuestro ámbito el manejo in totum del tema.
EC - ¿De cuándo es ese decreto 115?
FPT - Es de marzo de este año.
EC - En algún momento íbamos a aludir a ese decreto, no tenía claro que estuviéramos hablando del mismo.
Durante este año 2003 y el próximo está venciendo buena parte de los permisos para operar en televisión para abonados; estamos hablando de permisos del interior y de Montevideo. Los de Montevideo, en particular, creo que vencen en febrero del año próximo.
Según trascendió en las últimas semanas a través de la prensa, la Ursec considera que no hay motivos para no renovar los permisos precarios de los actuales operadores: entiende que el servicio se brindó a satisfacción durante estos 10 años de contrato. Sin embargo, si se hace una encuesta entre la población, la percepción general puede ser otra. Vayamos por partes: en primer lugar ¿es correcto que ustedes entienden que no hay motivos para no renovar los permisos?
FPT - En términos generales la afirmación es correcta: no hay motivos para no renovarles los permisos a todos aquellos que tuvieron un cumplimiento cabal o adecuado de las obligaciones que asumieron. Eso no quiere decir que la Ursec tenga planteado renovar el 100 por ciento de los permisos; está planteado y de alguna manera resuelto renovar los permisos a todos aquellos que cumplieron con las obligaciones asumidas en cuanto a prestación de servicios, cantidad de canales en el aire…
EC - A eso iba: ¿cuáles son los criterios de la Ursec a la hora de analizar el cumplimiento de las condiciones pactadas?
FPT - En materia de obligaciones, los permisarios tienen tres grandes tipos de obligaciones: de carácter técnico, de carácter pecuniario y en cuanto al servicio en sí mismo. En el primer caso nos podemos referir concretamente a cantidad de cable desplegado, es decir al cableado en sí mismo, en lo cual le diría que hay un 98 por ciento de cumplimiento.
En lo que tiene que ver con el pago de obligaciones pecuniarias, el canon de televisión de abonados u otro tipo de obligaciones, por ejemplo en los servicios que se hacen a través del espectro radioeléctrico con el pago de la tasa, el cumplimiento es menor. Sin lugar a dudas, a todos aquellos permisarios que no cumplieron con este tipo de obligaciones seguramente no se les habrá de renovar el permiso.
EC - En esos casos ¿seguramente no se renueva?
FPT - Y...
EC - Porque se podría ir a mecanismos de refinanciación, etcétera.
FPT - Si bien en términos estrictos el incumplimiento puede llegar a querer decir el no hacer o el hacer cualquier cosa de las que uno debe o no debe, resulta relativamente claro que el país tuvo dificultades de entidad que de alguna manera sintieron todos los sectores de actividad, y este no es un sector ajeno. Debe haber situaciones, que de hecho hay, en las cuales hay un incumplimiento contumaz, casos en los cuales seguramente no vamos a renovar el permiso, y otras situaciones en las cuales pueda haber un cierto grado de incumplimiento, ya sea por atrasos, para las cuales se pueden establecer mecanismos de financiación como se hace en cualquier otro organismo. Si usted me debe el canon desde 1998 en adelante seguramente no le vamos a renovar el permiso.
EC - ¿Qué otros criterios o qué otros elementos considera la Ursec para analizar el cumplimiento de las obligaciones de cada uno de los permisarios de televisión para abonados?
FPT - En esta clasificación hecha rápidamente incluiría el cumplimiento en lo que tiene que ver con las señales y el cobro del precio del servicio. En cuanto al cumplimiento de las señales hay un 100 por ciento de satisfacción porque la cantidad de señales que los servicios ofrecen excede largamente sus obligaciones originales. En este sentido la obligación promedio de los cables del interior, por ejemplo, es poner 14 señales, creo que en Montevideo son 18 o 19 y es obvio que todos los servicios tienen un número sensiblemente mayor.
La otra pata del tema es el precio del servicio. En el momento en que se hizo el llamado, cuando fueron otorgados, se estableció una paramétrica en lo que tiene que ver con el precio que los permisarios no pueden superar; hemos constatado que en el 100 por ciento de los casos los permisarios están por debajo del precio máximo que tendrían derecho a cobrar.
EC - Usted mencionaba como uno de los elementos a tener en cuenta la cantidad de señales. ¿Eso es lo que se valora, cantidad, no calidad? ¿No hay ninguna consideración de ese estilo?
