El Senado votará modificaciones a proyecto de ley de internación compulsiva de personas en la calle
En la jornada de este martes, el plenario de la Cámara alta votará las modificaciones que el lunes se le realizaron al proyecto de ley de internación compulsiva, que autoriza a trasladar a indigentes con riesgo de enfermedades a refugios. En diálogo con En Perspectiva, el senador por el Partido Colorado (PC) Alfredo Solari planteó que "hay un bien a defender, que es el bien de la vida y de la salud de la persona involucrada", y que también está "el bien de la libertad de la población, que tiene derecho a actuar libremente". Por su parte, la senadora del Frente Amplio (FA) Mónica Xavier, autora del proyecto, dijo que uno de los aspectos centrales de la discusión "es si las leyes preexistentes son aplicables a las situaciones actuales". En este sentido, agregó que "el perfil de las personas en situación de calle cambia" y que "hay que tener la plena garantía de que el Estado está cubierto en las acciones que debe llevar adelante. Por eso creemos que ese vacío legal se completa con la norma que estaríamos aprobando hoy".
(emitido a las 7.39 Hs.)
EMILIANO COTELO:
"El Senado aprueba hoy la ley de internación compulsiva". Este es un título que aparece este martes en la página cuatro del diario Últimas Noticias. La nota indica luego que el Parlamento quiere acelerar los tiempos en la aprobación de la iniciativa de internación compulsiva de indigentes, en medio de lo que se considera una grave crisis en la atención que se otorga a estas personas desde el Estado. La comisión de Población, Desarrollo e Inclusión, de la Cámara alta, aprobó ayer en forma unánime un proyecto que había presentado la senadora socialista Mónica Xavier, al que se le introdujo una serie de modificaciones. Ahora pasa al plenario de la cámara para su tratamiento, algo que se supone ocurrirá hoy mismo.
¿Cómo dice el texto en su redacción final? Es un proyecto muy corto y tiene un único artículo: "Las personas de cualquier edad que se encuentren en situación de intemperie completa con riesgo de graves enfermedades o incluso con riesgo de muerte, podrán ser llevadas a refugios u otros lugares donde puedan ser adecuadamente asistidas, aún sin que presten su consentimiento, siempre que un médico acredite por escrito la existencia de alguno de los riesgos indicados y sin que ello implique la privación correccional de la libertad. El Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en el inciso 1º encomendando a los Ministerios de Desarrollo Social (Mides), Salud Pública (MSP) y del Interior, sin perjuicio de la participación de otros organismos nacionales y departamentales con competencia en la materia, que coordinen el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo".
Vamos a incluir un par de puntos de vista sobre esta nueva norma. En primer lugar, hablamos con el doctor Alfredo Solari, senador de la República e integrante de Vamos Uruguay (VU), Partido Colorado (PC).
Dijimos que este proyecto sale por unanimidad de la comisión, pero usted lo vota luego de haber sugerido algunas modificaciones y agregados.
ALFREDO SOLARI:
Yo sugerí dos agregados. En uno de ellos tuve éxito y en el otro no. Pero no todas las cosas son como uno quisiera. Hay que avenirse a dar una señal, que en definitiva es lo más importante. Lo importante es la señal que le da el Poder Legislativo al Poder Ejecutivo de que tiene que tomarse esta temática más en serio. Nos avenimos a que se pudiera obligar a las personas en situación de calle a ser internadas aún contra su voluntad, pero dejando la salvaguardia de que eso no significa una privación de libertad...
EC ...Sí. Usted propuso una frase que yo acabo de leer y que dice: "Y sin que ello implique la privación correccional de la libertad". ¿Por dónde venía su inquietud en ese tema?
AS Porque en la ley de psicópatas, en la cual también se dispone la internación compulsiva de personas que están en una situación particular sin que ellos hayan cometido un delito, se utiliza exactamente esa frase. Quiere decir que esa persona que es internada contra su voluntad no pierde su calidad de ciudadano libre; no está detenido y en cualquier momento puede volver a ejercer su discreción y decir: "No estoy de acuerdo con esta situación, me retiro". Nos parece que la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) tiene dos causales muy importantes: por un lado, hay un bien a defender, que es el bien de la vida y de la salud de la persona involucrada. Por otro lado, hay también un bien a defender que es el bien de la libertad de la población que tiene derecho a actuar libremente, siempre y cuando no infrinja los derechos de los demás, no cometa un delito, etcétera.
EC Pero entonces...
