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Si es liberado en Argentina, Carlos Röhm debe ser juzgado en Uruguay
Dr. Gabriel Galán, representante de ahorristas del viejo Comercial y colaterales: La jueza debe pronunciarse sobre el pedido de extradición desde Uruguay, donde tiene delitos más graves. Pero para nosotros es indiferente que esté preso. No queremos perder el hilo principal que es cobrar, y el juicio sigue en Estados Unidos contra el JP Morgan, el Dresdner y el Crédit Suisse.
EN PERSPECTIVA
Martes 03.02.04, 07.35.
EMILIANO COTELO:
Pasan los meses, y los hermanos Carlos y José “Puchi” Röhm no dejan de ser noticia. El ex banquero Carlos Röhm, detenido en Buenos Aires, estuvo a punto de quedar en libertad.
ALFREDO DANTE:
Según informa hoy el diario El País, “Un fiscal argentino frenó la libertad concedida por la jueza María Servini de Cubría a Carlos Röhm al apelar esa decisión. La magistrada accedió ayer a la excarcelación del banquero, argumentando que el Pacto de San José de Costa Rica establece que una persona no puede estar procesada más de dos años sin sentencia firme.
“La jueza concedió la libertad a Röhm, procesado el 23 de enero de 2002 bajo los cargos de fraude bancario, y estableció una fianza de un millón de pesos (338.983 dólares).
“Sin embargo el fiscal Jorge Di Lello logró suspender la medida con una inmediata apelación ante la Cámara Federal de Buenos Aires. La sala 2 de ese tribunal resolverá probablemente esta semana el recurso.
“El fiscal federal reclamó que, en caso de que el tribunal de alzada resuelva excarcelar al ex banquero, se fije una fianza cien veces superior a lo establecido por la magistrada, es decir, el equivalente a 33 millones 898.300 dólares.
“La jueza Servini de Cubría fundamentó la excarcelación en que el Pacto de San José de Costa Rica, que en Argentina tiene rango constitucional, establece que ninguna persona puede estar detenida más de dos años sin sentencia firme”.
EC – Röhm está procesado desde el 23 de enero de 2002, es decir que ya se cumplieron los dos años.
AD – Continúa la crónica de El País: “La justicia uruguaya pidió la extradición de Röhm en julio pasado, por el fraude cometido por el banquero. El grupo Röhm tenía el control mayoritario del Banco Comercial y del Banco General de Negocios Sociedad Anónima de Inversiones Extranjeras, y en las Islas Vírgenes de la Compañía General de Negocios y la San Luis Financial & Investment Company, en Argentina del Banco General de Negocios y del Nuevo Banco de la provincia de Santa Fe. La fiscal Cristina González rechazó la propuesta que formuló por segunda vez Gervasio Guillot, abogado de José Röhm, quien pidió declarar por videoconferencia o por exhorto, dijeron a El País fuentes judiciales.
“Guillot ya había presentado un pedido de solicitud para que el juez José Balcaldi y la fiscal se trasladaran a Estados Unidos para tomarle declaración al banquero. Pero esa solicitud fue rechazada porque los magistrados entendieron que hacer lugar a ese planteo violaría varios principios entre ellos el de igualdad”.
EC – Estamos en comunicación con el doctor Gabriel Galán, abogado que representa a ahorristas del viejo Banco Comercial. ¿Cómo observa este giro que se da en Argentina?
GABRIEL GALÁN:
Es un giro dentro de lo esperado. Como ustedes bien decían recién, mencionando los argumentos de la jueza argentina, prácticamente se ha cumplido incluso la pena del delito por el cual está detenido.
EC - ¿Cuál es el delito por el que fue procesado?
GG – Violación de la ley de bancos; es una especie de asociación para delinquir contra el sistema financiero. Es una figura un poco distinta a la nuestra.
Pero, en sí mismo, lo que importa es que la Justicia uruguaya tiene un pedido de extradición sobre la cual la jueza debe expedirse.
EC – Supongamos que Röhm es puesto en libertad en Argentina. Parecería que deberá pagar una fianza bastante más alta que la estipulada en principio por la doctora Servini de Cubría, pero puede llegar a resolverse la libertad en la Cámara Federal. ¿Cómo impacta eso sobre las actuaciones de la Justicia uruguaya?
GG – La jueza debe expedirse primero sobre el pedido de extradición de la Justicia uruguaya. Acá sí tiene un delito más grave, con una pena mucho mayor, de cuatro a seis años...
EC – Permítame. Usted dijo que debe expedirse primero sobre el pedido de extradición.
GG – Debe expedirse.
EC - ¿Antes de conceder la libertad?
GG – Ah, sí. Debe expedirse sobre el pedido de extradición.
EC – Antes de eventualmente dejar en libertad a Carlos Röhm, debe pronunciarse sobre el pedido de extradición llegado de Uruguay.
GG – Exactamente. Y no olvide que además este hombre queda sujeto a la Justicia de Estados Unidos. Porque los ahorristas, a quienes representamos asociados con en el estudio Jorge Moreira Lawfirm de Nueva York, demandaron no sólo a los bancos, no sólo a San Luis Financial y a todas las colaterales que manejaba esta gente como socios o apoderados, sino también a los hermanos Röhm. En Miami, José Röhm está sujeto a la justicia norteamericana.
EC – Sí: está “sujeto”, pero no ha sido arrestado ni nada que se le parezca.
GG – No, porque el accionamiento en Estados Unidos es una acción civil con incidencia criminal, pero ya está sujeto al tribunal de Nueva York. No quiere decir que esté preso: nuestra acción no busca poner preso a nadie, sino de recupero pecuniario.
