18.12.2005












¿QUÉ PASÓ CON...

...la Licencia de conductor de Pablo Bentancour?




EN PERSPECTIVA
Jueves 19.02.04, 08.40.


EMILIANO COTELO
La semana pasada entrevistamos a los padres de Silvana Paulet Furtado, la chica de 16 años que murió en un accidente de tránsito en la esquina de Coimbra y General Paz.

Silvana fue atropellada el 24 de diciembre de 2002 por el Mercedes Benz SLK del empresario futbolístico Pablo Bentancour. Según las pericias, en aquella madrugada ese automóvil se desplazaba por Coimbra a unos 150 kilómetros por hora.

Tras el accidente, Bentancour no detuvo su marcha, se fugó sin dar asistencia a Silvana, abandonó el vehículo en la zona de Barros Blancos, y más tarde intentó evadir su responsabilidad en el hecho inculpando a su chofer, quien inicialmente se presentó ante la Policía reconociéndose culpable, aunque luego no pudo sostener su versión.

Este caso volvió al primer plano a raíz de una nota publicada el lunes 11 de febrero en el suplemento deportivo del diario Ultimas Noticias, en la que el contratista contaba “su versión” sobre el “después” del accidente. Bentancour decía, entre otras cosas, que sentía la necesidad de crear una fundación para ayudar a personas a las que el destino enfrentara a situaciones como las que él había tenido que vivir.
También se refería a la dura experiencia de su reclusión en el Comcar, donde pasó nueve de los 11 meses que terminó durando su prisión.

El tema tuvo una repercusión muy fuerte en nuestra audiencia.
Por ejemplo, varios oyentes se mostraron perplejos por lo temprano que Bentancour recuperó su libertad. Otros relataban haber visto al empresario manejando por las calles de Montevideo y nos preguntaban cómo era posible que no se le hubiese suspendido, al menos, el permiso de conducir.

A partir de esa serie de mensajes, nos resolvimos a hurgar en los expedientes y realizar otras averiguaciones para esclarecer en qué estado se encuentra esta causa judicial, cómo se resolvió, y en qué condiciones, la libertad de Pablo Bentancour.


EL PROCESAMIENTO

Según confirmamos a nivel del Poder Judicial, Bentancour fue procesado con prisión por el delito de “homicidio culposo en reiteración real con un delito de omisión de asistencia”, por el juez de 7º turno, doctor Pedro Hackenbruch.

En principio, las dos figuras penales tipificadas a Bentancour son excarcelables, siendo que el homicidio culposo es castigado con un mínimo de seis meses a un máximo de ocho años.

Consultado el juez Hackenbruch, señaló que, para los casos de delitos excarcelables, lo normal es que el procesamiento se cumpla sin prisión.
Sin embargo, dado que el conductor se fugó del lugar del accidente y, en especial, que luego pretendió evadir su responsabilidad tratando de cargarla a su chofer, el caso dio lugar a otras medidas. Puntualmente, la privación de libertad.

Esto significa que el intento frustrado de Bentancur de endosar el delito a su chofer, si bien no aparece a la hora de la tipificación del delito, fue tenido en cuenta por la Justicia y terminó jugando en contra al imputado en el momento de su procesamiento: esa “jugada” ofició de agravante y fue lo que inclinó la balanza hacia el procesamiento con prisión.


LA LICENCIA DE CONDUCTOR

Otro de los detalles que nos restaba conocer de este caso, es si el juez Pedro Hackenbruch dispuso, como medida accesoria, el retiro de la libreta de conducir a Bentancour.

Según informó el propio juez, esta medida de carácter accesorio no fue pedida ya que se consideró suficiente la privación de la libertad.

El magistrado destaca que la suspensión del permiso de conductor “no es preceptiva”, no es de carácter obligatorio.

Esta opinión fue avalada por la fiscal del caso, la doctora Ana Telechea. En diálogo con la producción de En Perspectiva, la fiscal señaló que generalmente este pedido suele realizarse sólo en los casos en que se establece un procesamiento sin prisión.

Recordemos que la licencia de conductor es otorgada por las Intendencias, que ejercen la denominada “policía de tránsito departamental”. Sin embargo, los municipios no están autorizados a suspender estos permisos, a menos que exista un pedido expreso de la Justicia.

Al día de hoy, el único motivo por el cual una administración municipal puede retirar una libreta de conducir sin que medie una orden judicial –lo que vendría a ser la única excepción– corresponde a los casos de test de alcoholemia positivos.

