Álvaro Lorenzo: "Debimos haber postergado la consideración del artículo" 76 de la ley 2.230
Cuando se discutió en el Parlamento el proyecto que incluía la derogación del artículo 76 de la ley 2.230, por el cual habían sido procesados los hermanos Peirano, un único legislador planteó dudas: Álvaro Lorenzo. Entrevistado por En Perspectiva, el ex diputado explicó que su "referencia inicial no fue pensando en el caso de los Peirano sino de manera abstracta". El entonces representante mantuvo una conversación con Gonzalo Fernández, quien, según Lorenzo, manifestó: "En el caso de los Peirano no era ese el delito que estaba siendo aplicado". El nacionalista agregó: "Debimos haber hecho una averiguación más profunda".
(emitido a las 07.50 Hs.)
EMILIANO COTELO:
El doctor Álvaro Lorenzo, que en el período de gobierno anterior fue diputado por Alianza Nacional, fue el único legislador que tuvo dudas cuando se discutió de manera muy breve en las dos Cámaras el proyecto que incluía la derogación del artículo 76 de la ley 2.230. Consignamos en su momento lo que las actas parlamentarias reflejan, usted llegó a hablar de que temía que se estuviera produciendo un "zafarrancho jurídico", e incluso a partir de sus inquietudes habló con el senador Abreu, que había sido el miembro informante en el Senado, y este a su vez lo puso en contacto con el doctor Gonzalo Fernández.
¿Qué dice luego de todo lo que ha ocurrido y que se han sucedido diferentes versiones: en particular las de Abreu el viernes y las de Gonzalo Fernández en el fin de semana?
ÁLVARO LORENZO:
Podemos concluir varias cosas pero a mí me gustaría precisar cómo se dieron los hechos para entender cómo veníamos legislando. Habiendo sido aprobado en el Senado este proyecto de ley con media sanción entra en la Cámara de Diputados sin haber pasado por Comisión a solicitud de la bancada oficialista que tenía premura en tratarlo. El proyecto tenía dos artículos: el primero adelantaba la vigencia de la ley de concurso, la que se había aprobado un tiempo antes; y el segundo es el que derogaba el artículo 76.
En esa ocasión se dio una discusión, el diputado Trobo plantea su duda acerca de versiones que circulaban de que la ley estaba hecha a medida de la situación del Casmu, o sea adelantar la vigencia era para considerar al Casmu. El diputado Cánepa como coordinador de la bancada del Frente Amplio (FA) niega que esa sea la causa para justificar por que estábamos legislando a las apuradas y hace referencia a que ese proyecto es de auditoría del senador Abreu. Eso me genera la necesidad de llamar al senador Abreu, preguntarle, él me devuelve la llamada y me comenta que en realidad el proyecto no es de él, en particular el artículo 2º, sino que le había pedido que lo presentara el doctor Gonzalo Fernández y que él iba a hablar con el doctor Gonzalo Fernández para que me llamara a mí a evacuar las dudas que plantee en sala.
EC ¿Ya en ese momento el doctor Abreu sostenía la tesis de que el proyecto era de autoría del doctor Gonzalo Fernández?
AL Sí, fue muy concreto cuando yo lo llamé me dijo...
EC - ...Que se había redactado a pedido del doctor Gonzalo Fernández.
AL "Yo voy a hacer que Gonzalo te llame y te explique porque él no me explicó". Lo mismo surgió en el ámbito de las dos personas que estaban actuando por el FA, el coordinador Diego Cánepa y el diputado Bernini, lograron que el doctor Gonzalo Fernández me llamara.
Es en función de su asesoramiento de Gonzalo Fernández- que entro a sala y voto a favor de un proyecto y sale el proyecto de esa manera.
Plantee no sólo una frase que ahora ha surgido mucho el "zafarrancho jurídico", sino, en concreto, la posibilidad de que surgieran situaciones como esta que terminó sucediendo. Sin perjuicio a que mi referencia inicial no fue pensando en el caso de los Peirano sino de manera abstracta.
EC ¿El doctor Gonzalo Fernández de todos modos en esa conversación telefónica le habló del caso de los hermanos Peirano?
AL Yo mismo le plantee. En la discusión parlamentaria corta surgió la inquietud porque cuando yo planteo en abstracto el problema que se puede generar a todo el mundo le vino a la cabeza que el caso de los Peirano podía entrar en esa situación. En el intercambio que tuve con él hizo referencia a que hacía decenas de años que no se aplicaba ese artículo en ningún proceso y en particular que en el caso de los Peirano no era ese el delito que estaba siendo aplicado. Así es que yo entro a sala, después de haber hecho una objeción tan fuerte como la que hice, tranquilo y votamos todos, hubo unanimidad.
EC Según lo que recordó en sus declaraciones del fin de semana el doctor Gonzalo Fernández él sostenía, y se lo dijo a usted en esa conversación telefónica, que si bien el procesamiento de los hermanos Peirano Basso a esa altura sólo se basaba en un delito que era el artículo 76 de la ley 2.230, había ocurrido otro hecho en el camino que era la acusación fiscal que imputaba un delito mucho más serio: el delito de insolvencia societaria fraudulenta. Por tanto, sostenía el doctor Fernández, si el artículo 76 de la ley 2.230 se derogaba no iba a haber consecuencias en cuanto a que terminara el proceso contra los hermanos Peirano, etcétera.
AL Eso es una explicación que está surgiendo actualmente y está bien que ese fuera su trayecto intelectual pero no fue así mi conversación con él.
