Entrevistas

María Elena Laurnaga (FA): proyecto de despenalización del aborto aprobado por Diputados "no es la ley que queremos, es la ley que pudimos"

María Elena Laurnaga (FA): proyecto de despenalización del aborto aprobado por Diputados "no es la ley que queremos, es la ley que pudimos"

La Cámara de Diputados aprobó en la madrugada de hoy un proyecto de ley que despenaliza el aborto en los casos en que la mujer que quiera realizarlo cumpla con una serie de requisitos previos. Si el proyecto se aprueba en el Senado, posiblemente se convierta en ley en los próximos meses. Para conocer los argumentos de quienes están a favor de la medida, En Perspectiva conversó con la diputada socialista María Elena Laurnaga, integrante de la Comisión especial de la Cámara de Representantes que se convocó para tratar los proyectos vinculados a la interrupción voluntaria del embarazo. Para Laurnaga la aprobación de este proyecto pretende "generar un escenario que garantice los derechos de todos" frente a una práctica que considera "absolutamente extendida" y riesgosa cuando es practicada "de manera inadecuada". De todas formas, afirmó que prefiere el proyecto que el Senado había votado en diciembre del año pasado y que no obtuvo el apoyo suficiente en la Cámara Baja, que legalizaba el aborto en vez de despenalizarlo. "Este es el proyecto que pudimos acordar para tener la mayoría", dijo, y destacó que el FA lo considera como "un pequeño paso" que "llevó 80 años dar".


(emitido a las 8.47 Hs.)

EMILIANO COTELO:
Después de 27 años de idas y vueltas, la despenalización del aborto se dirige, finalmente, hacia su aprobación parlamentaria. Aunque eso no quiere decir que los debates vayan a terminar.

La Cámara de Diputados sancionó esta madrugada un proyecto de ley que establece el procedimiento que deberá cumplir una mujer que quiera interrumpir su embarazo y no ser penalizada por ello.

Se trata de un texto surgido de la negociación entre el Frente Amplio (FA) y el diputado Iván Posada, del Partido Independiente (PI), que fue el legislador que dio el voto que faltaba en 50 para aprobar una norma de este tipo.

Recordemos que en diciembre del año pasado el Senado había votado otro proyecto que legalizaba el aborto por la sola voluntad de la mujer en las 12 semanas siguientes a la gestación. Esa norma obtuvo sólo los votos de los senadores del FA, y cuando llegó a la Cámara Baja se bloqueó porque un diputado del oficialismo, Andrés Lima, anunció que votaría en contra.
      
Ahora, este nuevo proyecto aprobado hoy debe volver al Senado y, si allí se aprueba, se convertirá en ley porque el presidente José Mujica ya ha anunciado que no lo vetará, a diferencia de la actitud que tuvo el doctor Tabaré Vázquez.

De todos modos, aún en ese caso la controversia continuará porque ya hay sectores políticos y organizaciones no gubernamentales que anuncian que van a recolectar firmas para tratar de derogar la ley en un referéndum.

Estamos tratando el tema desde distintos ángulos, los oyentes están opinando a través de la encuesta on line con mensajes de texto: la letra A si están a favor del proyecto, la B si están en contra, C si no tienen posición.

Ahora vamos a conversar con la diputada socialista María Elena Laurnaga, que votó y se pronunció a favor de esta iniciativa, y que integró la comisión especial de la Cámara de Representantes que fue convocada para tratar los proyectos vinculados a la interrupción voluntaria del embarazo.

En primer lugar, la pregunta básica, y después vamos afinando con aspectos del texto, ¿por qué es necesario un proyecto de ley que despenalice o legalice el aborto en determinadas circunstancias?

MARÍA ELENA LAURNAGA:
Primero por un problema de derechos. Nosotros decimos que esto no es una ley pro aborto sino que es una ley pro derechos. De hecho, entre el año 1933 y el 38 el aborto fue legal en Uruguay. La ley vigente, que fue aprobada en 1938, modificó el código que había liberalizado el aborto, el código de Irureta Goyena, aprobado en 1933.

Esta es, de hecho, una ley ineficaz. El sistema político se tiene que preocupar cuando hay una práctica social absolutamente extendida, con normas prohibicionistas que no la impiden o que no la inhiben. Cuando pasa eso, algo no está funcionando. Y nos parecía que tanto en términos de derechos como en términos de salud se imponía una el asumir este tema como un objeto de política pública, como una cuestión social, para poder trabajarlo.

