18.12.2005












“NO DESPENALIZA EL ABORTO MERAMENTE: SÓLO REGULA SU PRÁCTICA”

Argumentos a favor de la ley de
defensa de la salud reproductiva

Lilián Abracinskas (Cotidiano Mujer) y Bremen de Mucio (Profesor de Medicina Preventiva y Social): Se quiere ignorar que a diario se pone en riesgo la vida de mujeres que se ven obligadas a interrumpir un embarazo en condiciones insalubres. Argumentos efectistas confunden un feto con un embrión de 12 semanas, que es inviable como ser humano. El proyecto es bueno porque no plantea el tema del aborto de forma aislada, sino como una situación de último recurso, promoviendo además la educación sexual, y la maternidad y paternidad responsables.

EN PERSPECTIVA
Lunes 12.04.04, 08.45.



EMILIANO COTELO:
Desde 1938 el aborto en Uruguay es considerado un delito. Sin embargo, en nuestro país cada año miles de mujeres deciden interrumpir sus embarazos por diferentes motivos y circunstancias.

Es una contradicción que se cobra la vida de muchas mujeres cada año. Entre otras cosas por las malas condiciones higiénicas y técnicas en que a menudo se efectúan estas intervenciones.

Justamente en estos días puede decirse que la pelota está en la cancha del Parlamento porque el Senado tratará, por primera vez, el denominado “Proyecto de Ley de Defensa de la Salud Reproductiva”, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados desde el 10 de diciembre de 2002.

Pero el debate no sólo se ha dado a ese nivel: ha sido muy fuerte también en la sociedad civil. Por eso hoy y mañana les proponemos dos entrevistas con las organizaciones que se han movilizado a favor y en contra de esta iniciativa.

Hoy el turno es para las entidades que promueven el proyecto, desde la “Coordinación Nacional de Organizaciones Sociales para la Defensa de la Salud Reproductiva”.

Está con nosotros esta mañana Lilián Abracinskas, integrante del colectivo responsable de Cotidiano Mujer, y coordinadora de Mujer y salud en el Uruguay, una instancia que nuclea organizaciones feministas y defensoras de los derechos sexuales y reproductivos. También nos acompaña el doctor Bremen de Mucio, ginecólogo e integrante del Departamento de Medicina Preventiva y Social de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República.

***

Abracinskas, el texto de este proyecto consta de 18 artículos que van más allá de la consideración concreta del tema aborto. ¿Cómo podríamos resumir el espíritu y el alcance de este proyecto de ley?

LILIÁN ABRACINSKAS:
El espíritu es justamente abordar varias problemáticas que tienen que ver con el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de forma integral. Por eso creemos que es un excelente proyecto de ley, que resume todas las iniciativas que ha habido desde 1985 a la fecha, en las cuales se basa.

Y es bueno, justamente, porque no plantea el tema del aborto de forma aislada, que es la peor manera de plantearlo, sino que lo hace desde el lugar desde el cual en nuestra consideración debe hacerse, que es como una situación de último recurso, como la última medida que te queda cuando estás ante un embarazo que no podés sostener y que por lo tanto es una situación que hay que prevenir. ¿Cómo se previene? Se previene con educación sexual, con acceso a métodos anticonceptivos y fundamentalmente con la promoción de la maternidad y la paternidad responsables.

Creo que esos son los temas más duros; sin duda el aborto es el más dilemático, pero todos estos otros son problemas que Uruguay tiene, que varios sexólogos plantean que es necesario y urgente abordar y este proyecto los plantea a todos.


EC - Este proyecto tiende a presentarse, para simplificar, como proyecto de despenalización del aborto...


LA - Sí, pero en realidad es más complejo, porque es una mezcla de varias cosas.


EC - ¿Por qué?


LA - Despenaliza, lo saca delito en determinadas condiciones, lo regula como práctica –ahí estarías hablando de una legalización, porque establece las condiciones para la implementación de servicios que permitan acceso a aquellas personas que lo decidan– y además mantiene la penalización, porque sostiene que el aborto seguirá siendo un delito cuando se realice contra la voluntad de la mujer, con lo cual garantiza que nadie será forzado a abortar si no lo quiere, y cuando no se cumpla con las condiciones establecidas en la ley.

O sea que es un poco más complejo que un proyecto de despenalización o legalización, es un proyecto de regulación de la práctica.


EC - A ese aspecto, el más polémico, el más discutido, el más crítico, vamos a dedicarnos en la segunda parte de esta entrevista, con todos los detalles y sus distintas características; vayamos a lo que el proyecto incluye más allá del aspecto puntual del aborto. Se ha insistido mucho en que incorpora varios otros puntos sobre derechos sexuales y reproductivos; Lilián Abracinskas ya lo mencionó, pero me gustaría que aprovecháramos ahora para extendernos en qué es lo que se busca con esos otros capítulos del proyecto.