En el caso Bentancour, lo que está claro entonces es que la Justicia no solicitó el retiro del permiso de conductor. Así que es razonable y legal que se pueda ver a Bentancour transitando por las calles y carreteras de nuestro país, como testimoniaron algunos oyentes que llamaron a la radio. Que nos parezca bien o mal, eso es otra cosa.


LA EXCARCELACIÓN

Otro punto que nos interesó esclarecer, es la forma en la que Pablo Bentancour obtuvo su libertad, tras esos nueve meses que debió permanecer recluido en el Comcar.

Según información proporcionada por el propio Poder Judicial, el empresario fue excarcelado el 17 de noviembre de 2003, por decisión del Tribunal de Apelaciones de 2º turno.

La fiscal Ana Telechea explicó que la decisión llegó al Tribunal porque ella discrepó con la resolución del juez Hackenbruch, que había accedido al pedido presentado por la defensa. Así, con opiniones divididas entre el juez y la fiscal, el tema pasó a la órbita del Tribunal de Apelaciones, que finalmente confirmó la decisión del juez.

Telechea explicó a En Perspectiva que esta situación surge de un problema más general que a su entender tiene el Código del Proceso Penal de nuestro país, ya que al momento del procesamiento no se establece una fecha para la excarcelación, y eso habilita a la defensa a ir “tanteando” cuál es el mejor momento para solicitarla.

En concreto, y tras la resolución del Tribunal de Apelaciones, Bentancour obtuvo su libertad contra el pago de una fianza de 6.000 Unidades Reajustables (cerca de 1 millón 350 mil pesos, aproximadamente 45.000 dólares).

Textualmente, la información proporcionada por el Poder Judicial señala que “se entendió que ya no era necesario su confinamiento, puesto que no existían razones que hicieran presumir que el imputado intentara sustraerse de la causa”.


EL PROCESO SIGUE SU CURSO

De todos modos, el estado actual de las cosas no significa que el caso esté cerrado. El proceso judicial sigue su curso, ya que Bentancour aún no tiene una sentencia definitiva.

En la actualidad, el proceso se encuentra, justamente, en la etapa en que la fiscal Ana Telechea debe formular la acusación y pedir la pena respectiva. Según reconoció la fiscal a En Perspectiva, ella solicitará una pena superior a los dos años, aunque prefirió no dar mayores precisiones.

¿Por qué más de dos años? Por una postura especial que ella tiene a propósito de lo que en nuestro derecho se conoce como “homicidio culposo”. Si bien su criterio no encuentra demasiado consenso en la doctrina, la fiscal Telechea cree que las penas para este tipo de delito, en el caso de accidentes de tránsito, deberían ser más severas. Según nos dijo, en general los jueces rechazan sus pedidos en este sentido, porque prefieren no sentar jurisprudencia en este campo. Uno de los argumentos más escuchados es “Mirá que vos también manejás, te puede pasar a ti”.

De todos modos, y volviendo al caso de Bentancour, es bueno aclarar que, como ya obtuvo la excarcelación, el contratista no deberá volver a la cárcel por este delito, cualquiera sea la pena que finalmente recaiga sobre su persona.

Y esto también puede resultar chocante. Un oyente puede preguntarse ¿Entonces no importa a cuántos años se lo condena, porque, como la persona ya fue excarcelada, no va a volver a prisión?

No es tan así. La vida de alguien sometido a proceso, por más que esté en libertad, implica algunas restricciones. Por ejemplo, hasta que se agote el plazo de la pena, la persona no obtiene el certificado de buena conducta, que es imprescindible para diversos trámites. Otro condicionamiento: hasta que no se cumpla totalmente la condena, la persona teóricamente debe pedir autorización para salir del país.

De todos modos, en este caso esa última limitante también fue levantada. “El imputado fue autorizado a salir del país, en razón de su actividad como contratista deportivo”, según se nos informa oficialmente desde el Poder Judicial.


UN PAR DE ELEMENTOS ADICIONALES

Primero: como consecuencia de un acuerdo económico al que arribó la familia de Silvana con Bentancour, se dispuso el levantamiento de las medidas cautelares que, desde el momento del procesamiento, pesaban sobre el patrimonio del empresario.

Segundo, en esta etapa del proceso existieron algunas demoras, asociadas a que una vez que se diligenció la prueba, la fiscal pidió una ampliación a propósito de un “frasquito” de pastillas que fue hallado en el interior del auto de Bentancour. La fiscal solicitó se averiguara el contenido de este “frasquito”. Como resultado de esta pericia se supo que se trataba de una droga, un tipo de estupefaciente no conocido en el Uruguay, y que aparentemente no se comercializa en nuestro país, según dijo En Perspectiva la propia fiscal del caso.

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Edición: Jorge García Ramón

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