EC – Pregunta también más o menos obvia en el arranque de un análisis de un tema como este, ¿por qué con esta fórmula se prioriza el derecho de la mujer a resolver sobre el feto que lleva adentro, por qué no se tiene en cuenta el derecho de ese feto a continuar su desarrollo y terminar siendo una nueva vida?

MEL – Sí se tiene en cuenta. Me parece que ese fue un debate muy importante que se dio ayer, creo que tal vez fue el centro de la discusión. En la alocución que yo hice me remití a un aporte del constitucionalista [Martín] Risso, de la Universidad Católica, que fue bastante citado ayer y que está en contra del aborto, en donde plantea que hay dos principios básicos del sistema jurídico, y uno de ellos es el principio de proporcionalidad. Ese principio de proporcionalidad tiene tres componentes fundamentales: la idoneidad, la necesidad y la ponderación.

Lo que dice Risso es que toda norma tiene que cumplir el criterio de ponderación. ¿Por qué? Porque no se regula según lo que es bueno versus lo que es malo. Sería muy fácil para un político tomar una decisión sobre el bien en relación al mal, el problema es que lo político en sentido estricto es la regulación de la confrontación de derechos. ¿Cómo se resuelve entre dos derechos? Se resuelve ponderando. El criterio de ponderación es un criterio subjetivo, y es un criterio importante. Acá lo que estamos tratando de hacer como políticos es generar un escenario que garantice los derechos de todos, los que no quieren abortar no abortan, y los que tienen la necesidad o están enfrentados a esa necesidad imperiosa tienen condiciones para hacerlo y son condiciones que preservan algunas garantías.

EC – Usted está hablando de los derechos de los que quieren abortar y de los que no quieren abortar, pero la pregunta apuntaba a que también existen los derechos de esa vida en gestación, de esa vida que está naciendo, ¿dónde están contemplados esos derechos?

MEL – Los derechos están contemplados a partir de la semana 12, lo que sí se plantea como controversia es el derecho a la vida de un feto de menos de 12 semanas de gestación con el derecho a la dignidad de la vida de esa mujer que dice que por equis razones no tiene condiciones dignas para enfrentar la maternidad.

El otro elemento que sí quiero comunicar a la audiencia es que esto ya existe en la ley vigente, no estamos innovando, la ley vigente establece que se exime de la pena en algunos casos. Uno de esos casos es por honor. Dice concretamente la ley de 1938: "Por el honor de la persona, por el honor de la esposa, o por el honor de un pariente próximo". Esto quiere decir que la ley del 38, absolutamente restrictiva, propuesta por los parlamentarios de la Unión Cívica en 1938, plantea que el derecho a la vida del feto puede ser afectado frente a la ponderación del derecho a la dignidad de la persona cuando se ve afectado el honor.

EC – Otra pregunta para seguir avanzando y no trancarnos, porque cada uno de estos temas daría para discutir quince minutos...

MEL - Bueno, discutimos dieciséis horas ayer, ya se puede imaginar...

EC - Usted ha dicho en diversas oportunidades, y lo repitió ayer cuando le tocó hablar en sala, que este no es el proyecto que hubiera querido, ¿por qué?

MEL – Yo hubiera querido un proyecto de legalización frontalmente, que es el proyecto que venía del Senado que nosotros aprobamos.

EC – Cuál es la diferencia entre legalizar y despenalizar, porque este proyecto lo que hace es despenalizar.

MEL – La legalización es cuando no hay delito. El proyecto de ley del Senado dice que toda mujer tendrá derecho a interrumpir su embarazo antes de las 12 semanas de gestación, si se ve enfrentada a condiciones de extrema necesidad, etcétera. O sea, legaliza. Este proyecto lo que hace es despenaliza el aborto para aquellas mujeres que enfrentadas a la decisión de interrumpir su embarazo por equis condiciones cumplan con determinados prerrequisitos. Esos prerrequisitos son: la consulta con el médico, la entrevista con un grupo multidisciplinario –que ya existe, está previsto en la ley de Salud Sexual y Reproductiva aprobada en el año 2008 por este Parlamento– y la ratificación de esa voluntad pasados cinco días de reflexión. En ese caso la institución de salud tiene la obligación de proceder en forma inmediata.

EC – Esa es la fórmula que surgió de una propuesta del diputado Iván Posada cuando el proyecto que venía del Senado no obtenía, se supo, los votos necesarios en Diputados porque el diputado Andrés Lima, del FA, no la acompañaba.