LA - Con la educación sexual es obvio; sin duda el mejor método anticonceptivo que se ha probado en el mundo es la educación. Gente educada, no porque tenga más información, sino porque tiene otros proyectos de vida y desarrolla otros proyectos vida más allá de la maternidad o la paternidad, hace que se reduzca el número de la descendencia, eso es muy fácil de ver. Cuando hablamos de educación no se trata de hablar estrictamente de educación sexual, sino de realmente promover la educación como un desarrollo del ser humano.

Por otro lado es importante tener en cuenta que recién los métodos anticonceptivos en este país pasaron a la órbita de Salud Pública a partir de 1996. Hasta esa fecha el acceso a métodos anticonceptivos era sólo vía particular o a través de una organización no gubernamental. También es importante abordar este aspecto. Y todavía hoy, más allá de que se han incorporado a los servicios públicos, no son accesibles a toda la población del país y cada año tenemos problemas porque no están los recursos garantizados para mantener los insumos de métodos anticonceptivos en los servicios. Necesitamos reforzar lo que el país ha avanzado, pero garantizarlo. Es bastante absurdo lo que ha pasado desde el año 1938 a la fecha: la única medida de intervención del Estado en relación a la problemática del aborto ha sido condenar a la mujer que aborta y a aquellos que la apoyan.


EC - ¿Es la única, efectivamente? ¿No se ha hecho nada más?


LA - En el terreno del aborto, no. No tenemos investigaciones, no sabemos en realidad la incidencia, las medidas de prevención recién se empezaron a establecer en 1996 –de 1938 a 1966 corrió mucho agua debajo del puente– y todavía hoy no es un servicio garantizado, porque no tenemos políticas estatales, no sabemos si un próximo cambio de administración esto no se debilita.

Por lo tanto es verdad que no ha habido mecanismos de prevención, la única forma de intervención del Estado ha sido condenar la práctica.


EC - ¿Y para ustedes es satisfactorio, es algo que conduzca a resultados concretos, tangibles lo que establece el capítulo 1º? Porque algunos lo han criticado por ser demasiado vago, teórico. Voy a leer los dos artículos, que no son muy largos.

“Capítulo I - De los deberes del Estado

“Artículo 1° - El Estado velará por el derecho a la procreación consciente y responsable, reconociendo el valor social de la maternidad, la paternidad responsable y la tutela de la vida humana. A esos efectos se promoverán políticas sociales y educativas tendientes a la promoción de la salud reproductiva, a la defensa y promoción de los derechos sexuales y a la disminución de la morbimortalidad materna.

“Dichas políticas buscarán alentar la responsabilidad en el comportamiento sexual y reproductivo, a los efectos de un mayor involucramiento en la planificación de la familia.

“Artículo 2° - El Ministerio de Salud Pública deberá incluir en su presupuesto un programa con los siguientes objetivos:

“A. Planificar y hacer ejecutar políticas en materia de educación sexual que propendan al ejercicio armónico de la sexualidad y a la prevención de los riesgos.


“B. Planificar y hacer ejecutar políticas en materia de planificación familiar.

“C. El cumplimiento de los objetivos mencionados involucrará a todo el personal de la salud, ampliando y mejorando su capacitación en la esfera de la salud sexual y reproductiva y de la planificación de la familia, incluyendo la capacitación en orientación y comunicación interpersonal.

“D. Instrumentar medidas que tiendan a la disminución de la morbimortalidad derivada de la interrupción de embarazos practicada en situación de riesgo.

“E. Permitir que la mujer ejerza el derecho a controlar su propia fecundidad y a adoptar decisiones relativas a reproducción sin coerción, discriminación ni violencia.

“Articulo 3º - El Ministerio de Salud Pública en cumplimiento de los objetivos encomendados en el artículo precedente coordinará acciones con los organismos del Estado que considere pertinentes”
.

Entre esta enunciación y los hechos, ¿qué distancia puede haber?


LA - Todo depende de cuánto la ciudadanía esté dispuesta a presionar. Nada de esto se logra sólo por gracia divina o de las diosas, como dicen algunas; esto es esfuerzo. Nosotros estamos transitando por esto desde 1994, cuando la Conferencia de Población y Desarrollo en El Cairo, del Sistema de Naciones Unidas, que justamente hace un cambio de paradigma entre calidad de vida de la población y el desarrollo de un país. Antes desarrollo económico era igual a calidad de vida de la población; luego se comprobó que eso no alcanzaba, que para tener el desarrollo de un país tenés que tener una población a la cual se le respeten sus derechos humanos y eso dará calidad de vida.

