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Prorrogaron sin plazo permisos de TV para abonados
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Presidente de la Ursec, Dr. Fernando Pérez Tabó: Los operadores mantendrán sus permisos salvo incumplimiento grave, como puede ser no transmitir por 60 días consecutivos. Se autorizará a nuevos permisarios en zonas donde las condiciones de mercado lo permiten, que no es el caso de Montevideo. Legalmente, esta decisión podría ser revocada por el próximo gobierno.
EN PERSPECTIVA
Viernes 29.08.03, 07.36.
EMILIANO COTELO:
El viernes pasado nos ocupábamos de la renovación de las licencias de explotación de televisión para abonados, que en principio vencen entre este año y el próximo. Aquellos permisos fueron otorgados durante la Presidencia de Luis Alberto Lacalle para operar televisión por cable y por aire, con un plazo de 10 años, pero se especulaba sobre una renovación por otros 10 años, o sin plazo, sobre la posibilidad de que hubiera espacio para autorizar a nuevos operadores.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, Ursec, tiene este tema para definir desde la semana pasada; de allí la entrevista que mantuvimos con el presidente de la Ursec, doctor Fernando Pérez Tabó, quien daba el contexto en que se venía analizando esta cuestión, y adelantaba que probablemente hubiera una resolución ayer, jueves. Y la hubo.
ALFREDO DANTE:
Ayer se tomó la decisión y, en el marco de un nuevo proceso de adjudicación de permisos, se renovó sin plazo la concesión de los actuales canales cable de todo el país. Pero resolvió además abrir la competencia en 18 ciudades del interior. Esta decisión contempla a centros poblados que tengan más de 15.000 habitantes.
EC – Estamos nuevamente en comunicación con el doctor Pérez Tabó. ¿Puede explicarnos lo que resolvió ayer la Ursec?
FERNANDO PÉREZ TABÓ:
Sí, pero antes quisiera hacer un comentario sobre su introducción. En realidad, las autorizaciones que están vencidas fueron, entre el 80 y 90%, autorizaciones precarias y revocables: no tenían plazo explícito, como sí lo tenían algunas escasas situaciones. Y eso porque, en el momento en que esas autorizaciones fueron dictadas, esos permisarios no habían cumplido con todos los requisitos. El gobierno de la época entendió que debía otorgarlas con estas características, y que en ningún caso esa precariedad podía generar mejores derechos que a quienes sí habían cumplido con todos los requisitos, y que tenían autorización por 10 años. Ya fuera por el vencimiento del plazo específicamente establecido, o por el transcurso de ese tiempo equivalente, prácticamente el 80% de las autorizaciones están vencidas.
EC – En el caso de las de Montevideo, sí tenían un plazo de 10 años.
FPT – Sí. Los servicios vencen, si no recuerdo mal, en enero del año próximo.
EC – Si tengo bien el dato, el decreto es de febrero de 1994, o sea que vencen en febrero próximo.
FPT – Exacto.
EC - ¿Qué resolvió la Ursec ayer, entonces?
FPT – En primer lugar que, a la luz del vencimiento ya operado o en el futuro próximo del 90 o 100% de las autorizaciones, es necesario enmarcarlas a todas en la normativa vigente. Y eso quiere decir entre otras cosas que, con el nuevo régimen de telecomunicaciones, todas las licencias (no sólo las de televisión para abonados sino todos los servicios de telecomunicaciones) se otorgan sin plazo, en carácter de permanente, no de precario y revocable, y quienes prestan el servicio estarán sujetos a los avatares sancionatorios que sus eventuales incumplimientos podrían acarrearles, y que podrían terminar por supuesto con la revocación.
EC - ¿En qué hipótesis podría darse una revocación, por mencionar un ejemplo?
FPT – Por mencionar un ejemplo, la no prestación del servicio por un lapso continuado de 60 días. Esa es una causa específica en la cual se va a la revocación en forma directa, pero hay una serie de obligaciones sustantivas que tienen los permisarios, que pueden suponer la aplicación de sanciones que, en forma gradual, lleguen a la revocación.
EC – Esos detalles están especificados en la normativa de este año.
FPT – En el decreto 115 de 2003.
EC – De modo que se ha dispuesto renovar los permisos de operación en televisión para abonados, tanto por cable como mediante transmisión codificada por aire, sin plazo.
FPT – Exacto.
EC – Y eso para todos los operadores.
FPT – Son 71 empresas en todo el país.
EC – ¿No hay ninguno de ellos que, al ser analizado en su desempeño, haya dado mérito a no renovarle el permiso?
