Ley de Inclusión Financiera "promueve la universalización de derechos al permitir el acceso a los servicios financieros"
La semana pasada el Parlamento aprobó la Ley de Inclusión Financiera. Esta normativa pretende implementar nuevas modalidades de pago electrónico con el cometido de universalizar el acceso a los servicios financieros y hacer una rebaja del IVA en compras con tarjeta. Para conocer en detalle los aspectos de esta nueva ley y su aplicación, En Perspectiva habló con el economista Martín Vallcorba, asesor del Ministerio de Economía en la materia. El economista contó que la aplicación de esta ley se dará de manera gradual: "durante los primeros tres años la ley prevé que trabajadores, pasivos y jubilados puedan optar por cobrar por medios electrónicos o permanecer cobrando como lo venían haciendo". También explicó que "el avance en el uso de estos medios "es una tendencia que naturalmente se va a dar" y que si no se hace nada desde las políticas públicas "se van a generar situaciones de mayor exclusión". En cuanto a las rebajas del IVA "el Poder Ejecutivo va a hacer uso de las facultades que la ley le otorga" para realizarlas en los casos correspondientes, declaró Vallcorba.
(emitido a las 8.52 hs.)
EMILIANO COTELO:
La obligatoriedad de cobrar el sueldo a través de cuentas bancarias o de una billetera electrónica, una rebaja del IVA en caso de compras con tarjeta de débito o crédito y la prohibición de realizar transacciones cuantiosas en efectivo.
Esos son solo algunos de los cambios que implicará para los uruguayos la nueva ley de Inclusión Financiera aprobada la semana pasada en el Parlamento. Y no se trata de retoques insignificantes, es toda una modificación cultural para nuestra idea tan arraigada de "la confianza" que nos da el papel físico, los billetes.
Para conocer los detalles de esta nueva norma, vamos a conversar con el economista Martín Vallcorba, asesor del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que ha venido trabajado desde hace años en el diseño de esta ley.
¿Cuáles son los objetivos de una ley como esta? ¿Por qué una ley de inclusión financiera?
MARTIN VALLCORBA:
En primer lugar, la estrategia de inclusión financiera que ha venido impulsando el Gobierno se enmarca en una estrategia global de inclusión social. Por lo tanto concebimos la inclusión financiera como una dimensión del proceso de inclusión social, en la medida en que se trata de una política que promueve la universalización de derechos al permitir el acceso a los servicios financieros a un conjunto de familias, de hogares, de personas y también de empresas que al día de hoy o bien estaban excluidos del sistema financiero o que accedían en condiciones muy desfavorables. Por lo tanto hay una primera dimensión vinculada con este aspecto de universalización de derechos.
Y sin duda el proyecto también se propone transformar en forma importante el funcionamiento del sistema de pagos a partir de un diagnóstico según el cual el sistema de pagos de nuestro país que está muy rezagado, ya no cuando nos comparamos con otros países desarrollados, sino directamente cuando nos comparamos con países de la región. Por lo tanto allí hay mucho camino para recorrer.
EC - ¿También se procura por esta vía prevenir en materia de seguridad pública?
MV - Parte del objetivo de la ley de Inclusión Financiera va en la dirección de promover un uso mucho más intensivo de los medios electrónicos, y esto va de la mano de una reducción del efectivo tanto a nivel de las personas como de los comercios, por lo que sin duda es una contribución a mejorar las condiciones de seguridad. No es el objetivo central, pero estamos convencidos de que van a mejorar las condiciones de seguridad. Uno se puede imaginar un montón de situaciones en las cuales hoy enfrentamos problemas de seguridad, por ejemplo en algunos comercios en horas nocturnas y demás; en la medida en que lleguemos a una situación en la cual los medios de pago electrónicos estén extendidos y todos los uruguayos tengamos acceso a un instrumento electrónico, es posible concebir otras formas de funcionamiento del sistema de pagos que también van a redundar en una mejora en materia de seguridad pública.