Esto ha sido un tránsito que nos ha llevado diez años, que Uruguay entendiera que salud reproductiva no es sólo atender los programas maternoinfantiles; que tenemos que hablar de nuevos paradigmas en el concepto de atención en salud, que tengan esa integralidad, entre ellas las situaciones de embarazo que pueden producirse y no son no planificados o no deseados.

Recién en 2001 el sistema de salud empezó a repensarse a través de iniciativas sanitarias contra el aborto en condiciones de riesgo, cuando empieza a aumentar la muerte por aborto inseguro en Uruguay se convierte en la principal causal de mortalidad materna, es que el sistema médico empieza a decir ¿qué hacemos con esta problemática cuando las muertes maternas –y el doctor De Mucio puede decirlo mejor que yo– son en su amplia mayoría evitables? La mortalidad materna es un indicador de discriminación hacia las mujeres en los nuevos indicadores de género, por lo tanto estamos transitando los cambios de modelos médicos de atención, primero que vayan hacia atenciones integrales, interdisciplinarias, esto no se puede abordar sólo desde los aspectos biomédicos, hay que tener en cuenta los aspectos psicológicos, sociales, la historia de vida de la persona, etcétera.


EC - ¿Y el proyecto qué aporta con estos artículos que yo acabo de leer?


LA - El proyecto aporta responsabilizar al Estado de esto, porque hasta ahora han sido casi iniciativas personales, que no tienen un respaldo institucional que te garantice que esto es política de Estado.


***


EC - Vayamos al aspecto que más debate genera: la despenalización del aborto.

El Código Penal, modificado en 1938, señala una serie de atenuantes para el tratamiento de este delito. En muchas circunstancias se habilita al juez a eximir de penas a las y los involucrados.

El artículo 328 dice:

"Causas atenuantes y eximentes.

Inciso 1º. Si el delito se cometiere para salvar el propio honor, el de la esposa o un pariente próximo, la pena será disminuida de un tercio a la mitad, pudiendo el Juez, en el caso de aborto consentido, y atendidas las circunstancias del hecho, eximir totalmente de castigo. El móvil del honor no ampara al miembro de la familia que fuera autor del embarazo.

Inciso 2º. Si el aborto se cometiere sin el consentimiento de la mujer, para eliminar el fruto de la violación, la pena será disminuida de un tercio a la mitad y si se efectuase con su consentimiento será eximido de castigo.

Inciso 3º. Si el aborto se cometiere sin el consentimiento de la mujer, por causas graves de salud, la pena será disminuida de un tercio a la mitad y si se efectuase con su consentimiento o para salvar su vida será eximida de pena.

Inciso 4º. En caso de que el aborto se cometiere sin el consentimiento de la mujer por razones de angustia económica, el Juez podrá disminuir la pena de un tercio a la mitad y si se efectuase con su consentimiento podrá llegar hasta la exención de la pena.

Inciso 5º. Tanto la atenuación como la exención de pena a que se refieren los incisos anteriores regirá sólo en los casos en que el aborto fuese realizado por un médico dentro de los tres primeros meses de la concepción. El plazo e tres meses no rige para el caso previsto en el inciso 3º".


Y la realidad marca que en nuestro país, pese a que se realizan miles de abortos por año, no hay mujeres procesadas por este delito. Entonces, ¿para qué es necesaria esta nueva ley?


LA - No hay procesamientos ni acceso a servicios legales para hacerse un aborto. Preguntá cómo hacés para hacerte un aborto en las condiciones que plantea la ley de 1938 y te vas a encontrar con que no están los mecanismos establecidos, por lo tanto ni hay procesamientos ni abortos legales; creo que sería bueno que Bremen contara.


BREMEN DE MUCIO:
Es que además en estos tiempos, desde que este proyecto está en el tapete, ha ido empeorando la persecución de quienes hacen abortos, lo cual ha empeorado enormemente las condiciones en las que se está haciendo y se ve claramente en los indicadores de mortalidad materna, porque la gente de alto nivel económico, que era la que accedía antes porque tenía el dinero como para hacerlo, no puede acceder hoy porque las condiciones en que se practican los abortos hoy en Uruguay son peores que en algunos países con menos desarrollo. Por supuesto que esta crisis económica también generó que los abortos domésticos, en condiciones totalmente insalubres, se estén practicando día tras día y el ingreso de mujeres afectadas aumentara considerablemente, tanto en el sector público como en el privado. La cara visible es la mortalidad materna, pero quienes estamos trabajando en los servicios de salud constantemente estamos viendo las mutilaciones que se producen por causa del aborto, y en ese punto nadie repara.

Pero además no se repara en el aborto cuando se lleva la discusión al terreno de los niños que mueren en esta situación, cuando en realidad nadie piensa en las mujeres que mueren, en las familias que se destruyen, en los niños que terminan muriendo después porque pierden el apoyo de su núcleo familiar... Es realmente un problema que viene en aumento, a pesar de que el Estado está haciendo ingentes esfuerzos por mantener acceso a la anticoncepción, por lo tanto la anticoncepción gratuita no es un elemento suficiente para evitar que este problema se siga dando, como se viene dando desde 1938.