FPT - Valorar la calidad de una señal es muy difícil, porque lo que puede ser de calidad para mí puede no serlo para usted. En ese sentido, en agosto del año pasado sacamos una resolución en la cual expresamos que entendemos que hay incumplimiento en perjuicio del consumidor en la medida en que haya lo que denominamos un cambio sustancial en la señal.
EC - Exactamente, porque se han producido modificaciones abruptas y sustantivas en el paquete de señales, por ejemplo en los operadores de televisión por cable de Montevideo. Es el ejemplo que uno conoce más de cerca, pero también se ha dado en el interior del país.
FPT - No sé si son sustantivas; hubo cambios, pero de alguna manera el servicio tiene una distinción temática, uno agarra la grilla de las señales y tiene un determinado porcentaje de canales de información, canales deportivos, canales de variedades, canales infantiles. Más o menos la ecuación se ha mantenido dentro de márgenes razonables. Quizás había algún canal de deportes en particular que yo prefería y fue sustituido por otro que quizás no me satisfaga tanto, pero ahí entramos en algo muy subjetivo.
EC - Las organizaciones de consumidores en algunos casos han manifestado su perplejidad ante el hecho de que se considere satisfactorio el servicio de las empresas de televisión para abonados, sobre todo poniendo el énfasis en el caso de Montevideo. Por ejemplo Gabriel Barandiarán, que es directivo de Causa Común, una organización de defensa al ciudadano, decía ayer, cuando lo consultábamos sobre este tema, lo siguiente:
(Grabación)
“En primer lugar, no podemos aceptar que quien tiene la obligación legal de representar a los consumidores de las comunicaciones, en este caso de la televisión por cable, afirme que hay satisfacción en cómo se está dando el servicio. Estoy seguro, sin tener estadísticas, de que la Ursec ha recibido muchas denuncias, muchas de las cuales apadrinamos nosotros, acerca de los contratos de televisión por cable, de las dificultades a la hora de querer cancelar esos contratos. Lamentablemente hay que decir que el acuerdo que logra la Ursec con los tres canales cable, si bien logra eliminar la cláusula de renovación automática, deja ese gran signo de interrogación que es bajo qué derecho los consumidores que queremos borrarnos y que tenemos el derecho a borrarnos, tenemos que pagar una indemnización para poder ser eliminados o dados de baja con un contrato que ya está vencido”.
(Fin de la grabación)
EC - Esta es una de las objeciones que Barandiarán mencionaba. Ya que estamos puedo preguntarle a usted sobre ese punto en particular.
FPT - Voy a discrepar con esas afirmaciones. La resolución de la Ursec atiende precisamente los derechos de los consumidores. Por lo que escuchaba, se planteaba una especie de indemnización con un contrato vencido. Eso no es cien por ciento correcto: se establece una indemnización equivalente a un mes de abono con un contrato vigente. El contrato fue renovado: cuando el ciudadano o el consumidor pactó el contrato pactó una cláusula de renovación. Es verdad que nosotros entendimos en su momento que era una cláusula de alguna manera abusiva, sobre todo por el plazo en el cual el consumidor quedaba ligado, y buscamos un mecanismo que nos pareció adecuado porque se trata de proteger el derecho del consumidor, pero balanceando esa protección con el derecho de su co - contratante que legítimamente dijo –le corregimos esa afirmación–: “Yo puedo prestar el servicio por 11 meses más; ¿por qué ahora tengo que rescindirlo libremente o alegremente?”. Nos pareció que un mes de indemnización era adecuado; es más, nos consta que fue así porque es cierto que tuvimos una serie muy grande de denuncias con relación a este tema, pero desde setiembre del año pasado seguramente me sobran los dedos de una mano para contar las denuncias que se han presentado.
EC - Le hago escuchar otra de las objeciones que señalaba el contador Gabriel Barandiarán, de la organización Causa Común.
(Grabación)
“En segundo lugar, generan insatisfacción los cambios unilaterales de programación, lo que para muchos significa una violación en la medida en que uno contrató debido a determinada programación y que –como está sucediendo en este momento– se promueve a través de la prensa y de los medios electrónicos. Uno contrata pero de la noche a la mañana le cambian la programación y se supone que uno tiene que seguir cumpliendo con sus obligaciones. Por lo tanto, con todo esto no podemos decir que el servicio hoy por hoy genere satisfacción en los clientes.”