MEL – Exactamente. Tú me podrás decir "legalizar un derecho es un disparate frente al derecho a la vida del feto", que es el tema de fondo, como te decía recién. Nosotros pensamos que de hecho ya hay una cuestión social instaurada, hay una práctica social masiva. Hemos tomado la decisión en todo el debate de ayer –por lo menos los que estábamos a favor de la ley– de no utilizar números, porque los números son todos especulativos, no tenemos esto cuantificado. Pero consideramos varios componentes para tomar esta decisión de despenalizar, o de legalizar, si hubiera sido posible: los argumentos jurídicos que ya te mencioné, ponderar un derecho frente a otro derecho, y también argumentos sanitarios. Es necesario tomar medidas de salud, formular una política pública que proteja en términos de salud la cantidad de mujeres y la cantidad de procesos de morbi-mortalidad posteriores al aborto, en un país en donde esta práctica es extendida y tiene costos significativos para las personas, para las instituciones, por ser practicados en manera inadecuada.

EC - ¿Hay más razones?

MEL – Sí, hay razones fundamentales que tienen que ver con el derecho de las mujeres. Yo ayer citaba a Paulina Luisi y a María Bella que ya en 1916 sostenían que la autonomía sobre el cuerpo era una de las primeras condiciones necesarias para que las mujeres pudieran igualar el derecho al de los hombres. Y el batllismo impulsó esto, lo impulsó concretándolo sobre todo muy tempranamente en la extensión de los derechos civiles y políticos. Acordate todo lo que costó que las mujeres votaran. Reconocer que la mujer tiene la misma capacidad que un hombre para votar fue un proceso muy largo. En este caso yo creo que se está ante un proceso de extensión de ciudadanía de lo que se llama los derechos de tercera o cuarta generación. Esto le cuesta a la cultura uruguaya, nos costó 80 años dar este paso.

Pero te voy a hablar de algo más próximo. Hace menos de ocho años el Parlamento uruguayo votó el Código de la Niñez y la Adolescencia, no sabes el debate que le llevó al Parlamento reconocer el derecho a la identidad de los menores de edad. ¿Por qué? Porque había muchos parlamentarios que se negaban a que un menor de edad y la Justicia de oficio pudiera habilitar a que ese menor de edad conozca su identidad biológica, porque esto afectaba la paternidad de gente que no quería hacerse responsable de la paternidad, afecta al derecho de herencia. De repente hay un hijo que aunque vos no lo reconozcas te "aparece", un hijo que reclamó su derecho a la identidad.

EC – Usted dice que cuesta asumir estos cambios, estas reformas, por lo visto cuesta en unas cuantas partes del mundo, ¿en América Latina cuántos países tienen un proyecto de despenalización del aborto similar a este que está por salir del Parlamento uruguayo?

MEL – Colombia tiene un proyecto de legalización del aborto, en algunas condiciones, pero es legal. Hay tres países: Costa Rica creo que parcialmente, y estoy dudando del tercero, es un país centroamericano. Y después Argentina en este momento está debatiendo también la legalización, ya la Suprema Corte de Justicia resolvió que era legal la legalización para los casos de violación.

***

EC – Los oyentes están votando en nuestra encuesta on line y, ¿sabe cuál es el resultado hasta ahora? Una abrumadora cantidad de mensajes, el tema por lo visto interesa mucho, 60% a favor del proyecto, 37% en contra, 3% no tiene posición.

MEL – Parece Bottinelli o Cifra.

EC - Se alinea con los números gruesos de las encuestas que han circulado hasta ahora, ¿no?

MEL – Sí, sobre todo Bottinelli, la encuestadora Cifra ha seguido menos el tema, pero Bottinelli ha hecho una evaluación continua del tema en estos últimos años y dice que se mantiene y que va creciendo el apoyo a la despenalización. Es un elemento más, nada más.

EC – Vayamos al texto, pero antes recordemos cuál es el marco legal vigente hoy. ¿Qué dicen los artículos 325 y 325 bis del Código Penal? El 325 dice: "La mujer que causare su aborto o lo consintiera será castigada con prisión de 3 a 9 meses". Artículo 325 bis: "El que colabore en el aborto de una mujer con su consentimiento con actos de participación principal o secundaria, será castigado con 6 a 24 meses de prisión".

Ahora sí vamos al proyecto votado hoy. El artículo 2º indica: "La interrupción del embarazo no será penalizada, y en consecuencia no serán aplicables los artículos 325 y 325 bis del Código Penal, para el caso de que la mujer cumpla voluntariamente con los requisitos que se establecen en los artículos siguientes y se realice el aborto antes de las 12 semanas de gravidez". ¿Explicamos cuáles son esos requisitos?