EC - Vamos exactamente a lo que cambia con este proyecto de ley, ¿qué es lo que se modifica en cuanto a la penalización del aborto?


LA - Habilita la práctica del aborto hasta las 12 semanas de gestación, ahí la mujer tiene que dar las razones; esto tiene que ver con que pueda pensar claramente una decisión que todos sabemos que es difícil de tomar. La diferencia es que esta legislación opta por plazos y no por causales; la que teníamos de 1938 era por causales: el honor de la familia, la angustia económica, riesgo de vida de la mujer o una violación.


EC - Esas eran causales…


LA - …atenuantes o eximentes de la pena.


EC - ¿Con este proyecto…?


LA - Con este proyecto hasta las 12 semanas no hay causal, hay la decisión de la mujer de interrumpir, apoyada, como dice el artículo 4º, por un equipo sanitario que debe darle todas las prestaciones, incluida la posibilidad de adopción como alternativa a esa situación de embarazo no planificado.


EC - Leo los artículos para que el oyente sepa de qué hablamos.

“Artículo 4° - Toda mujer tiene derecho a decidir sobre la interrupción de su embarazo durante las primeras doce semanas de gravidez, en las condiciones que establece la presente ley.

Artículo 5°.- Para ejercer el derecho acordado por el artículo anterior, bastará que la mujer alegue ante el médico, circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción; situaciones de penuria económica; sociales; familiares o etarias que a su criterio le impidan continuar con el embarazo en curso.

El médico deberá:

A) Informar a la mujer de las posibilidades de adopción y de los programas disponibles de apoyo económico y médico, a la maternidad.

B) Brindar información y apoyo a la mujer pre y post intervención, relativa a la interrupción voluntaria del embarazo”
.

En resumen, hasta las 12 semanas la mujer puede optar por el aborto alegando ante el médico algún tipo de motivos, que son los que se detallan acá.


LA - Sí, pero no son los motivos lo que define, no es el médico quien debe tomar la decisión: es la mujer quien decide. El médico y el equipo de salud tienen que darle todas las condiciones para que la mujer pueda tomar la mejor decisión que considere. Creo que esto es fundamental; hay algo que se llama las rutas de decisión en el tema del aborto, que es cómo una llega a tomar esa decisión y cuánto mejor es cuando puede tomarla con apoyo, orientación, información y garantías, que cuando debe tomarla sola, aislada y con miedo. El proyecto intenta no decir quién tiene que tomar la decisión (lo que es clarísimo: la toma la persona involucrada en el proceso); lo que de alguna manera propone el proyecto es cómo debe actuar el entorno en relación a esa decisión, y cambia el tono; la decisión es individual. La decisión tiene que ver con una historia de vida, con una situación particular, con razones que son tan diversas como personas hay en este mundo. Por eso es un buen proyecto de ley, a nuestro entender, porque al poner el tema del plazo y no condiciones o causales es más real el abordaje.


EC - En definitiva la mujer puede resolver el aborto porque sí dentro de esas 12 semanas.


LA - Nunca hay un aborto porque sí.


EC - Aquí aparecen detalladas algunas circunstancias: “Alegando circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales, familiares o etarias que a su criterio le impiden continuar con el embarazo en curso".


LA - Exacto.


EC - ¿Y si no se da ninguna de estas hipótesis?


LA - Es imposible: sociales…


EC - Lo que estamos diciendo es que está abarcada cualquier hipótesis de decisión de embarazo.


LA - ¿Cuál es el riesgo del que se ha hablado muchas veces? Se ha dicho que si se despenaliza la práctica la gente va a correr a hacerse abortos, sin tener en cuenta cuál es la magnitud de la decisión.

Por otro lado hay un falso dilema, en un ningún país donde el aborto está penalizado se ha desestimulado la práctica, por lo tanto penar no es condición para que la práctica no se realice. No hay por qué pensar que si se despenaliza todo el mundo va a salir corriendo a realizarse la práctica; estamos diciendo que es una decisión personal, que se toma como último recurso y que lo mejor es que la gente la tome con apoyo, orientación y acceso a servicios Esa es la hipótesis que apunta a decir: de esta forma es mucho más factible que se reduzca la cantidad de abortos, como ha pasado en países donde está legalizado, y que el abordaje de esta problemática sea integral, o sea que enfaticemos la prevención; en el circuito clandestino no se previene, eso es clarísimo.


B de M - El asunto es que la gente no va a salir corriendo porque ya se está haciendo los abortos, que es lo que la sociedad uruguaya muchas veces trata de ignorar. El aborto es un problema real, existe, las mujeres se lo hacen desde tiempos inmemoriales, desde 1938 hasta ahora, se lo siguen haciendo, cada vez se lo hacen más, pero todos tratamos de desconocer eso.