EC - Veamos algunos capítulos, por ejemplo, cómo va a cambiar el pago de salarios y pasividades.
ROMINA ANDRIOLI:
El texto de la ley establece que "el pago de las remuneraciones y todas las partidas de dinero que tengan derecho a percibir los trabajadores en relación de dependencia, los profesionales universitarios y los trabajadores no dependientes" deberá efectuarse a través de "acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en instrumentos de dinero electrónico, en instituciones que ofrezcan este servicio". ¿Todos los trabajadores deberán cobrar exclusivamente por estos mecanismos?
MV - La ley de Inclusión Financiera prevé en una etapa inicial el derecho de los trabajadores, de los pasivos y de quienes reciben beneficios sociales de optar por cobrar a través de estos instrumentos. El artículo 10 prevé la obligatoriedad, pero esta va a comenzar recién a partir del cuarto año de vigencia de la ley, durante los primeros tres años la ley prevé que trabajadores, pasivos y jubilados puedan optar por cobrar por estos medios electrónicos o permanecer cobrando como lo venían haciendo hasta ahora. Es un proceso gradual, la idea es que durante este período de tres años se vayan generando las condiciones para que ningún uruguayo tenga dificultades para comenzar a trabajar con estos instrumentos electrónicos. Es una obligatoriedad que opera dentro de tres años, a partir del cuarto año, por lo tanto desde el arranque es un derecho del trabajador, y en el caso de que este elija cobrar a través de estos medios se transforma en una obligación para el patrón.
RA - La opción de cobrar por cuenta bancaria es algo relativamente común y extendido. Pero ¿cómo funciona el dinero electrónico, que es algo que puede sonar más extraño para la mayoría de la gente y que se menciona en el texto de la ley?
MV - La opción de cobrar a través de cuentas bancarias está relativamente extendida, pero aproximadamente un 60% de los trabajadores uruguayos no cobran a través de estos medios electrónicos, por lo tanto aún hay una cantidad de compatriotas que no están incluidos en este sistema de pagos.
El dinero electrónico puede imaginarse como una tarjeta prepaga, como una billetera electrónica, que es un instrumento que en nuestro país todavía no está desarrollado, pero que en otros países, inclusive de la región, sí está y funciona de forma muy similar a una tarjeta de débito. Hoy a las personas que cobran a través de una cuenta en una institución de intermediación financiera se les acredita el dinero en la cuenta y tienen una tarjeta de débito, que muchas veces no se conoce que es una tarjeta de débito, porque la usamos para retirar dinero de un cajero automático, pero que también puede operar como un medio de pago en el comercio.
El dinero electrónico va a tener esas dos funcionalidades, va a permitir retirar dinero de un cajero y va a poder ser utilizado como medio de pago en los comercios. Va a tener que ser emitido por instituciones autorizadas y supervisadas por el Banco Central (BCU). Es un nuevo actor, una nueva licencia de institución financiera, que va a competir con los actores existentes y va a ofrecer servicios esencialmente vinculados con el sistema de pagos –los instrumentos de pago–; no va a poder captar depósitos ni otorgar créditos. Esencialmente va a funcionar de manera muy similar a una tarjeta de débito, solo que no va a estar asociado a una cuenta en una institución de intermediación financiera.
RA - ¿Quiénes darán este servicio de billetera electrónica y tarjeta de prepago? Va a quedar pendiente de reglamentación, pero ¿en quiénes se está pensando?
MV - En un principio se podría pensar en que lo ofrezcan cooperativas de ahorro y crédito, instituciones como ANDA, las redes de pagos, diversos actores que puedan estar interesados, que estén operando hoy o nuevos actores interesados en ofrecer un instrumento de pago y por lo tanto la posibilidad de acceder a un servicio financiero.