MEL – Sí. La mujer tiene que tener una consulta con el ginecólogo o el médico de referencia, y ahí expresa su voluntad de interrumpir su embarazo. El médico tiene que proceder en forma inmediata a una entrevista con un equipo multidisciplinario que tiene que estar integrado por el ginecólogo, un profesional del área de la salud mental, y un profesional del área social. Este equipo multidisciplinario se entrevista con la mujer, nunca para tomar decisión o para incidir en la decisión de la mujer ni a favor ni en contra, simplemente para informarla de aquellos elementos que tiene a disposición para facilitar su embarazo si quiere continuarlo, o de los riesgos o daños posibles a los que se enfrentaría en caso de proceder a la intervención voluntaria. Informar. La mujer después tiene que pasar cinco días, si a los cinco días la mujer vuelve a la institución nacional de salud y ratifica su voluntad de interrumpir el embarazo, la institución de salud está obligada a proceder en forma inmediata.

EC – Y ese procedimiento, la operación, la intervención correspondiente, es gratuita, es obligatoriamente gratuita para las instituciones que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).

MEL – Es obligatoriamente gratuita, esto para evitar la comercialización de este evento, porque si no fuera gratuito sería entonces una intervención que por ahí para comercializar alguno podría recomendar. De hecho es una garantía para no influir sobre el tema pero también es una garantía para poder acceder a ella.

EC – Voy a algunas de las críticas que recibe este proyecto del lado de quienes han estado propugnando la legalización del aborto. Por ejemplo las organizaciones que ayer se manifestaron frente al Parlamento en el exterior, pienso por ejemplo en la organización Mujer y Salud Uruguay. Estas organizaciones dicen que en definitiva con esta norma la mujer no será libre de elegir por su propia voluntad la interrupción de su embarazo. Es más, llegan a calificar como humillante el trámite por el que tiene que pasar. Voy a los detalles, porque usted no leyó textualmente el texto, dice: "Dentro del plazo establecido de 12 semanas de gravidez la mujer deberá acudir a consulta médica ante una institución del SNIS a efectos de poner en conocimiento del médico las circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales, o familiares, o etarias, que a su criterio le impiden continuar con el embarazo en curso". Hay quienes dicen que la mujer queda como colocada en el banquillo de los acusados, tiene que ir a pedir permiso, a dar explicaciones ¿Qué responde usted ante esa objeción?

MEL – Yo creo que varias de las objeciones que se hacen tienen sentido. Este es el proyecto que pudimos acordar para tener la mayoría y creo que es un proyecto que mejora la situación actual de la ley vigente de 1938, donde estas mujeres ni siquiera tenían este derecho, cualquier mujer que se enfrentara a la situación, a la necesidad de interrumpir su embarazo, iba a tener que hacerlo en forma ilegal, con las condiciones que ya conocemos. Nosotros intentamos sacar el concepto de reflexión, porque lo que está detrás de esto es una pauta cultural que supone que las mujeres alegremente van y se hacen un aborto. Una mujer que llega a la decisión, o a considerar la posibilidad de abortar, es una mujer que está enfrentada a una situación tremenda, no hay ninguna otra excusa que sea más significativa que su propia decisión, y por lo tanto nos parece que de alguna manera este artículo podría haber sido un poco más económico en los términos que se plantean ahí, la verdad que sí.

EC – Qué pasa por ejemplo si una mujer quiere abortar simplemente porque el niño no era parte de su proyecto de vida, porque el embarazo fue producto de una relación que se produjo sin la protección de algún método anticonceptivo, o por cualquier otra razón que no sea las que aparecen allí detalladas. Acá se habla de "las circunstancias derivadas de las condiciones en que se ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales, o familiares, o etarias".
 
MEL – En el espíritu de la ley y en el marco de esta negociación –recordemos que no es el proyecto del Senado, que no tuvimos votos para aprobar–, también está previsto el supuesto de que este sea un espacio de información que de alguna manera contribuya con la mujer para que esa decisión sea efectivamente libre. Sucede que por ejemplo una adolescente o una chica joven que llega a plantear la interrupción de un embarazo muchísimas veces viene con su mamá o su papá que le dicen "vas a abortar porque vos tenés que estudiar, porque tenés que ir a la facultad...". El proyecto de vida de la persona muchas veces está vinculado al proyecto de vida de los adultos del núcleo familiar y no al de ella personal.

Me parece que en este caso hay que contener a la mujer, brindarle la información necesaria para proceder al aborto o para buscar alternativas. Y esperar esos cinco días, que no es lo que habíamos planteado en el Senado.

EC – Son dos partes, primero se tiene que explicar ante el ginecólogo y luego pasar por la reunión con esta comisión interdisciplinaria de ginecólogo, especialista en salud síquica y un especialista en el área social.