EC – Y, ya que lo menciona, ¿cómo marcha ese trámite en Estados Unidos?
GG – Muy bien. Ya están notificadas las demandas; es muy rápida la justicia y prácticamente en tres días fueron notificados todos los demandados y justamente, la notificación que queda pendiente es la de Carlos Röhm. Igualmente la vamos a hacer en Buenos Aires, porque pienso que va a seguir estando en la gendarmería argentina por el tiempo que falte para la notificación, donde estuvimos con él en una visita que el sistema norteamericano llama “de cortesía”. Pienso que va a seguir allí por un tiempo más, mientras se tramita la extradición o se expide la Cámara Federal. O sea que lo nuestro no cambia en nada; absolutamente en nada: en Estados Unidos es un demandado desde el punto de vista civil y criminal pecuniariamente, y desde el punto de vista uruguayo sí está pedida su extradición por el juez de la causa, el doctor Balcaldi, y pienso que la jueza la va a tener que otorgar.
EC – A eso iba: más allá de que usted es parte interesada en este juicio, ¿qué opinión tiene sobre la factibilidad de esta extradición?
GG – Ah, yo pienso que corresponde la extradición en este caso, sí. Porque no se trata de ningún tipo de delito del cual una persona pueda quedar exonerada o amparada.
EC – O sea que, si Carlos Röhm es excarcelado en Argentina, ¿termina preso en Uruguay?
GG – Tendría que ser extraditado si las cámaras correspondientes así lo conceden, lo que pienso que sí, que corresponde legalmente. Luego debe pasar a la Justicia uruguaya y el juez Balcaldi lo procesará o no. Pidió su presencia; no lo ha procesado porque en Uruguay no hay procesamiento en ausencia, pero pienso sí que están dadas todas las condicionantes como para que quede sujeto al tribunal penal nuestro.
EC – Puede ser un pésimo negocio, este: pagar una fianza de 34 millones de dólares para salir en libertad en Argentina, cruzar el Río de la Plata y terminar preso en Uruguay.
GG – Pero nosotros, los ahorristas y quienes los representamos, no perdemos el hilo principal. Como dice don Mamerto Menapace, el sacerdote que le hace los cuentos a Luis Landriscina; y el hilo principal es cobrar. Le voy a aclarar que esta incidencia de que esté en Gendarmería, protegido y cuidado, no mejora el patrimonio de los ahorristas: lo que mejora es cobrarle a los bancos en Estados Unidos, lo cual está bastante avanzado.
EC – Por eso quería volver al trámite en Estados Unidos que, decía usted, es de tipo civil.
GG – Es en la Corte Federal Sur de Nueva York, donde la demanda fue presentada en enero (única demanda de uruguayos en Estados Unidos sobre este tema), y que además incide en un momento muy especial, en el cual el Chase JP Morgan acaba de absorber, adquirir, asociarse con el Bank One en Estados Unidos, y en el cual quedó lo que se llama un capital de contingencia por cualquier tipo de pleito, como justamente el nuestro por más de 1.500 millones de dólares. Esto implica que, por lo menos, estamos en su propia casa, jugando “en primera división” en cuanto a que estamos allí, donde se puede cobrar.
EC – Usted decía que están siendo notificados los distintos involucrados. ¿Cómo sigue?
GG – El JP Morgan, a través de sus estudios de abogados, pidió una prórroga para contestar la demanda y así se acordó. Se comunicó con nuestros asociados en Estados Unidos y convinieron una prórroga hasta el 26 de marzo. Eso implica “en perspectiva”, como dice el programa de ustedes, que o bien le es demasiado compleja la contestación o bien –como siempre se hace— están balanceando qué conviene más: si contestar o contestar y negociar.
EC – En definitiva, ¿qué estima usted sobre cuánto podría demorar una resolución y eventualmente cobrar? Porque usted decía que esto iba rápido.
GG – Es rápido. Todo depende de a qué etapa del pleito se llegue, porque la etapa de prueba es muy completa y abundante en este caso. Pero tenemos que partir de la base de que si este pleito llegara... Es un tribunal por jurado, por el cual optamos nosotros, y está basado en las famosas leyes Rico antifraude y antimafia; optamos por la legislación norteamericana y por el juicio por jurado. Si este juicio llegara a hacer todo su trámite, puede demorar dos años, dos años y medio, lo cual es muy rápido frente a lo que tardan en Uruguay o en Argentina.
EC – Y hablando de recuperar el dinero de los ahorristas, y volviendo al Río de la Plata, ¿cabe la posibilidad de pedir que la fianza que se le exija a Carlos Röhm para ser excarcelado sea repartida entre los depositantes afectados?
GG – Las fianzas, en el derecho argentino como en el nuestro, son una garantía de presencia, una garantía de estar sujeto a un tribunal. Generalmente no son garantías en efectivo, depositadas en un banco: pueden ser bienes, valores públicos o privados... Ese dinero pertenece a quien pone la fianza, no a los ahorristas ni al señor Röhm (quien a su vez está embargado en Argentina por una cantidad muy importante). Pero la noticia –que lo es porque lamentablemente estos señores que son banqueros son noticia, y comprendo que sea así— que esté en Gendarmería o en Uruguay o en Estados Unidos, respecto al trámite nuestro en sí mismo, no tiene mayor incidencia dado que ellos eran apoderados de los bancos y si bien son co-demandados nuestra perspectiva de cobrar está en los ex socios del Comercial, el Chase JP Morgan, el Crédit Suisse y el Dresdner Bank; cuando este último admitió su responsabilidad en una carta enviada en 2002.
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Transcripción y edición: Jorge García Ramón
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