Declaración jurada ante DGI
Desde este lunes, los contribuyentes pueden presentar ante la DGI su declaración jurada correspondiente a 2012 del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).
En función de esas declaraciones juradas, el organismo recaudador controlará si las retenciones mensuales que se le realizaron al trabajador o jubilado fueron las que correspondían por estos impuestos anuales, o si generaron saldos a favor o a pagar.
El plazo para la presentación depende del último dígito del documento de identidad y el calendario puede consultarse en la web de la DGI. Están exonerados de presentar declaración jurada aquellos que hayan percibido una remuneración anual inferior a los 378.790 pesos.