FPT – Sí, sí. 71 son las empresas a las que se renovó el permiso lo que no significa que sean todos los permisarios. Hay un número de empresas (lamentablemente no lo tengo acá) a las que, por determinados incumplimientos, no se les renovó el permiso: algunos que tienen problemas en la titularidad de la autorización, que han hecho transferencias en períodos de prohibición, o que tienen atraso en el pago del canon, o que han incumplido un convenio para el pago de sus obligaciones... en fin: una serie de empresas a las cuales no se les renueva.
EC – Directamente, no continúan en actividad.
FPT – Es cierto; sin perjuicio de lo cual será necesario analizar en cada caso y dictar un acto administrativo de revocación.
EC - ¿Están los nombres de esas empresas en el sitio web de la Ursec?
FPT – Están todos los permisarios. No tengo claro que figuren aquellos a quienes no se les está renovando. Terminamos de redactar la resolución tarde en la noche, no está publicada todavía.
EC – Pero ¿va a estar en las próximas horas?
FPT – Va a estar por defecto: tiene acceso a la lista de los actuales permisarios, aquellos a los que se renovó el permiso, y por defecto tendrá aquellos cuyo permiso no se renueva.
EC – En el caso de Montevideo, todos los permisos son renovados.
FPT – Todos.
EC – Paralelamente se discutía si, además de renovarlos, se abría el mercado a la entrada de nuevos operadores. ¿Qué se dispuso en ese sentido?
FPT – Se dispuso abrir los mercados en aquellos mercados en los que existe un solo operador de televisión para abonados, y que las características del mercado, ya sea por su ubicación geográfica, ya sea por el nivel de población... No existe un solo criterio: ustedes hacían referencia a un mínimo de 15.000 habitantes, y eso es correcto pero no es un criterio que haya sido valorado en sí solo. En base a ese criterio, se lama a interesados a prestar el servicio en 18 ciudades o grupos de ciudades en el interior.
EC - ¿Tiene en mente algún ejemplo?
FPT – Sí: por ejemplo, Maldonado – Punta del Este, la Costa de Oro, las ciudades de Durazno, Dolores, Artigas, grupos de ciudades como Colonia Valdense – Juan Lacaze – Nueva Helvecia – Rosario, Paso de los Toros – Centenario, Fray Bentos, La Paz – Las Piedras...
EC – Son ciudades o grupos de ciudades donde se abre un llamado a nuevos interesados.
FPT – Exacto.
EC - ¿Qué ocurre mientras tanto con Montevideo?
FPT – Montevideo no tiene una situación de monopolio en el servicio de televisión para abonados. Lo que hay es un análisis permanente de la posibilidad de que esta apertura se haga extensiva a cualquier otra localidad del país. Visualizamos esta regulación como la certeza en lo que tiene que ver con aquellos permisarios que cumplieron sus obligaciones, y el primer paso en un proceso que tiende al cumplimiento de nuestro objetivo legal: fomentar la competencia, pero una competencia sustentable en el tiempo, defender los derechos de usuarios y consumidores, y un aspecto quizá de la misma importancia que es fomentar un nivel de inversión generadora de empleo.
EC – ¿Ustedes consideran que en Montevideo no hay monopolio?
FPT – Exacto.
EC – Usted sabe que esto es bastante discutido, sobre todo por la vinculación en el grupo Equital que tienen los tres operadores de televisión por cable, e incluso una de las empresas para abonados por aire, Multiseñal. Usted dice que no hay monopolio ¿porque además existen TVC y el servicio satelital de DirecTV? ¿Ese es el razonamiento?
FPT – El razonamiento es quizás un poco más amplio que ese. El concepto de monopolio tiene un sentido propio: en Montevideo existen tres operadores de televisión por cable, dos de televisión por aires y un operador de televisión satelital. En lo que tiene que ver con el servicio mismo, yo le diría que compartir el cable físico no es una situación exclusiva de Montevideo: la situación es la misma en varias situaciones del interior. No por eso hay una situación monopólica. No quiere decir que no la haya porque, como le decía el viernes pasado, no visualizamos el servicio como limitado a una determinada tecnología como es el cable; el servicio de televisión para abonados es bastante más amplio que eso, y eso es lo que se ha valorado en esta primera resolución.
EC – Está bien: usted dice que hay que considerar la televisión para abonados en conjunto, no sólo cable sino también esos otros sistemas. Pero pienso que en esas localidades del interior donde ustedes abren ahora a nuevos interesados, también hay una competencia. Porque existe un operador de cable, supongamos, pero además el sistema satelital de DirecTV. ¿Por qué, entonces, en esos lugares se hable la competencia a más operadores y en Montevideo no?
