18.12.2005














María Claudia: el gobierno puso fin a la investigación judicial

Javier Miranda (Familiares de Desaparecidos): Batlle tomó una decisión política de una gravedad enorme, otorgando carácter oficial al tráfico de vientres y ejecución de una joven de 19 años sin militancia política. Había empeñado su palabra en investigar hasta el último día, aunque los militares y policías que tienen la información siguen jaqueando a la sociedad.

EN PERSPECTIVA
Miércoles 12.11.03, 07.40.

EMILIANO COTELO:
La desaparición de María Claudia García Irureta Goyena, nuera de Juan Gelman, dio lugar en estas horas a un intercambio de mensajes entre el poeta argentino y el presidente de la República, Jorge Batlle. Ambos mensajes brevísimos, y ambos con mucho peso en cada palabra.

El Poder Ejecutivo había recibido el expediente de la investigación que lleva a cabo el juez en lo Penal Gustavo Mirabal, y debía pronunciarse respecto a si este caso está abarcado por la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado.

Ayer, durante un acto organizado por el Comité Olímpico Uruguayo, Batlle dijo a los periodistas:

(Grabación)

JORGE BATLLE:
“Se va a remitir al juez la resolución del Poder Ejecutivo, diciendo que está comprendida dentro de lo determinado por la Ley de Caducidad”.

(Fin de la grabación)


Y punto. Eso fue todo. Un poquito más larga, pero no mucho más, y enormemente contundente, fue la respuesta de Juan Gelman. Está fechada en México, D.F.

ALFREDO DANTE:
Dice:

“Señor Presidente de la República Oriental del Uruguay
“Dr. Jorge Batlle Ibáñez
“De mi consideración:

“Usted ha cometido hoy un acto de injusticia más ominoso aún que el crimen que encubre. No quisiera estar en sus zapatos. Son los zapatos de un hombre que llega a su estación terminal con la conciencia oscura, la decencia mutilada y la hombría de bien desvanecida. Lo compadezco.

“Juan Gelman”.


EC – Quedan una cantidad de preguntas. Una de ellas, por qué la respuesta del Poder Ejecutivo llegó tan rápido, ya que en principio tenía plazo hasta los primeros días de diciembre.

AD – Hasta el 7 de diciembre.

EC – Segundo, qué consecuencias tiene esta resolución. Desde ayer de tarde intentamos ubicar al doctor Carlos Ramela, asesor del presidente Batlle, y de quien fuera su representante en la Comisión para la Paz, pero no nos fue posible dar con él. Aprovecho a decir al aire que, si nos está escuchando, nos interesa tener su palabra.

Mientras tanto, vamos a conversar con el doctor Javier Miranda, abogado del Grupo de Familiares de Detenidos Desaparecidos. ¿Cómo observa esta decisión de ayer?

JAVIER MIRANDA:
Se imaginará que en el Grupo de Familiares no cayó nada bien. Es una reafirmación más de la impunidad, de la decisión de no investigar.

EC - ¿No era previsible que el caso fuera catalogado como incluido en la Ley de Caducidad? ¿No es un caso de una persona desaparecida en Uruguay en los años de la dictadura?

JM – Creo que era previsible, pero el mismo revuelo que armó el hecho de que en este caso el Poder Ejecutivo haya dicho que está comprendido en el artículo 1º de la Ley de Caducidad motivó que todos los medios de prensa salieran a preguntar. Llamó la atención. Si bien todos creíamos que era previsible, creo también que de alguna manera todos teníamos la ilusión de que en este caso en particular podía haber avances sustanciales.

EC - ¿Por qué? ¿Por el interés del gobierno del presidente argentino, Néstor Kirchner, quien incluso envió hace pocos días a su secretario de Derechos Humanos, Luis Eduardo Duhalde?

JM – Creo que sí, que eso incide. No olvide que el caso de María Claudia García fue prácticamente el primero que tuvo el gobierno del doctor Batlle, en su inicio. Supimos qué pasó con la hija de María Claudia allá en marzo de 2000, cuando recién asumía el presidente Batlle. O sea que la situación de María Claudia, su desaparición y la de su hija, recorrió toda el mandato de Batlle; si se quiere, había una cierta ilusión de que, en este caso en particular, se podía avanzar. Insisto: creo que la prueba de ello es que no hubo mayor revuelo de prensa en absolutamente todos los casos que los jueces enviaron al Poder Ejecutivo, y en los que invariablemente el Poder Ejecutivo dijo “Está comprendido en el artículo 1º de la Ley de Caducidad”; sin embargo sí ocurrió en este caso en particular. Creo que todos teníamos una cierta expectativa en este caso.