(Fin de la grabación)
EC - Usted ya respondió sobre este punto, pero me interesaba escuchar a Barandiarán porque él pone el énfasis en que se promociona un determinado servicio, un determinado paquete de señales que luego se modifica de un día para el otro, sin aviso previo. Sobre esa conducta en particular, ¿qué dicen ustedes desde la Ursec?
FPT - En lo que tiene que ver con esa promoción es correcto: se promueve la existencia de determinadas señales, pero también es correcto que por lo menos en la folletería a la cual tuvimos acceso se señala que esas señales pueden estar sujetas a cambios. De alguna manera quien ofrece el servicio avisa que eso que está ofreciendo no es algo intemporal que permanecerá cristalizado por los siglos de los siglos. O sea que hay un llamado de atención: “Mire que esto puede cambiar”; como sucede con una infinidad de productos que se ofrecen en función de lo que se tiene en el momento y avisa que la oferta puede cambiar.
En segundo lugar, reitero, creemos que no hubo cambios sustanciales. No dejo de reconocer que hay determinadas señales que uno puede considerar emblemáticas en el servicio, cuya sustitución, de una o varias, puede generar reacciones como aquellas a las que hacía referencia el contador Barandiarán. Eso es verdad.
EC - Sí, eso pasó y los ejemplos que el año pasado tomaron estado público fueron cambios realmente significativos para los consumidores de esas empresas.
FPT - Sí, pero si usted me permite, el año pasado hubo dos cambios significativos. Uno de ellos fue subsanado porque hoy esas señales significativas que habían desaparecido vuelven a estar en la pantalla.
Hay una cosa que me parece importante señalar, el cambio en la política cambiaria en un servicio de este tipo tiene un impacto bastante grande. El costo de la señal es en dólares, lo que seguramente fue el desencadenante de los cambios. Reconocemos los cambios, pero entendemos que no han sido sustantivos en tanto no han desnaturalizado lo que fue la oferta original.
EC - Pasamos al tercer comentario del doctor Barandiarán.
(Grabación)
“Al final hay que reconocer que, dada la situación actual, seguir manteniendo una situación de monopolio y en algunos casos, como el propio presidente de la República mencionó, la posibilidad de darlo de por vida, nos parece realmente un exceso porque más allá de que hoy se dé de hecho una situación monopólica, marcarla como de derecho realmente nos preocuparía como consumidores porque quedaríamos rehenes de aquel que presta un servicio monopólico.”
(Fin de la grabación)
EC - Aquí llegamos a uno de los puntos de polémica más profunda, que es la estructura, por ejemplo en Montevideo, del mercado de televisión para abonados, la forma como fueron concedidos en febrero de 1994 los permisos para la capital. Pese a que había más interesados fueron concedidos tres para televisión cable y dos para sistemas por aire, con el argumento de que la plaza, el mercado, no toleraría más servicios, que no serían viables más servicios. Una decisión, un criterio, que en su momento fue muy discutido, viniendo además de un gobierno como el del doctor Lacalle, notoriamente liberal en materia económica. Discutible en aquel momento y discutible también hoy, o quizás más discutible hoy; ¿no se va a abrir ese mercado? ¿Se van a renovar los permisos y van a quedar operando sólo los que operan hoy?
***
EC - El problema de si se mantendrá o no, por ejemplo en el caso de Montevideo, esta situación que algunos califican de monopolio y otros de oligopolio, en la medida en que tres de las empresas de televisión por cable responden a un mismo grupo empresarial (es más: se mueven prácticamente como una sola empresa, salvo algunos episodios recientes, en los que han comenzado a diferenciarse): TCC, Montecable y Nuevo Siglo, las empresas vinculadas a Equital.
FPT - Si me permite una precisión previa, creo que no debemos confundir televisión por cable con televisión para abonados. En Montevideo existen seis servicios de televisión para abonados. Más allá de las opiniones que cada uno pueda tener en relación con el cable y poniéndome en esa posición, le diría que la oferta a primera vista –lo que no quiere decir que no se pueda tener una opinión diferente– el servicio parece estar bastante cubierto.