¿Los servicios se podrán sobrecargar? Puede llegar a pasar, porque la gente va a buscar las mejores condiciones para proteger su salud, y es lógico que así pase, pero no es que va a aumentar exponencialmente la cantidad de abortos que se producen, porque los abortos ya se producen en forma exponencial; lo que pasa es que se producen dentro del propio hogar, donde los servicios de salud no entran, donde el Estado no entra y por lo menos se mantienen en la intimidad familiar.


EC - En estas condiciones, una vez que este proyecto sea ley, si es ley, una vez que la mujer tome la decisión después de esa reunión con el médico que la trata, ¿cómo se hace el aborto, cuál es el cambio en ese sentido?


B de M - Se prevé precisamente que la mujer se acerque a los centros de salud, reciba la información adecuada, en primer lugar porque hemos vivido cosas increíbles en este país, como se ha contado en estos días, de esa joven que terminó muriendo por provocarse un aborto cuando ni siquiera estaba embarazada. El hecho de que la gente tenga que moverse en el circuito clandestino lleva a este tipo de atrocidades. Entonces la mujer se acerca al centro de salud, comparte con el médico su problema, el sistema de salud le da las orientaciones para que ella tome la decisión. Si la decisión es por no interrumpirlo, la institución debe darle los apoyos para que controle ese embarazo en las mejores situaciones, y si la decisión es interrumpirlo la institución garantizará que la interrupción se haga en las mejores condiciones también.


EC - “Todos los servicios de asistencia médica integral, tanto públicos como privados, habilitados por el ministerio, tendrán la obligación de llevar a cabo este procedimiento a sus beneficiarias, siendo efectuado, en todos los casos, por médico ginecotólogo en las hipótesis previstas en esta ley”.


B de M - Como tienen en la otra opción, si la mujer decide controlarse el embarazo y llegar a término, los servicios de salud hoy le garantizan la asistencia del parto y todos los elementos que están en torno a ello.


EC - Pero para decirlo claro y directo: si este proyecto es ley, todas las mutualistas están obligadas a realizar el aborto si la madre lo solicita dentro de las 12 primeras semanas de gestación.


LA – Sí: se incorpora como norma de atención que pasa a ser como condición de las normas sanitarias de atención en cualquier institución, tanto pública como privada.


EC - Y sin costo extra.


LA - Sin costo extra; que en realidad no lo debe tener. Antes implicaba internación, anestesia, block quirúrgico; hoy se pueden hacer interrupciones dentro de las 12 semanas en régimen ambulatorio, estamos diciendo que hasta se podría hacer en policlínica, y además también existe el aborto químico, la RU-486, que no implica ni siquiera block quirúrgico. No necesariamente implica más gastos para ninguna institución; es más, en este momento el Estado y los servicios públicos gastan mucho más en términos económicos atendiendo los estragos del aborto inseguro que si implementara servicios preventivos y la realización del aborto.


***


EC - Repito lo que dice el artículo 4º de este proyecto de ley: “Toda mujer tiene derecho a decidir sobre la interrupción de su embarazo durante las primeras doce semanas de gravidez, en las condiciones que establece la presente ley". Y el 5º dice: “Para ejercer el derecho acordado por el artículo anterior, bastará que la mujer alegue ante el médico, circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción; situaciones de penuria económica; sociales; familiares o etarias, que a su criterio le impidan continuar con el embarazo en curso”.

Primera objeción que ha circulado: ¿por qué es la mujer por sí sola la que puede resolver? ¿El padre no tiene nada que decir?


LA - Sin duda que sí; por eso también se plantea promover maternidad y paternidad responsables. El otro problema conflictivo del que se ha hablado muchas veces es que no es menor que el embarazo transite sobre el cuerpo de una mujer, y si bien podrá haber todas las posiciones, sin duda es un ser independiente el que se está gestando, no es menor que sea dentro del cuerpo de una mujer. Por eso la que toma la decisión última es la mujer, porque de otra manera otros estarían tomando decisiones sobre el cuerpo de una persona.


EC - Pero el proyecto le permite resolver por sí misma.


LA - Le permite resolver por sí misma; eso no quiere decir que antes no haya tratado de acordar con su pareja, si es que existe, porque muchas veces no está; no quiere decir que no haga la consulta, no quiere decir que estén los dos de acuerdo, que ambos lleguen a la misma decisión. El tema es ¿qué pasa si ella está de acuerdo y él no, sea en proseguir el embarazo o en interrumpirlo? En este caso se debe proteger a la persona que porta el embarazo, tanto si decide interrumpirlo como si no, por eso se mantiene el delito de aborto si se le impone a una mujer.