EC - ¿Qué implica que un caso quede comprendido en el artículo 1º de la Ley de Caducidad? Dice que “ha caducado el ejercicio de la pretensión punitiva del Estado”: no habrá castigo para los culpables de este caso.

JM – Exacto. Y además, de alguna manera, sustrae la investigación al ámbito natural en un sistema democrático, como lo es el Poder Judicial.

EC – Y ahí voy a lo segundo: el artículo 3º de la ley establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga que un caso está comprendido en el artículo 1º, “el Juez dispondrá la clausura y el archivo de los antecedentes. Si en cambio, no contestare o informare que no se halla comprendido dispondrá continuar la indagatoria”.

JM – Exacto: ese era el mecanismo previsto por la ley. El Poder Ejecutivo está reconociendo la participación de “militares o policías, equiparados o asimilados, que en cumplimiento de funciones”, además, porque así lo dice el artículo 1º, en cumplimiento de órdenes, ejecutaron una violación a los derechos humanos. Eso también lo está reconociendo el Poder Ejecutivo con este pronunciamiento.

EC – Esa es otra de las conclusiones que en principio se puede sacar porque, dice el artículo 1º, “Reconócese que, como consecuencia de la lógica de los hechos originados por el acuerdo celebrado entre partidos políticos y las Fuerzas Armadas en agosto de 1984 y a efecto de concluir la transición hacia la plena vigencia del orden constitucional, ha caducado el ejercicio de la pretensión punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 1° de marzo de 1985”, y llegamos ahora a lo que usted mencionaba recién, “por funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados por móviles políticos o en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto”. Lo que usted señala es que, implícitamente, el Poder Ejecutivo está dando por lo menos una aproximación a cómo se procesaron los hechos.

JM – En realidad, esto termina siendo un juego dialéctico. En el fondo, lo que hay es una decisión política. Estoy seguro de que la decisión de la Presidencia de la República por la cual se decide que el caso de María Claudia está comprendido en el artículo 1º es básicamente una decisión política más que jurídica.

La lectura de esa decisión política en base a los textos jurídicos también es una lectura política, y entonces yo hago una lectura política: el gobierno está diciendo “En el caso de la detención y desaparición de María Claudia García, participaron militares o policías, equiparados o asimilados que, en cumplimiento de sus funciones y obedeciendo órdenes, cometieron este delito”. Es de una gravedad enorme; y es la única lectura que cabe si uno se atiene a la letra del artículo 1º. Insisto: aquí hay una decisión política, no sólo jurídica. Es una decisión política manifestada a través de un mecanismo jurídico.

EC – Y la gravedad viene ¿por qué? Sigamos ordenando los datos: estamos hablando de María Claudia García Irureta Goyena de Gelman, que tenía 19 años, que no militaba políticamente cuando fue secuestrada en Buenos Aires, en agosto de 1976 (la secuestraron junto a su esposo, Marcelo Gelman, y los llevaron al centro clandestino de reclusión conocido como Automotores Orletti). En octubre apareció el cuerpo de Marcelo Gelman, en un tanque de metal fondeado en el Delta del Tigre. Luego pudo verificarse que María Claudia había sido trasladada a Uruguay, donde dio a luz. Y también pudo verificarse que la hija de María Claudia había sido entregada a la familia de un policía. Sobre estos hechos es que usted señalaba la gravedad de que termine disponiéndose que están incluidos en el artículo 1º de la Ley de Caducidad.

JM – El sólo relato que usted acaba de hacer sobre cómo sucedieron esos hechos es de una enorme gravedad. Aquí lo que hubo fue un tráfico de vientres: no puede haber una motivación política en particular contra María Claudia García, en la medida en que era una ciudadana argentina que ni siquiera tenía participación en militancia “subversiva” (dicho esto entre comillas). La trasladan a Uruguay para que alumbre aquí, secuestrar a su hija y probablemente (esto es lo que falta determinar) haya sido ejecutada sumariamente.

Eso es lo que dice el Poder Ejecutivo que fue hecho en cumplimiento de órdenes, actuando en el cumplimiento de funciones oficiales o por lo menos ordenadas por los mandos. Es de una gravedad enorme. En definitiva y en sustancia, eso es lo que está diciendo el Poder Ejecutivo.

EC – ¿Consecuencias de este pronunciamiento? Ya mencionábamos una: el juez en lo Penal que venía actuando en el caso debe archivar su tarea.

JM – Esa es la consecuencia jurídica inmediata, pero sin duda las consecuencias más graves son políticas...

EC – Pero al mismo tiempo ¿no debería continuarse la investigación en otro plano?

JM – Y ahí van a volver las discusiones sobre el cumplimiento o no del propio artículo 4º de la Ley de Caducidad...