AS ...El segundo punto es el más importante: el Poder Ejecutivo ya ha tenido durante todos estos años y durante toda esta temporada una norma jurídica que lo ampara a internar a personas que padecen trastornos mentales y que están en situación de calle, y que, por lo tanto, sufre peligro su vida. Esa es la ley de psicópatas que le permite internarlos contra su voluntad. Lo que pasa que el Poder Ejecutivo ha estado omiso en su accionar. Tan omiso y confuso ha estado que inclusive ha dado señales a organizaciones privadas de que no auxilien a estas personas de tal manera de que les sea más tentador recurrir a los refugios, en una concepción que a nosotros nos parece tremendamente equivocada. En general, estas personas son enfermos mentales, como lo dice el propio informe del Mides. Han aumentado en forma muy importante en los últimos tres años, como también dice el informe. Son cada vez más jóvenes y casi seguramente producto terminal de un consumo abusivo de una adicción a distintos tipos de drogas. Necesitan una atención distinta por parte del Estado, una atención de un encare integral y médico-social que ciertamente ni el MSP ni ASSE se lo está brindando en la forma en que lo tendría que hacer...
EC ...Y ese diagnóstico crítico que usted hace, ¿cómo aparece ahora traducido en el proyecto de ley?
AS Aparece traducido en el segundo inciso, cuando se dice que todos los Ministerios y los demás organismos del Estado, tanto nacionales como departamentales, tienen que cooperar en la resolución de este problema. Un problema de gestión lo resuelve las directivas con las cuales actúan los programas. Si los programas actúan con directivas displicentes, los problemas van a seguir existiendo así haya una, dos, o más leyes. (*)
EC El inciso segundo dice que "el Poder Ejecutivo reglamentará lo dispuesto en el inciso 1, encomendando a los Ministerios de Desarrollo Social, Salud Pública, e Interior, que coordinen el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo".
AS ¿Por qué eso? El Mides dice que si este es un problema sanitario, el que tiene que actuar es el MSP y ASSE, y en parte tiene razón. El MSP dice este es un problema sanitario, pero fundamentalmente de una raíz social muy importante. Otro tiene que actuar. Y los dos dicen que para poder internar a una persona contra la voluntad, tienen que intervenir las fuerzas públicas. Todo eso es cierto, pero todo eso no requiere una ley. Ya hay mandatos y leyes más que suficientes. El Mides es un organismo de coordinación, no un organismo de ejecución. Acompañamos este proyecto de ley porque el Poder Ejecutivo lo entiende indispensable para solucionar esta situación puntual. Hagámosle los ajustes indispensables para que ello sea. Si no cambia el espíritu con que se encara esto, el problema va a continuar.
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EC El otro punto de vista es el de la senadora Mónica Xavier, autora del proyecto original, con quien conversamos en su momento.
Una primera pregunta: ¿no se demoró demasiado el tratamiento de este proyecto en comisión? ¿Cuánto hace que entró?
MÓNICA XAVIER:
No, en absoluto. Ha sido un proyecto que fue presentado en este mes y tuvo...
EC ...Fue presentado en el mes pasado. Estamos en julio.
MX Sí, en junio, perdón. Prácticamente un mes y solo una semana la comisión no pudo reunirse por otros compromisos que tenían sus integrantes. Es habitualmente el trámite que lleva una norma. De todas formas, yo creo que estamos proponiendo que se complete el trámite parlamentario en la medida en que ya han sido recibidas las autoridades en esta cámara de la manera más rápida posible, y si fuera...
EC ...Se lo preguntaba porque se presentó muy en el filo del comienzo del invierno y ya sabemos lo que ha ocurrido. En este año ya ha habido cinco muertes por frío en la calle.
MX Es controversial. Como con todo proyecto legislativo hay que dar espacio a que diferentes visiones se puedan expresar. Por ejemplo, acá hay una contraposición de derechos. [Hay que] tener claro cuál es el derecho que prima. En ese sentido, debemos pedir asesoramiento jurídico de otras personas del propio ámbito especializado del Parlamento para tener claro el relevamiento de la doctrina mayoritaria, que dice que acá el derecho a proteger es el derecho a la vida que tienen estas personas. Ese es uno de los puntos fuertes de debate. El otro punto es si las leyes preexistentes son aplicables a las situaciones actuales, tanto la de vagancia de 1941 como la del psicópata que señalaba el senador Solari. El perfil de las personas en situación de calle cambia, y por más que uno presuma algún tipo de alteración mental, no todos tienen enfermedades mentales. Entonces hay que tener la plena garantía de que el Estado está cubierto en las acciones que debe llevar adelante. Por eso creemos que ese vacío legal se completa con la norma que estaríamos aprobando hoy...