Debemos cumplir el mandato que la ley nos da en lo que tiene que ver con defensa de los derechos del consumidor y promoción de competencia. El problema es que la competencia no es un fin en sí mismo, no es que uno deba fomentar la competencia porque la persigue como finalidad en sentido estricto. En realidad, el fomento de la competencia tiende a dar al consumidor la posibilidad de mejores o mayores opciones; de alguna manera es eso de lo que se trata cuando decimos que la Ursec simplemente va a renovar los permisos o va a renovar los permisos y a hacer algo más. Puedo decirle categóricamente que la Ursec va a hacer algo más.
EC - Yo quería recordar que, cuando fueron otorgados los permisos en 1994 para el caso de Montevideo, la resolución señaló: “En este primer lanzamiento de la televisión para abonados en Montevideo no sería adecuado autorizar a los 11 solicitantes, por cuanto comprometería la viabilidad de todos, resultando razonable limitar el número de autorizaciones en esta etapa, de manera de permitir una competencia saludable, estimándose que cinco empresas es un número adecuado para el inicio de la operación en Montevideo”. Después quedó claro lo que todo el mundo sospechaba en ese momento: que tres de las cinco no eran tres empresas independientes, que iban a realizar un único cableado e iban a tener una oferta de señales prácticamente idéntica, que se diferenciaba sólo en una de las señales, la señal propia, que por otra parte resultó no tener mayor aporte: en general se limita a repetir en horarios distintos programas del canal de televisión abierta asociado; han manejado la misma política de precios, tarifas, ajustes de precios, etcétera.
Entonces, aquel argumento ni siquiera se vio después convalidado con la práctica. Por eso, hoy, el paso del tiempo (nada menos que 10 años) ¿no justificaría revisar aquel criterio de que sólo cinco –ahora seis con DirecTV– podían sobrevivir en el mercado?
FPT - Estamos en un proceso de revisión. Ha tomado estado público que el Directorio de la Unidad recibió el jueves pasado un planteo concreto por parte de uno de los directores, que fue recogido por los otros dos, en el sentido de analizar un eventual llamado a presentación de proyectos para brindar este servicio.
EC - Una iniciativa del director Mario Bergara.
FPT - Es verdad, Bergara lo planteó; eran cosas que veníamos conversando los tres directores de la Ursec desde hacía un tiempo, él las formalizó, pero era algo de lo que veníamos hablando; no fue una cosa que nació por generación espontánea. Resolvimos encomendar a los servicios un informe donde esté planteada la situación real del país en lo que tiene que ver con el servicio. Montevideo tiene una situación determinada, las capitales departamentales del interior tienen una situación quizás diferente; hay 350 y pico de permisarios que cubren localidades desde Montevideo, la ciudad más grande del país, a otras que tienen 400 habitantes. Esta reflexión es para que uno se dé cuenta de la magnitud de lo que estamos hablando. Hay una decisión de generar un movimiento de apertura, pero sobre la base que le decía hace un rato: generar un movimiento de apertura en forma razonable.
EC - ¿Eso quiere decir que la Ursec también manejaría criterios como los del decreto de febrero de 1994, también se constituiría en “guardián del mercado”, una autoridad que determina cuántas empresas pueden operar en un determinado mercado, Montevideo o tal capital del interior?
FPT – No; no nos transformaríamos en un guardián del mercado. Pero no debemos ver nuestra función en forma sesgada; debemos fomentar la competencia, fomentar los derechos de los usuarios y los consumidores y fomentar el nivel óptimo de inversión. No tenemos que hacer sólo una cosa: tenemos que abrir los mercados cuidando estas tres cosas de las cuales me parece que sería muy difícil establecer un orden de prelación. Es un todo.
EC - Para entender un poco mejor, en el rubro televisión por cable no hay limitaciones desde el punto de vista técnico; no hay topes para que operen todas las empresas que quieran hacerlo. Porque en radiodifusión, por ejemplo, y en televisión para abonados por aire hay limitaciones porque el Estado uruguayo puede disponer de un determinado número de frecuencias para que se transmita. Pero en cable, no: basta que alguien decida invertir para llevar el cable casa por casa, barrio por barrio, y no hay límites en ese sentido. ¿Entonces por qué en el rubro televisión cable no se decide que pueda operar todo el que quiera y cumpla determinados requisitos técnicos, etcétera?
FPT - Primero, no está dicho que no pueda llegar a decirse “que opere el que quiera”.
