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Artículo 1º. -
El Departamento de Descentralización conjuntamente
con la División Turismo y Recreación,
a través de la Unidad de Festejos y Espectáculos,
realiza el Llamado a aspirantes para la Elección
de las "Reinas de Carnaval y Llamadas 2005".
Artículo
2º.- Las participantes deberán
tener un mínimo de 15 (quince) y un máximo
de 21 (veintiún) años de edad cumplidos
al 21 de enero del 2005, debiendo presentar en el
momento de la inscripción, la cédula
de identidad y fotocopia de la misma, documento que
podrá ser requerido en cualquier momento por
las autoridades del certamen, una foto tipo carne
actual y constancia de domicilio. Las participantes
menores de 18 (dieciocho) años deberán
presentarse acompañadas de padre, madre o tutor,
los que deberán prestar la autorización
correspondiente, dejando constancia que conocen y
aceptan los términos de la presente reglamentación,
la cual recibirán al momento de la inscripción.
No podrán participar de este concurso, aquellas
chicas que ya hubieran obtenido el título de
Reina del Carnaval o Reina de las Llamadas (Central),
en años anteriores.
Artículo
3º.- El Jurado encargado de dictaminar
en estos Concursos, estará integrado por siete
Miembros, cada uno, los que no podrán tener
vinculo directo con ninguno de los Zonales que estén
representados y serán designados por la Intendencia
Municipal de Montevideo.
Artículo 4º.-
Para emitir su veredicto, el Jurado deberá
tener especialmente en cuenta, los siguientes atributos
de las participantes:
a) Dinamismo y Alegría Carnavalera
b) Comunicación con el Público
c) Simpatía
d) Elegancia
e) Cultura General
A los efectos de establecer criterio
en el rubro Cultura General, el Jurado podrá
realizar las preguntas, en público o en privado,
que estime conveniente para dictaminar al respecto.
Artículo
5º.- Estos Concursos se desarrollarán
en 2 (dos) Etapas, a saber:
1ª Etapa.-
El Departamento de Descentralización a través
de las Juntas Locales y Concejos Vecinales abrirán
un registro de interesadas a participar en los Concursos
destinados a seleccionar las "Reinas", "1ª
Vice Reinas" y "2ª Vice Reinas"
Zonales, del Carnaval y de las Llamadas 2005, las
cuales deberán ser residentes, estudiar o trabajar
en la zona o avaladas por la Junta Local o Concejo
Vecinal correspondiente. Las zonas elegirán
a sus representantes, de las cuales la electa Reina
pasará directamente a la Etapa final.
Para estas elecciones cada Junta Local o Concejo Vecinal,
nombrará un Jurado que estará integrado
por 5 (cinco) Miembros, los cuales deberán
actuar según lo dispuesto en el Artículo
4º de la presente reglamentación y su
fallo será inapelable.
Los premios y menciones especiales a adjudicarse en
esta Etapa, serán dispuestos por cada Junta
Local o Concejo Vecinal.
2ª Etapa.
- Elección final, a realizarse en acto
público, con las Reinas Zonales, la que se
efectuará en el mes de enero de 2005.
Artículo
6º. - En cualesquiera de las instancias
previstas en la presente Reglamentación, los
Jurados actuantes emitirán sus fallos por simple
mayoría de votos.
Si por cualquier circunstancia se produjera un empate
en los puntos en disputa, los Jurados realizarán
tantas votaciones como sean necesarias para dilucidar
la escala de premios establecida.
Artículo
7º. - Las aspirantes electas que pasan
a la 2ª Etapa, quedarán comprometidas
a concurrir todos los días y horas que sean
necesarios previos a la elección final, los
que serán dispuestos por la Unidad de Festejos
y Espectáculos. En caso de que alguna de las
postulantes no cumpla con esta disposición,
su ausencia deberá ser con aviso y justificada
por escrito, de lo contrario será descalificada,
estando facultada la División Turismo y Recreación,
a convocar a la Vice-Reina del Zonal al que representa
la aspirante omisa.
Artículo
8º. - Los Premios a adjudicarse en este
Concurso se ajustan al siguiente detalle:
Un Primer Premio: "Reina del Carnaval
2005" y "Reina de las Llamadas 2005"
$ 17.000
Un Segundo Premio: "1ª Vice
Reina del Carnaval 2005" y "1ª Vice
Reina de las
Llamadas 2005" $ 14.000
Un Tercer Premio: "2ª Vice
Reina del Carnaval 2005" y "2ª Vice
Reina de las
Llamadas 2005" $ 12.000
Artículo
9º. - En cada una de las Etapas previstas,
las concursantes realizarán tantos desfiles
individuales y/o colectivos como así lo disponga
el Jurado.