B de M - En los hechos reales, sigue siendo hoy en día, aunque el aborto está penalizado, la mujer la que decide, muchas veces los hombres nos retiramos y dejamos que la mujer tome la decisión a solas. Así que ni siquiera eso puede ser un elemento a criticar, porque hoy en día las mujeres están tomando muchas veces la decisión solas.


EC - La otra pregunta viene a propósito del plazo. ¿De dónde sale este plazo de las 12 semanas, o sea tres meses? ¿Por qué está allí?


LA - En la ley se manejan muchos plazos, es bueno decirlo.


EC - Lo pregunto porque las críticas son muy fuertes y aquí introduzco una de las que se escucharon en estos días, del arzobispo de Montevideo, monseñor Nicolás Cotugno: “El proyecto olvida que a los tres meses hay un feto totalmente formado, que tiene vida, que no tiene voz pero que tiene el derecho a la vida, y que si pudiera hablar nos pediría que lo dejáramos vivir”.


B de M - Por eso es que a las 12 semanas, cuando comienza como feto, a partir de ahí no es el momento oportuno para la interrupción, hasta las 12 semanas sólo hay un embrión, no un feto. Ese es el concepto técnico principal por el cual se toma esa consideración.


EC - Para ser un poco más precisos, ¿qué implica, desde el punto de vista de considerar a ese embarazo en curso como un nuevo ser humano, diferenciar embrión de feto?


B de M - Es capital. Si existieran hoy en día condiciones técnicas totalmente avanzadas, que no existen y probablemente no vayan a existir, a partir de las 12 semanas ese producto está totalmente formado, por lo menos en todas las estructuras que debería tener; aún no están desarrolladas y necesitan todo un proceso de maduración y crecimiento para que se desarrollen. Pero antes de las 12 semanas no existiría posibilidad porque todavía no se ha completado la formación de algunas partes vitales del organismo, lo que es un elemento fundamental a tener en cuenta.


LA - Hay otros plazos que es bueno manejar, porque sin duda estamos transitando un tema conflictivo y no es menor lo de los plazos. Por ejemplo los electroencefalogramas planos que hasta las 12 semanas de embarazo funcionan igual que en una persona que ha tenido muerte cerebral. Por lo tanto hay un acuerdo internacional en que 12 semanas es un período en el que todavía no hay una independencia de ese ser en proceso.

Por eso mismo el proyecto de ley plantea que después de las 20 semanas de embarazo, en caso de tener que practicarse una interrupción por riesgo de vida de la mujer se debe poner toda la tecnología a disposición para tratar de lograr la sobreviva del feto extrauterinamente. Y esto puede lograrse con el desarrollo tecnológico que hay hasta hoy, solamente a partir de las 20 semanas de embarazo y con un feto que pese más de 650 gramos.

Esto está contemplado en la ley y es bueno decirlo, acá no se está obviando que hay un ser en proceso, se está tratando de decir: los abortos existen, todo el mundo sabe que cuando te vas a practicar un aborto estás interrumpiendo un proceso vital, por eso es tan conflictiva la decisión; hay que tomar una legislación que aborde esa problemática y trate de tener en cuenta todas las posibilidades. Varias legislaciones internacionales, recuerdo la de Estados Unidos, que justamente plantea la interrupción hasta las 20 semanas porque parte el embarazo en dos, un embarazo a término llega aproximadamente a las 40 semanas para que nazca un niño, Estados Unidos dice: hasta las 20 semanas prevalece el derecho de la mujer, después de las 20 semanas predomina el derecho del bebé en curso.


EC - A propósito del plazo primero que establece el proyecto, establecido en el artículo 4º, el de tres meses, 12 semanas, ustedes hacían la distinción entre embrión y feto, lo decía el doctor De Mucio. De todos modos, hay otra manera de leer lo que implica un aborto dentro de ese plazo de tres meses, que es la que aparece en uno de los mensajes remitidos a los legisladores por el grupo Provida, que se ha estado movilizando en contra del proyecto. Ellos dicen: “El aborto produce, a los hijos que habitan en el vientre de sus madres, un daño mucho mayor que el producido por el humo del tabaco o el desdoblamiento de su personalidad: les quita la vida. El proyecto de ley que tendrá en sus manos es por tal razón, ilegítimo e inconstitucional”.

Porque estamos todos muy preocupados muchas veces y los médicos les hablan a las madres embarazadas de lo que puede hacer el cigarrillo, el consumo de cigarrillos, lo que pueden implicar el humo y la nicotina para ese bebe que está en gestación, y le hablan de otros tipos de riesgos que puede correr ese bebé mientras se está gestando. Este grupo dice que el aborto es mucho más grave que todo eso.


B de M - La información es importante, y aun así la mujer, sabiendo lo riesgoso que puede ser fumar durante el embarazo, tiene el derecho a decidir si fuma o no.