EC - O sea que ¿es una posibilidad que ustedes manejan?
FPT - Hoy tenemos un determinado mandato que queremos cumplir cabalmente. Estamos relevando con el mayor grado de información posible cuál es la situación; en función de esa situación queremos resolver en consecuencia.
EC - Porque no está claro, yo por lo menos no tengo información de que haya realmente hoy empresas interesadas en operar en televisión cable en Montevideo o en alguna ciudad del interior. Pero creo que para el público, para el ciudadano, sería muy interesante saber que no existe esa limitación, que el mercado está abierto y que mañana, pasado, dentro de seis meses o dentro de un año, puede aparecer alguien y lanzarse a ofrecer un servicio, que no tiene la puerta cerrada. Psicológicamente no es un dato menor.
FPT - Ese dato no nace en el año 2003: existe desde que se creó el servicio. El servicio de televisión para abonados siempre estuvo en un régimen de mercado abierto; la resolución que usted leía, del año 1994, dice, si mal no recuerdo, “en una primera instancia…”. Quiere decir que desde ese momento en adelante siempre existió la posibilidad de que alguien viniera y dijera: “Yo quiero cablear”. No hay una norma prohibitiva, no es un mercado que esté reservado en exclusividad, como lo está la telefonía básica para Antel.
EC - Pero no hubo una resolución posterior que dijera: “Pasó el primer momento, la primera etapa, el lanzamiento; ahora cualquiera puede cablear, cualquiera puede ofrecer el servicio”.
FPT - No la hubo, pero tampoco me consta –por lo menos desde el año 2000 en adelante, período durante el cual tengo alguna responsabilidad en este tema– que hubiera alguna solicitud, no lo sé.
EC - La reglamentación nueva, la del 25 de marzo de este año, ¿dispone algún tipo de novedad a propósito de nuevas concesiones para provisión de televisión para abonados?
FPT - La novedad mayor es que los servicios de telecomunicaciones se otorgan a demanda, sin que ello signifique que la Ursec, en atención a la naturaleza del servicio o a otro tipo de consideraciones que entienda adecuadas, resuelva realizar un procedimiento competitivo. Eso está vigente desde marzo de este año.
La otra novedad es la que referíamos al inicio en cuanto a que hay una serie de servicios que cuentan con una habilitación genérica por parte del Poder Ejecutivo, razón por la cual es la Ursec la que otorga las licencias.
EC - En la práctica y traducido al español, ¿qué significa esto?
FPT - Significa que si usted mañana quiere prestar el servicio de televisión para abonados en el departamento X, puede hacer una solicitud frente a la Ursec y será considerada. Eso no quiere decir que se la vaya a otorgar, porque todo acto administrativo tiene que tener una valoración de oportunidad y conveniencia que fundamenta cualquier acto desde el punto de vista del derecho (aquí puede haber opiniones discrepantes, me anticipo porque sé que las hay), no quiere decir que se la vaya a otorgar sino que la Unidad tiene la obligación de analizarla y resolver en consecuencia.
EC - Ustedes van a tomar decisiones en esta materia en los próximos días, en las próximas semanas.
FPT - Tenemos planteado resolver este tema no más allá de la próxima sesión del directorio, el jueves, en lo que tiene que ver con la renovación de los permisos, con la apertura en aquellos mercados que entendamos sea más adecuado hacerlo; lo que –reitero– no inhibe el derecho que tiene todo ciudadano a hacer lo que la norma habilita.
EC - Usted está señalando que hoy cualquiera que quiera operar en televisión para abonados ¿puede presentarse con su solicitud a la Ursec?
FPT - A tal punto es así que tenemos una solicitud concreta para una localidad del interior, de un ciudadano que dijo: “Yo quiero prestar el servicio acá”. No lo hemos resuelto porque no queremos resolverlo en forma aislada, pero eso existe.
EC - O sea que la posibilidad existe y la Ursec resuelve caso por caso. Ustedes están por definir ahora criterios un poco más amplios.
FPT - Exacto.
EC - Criterios que señalen, por ejemplo, “en tal localidad queda abierto el mercado”, o sea que cualquiera que cumpla con los requisitos técnicos va a poder operar, no va a quedar sujeto a una decisión de la autoridad correspondiente. ¿Entiendo bien?