EC – ...que dice: “Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes el Juez de la causa remitirá al Poder Ejecutivo testimonios de las denuncias presentadas hasta la fecha de promulgación de la presente ley referentes a actuaciones relativas a personas presuntamente detenidas en operaciones militares o policiales y desaparecidas así como de menores presuntamente secuestrados en similares condiciones. El Poder Ejecutivo dispondrá de inmediato las investigaciones destinadas al esclarecimiento de estos hechos”.

JM – Esa actuación debió haberse cumplido dentro del plazo de ciento veinte días de promulgada la ley. Todos saben el largo periplo que padecimos con las investigaciones: primero con la designación de fiscales militares, etcétera, y el único proceso de investigación fue el de la Comisión para la Paz, que arribó a las conclusiones que hizo públicas el 10 de abril de este año, y evidentemente el caso todavía no está resuelto. Hay información, en fin... Habría que seguir investigando. Ahora: ¿quién va a hacer esa investigación?

EC – El presidente Batlle, cuando se reunió con el presidente Kirchner en la estancia Anchorena y donde este fue uno de los temas abordados, habría comunicado al mandatario argentino que se disponía a continuar con la indagatoria. Es más: le habría dicho que seguiría trabajando en el caso hasta el último día de su mandato.

JM – Esperemos que así sea. Efectivamente...

EC – Usted conoce esos trascendidos.

JM – Sí, sí. Esos trascendidos se hicieron públicos, además. Creo que sería deseable que así sucediera. Lo que pasa es que las señales son contradictorias.

Arrancamos esta conversación diciendo si era previsible que el presidente considerara comprendido en el artículo 1º de la Ley de Caducidad el caso de María Claudia García. Era previsible, pero teníamos la esperanza, en la medida en que existe ese compromiso político, esa palabra empeñada por el presidente de la República, en seguir adelante con la investigación. Hoy, surge la inclusión del caso en el artículo 1º pero esperamos que, a pesar de ello (insisto: para Familiares eso es errado, no es bueno para el país), se pueda seguir profundizando en la investigación.

El problema siguen siendo los mecanismos de investigación en este país y, en definitiva, que quienes tienen la información no la dan y siguen jaqueando políticamente a toda la población. Cuando a Familiares y a otras organizaciones de derechos humanos que hemos luchado permanentemente contra la impunidad se nos ha acusado de tener “los ojos en la nuca”, de tener jaqueada a la sociedad con “un tema de hace 30 años”, quienes tienen hoy jaqueada a la sociedad son aquellos que tienen la información (sin eufemismos: las fuerzas militares o policiales, o militares o policías en retiro o en actividad que participaron en los hechos), que no la dan y no permiten terminar de resolver estos temas. Ahí está la clave de este tema.

Nosotros podemos poner a una Comisión para la Paz, a una Comisión de la Verdad, a cualquier autoridad que creemos, pero en la medida en que aquellos que tienen la información no estén dispuestos a darla, vamos a seguir en lo mismo.

***

EC – Vaya si queda abierto el tema. A las preguntas que planteábamos se suman otras, por ejemplo de qué manera reaccionará el gobierno argentino luego de que este asunto fuera considerado una cuestión de Estado, luego de que estuviera en la agenda del gobierno Kirchner – Batlle en octubre.

Para responder a algunas de esas preguntas hace falta el texto mismo de la resolución del Poder Ejecutivo, que todavía no está.

Está claro también que, en función de esa determinación, va a quedar sin efecto una de las medidas solicitadas por el juez Gustavo Mirabal: la suspensión de las obras que vienen cumpliéndose en el Batallón de Infantería Nº 13, sobre la cual había dispuesto delimitar una zona de exclusión. Y eso porque hay testimonios según los cuales allí fue enterrado en 1976 el cuerpo de una mujer que, eventualmente, podía ser la propia María Claudia.

AD – Se informaba ayer que el doctor Recarey, suplente del juez Cavalli, solicitó también la suspensión de esas obras pero en relación al caso Elena Quinteros. Todavía no hay notificación oficial de esta determinación, al menos en el Ministerio de Defensa.

***

Gelman fundamentó su versión de que Batlle sabe lo que pasó con su nuera. Para el poeta argentino, el mandatario y su representante en la Comisión para la Paz conocían ya en junio de 2000 el nombre del coracero que mató a María Claudia García Irureta Goyena y el lugar donde fue enterrada. La información del propio Batlle fue recogida por la Comisión como “confirmada por fuentes militares” involucradas. Presidencia no encontró a la nieta de Gelman: fue su familia y una investigación periodística, que confirmó los datos de la muerte (07.08.03).

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Transcripción y edición: Jorge García Ramón

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