18.12.2005














Exigir el cumplimiento del contrato energético con Argentina

(Mensaje enviado el viernes 02 de abril de 2004)

Estimado Cotelo.

Fruto de la privatización del sector eléctrico en el mundo, surgieron con fuerza diversas modalidades contractuales para la compra de energía electrica.

Nuestro país optó por la compra de electricidad mediante la modalidad en firme, es decir, que un generador se obliga por contrato a tener xx máquina o xxx MW disponible para generar energía para nuestro país.

Basicamente la diferencia entre un contrato en firme y uno interrumplible es que en el primero el suministro se debe mantener en todo caso, obviamente con diferencias en el precio del fluido eléctrico.

Ahora bien, ¿de qué sirve haber suscrito dichos contratos, si cuando el generador lo desea nos deja colgados?
¿Es correcto que los mayores costos por la generación térmica que debe hacer UTE lo pague UTE o más bien lo paguemos nosotros los usuarios con reservas que el ente energético ha generado?

Se habla de 500.000 dólares por día, ¿eso no es un perjuicio para nuestra empresa electrica?

Y, ¿para qué están los contratos sino para ser cumplidos?

¿Quién esta exigiendo su cumplimiento? ¿No hay multas recargos, etc.?

¿O eso se esté negociando en el cuartito de atrás y no a la luz de la opinión pública?

Algo huele feo.

Creo que es un punto interesante para hechar luz en este tema.

Atentamente
Dr. Abelardo Gianola

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