FPT - Entiende bien; pero no es sólo en base a determinados requisitos técnicos, yo diría “en base a determinados requisitos”. En materia de competencia y de apertura de competencia es responsabilidad del órgano regulador evitar lo que se denomina en la jerga el “descreme” en el mercado. Si usted mañana viene y dice: “Yo quiero prestar el servicio tal en esta zona que representa el 5 por ciento del espacio geográfico en el cual pretende brindarlo, pero ese 5 por ciento le representa el 85 por ciento en lo que tiene que ver con el potencial de clientes o usuarios, seguramente la respuesta nuestra será: “No, mire, si usted quiere prestar el servicio tiene que prestarlo en esta zona y también en estas otras”. No se trata de fomentar la competencia por la competencia en sí misma, pero tampoco de generar mecanismos que determinen la pérdida del servicio que se tiene.
EC - Y en cuanto a por cuánto tiempo sería la renovación de los permisos actualmente vigentes en caso de que se los renovara, ¿tampoco hay todavía una respuesta?
FPT - En eso yo diría que ya hay una respuesta, que está en el propio decreto 115. El nuevo reglamento de licencias establece que son de carácter permanente, lo que no quiere decir que sean a perpetuidad; son cosas diferentes. No hay ninguna razón para que los permisos se otorguen con plazo, el reglamento establece que el otorgamiento de la licencia genera el derecho a prestar el servicio por tiempo indeterminado y establece causales de revocación (las establece en forma taxativa, porque es de alguna manera la máxima sanción que puede tener el permisario); en la medida que los prestadores de servicio no incurran en esas conductas que deben ser penalizadas, no hay ninguna razón para hacerlo a plazo. Eso es lo que está vigente hoy desde el mes de marzo de este año.
***
EC - Para el caso de que se abra más el mercado, se autorice una mayor cantidad de operadores en algunas ciudades, hay otro punto en discusión, que es si, en el caso de la televisión cable, el nuevo operador puede utilizar el cableado ya tendido, pagando el peaje correspondiente a su propietario. Obviamente, si eso queda habilitado es más sencillo para una empresa nueva entrar a competir: no tiene que hacer la inversión por sí misma, lo que no sólo requiere dinero sino más tiempo para el desarrollo de las obras. Pero hay todo un debate con los actuales permisarios, porque en principio la Ursec era proclive a ese criterio y ahora todavía se está revisando. ¿Cómo se encuentra exactamente ese punto?
FPT - Yo no me animaría a decir que la Ursec era en principio proclive y ahora lo está revisando. Quizás el estado de espíritu del Directorio de la Ursec sea el mismo que tuvo siempre.
EC - Hay interpretaciones jurídicas del decreto de marzo pasado que señalan que, de hecho, eso ya está como posibilidad para un nuevo operador.
FPT - Hay interpretaciones en ese sentido, pero le diría que no son correctas. Yo le voy a dar mi punto de vista –hablo estrictamente a nombre personal–: el reglamento de licencias se refiere a la obligación del acceso, pero remite en materia de servicios a la reglamentación correspondiente. Esa reglamentación correspondiente es el reglamento de interconexión de noviembre del año 2001, que creo que no se aplica a estos servicios. Ese reglamento que se denomina “Reglamento de interconexión y del servicio de multiprestación por mercado” está referido exclusivamente a telefonía. Si uno lee el reglamento de interconexión, lee cuál es la definición de la interconexión y de los recursos esenciales, se va a dar cuenta de que desde el arranque se está refiriendo a telefonía. Le pongo un ejemplo: cuando uno habla de interconexión en ese propio reglamento entre paréntesis dice “interconexión fija o móvil”; es obvio que los servicios de televisión para abonados son fijos en el 100 por ciento de los casos, por lo tanto ya ahí está determinando que ese reglamento se refiere a telefonía.
EC - O sea, por ejemplo para que empresas de telefonía celular o empresas de larga distancia puedan emplear el tendido de Antel en parte del recorrido de la señal.
FPT - Exacto.
EC - Usted dice que es específico para telefonía.
FPT - Sí.
EC - De modo que hay que resolver también sobre este asunto, sobre si una empresa nueva que se agrega al mercado puede o no utilizar el cableado de televisión cable ya existente. ¿En principio cuál es la posición de la Ursec?