MEL – Sí, eso es un grupo interdisciplinario especializado en salud sexual y reproductiva y no es un tribunal como ideológicamente se decía ayer en el debate. No es un tribunal, no tiene capacidad de decidir ni de incidir. Que va a ser dificultoso, sí.

EC – A eso vamos, porque ante el ginecólogo, en la primera parte en la consulta, la mujer se explica, expone.

MEL - Simplemente expresa su voluntad.

EC – Del otro lado, cuando pasa al escalón siguiente a la reunión con el equipo interdisciplinario ahí escucha, ahí le hablan...

MEL - ...O ahí pregunta.

EC – "Deberá informarse a la mujer lo establecido en esta ley, las características de la interrupción del embarazo, los riesgos inherentes a esta práctica, asimismo informará sobre las alternativas al aborto provocado, incluyendo los programas disponibles de apoyo social y económico así como respecto a la posibilidad de dar su hijo en adopción. En particular el equipo interdisciplinario deberá constituirse en un ámbito de apoyo psicológico y social a la mujer para contribuir a superar las causas que puedan inducirla a la interrupción del embarazo, y garantizar que disponga de la información para la toma de una decisión consciente y responsable". Es curioso como estos párrafos han sido interpretados de manera distinta según quien los lee, desde estas organizaciones que reclaman la legalización del aborto se ve allí un condicionamiento, como que va a haber un énfasis puesto en "mire todas las opciones que usted tiene en lugar del aborto", como que se la va a presionar en contra del aborto. ¿Qué dice usted?

MEL – Ese es un riesgo por lo tanto nosotros hubiéramos deseado un proyecto donde este párrafo no estuviese, no lo pudimos negociar con el diputado Iván Posada a este párrafo y por eso quedó así. Pero no necesariamente está cargado de un tipo de connotación, fue esa la que tú estás explicando la que se utilizó mucho en el debate de ayer. Pero también algunas personas dicen que este equipo simplemente tiene que orientar.

Yo voy a señalar dos o tres cosas que son significativas. Se han producido dos muertes por aborto en este año por uso inadecuado de misoprostol, también este equipo lo que tiene que hacer es asesorar a la mujer sobre los procedimientos que hoy ya no son quirúrgicos en general, y que son farmacológicos por ahora pero que pueden ser otros, o que puede requerir otros en otro momento.

EC – El temor, por un lado, es que ese equipo interdisciplinario presione en contra del aborto, pero hay otros que temen que al revés, que esta reunión con el equipo interdisciplinario sea un mero trámite para terminar tolerando el aborto.

MEL – Exactamente. Tal vez el déficit mayor de este proyecto de ley es su eficacia. A mucho más que cómo la mujer se va a enfrentar a este paso difícil de dar, mí me preocupan aquellas mujeres que no van a terminar de cumplir todos estos prerrequisitos, de ir una vez al médico, tener la entrevista, esperar cinco días y volver al médico.

EC – Pero antes de eso, da la impresión de que todo va a depender mucho de un determinado equipo interdisciplinario, que habrá un equipo que pueda ser más anti- aborto y otro que sea más tolerante con el aborto y dependerá de cual equipo le toca a la mujer.

MEL – No, lo que pasa es que hay que trabajar mucho sobre la calidad y sobre todo sobre el rol y la función de ese equipo. Toda ley en su aplicación requiere una supervisión importante, esta ley tiene dificultades de aplicación como tiene dificultades de aplicación. Ayer lo decía el diputado Yanes, con la universalización de las plazas de deporte o de los profesores de educación física para las escuelas llevó tiempo poder contratar profesores en cada una de las escuelas. Esto es una tarea legislativa también supervisar la aplicación de la ley. Y esas mujeres tendrán que proceder a una denuncia si se sienten presionadas en cualquiera de los dos sentidos, en esa institución de salud.

EC – Otra preocupación de quienes están en contra del aborto es qué seguridad existe de que todo este procedimiento podrá cumplirse en tiempo y forma en cualquier lugar del país. Porque en instituciones de Montevideo probablemente sea fácil armar ese equipo interdisciplinario en el plazo que la ley prevé, que es muy exiguo...

MEL - Cinco días después de la entrevista, doce semanas en total.

EC – No, después de la reunión con el ginecólogo el médico dispondrá para el mismo día o para el inmediato siguiente la consulta con el equipo interdisciplinario, o sea 24 horas hay de plazo para conformar el equipo interdisciplinario y concretar la audiencia. ¿En todos los pueblitos del interior o en todas las ciudades del interior esto es posible?