Es más: el Estado garantiza, por ejemplo, que una mujer VIH positiva se niegue a recibir medicación durante el embarazo por su propio derecho, porque el Estado respeta que haga lo que quiera con su cuerpo, cuando sabemos que si no recibe medicación contra el VIH el niño que está gestando tiene una alta chance de enfermar y morir con un sida. Y sin embargo el Estado lo reconoce y no he oído a nadie que haya salido a hablar de ese tema.

Por lo tanto los derechos se manejan a medias, pero los derechos ¿existen o no? El derecho de la mujer ¿se va a contemplar o no? Si se va a contemplar tiene que ser dentro de un marco de información en el cual la decisión sea tomada con la mayor responsabilidad, si existe pareja que apoya con la pareja, y si no existe sólo la mujer la tendrá que tomar, pero dentro de un marco de responsabilidad. Y aún así la mujer decide, en algunos aspectos, si hay cosas que están bien y las va a hacer y si están mal igual las va a hacer.


LA - Creo que hay que ser realistas. El anuncio de un embarazo puede ser la mejor noticia del mundo o la peor noticia del mundo; depende de la situación en que se produce ese embarazo.

Yo tengo una amiga que siempre dice: el primer derecho de un hijo, de un niño, es saberse hijo deseado, y eso es verdad; estudios hechos en otros países demuestran que el maltrato infantil en el primer año de vida está muy relacionado con el no deseo del embarazo.

Se trata de hablar realmente con la complejidad que implica traer un hijo al mundo. Sin duda es un acto de profunda responsabilidad, no sólo para la mujer que lo trae, no sólo para la pareja, sino para la sociedad en su conjunto. Cuando estamos hablando de los derechos humanos estamos hablando de que se deben garantizar los derechos de todas las personas desde el momento del nacimiento. Muchas veces se dice “los sin voz”, pero tampoco podemos garantizar que todo proceso, todo embarazo en curso… ¿por qué asumir que “esa persona quiere nacer”, si es que es una persona? En realidad es asumir respuestas sobre algo que no tiene respuesta, esa es la verdad. Querer decir que acá hay alguien que asume la voz de los sin voz, francamente me parece un poco maniqueísta.


***


EC - Las preguntas llegan en grandes cantidades a través del teléfono y del correo electrónico. Vamos a dejar la posibilidad que hemos usado ya otras veces de dejarles a ustedes esas interrogantes y que ustedes nos remitan las respuestas por escrito y las pondremos en nuestro sitio web.

Para terminar la consulta es de tipo político: aparentemente el proyecto naufraga en el Senado; en el mejor de los casos estarían todos los votos del Encuentro Progresista - Frente Amplio, que son 12 (pero hay alguno que todavía está en duda), se agrega el de Rafael Michelini, 13, el del senador Julio Herrera, del Partido Colorado, 14, y por ahora hasta allí llegó; el senador Singer, del Batllismo Lista 15, que se especulaba que podía votar a favor, ha dicho que va a proponer que vuelva a comisión porque entiende que no es un tema que deba votarse en año electoral, y que si no tiene éxito con esa propuesta va a votar en contra. En principio los 16 votos no están. ¿Qué dicen ustedes?


LA - Hasta el año pasado estaban. En octubre del año pasado, que fue una de las primeras fechas en que se planteó el pasaje de comisión a cámara, había 17 votos. Nosotras, esta coordinación de organizaciones sociales, recomendábamos que era mucho mejor que el proyecto se tratara el año pasado, sin espacio electoral de por medio. Lamentablemente no se consiguió, entre otras cosas porque hubo una presión para demorar el tratamiento de este proyecto en comisión, y además en comisión el senador Ruben Correa Freitas no tomaba la decisión de si apoyaba o no el proyecto y el pasaje al plenario de la Cámara. O sea que esto fue una demora: la Comisión de Salud del Senado se tomó más de un año.

Esto ya pasó antes, ya tenemos el antecedente. En 1993, cuando la iniciativa Sanseviero, que luego pasó a la Comisión de Bioética de la Cámara de Representantes, en 1994 salió con apoyo de todos los partidos políticos pero nunca llegó a la Cámara de Diputados porque era año electoral. Con este tema, o extendemos los períodos parlamentarios o hay que buscar y hay que entender que tiene que haber voluntad política para abordarlo.


EC - Pero supongamos que efectivamente no logra los votos en la Cámara Alta; ¿qué posibilidades avizoran ustedes de ahí en adelante?


LA - Yo todavía apuesto a que los votos estén.


EC - ¿Sí?


LA - Sí, todavía apuesto a que los votos estén. Acá hubo una serie de posicionamientos políticos que quizás no hayan sido suficientemente reflexionados, que fueron en reacción a una Semana Santa no muy católica, porque se utilizó muchas veces las ceremonias religiosas para meterse en temas políticos, lo que creo que no era recomendable, y que muchas veces la reacción fue en función de esa presión que hace la jerarquía de la Iglesia Católica sobre este tema.

