Abigeato: finalmente hubo aumento en las penas
La Cámara de Senadores aprobó la modificación de los artículos del código rural referidos al abigeato, determinando "un aumento de las penas para ese delito", dado el agravamiento del delito que "en los últimos años aumentó de forma significativa" dijo el Ing. Agr. Daniel Garín, suplente del Senador Ernesto Agazzi, quien es presidente de la Comisión de Ganadería del Senado. Según informó pasará a tener "una sentencia mínima de dos años de penitenciaría en los casos con agravantes" dijo a Dinámica Rural.
ARTICULOS MODIFICADOS:
Se ratifica el delito de abigeato y las penas que ya preveía el código rural, además se realizan las siguientes modificaciones:
- Modificaciones en cuanto a la cobertura territorial. Antes estaba restringido a las zonas rurales, ahora se aplica en todo el país.
- Daños o adulteraciones de los dispositivos de trazabilidad.
- Antes el delito estaba restringido a quien hacia el hurto del animal, ahora también se aplica a quienes transportan, almacenan o comercializan el producto del hurto.
- Se le retira la potestad al juez de establecer medidas alternativas al delito. Antes el juez podía cambiar la sentencia de penitenciaria por medias alternativas.
- Aumenta las penas y su intensidad, ahora son de 2 a 8 años de penitenciaría, cuando se identifican agravantes.
- Le da la potestad al juez de poder identificar que hay crimen organizado, como consecuencia se aplicarían las agravantes.
Agregado Complementario 259 Bis
- El código rural establecía el decomiso, ahora se incorporó el remate de los bienes utilizados en el acto del abigeato.