FPT - La posición es que en realidad no hay posición, porque hay que atender dos cosas fundamentalmente. Primero cuál es la situación de cableado en cada una de las localidades en las que existe el cable; segundo, cuáles son las posibilidades de que haya un cableado adicional a ése; y tercero, determinar si el cable existente tiene capacidad ociosa. Porque, en el supuesto de que se defina el cable como un recurso esencial y se entienda que se debe dar acceso, ese acceso en cualquier caso, incluso en materia de telefonía, está sujeto a que exista capacidad. Por supuesto que no está en el ánimo de la Ursec expropiar el cable u obligar al propietario de ese medio físico a que deje de prestar servicios o a que afecte la calidad de su propio servicio en aras de esa interconexión. Pero para ser concreto, nada está descartado en este sentido.
***
EC - Por lo visto hemos tenido esta entrevista en un momento en el que están por tomarse decisiones y en el que para varias de las preguntas que tenemos planteadas, para varias de las inquietudes que están llegando de la audiencia –hay cantidad de mensajes de nuestros oyentes– todavía no hay una respuesta precisa.
FPT - Si usted quiere hay sí una respuesta precisa. Yo la concretaría en dos ideas centrales: la Ursec está dispuesta a renovar los permisos a todos aquellos que hayan cumplido cabalmente con sus obligaciones; y la Ursec está dispuesta a promover, a liderar la apertura en todos aquellos mercados en los cuales se tenga constancia de la existencia de monopolios que afecten el derecho del consumidor. Es algo muy concreto. O para decirlo más sintéticamente, la respuesta de la Ursec es: nuestra acción no se va a limitar a renovar los permisos.
EC - Queda por saber si en particular esa última consideración, la de los mercados donde el monopolio afecte a los consumidores, abarca a Montevideo también.
FPT - Queda por definir cuál es el alcance de eso. Reitero: no es lo mismo televisión por cable que televisión para abonados. El servicio es televisión para abonados, que implica televisión por cable, televisión por el espectro radioeléctrico y televisión satelital; la tecnología no es la que nos define el alcance del servicio, sino que el servicio se presta a través de cualquier tecnología posible.
EC - Usted hace esa aclaración, ¿para que se termine de entender qué idea?
FPT - Para que se termine de entender que en Montevideo no hay solamente televisión por cable, hay un servicio de televisión para abonados que se presta a través de tecnologías diferentes. En Montevideo hay televisión satelital, televisión por UHF, televisión por MMDS y televisión por cable.
EC – Claro; pero un oyente me hace notar algo que no habíamos mencionado: que de las dos empresas que ofrecen un servicio de televisión por aire en Montevideo, una de ellas, Multiseñal, también está vinculada al grupo Equital, o sea a las otras tres que operan en televisión cable. De modo que, si vamos a grupos empresariales, la oferta es mucho más reducida todavía, tendríamos DirecTV por un lado, TVC por otro y el resto sería el grupo Equital.
FPT – Sí; si vamos a grupos empresariales quizás la situación es como la que el oyente refiere, pero yo quisiera saber en términos de realismo, de centro de imputación de interés, cuál es la realidad en todo el país, cuál es la realidad en muchos de los servicios que la población recibe, que quizás y sin desmedro de la televisión para abonados, tienen un peso mucho más grande en la satisfacción de necesidades de los ciudadanos y en nuestra calidad de vida. Pero eso sería motivo de otra entrevista.
EC - Lo dejamos para conversar, ¿dentro de cuántos días?
FPT - No más de una semana a 10 días.
***
EC – Finalizada la entrevista, trasladé al doctor Pérez Tabó una las muchísimas preguntas que llegaron de la audiencia en forma reiterada, y que no pudimos incluir en la entrevista. Se refería a la situación que se da en Montevideo, donde todo parece indicar que TVC y Multiseñal, dos empresas que operan televisión para abonados por aire se han repartido zonas. Se preguntaba si esa es una de las situaciones que pueden ser objeto de una resolución de la Ursec. Pérez Tabó me adelantó que van a considerar todos aquellos casos en los que se compruebe prácticas anticompetitivas. Que, con las comprobaciones correspondientes, efectivamente se tomará medidas.
Antecedentes:
TV para abonados: Carlos García Rubio analiza los decretos emitidos esta semana por el Poder Ejecutivo (En Perspectiva, 02.06.00)
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón
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