MEL – Es difícil, claro que es muy difícil, no existe un equipo multidisciplinario en todos los pueblos del interior. En algunos casos la mujer se podrá trasladar, en otros casos, -y este es uno de los déficit de la ley sobre el que tenemos que trabajar en conjunto con las organizaciones sociales y con el sistema público de salud- tenemos que ver cómo hacemos para contener a aquellas mujeres que aún estando en la capital departamental y aún teniendo un equipo multidisciplinario tienen vergüenza de hacerlo, porque todo el mundo se entera en un pueblo cuando entras tres veces a la institución de salud para reclamar algo. Ahora, qué pasa, esas mujeres hoy están en peor situación que ésta, porque hoy abortan en sus casas, con algún medicamento que alguno le dice que es misoprostol, o no, en condiciones de absoluta ilegalidad y después terminan yendo a la institución de salud con los efectos negativos sobre su salud producto del ejercicio inadecuado de medicación en algunos casos.

Por eso te decía que en este año tenemos dos muertes de mujeres por uso inadecuado de misoprostol y tenemos también el procesamiento de la madre de una muchacha joven y de su marido por haber contribuido con ella a proceder al aborto, están presos en este momento en Montevideo, en el Uruguay. Esa situación creo que es peor que esta.

***

EC – Romina, veamos entre los mensajes de los oyentes algunas preguntas, hay cantidad, y sobre todo hay muchas opiniones, ¿pero consultas específicamente sobre esto que hemos venido viendo, el procedimiento?

ROMINA ANDRIOLI:
Por ejemplo Eli se cuestiona y la pregunta a la diputada qué rol tiene el padre en este proceso.

MEL – En particular hay un artículo que dice que si la mujer conciente, o sea recogida la voluntad de la mujer, se sugiere consultar también al progenitor.

EC – Sí, es el literal b del artículo 4to. dice: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los profesionales integrantes del equipo interdisciplinario deberán entrevistarse con el progenitor en el caso que sea haya recabado previamente el consentimiento expreso de la mujer".

MEL – Lo que dejamos claro acá es que es la mujer la que decide si quiere venir con el progenitor o no. ¿Por qué razón? Se está protegiendo también. No se está inhibiendo el derecho del padre, solo que el derecho del padre o del progenitor está vinculado a que esté con su mujer, a que sea su mujer la que disponga de que sí pueda ser consultado. ¿Por qué? Esto está expresamente previsto para proteger a muchas mujeres que son víctimas de violencia y muchas mujeres en donde el embarazo es la consecuencia de la violencia que viven en su pareja. Muchas mujeres no tienen el progenitor cerca ni el progenitor está interesado en participar. Pero si quiere hacerlo, como se decía ayer en un debate muy ideologizado, en las relaciones de pareja armónicas damos de suyo suponemos que el progenitor acompañará a su mujer en esta y en otras decisiones y nada le inhibe de estar ahí.

EC – Pero también podría darse un caso en que el progenitor quisiera participar de esta discusión y la mujer se lo impidiera.

MEL – Pero ese es un tema de intimidad de ellos, entonces cómo podés intervenir en la intimidad, ¿la ley puede obligar al miembro masculino de la pareja a tener un hijo? No puede obligar, tampoco puede obligar a resolver el dilema entre hombre y mujer.

EC - ¿Otra pregunta, Romina?

RA – Sí, también planteaban qué sucede en el caso del procedimiento si se trata de un menor, ¿hay alguna diferencia?

MEL – Sí, claro. El menor tiene que venir con el consentimiento de por lo menos uno de sus padres o de la persona responsable. Sucede, está previsto, en el caso en que la menor quiera expresar su voluntad y que sus padres no se enteren. El Código de la Niñez y la Adolescencia protege a la menor de más de 16 años en el sentido de guardar reserva sobre su historia clínica y sobre sus decisiones. Por lo tanto la menor puede sola recurrir a la Justicia con el informe del médico para solicitar la autorización. Esto sirve tanto para solicitar la autorización para interrumpir el embarazo en caso que no quiera que nadie se entere o que sea una menor que está sola, abandonada. Pero también sirve para proteger el derecho de la menor cuando sí quiere tenerlo y el médico o el equipo interdisciplinario identifica que hay una situación de violencia en donde muchas veces la menor es víctima de un abuso sexual muchas veces de sus progenitores, de sus propios padres, o de miembros de la familia, y viene en una situación de subordinación y de violencia porque la obligan. Lo que hay que hacer es detectar esa situación, el informe del médico acompaña a la adolescente a la Justicia para proceder a la autorización.