FPT – Porque en esas localidades del interior, a excepción de la televisión satelital, no hay operador por aire y hay un solo operador por cable. Por ejemplo, en Ciudad de la Costa, hay un solo servicio de televisión para abonados; lo mismo ocurre en Maldonado y en Punta del Este.
EC – En definitiva, lo que hace la Ursec en el caso de Montevideo es ¿preservar la posibilidad de supervivencia de las empresas que ya operan? ¿Se mantiene el criterio del decreto de febrero de 1994, en cuanto a que pensar en más permisos ponía en riesgo la sustentabilidad de los proyectos?
FPT – No; no creo que eso sea válido exclusivamente para Montevideo sino para todas las empresas del país. Abrir la competencia no significa, desde nuestro punto de vista, destruir los mercados existentes. Es cierto que tenemos entre nuestras funciones el velar por los consumidores pero, de alguna manera, se trata de velar no sólo por los consumidores actuales sino por los futuros. Entendemos que hay mercados que pueden sustentar una competencia no accidental, excepcional o rapiñadora, por llamarla de alguna manera. Decíamos el viernes pasado que una de las cosas que se debe evitar es lo que se llama “descreme” del mercado, y ese es el fundamento de esta resolución. Pero –insisto— esta resolución no agota el tema: es el primer paso dentro de un nuevo marco reglamentario, ya sea por la ley de creación de la Ursec o por reglamento del servicio de telecomunicaciones. Si mañana hay solicitudes concretas con proyectos serios que demuestran la viabilidad de un nuevo operador en cualquier localidad del país, incluida Montevideo, la Ursec analizará el proyecto y actuará en consecuencia.
EC – O sea que hay apertura a estudiar nuevos proyectos que puedan ser presentados, por ejemplo en Montevideo.
FPT – En Montevideo y en cualquier otra localidad del país. En esta resolución quedan fuera una serie de localidades que tienen monopolio, un solo prestador del servicio. Hay localidades de 1.500 habitantes, 1.000 o menos en las que entendemos, en aras de una competencia sustentable, que no es posible que el mercado resista un nuevo operador. No porque no queramos potenciar la competencia, sino porque el mercado no la hace sustentable.
EC – Pero entonces ¿corresponde a la Ursec evaluar si el mercado resiste o no una determinada cantidad de operadores?
FPT – De alguna manera, sí; porque si mañana abrimos la competencia en forma indiscriminada, por llamarla de alguna manera, quizá el riesgo que se corres es que lo que hoy existe no exista más y, en lugar de fomentar una pluralidad de servicios para elegir, se obtenga una supresión de servicios.
EC - ¿Es así en otros países del mundo?
FPT – Es así.
EC - ¿Se resuelve con esos criterios?
FPT – Todos los países del mundo, por lo menos los que nosotros hemos relevado, tienen normas de las mismas características que las nuestras. Usted ve que en los reglamentos de licencias los servicios son otorgados a demanda y con muy pocos requisitos más. Eso es así en la norma, porque implica una filosofía; lo que no quiere decir necesariamente que los servicios reguladores accedan al 100% de las solicitudes que reciben, porque hay valoraciones que tienden –entre otras cosas— al cumplimiento de un objetivo (que también está inserto en nuestra ley) que es el acceso al servicio y la tendencia a la universalización de todos los servicios.
EC – Una pregunta de la audiencia que llegaba el viernes al final de la entrevista con usted, y no pudimos formular al aire, refería a la insatisfacción de clientes de Montevideo por lo que perciben como un reparto de zonas entre TVC y Multiseñal, dos operadores por aire. Esa situación ¿fue analizada por la Ursec?
FPT – Esa situación a la que usted se refiere estuvo en conocimiento oficioso, digamos así, y la semana pasada hubo una denuncia concreta sobre ese tema. Estamos procesándolo, y si comprobamos la existencia de un acuerdo de esas características las empresas van a ser objeto de la sanción que corresponda.
EC – Otra de las varias consultas que están llegando de la audiencia: estas resoluciones que tomó ayer la Ursec respecto a la prórroga sin plazo ¿puede ser revocada por el próximo gobierno?
FPT – Este es un acto administrativo dictado por un organismo desconcentrado del Poder Ejecutivo, como lo es la Ursec. En ese sentido, cualquier decisión que el gobierno tome puede ser revocada por el gobierno de turno en la medida en que sea un acto reglamentario dictado por el Poder Ejecutivo. Lo que no quiere decir que esa eventual revisión no pueda exponer al gobierno del momento a incurrir en responsabilidad. Eso es aplicable a esta y a cualquier cosa que hace la administración.
EC - ¿De qué manera adoptó el Directorio de la Ursec estas decisiones?
FPT – Por unanimidad.
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Transcripción y edición: Jorge García Ramón
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