Nosotros como ciudadanos y ciudadanas de este país apostamos al proceso democrático, y como ciudadanía consideramos que este tema ha transitado 18 años por el debate político, nos guste o no; desde 1985 hay iniciativas en relación a este tema, todas apostando a la despenalización o la legalización, no ha sido como en otros países donde hubo iniciativas para prohibir más... Por lo tanto se ha llegado a una buena resolución con una base de apoyo importantísima, sobre este tema y este proyecto se ha expresado el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, su rector, seis de sus decanos, el sector médico avalado por el Sindicato Médico, la Facultad de Medicina, se han expedido otras asociaciones profesionales, distintas religiones, grupos católicos que no están de acuerdo con la jerarquía eclesiástica y una amplia base social de organizaciones que también hacemos política, pero desde lo social, no desde lo partidario.

Estos son temas de agenda que lamentablemente se levantan más desde el sector de la sociedad civil organizada que desde los partidos políticos. Los partidos políticos han sido duros para entender que hay otros temas en la política social hoy que deben ser analizados en la interna de los partidos, por eso tenemos esta situación de que el tema aborto divide a todos los sectores. ¿Por qué los divide?, porque realmente nunca las internas de los partidos han tomado estos temas como temas de debate político. Hoy es un tema de debate político, y va a ser tema de debate electoral, se apruebe o no mañana. Lo digo porque si no se aprueba las organizaciones sociales vamos a insistir en cuál van a ser las soluciones que van a dar a esta problemática las distintas propuestas electorales, porque no se puede cerrar así como así, aquí hay una realidad social que reclama soluciones. Si no es ésta, ¿qué será lo que propongan?

***

Queremos convocar a quienes quieran seguir el debate en el Senado y no puedan entrar a las barras: va a haber una concentración en el Palacio Legislativo y vamos a transmitir el debate.

***

Tras la entrevista, Lilian Abracinskas contestó algunas preguntas de los oyentes a través del correo electrónico:

1- Un oyente dice que es muy peligroso esto de que sólo la mujer pueda decidir. "Muchas veces las mujeres se embarazan (es mi caso) sin informarle al hombre y todavía ahora van a poder decidir solas. Yo me pregunto: ¿Los hombres qué somos? ¿Sólo sementales?"

Respuesta:
No creo que los hombres sean sementales y considero que sí los hay no deberían actuar así. Cuando hablamos de derechos sexuales y reproductivos nos referimos a que deben ser ejercitados responsablemente por hombres y mujeres. Si un hombre no quiere tener hijos debe procurar utilizar todas las medidas de prevención para no dejar a ninguna mujer embarazada. Los métodos anticonceptivos no son exclusividad ni responsabilidad única de las mujeres, los hombres también deben ser conscientes y regular, por sí mismos, su capacidad de fecundar.

Por otro lado, si un hombre quiere tener un hijo -por razones biológicas- necesita negociar previamente con una mujer para saber si ella acepta tener un hijo con él.

Lo más importante es que una pareja resuelva en conjunto estas decisiones pero, lamentablemente, son demasiadas las situaciones en que los embarazos no son producto del deseo ni del acuerdo previo. Esto no se resuelve con una ley esto se logra con una transformación cultural que, quizás, esa es nuestra posición, este proyecto de ley ayude a procesar.

2) ¿Cuánto pesa una semilla?, ¿En una semilla no están todas las condiciones para quer una planta crezca? ¿No pasa lo mismo con el feto y el embarazo?

3) Un oyente le dice a Lilián que ella fue alguna vez un feto. Si sus padres hubieran abortado cuando ella era un feto, no estaría hablando ahora.

Respuesta:
Este proyecto de ley no está pensado como un mecanismo para impulsar la práctica de abortos sino que su intención es tratar de atender una realidad que existe. En nuestra sociedad, la realización de abortos ha sido parte de la transición demográfica de principios de siglo XX y las últimas estimaciones realizadas por investigaciones dicen que se practican 33.000 abortos anuales. La experiencia en otros países muestra que cuando se regula la práctica por ley se pueden tomar medidas de prevención y acompañamiento para incidir en la disminución del aborto.

La experiencia uruguaya de 64 años de ley que lo pena demuestra su ineficiencia dado que no permitió ni prevenir ni erradicar la práctica.



-----------------------------------
Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón
Fotos: Caterina Notargiovanni
-----------------------------------

recomendar esta nota




En perspectiva
l Dinámica Rural l Deportes l Página principal

Para escuchar la radio en vivo necesita el Real Player
Optimizado para Internet Explorer a 800x600
Copyright Espectador.com All Rights Reserved