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EC – Ustedes, quienes han votado este proyecto en la madrugada de hoy, están entre dos fuegos, y los cuestionan de los dos lados, los cuestionan las organizaciones pro vida, las opuestas de manera terminante al aborto y también las organizaciones que han venido impulsando la legalización del aborto. Me gustaría plantearle algunos argumentos más, enseguida.

***

EC – La Coordinadora Aborto Legal, que reúne a varias ONG que han militado a favor de la legalización del aborto, divulgó la semana pasada un comunicado en el que critica este proyecto. Sobre el segundo artículo concretamente presenta tres objeciones: 1) Que no despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo, apenas "suspende" la pena siempre y cuando se cumpla con todos los trámites y plazos establecidos en los artículos de la ley. 2) Que la misma conducta fuera de ese procedimiento va a ser penalizada, si una mujer interrumpe su embarazo antes de las 12 semanas, y lo hace en su hogar, puede ser penalizada. 3) Como el aborto seguirá siendo un delito, aunque la mujer cumpla con todo el procedimiento, igual alguien puede denunciarla. ¿Qué opina usted sobre esos cuestionamientos?

MEL – En primer lugar reitero que para el FA esta ley es un paso y un paso pequeño que nos llevó 80 años dar. Entre la ley vigente y esta preferimos esta ley, pero no es la ley que queríamos. Nosotros consultamos informalmente a la coordinadora, a las organizaciones que la integran, hicimos una reunión expresa con las mujeres de la unidad temática de derecho de las ciudadanas del FA, y la mayor parte de las personas y de las instituciones coincidían en que era mejor algo, que nada. Estoy viendo la carátula de La Diaria que dice "Alguito". Es mejor algo que nada.

De los tres argumentos me parece que el que me importa detener es el tercero...

EC - Efectivamente, usted decía "yo hubiera preferido la legalización", este es un proyecto de despenalización, pero estas organizaciones dicen que ni siquiera es de despenalización, que lo que se hace es suspender la pena en la medida que se cumpla con todo este procedimiento.

MEL – En el caso de los que cumplan con el procedimiento hay dos lecturas jurídicas, y ahí que debatan los constitucionalistas, no lo voy a hacer yo. Unos piensan que efectivamente legaliza para esos casos porque no es que se suspenda la pena, es que no es delito en esos casos. Comparto con la coordinadora la profunda preocupación por el porcentaje enorme de mujeres que no van a cumplir con todos estos requisitos. La mayoría de ellas van a ir y tener la primera entrevista y decir "mira estoy enfrentada a esta situación", y después volver a la entrevista colectiva y a los cinco días volver a ratificarlo es un esfuerzo para quien está en condición emocional y de vulnerabilidad tal como una mujer enfrentada a esta situación. Muchas mujeres no van a ir o porque no puede llegar porque viven, como tú decías, en el interior profundo, o van a verse enfrentada a bloqueos de tipo cultural, emocional, para poder hacerlo...

EC - Y si no completan el procedimiento y abortan se exponen a ser penalizadas.

MEL – Sí, pero también es cierto que en la misma ley tanto las instituciones públicas y privadas de salud como el Ministerio de Salud Pública tienen la obligación de un registro muy importante en formación que tiene que ser absolutamente reservado. Porque qué pasa, una de las cosas interesantes de esta ley es que obliga a hacer una evaluación anual, un balance anual, y para eso tenemos que tener información. Por lo tanto ya hay alguna información de Iniciativas Sanitarias y del Hospital Pereira Rossell, pero uno podría decir que está muy segmentado por el perfil de la población que se asiste en ese hospital.

EC – Iniciativas Sanitarias, recordemos, es un proyecto que se puso en marcha en el Pereira Rossell, que impulsó el hoy subsecretario de Salud Pública, doctor Leonel Briozzo, y que preveía mecanismos de consulta parecidos a estos que ahora se establecen en la ley.

MEL – Exactamente. Entre las 47 instituciones, personas y delegaciones que recibimos para escuchar sus opiniones fue gente de la comisión de Ginecotocología. La doctora [Verónica] Fiol, directora del servicio de Salud Sexual y Reproductiva, nos decía que en el servicio de Salud Sexual y Reproductiva del Pereira Rossell de 3.000 consultas que se hicieron en este marco que tú señalabas, entre el 2007 y el 2009, el 50% continuó con su decisión de interrumpir el embarazo, el 20% desistió de interrumpir el embarazo o por lo menos eso es lo que suponen por la información que tienen en ese caso. Muchas de ellas capaz que lo interrumpieron y simplemente después no volvieron al servicio y por eso no se pudo registrar. Este proyecto de ley obliga a la institución médica de salud y al ministerio a un registro exhaustivo de información post aborto para poder evaluarla. Y eso tiene un nivel de reserva que tiene que garantizar entonces este cuidado del que se habla. Pero es un déficit, no es la ley que queremos, es la ley que pudimos.