EC ¿No fue en esos términos?
AL No. Fue muy claro y muy concreto. Fue una charla muy cordial, en la que él simplemente me dijo que este caso no estaba siendo afectado. Porque si yo había tenido la suspicacia en ese momento de legislar a las apuradas la claridad de saber que podía darse eso. Si a mí se me dice en una conversación que: si bien la imputación es por asociación para delinquir e insolvencia societaria fraudulenta de acuerdo a la acusación fiscal antes habían sido procesados el auto de procesamiento, yo no hubiera entrado a votar. Porque más allá de que no practico el derecho en general y el derecho penal en particular está claro que la acusación fiscal si bien fija un máximo un diez en cuanto al pedido de procesamiento puede terminar al final de la sentencia en un ocho. O sea asociación para delinquir e insolvencia societaria fraudulenta pero resulta que al final capaz que el procesamiento era por el artículo 76 que era el que estábamos derogando.
Este proceso puede terminar efectivamente que sea el artículo derogado el aplicado y en definitiva se estará difiriendo el efecto negativo que ha generado todo este escándalo.
Pero no fue así porque en cierta manera lo que yo hice tenía que ver con eso.
EC - ...Está bien, usted planteó sus dudas y usted tenía sus temores pero lo cierto es que por lo visto al igual que los demás legisladores no fueron a verificar si el artículo 76 de la ley 2.230 formaba parte de las actuaciones judiciales contra los hermanos Peirano Basso.
AL No, eso es verdad. También hay que decir que fue en condiciones muy peculiares porque también ahora...
EC - ...Esa era una información que se había publicado ampliamente en la prensa desde el momento inicial, etcétera, o sea que no era un dato secreto ni oculto.
AL Está bien, visto hoy es claro que debimos haber postergado la consideración del artículo y haber hecho una averiguación más profunda. Ahora, lo cierto es que en ese momento, como era bastante habitual, la bancada oficialista estaba apurada en sacar el proyecto de ley. Se dio esa circunstancia, hasta le diría que no era seguro que hubiera cuarto intermedio cuando lo plantee. De hecho en la propia crónica de Brecha que usted hace referencia marcan que el coordinador, el doctor Diego Cánepa, con quien yo tenía una excelente relación y tengo un respeto personal y técnico por él no quería dar el cuarto intermedio para que no se dilatara la aprobación. Al final por la intercesión de otro legislador, el diputado Bernini, en particular se dio el cuarto intermedio porque en definitiva era una sesión que iba a tener una duración mayor y no impedía que se aprobara más adelante.
En esas circunstancias di por satisfecho con la explicación que recibí de alguien a quien respeto intelectualmente como es el doctor Gonzalo Fernández. Que si hubiera sido mejor hacer sí, seguramente sí y hubiéramos notado que efectivamente el artículo 76 estuvo en juego en el proceso particular que consideramos en su momento. Más allá de que también podíamos haber averiguado si efectivamente el artículo 76 hacía decenas de años que no se aplicaba. Pero en definitiva en el Senado se votó más allá de la intencionalidad de alguien ahí oculto o no oculto; se votó sin tomar en consideración este aspecto. En la Cámara de Diputados no legislaron de la mejor manera pero como a veces pasa surgió la inquietud, la plantee yo, se evacuó la misma y votamos en el error de que esto era así, pero votamos. De alguna manera fuimos diligentes también en la Cámara más allá de que podríamos haberlo hecho de otra manera pero no venía así el ambiente y esa no era nuestra responsabilidad...
EC - ...Vuelvo a la pregunta inicial sobre el cruce de acusaciones entre Gonzalo Fernández y Sergio Abreu sobre quien fue el impulsor de esta derogación, ¿usted qué dice?
AL Eso lo saben ellos, ¿qué quiere que le diga? Hablé con Sergio, le plantee la situación que tenía en el medio de la sesión, él me remitió o me refirió a que en realidad no era él el autor intelectual del proyecto y que iba a hacer que me llamara el que lo era el doctor Gonzalo Fernández y el doctor Gonzalo Fernández efectivamente me llamó. Ahora, de todo eso no puedo ponerme en el que resuelve la situación que está planteada hoy donde se acusan recíprocamente de eso. El broche del asunto se dio en la Cámara de Diputados con una intervención del doctor Gonzalo Fernández sí porque eso lo protagonicé yo mismo.
EC ¿Qué piensa de este proyecto de ley interpretativo que está preparando la bancada del FA para llevarlo al Parlamento en estos días?
AL No se me ocurre que tenga efectos porque en derecho penal pasa que cuando uno deroga un delito ese delito deja de existir y todo lo que se establezca en relación a la misma conducta punible eventualmente es hacia el futuro y una ley interpretativa no puede decir "miren que quisimos decir otra cosa cuando votamos lo que votamos" y dice lo que dice.
EC De todos modos parecería que lo más importante...
AL - ...Capaz que hay tanta creatividad que surge alguna idea. Capaz que esta ley es inconstitucional porque está tratando de resolver un caso concreto, las leyes no pueden hacerlo. Más allá que al votar consideremos o no qué afectamos o no.
EC Parecería que lo más importante que le interesa aclarar al oficialismo con este proyecto es que no se quiso producir el efecto que por lo visto se produjo. Se quiere aclarar por qué se derogó este artículo...
AL - ...El derecho es así. Se produjo, entonces que no se haya querido no quiere decir que no se haya tenido el efecto no querido. No sirve de nada una ley interpretativa pero habrá que ver el proyecto en concreto.
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