EC ...A usted le parecieron bien las incorporaciones que propuso el senador Solari.
MX Sí, por supuesto. Obviamente, estaba implícito, pero queda a texto expreso el hecho de que no implica una pérdida de la libertad de las personas. Nos pareció importante poder dejarlo de esa manera. De igual forma que a texto expreso dijéramos organismos nacionales y departamentales, porque las Intendencias tienen un rol muy importante en la colaboración de estas medidas para llegar a la gente en situación de calle.
EC Vuelvo a leer cómo queda el primer inciso del artículo único: "Las personas de cualquier edad que se encuentren en situación de intemperie completa con riesgo de graves enfermedades o incluso con riesgo de muerte, podrán ser llevadas a refugios u otros lugares donde puedan ser adecuadamente asistidas, aún sin que presten su consentimiento siempre que un médico acredite por escrito la existencia de alguno de los riesgos indicados y sin que ello implique la privación correccional de la libertad".¿Cómo se va a proceder una vez que este proyecto sea ley?
MX El mandato queda claro en este artículo único. Lo que se deja de manera flexible en la ley es la coordinación de los diferentes ámbitos responsables para que articulen las acciones...
EC ...No, pero mi pregunta iba sobre todo a que la conducción sin consentimiento de la persona requiere que se de un determinado requisito: "Personas que estén con riesgo de enfermedades graves o incluso con riesgo de muerte". En esos casos es que, con la participación de un médico que lo acredite se puede realizar la conducción sin consentimiento. Ahora, perfectamente podría pasar que una persona, en el momento en que se la localiza, no tiene riesgo grave de muerte, no tiene una enfermedad grave, pero el frío sea tan fuerte imaginémonos 10 grados bajo cero que le pueda provocar la muerte esa noche, esa situación no queda contemplada.
MX No. Yo creo que en la ley no se puede desarrollar toda la casuística y en la reglamentación se protocolizan algunas acciones. Sin duda que alguien que está a la intemperie completa en un día en que se desarrolla un frío extremo, puede correr el riesgo de hipotermia. Entonces, puede ser trasladado para su mejor pasar durante las horas de la noche. Creo que hay días...
EC ...La redacción del artículo no requiere que la persona esté enferma efectivamente.
MX En riesgo de enfermar o de perder su salud, creo que el riesgo es un frío extremo en una condición de intemperie completa. Al día siguiente ese frío no es extremo y la misma persona no está corriendo el mismo riesgo. Las condiciones son variables. Por eso hay que tener una acción protocolizada en donde los profesionales de la salud tengan una guía clara.
EC ¿Cómo se procederá luego? Quiero decir: supongamos que se lleva a esa persona contra su voluntad, se la lleva a un refugio...
MX ...A un refugio o a una instalación sanitaria, cual sea la indicación.
EC Pero al día siguiente esa persona puede salir.
MX Sí, porque como quedó claro a texto expreso pero estaba ínsito en el espíritu de la redacción, la persona no va detenida. Por tanto, no puede persistir más allá del tiempo en que fue trasladada a ese refugio.
EC O sea que puede ocurrir que a la noche siguiente haya que ir de nuevo y haya que conducir nuevamente a esa persona contra su voluntad.
MX Sí, señor. Y aunque parezca que esto es una pérdida de tiempo, lo que está en juego es la vida de las personas. Esa tensión entre el derecho a la vida y el derecho que el Estado tiene en determinado momento, en la medida en que la persona no cumple con el proyecto constitucional de cuidar de su propio bienestar y salud de actuar en consecuencia. Entonces, no creemos que haya que llegar al extremo de privar a esa persona de sus derechos a la libertad para garantizar esto. De actuar frente a un espacio en el cual de no haber una enfermedad como la que determina la ley del psicópata, de no ser como dice la ley de vagancia una amenaza para la sociedad, sino sobre todo una amenaza para sí mismo. Hay que dar ese espacio de marco legal para actuar en las políticas públicas con la mayor garantía.
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(*) Finalizada la entrevista, la producción de En Perspectiva se comunicó con Solari para que ampliara la información con respecto a su segunda propuesta, la cual no se incluyó en la redacción final del proyecto de ley. Según explicó, su iniciativa consistía en que en el segundo inciso del texto se explicitara que el Mides se encargaría de la aplicación de las medidas coordinando el trabajo del resto de los organismos públicos involucrados, de modo de lograr una acción más ordenada.