Artículo
10º.- En caso de que alguna de las damas
seleccionadas "Reinas" y/o "Vice Reinas"
del Carnaval o de las Llamadas 2005, tanto en las
elecciones Zonales como en la Central, no acepten
el cargo para el que han sido electas, deberán
hacerlo saber inmediatamente de la elección,
al Jurado respectivo, quedando automáticamente
eliminadas sin derecho a percibir Premios o Trofeos
de clase alguna, no permitiéndosele, además,
participar en futuros Concursos organizados por la
Unidad de Festejos y Espectáculos. En tal circunstancia,
el Jurado proclamará en el acto a las participantes
que hayan obtenido el puntaje inmediato posterior.
Artículo
11º.- Las "Reinas" y "Vice
Reinas" del "Carnaval 2005" y "Llamadas
2005", serán consideradas como personal
dependiente de la Unidad de Festejos y Espectáculos,
por lo que estarán obligadas a:
a) Participar en el Desfile Oficial
Inaugural y Desfile de Llamadas y otros desfiles y
espectáculos que indiquen la Unidad de Festejos
y Espectáculos.
b) Estar a disposición de la
citada Unidad, con una antelación de 2 (dos)
horas con relación al horario en que deban
presentarse para intervenir en cualquier espectáculo.
c) Deberán cumplir con las pautas
que imparta la Unidad de Festejos y Espectáculos,
por intermedio de los funcionarios que lo representen.
d) Se deberán abstener de participar
en espectáculos organizados por Instituciones
ajenas al mismo, no pudiendo tampoco prestigiar propaganda
comercial de clase alguna, salvo autorización
otorgada por escrito por la División Turismo
y Recreación, en todos los casos. Estas prohibiciones
se hacen extensivas a las participantes que hayan
sido seleccionadas para intervenir en la Etapa final
de este Certamen, hasta que haya sido dado el veredicto
final.
La transgresión a cualesquiera
de las disposiciones señaladas, será
causal de eliminación de dichos Concursos.
Las "Reinas" y/o "Vice
Reinas" del "Carnaval 2005" y "Llamadas
2005", estarán autorizadas por la Unidad
de Festejos y Espectáculos con el aval de la
División Turismo y Recreación, a participar
en cualquier acto público en su honor, organizado
por la zona a la cual representa, siempre y cuando
la fecha no interfiera con su programación
central.
Artículo
12º.- Si las "Reinas" y/o "Vice
Reinas" del "Carnaval 2005" y "Llamadas
2005", no concurrieran a alguno de los espectáculos
indicados por la Unidad de Festejos y Espectáculos,
ésta aplicará las sanciones que estime
del caso, salvo causa de fuerza mayor debidamente
justificada con razonable anticipación. En
caso de enfermedad, ésta deberá ser
constatada por el Servicio Médico Municipal.
Las sanciones podrán llegar a la anulación
total del pago de cualesquiera de los premios obtenidos,
sin derecho a reclamación de clase alguna.
Artículo
13º.- En caso de enfermedad o imposibilidad
momentánea de la "Reina del Carnaval 2005"
y/o "Reina de las Llamadas 2005", constatada
por el Servicio Médico Municipal o por quien
corresponda, la Unidad de Festejos y Espectáculos
la sustituirá con la "1ª Vice Reina",
sin que ello signifique que se deba abonar a la misma
compensación extra de clase alguna, manteniéndose
en un todo las disposiciones contenidas en la presente
Reglamentación.
Artículo
14º.- La vestimenta que luzcan las señoritas
electas, durante los actos oficiales, será
proporcionada por la Unidad de Festejos y Espectáculos.
Asimismo, la citada Unidad facilitará a las
mismas la locomoción necesaria para los traslados
desde y hacia sus Oficinas, con motivo de sus distintas
presentaciones.
Artículo
15º.- Los Premios se abonarán a
"Reinas" y "Vice Reinas" una vez
que hayan cumplido a entera satisfacción, con
los compromisos contraídos con la Unidad de
Festejos y Espectáculos.
Artículo
16º.- Las situaciones no previstas en
el presente Reglamento, serán resueltas por
la División Turismo y Recreación y/o
el Departamento de Descentralización.
Artículo 17º.-
Por el sólo hecho de participar en estos Concursos,
las aspirantes declaran que conocen y aceptan en todos
sus términos lo establecido en esta Reglamentación.
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