EC – Tendríamos unos cuantos temas más para tratar pero me gustaría que viéramos qué es lo que se habilita en materia de objeciones de conciencia en el proyecto, tanto para instituciones médicas como para profesionales.

MEL – Los profesionales por supuesto que tienen derecho a objeción de conciencia, logramos modificar la disposición inicial que estaba en el proyecto de Posada que es que en ese tribunal o en ese grupo interdisciplinario hubiera un miembro objetor, logramos eliminar eso y logramos eliminar también un elemento que en mi opinión era discriminatorio, que era hacer una lista de objetores. El profesional de salud puede objetar y simplemente expresa en la institución donde trabaja que es objetor de conciencia y nadie lo obliga a ninguna de estas intervenciones. Esa objeción vale para toda institución porque puede ser que objeten en el público pero vayan al privado y no sean objetores. Si una persona es objetora puede objetar como dejar de objetar en cualquier momento de su desempeño profesional.

EC – O sea, el personal de la salud que tenga objeción de conciencia si plantea esa circunstancia, si lo declara, queda exceptuado de intervenir en todos estos procedimientos que estamos hablando incluso por supuesto de la propia intervención quirúrgica del aborto.

MEL – Que ya no se hace, o el de recetar el misoprostol u otra droga.

EC - ¿Y qué pasa con las mutualistas?

MEL – Las mutualistas están obligadas, en el primer párrafo del artículo siguiente se dice que las instituciones del SNIS están obligadas a cumplir con las disposiciones de esta ley. En los casos de instituciones que al momento de promulgación de esta ley tengan objeciones de ideario, pueden negociar, pueden acordar con el ministerio de Salud Pública dentro de la ley del SNIS formas alternativas. Es decir pueden tercerizar o establecer un acuerdo con otra institución para que este acto médico lo haga otra institución. De hecho esto ya se hace. Nosotros recibimos dos instituciones que plantearon objeciones de ideario: el Círculo Católico y el Hospital Evangélico. El Círculo Católico ya tiene un acuerdo con el BPS que realiza la vasectomía y la ligadura tubaria, que son dos intervenciones que objetó en términos de ideario el Círculo.

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EC – Hay tantos otros aspectos del proyecto para considerar, por ejemplo uno que ha despertado su buena polémica, y del que quizás se ha hablado menos, es el que establece que el aborto despenalizado si se realiza en un embarazo fruto de una violación pero hasta las 14 semanas de gestación. La Coordinadora por el Aborto Legal hace notar que esta nueva situación es más restrictiva que lo que está previsto hoy en el Código Penal, donde no se prevé un plazo para realizar el aborto en este caso, el caso de violación. ¿Por qué se estableció esta disposición?

MEL – Yo comparto la posición de la Coordinadora para el Aborto Legal, el proyecto del Senado que aprobamos no tenía un plazo. Esto también es resultado de una negociación, podría haber sido 14 semanas como las 20 semanas que estaban previstas en el proyecto de Fernando Amado. Recibimos las sugerencias de las comisiones de Bioética tanto del ministerio de Salud Pública como del Sindicato Médico del Uruguay de poner un plazo máximo. El plazo máximo se supondría que es aquel en donde el embrión o el feto tiene alguna posibilidad de sobrevida, entonces es muy opinable cuál es ese plazo.

EC – El proyecto va a terminar en una consulta popular, todo lo indica, ¿no?

MEL – Sí, seguramente sí.

EC – El diputado Pablo Abdala y otros legisladores del Partido Nacional ya anuncian que si se aprueba en el Senado, si se promulga por el Poder Ejecutivo, van a recolectar firmas, ¿qué le parece este destino final del asunto?

MEL – A mí me parece muy bien este destino. Muchas veces se dijo ¿por qué no se hace un referéndum? Me parece que la ciudadanía va a tener la posibilidad, en este caso nosotros estamos totalmente de acuerdo en que se consulte a la ciudadanía. Yo estoy convencida que la ciudadanía va a ratificar esto. Si cuando se hace una encuesta sobre la opinión sobre algo que todavía era delito, o es delito, el 60% o el 61% está a favor de despenalizar, cuando esto no sea delito y en forma secreta en el voto secreto la ciudadanía se va a manifestar a favor de una ley de este tipo. No tengo dudas.

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