RA - Veamos un ejemplo de cómo operaría la billetera electrónica o la tarjeta de prepago en el caso de una empresa que decida pagar los salarios a través de este mecanismo.
MV - Una precisión: no es la empresa la que decidiría, la ley establece que es el trabajador el que elige, a diferencia de lo que ocurre en la situación actual. Supongamos el caso de un trabajador que elija cobrar a través de un instrumento de dinero electrónico: la empresa donde trabaja le girará el dinero a una cuenta vinculada al emisor del dinero electrónico y la persona va a tener esa tarjeta prepaga o esa billetera electrónica que almacena el dinero y que tiene todas las garantías para el trabajador, para el jubilado, como si estuviera en una cuenta en una institución de intermediación financiera, tiene todas las protecciones que están previstas para dichas instituciones, la persona puede ir a un cajero y retirar el dinero o puede ir a un comercio y pagar utilizando esa tarjeta. Para la persona virtualmente el instrumento no tiene diferencia con una tarjeta de débito, porque da esas dos posibilidades: ir a un comercio, a un almacén, a un supermercado, a un restaurante, a cualquier tipo de comercio, y abonar con esa tarjeta, porque es un medio de pago al que la ley le da poder cancelatorio para las transacciones, o también retirar en efectivo. Para la persona es indistinto, es como si tuviera una tarjeta de débito asociada a una cuenta bancaria.
EC - ¿Qué está previsto para los pasivos a la hora de cobrar la jubilación o la pensión? ¿En qué medida será obligatorio el cobro por cuenta bancaria o por la vía del dinero electrónico?
MV - Para los pasivos actuales la ley no prevé ningún tipo de obligatoriedad, les da el derecho de elegir cobrar a través de estos instrumentos o de continuar cobrando a través de los mecanismos que están utilizando al día de hoy. No es como el período de tres que es general para todos, los actuales jubilados y pensionistas no ingresan en este esquema de obligatoriedad y tienen la posibilidad de mantenerse como hasta el día de hoy.
Los nuevos jubilados y pensionistas van a ingresar al mismo esquema que los trabajadores, por lo tanto durante los tres primeros años de vigencia de la ley van a poder optar por cobrar a través de instrumentos electrónicos o continuar cobrando por medios alternativos, sea una red de pagos o algún otro mecanismo que el Banco de Previsión Social u otra de las cajas les ofrezcan, y a partir del cuarto año comenzarán a cobrar a través de estos instrumentos. Van a ser trabajadores que ya van a estar familiarizados con estos instrumentos, porque van a estar percibiendo sus ingresos como trabajadores activos a través de estos medios, por lo tanto va a ser la continuidad natural al momento de pasar a la jubilación.
EC - Pero cuando sea obligatorio, ¿qué va a pasar con una persona de edad avanzada que no está familiarizada con este tipo de tecnologías? ¿Cómo se obliga a alguien que tal vez no sabe manejar una tarjeta de este estilo?
MV - Para los actuales jubilados y pensionistas no va a existir obligatoriedad. Quienes se jubilen a partir de ahora son personas que a partir del cuarto año, cuando comience a regir la obligatoriedad para los nuevos jubilados, ya vendrán de su etapa de trabajadores cobrando a través de estos instrumentos. Por lo tanto es un proceso natural en el cual uno se jubila y continúa cobrando como hasta el momento.
También hay que tener presente que la tecnología avanza a una velocidad muy grande en estos temas, por lo tanto seguramente dentro de tres, cuatro años los instrumentos con los cuales vamos a realizar todas estas operaciones seguramente serán diferentes de los que hoy conocemos y de lo que nos podemos imaginar. Hay una innovación muy grande, y seguramente todos estos instrumentos irán en la dirección de ser más sencillos, más fáciles, más seguros y también más cómodos para los usuarios.
EC - Preguntan de la audiencia si la cuenta bancaria va a tener costo para el trabajador.
MV - Ese es uno de los aspectos que ha recibido críticas de la Asociación de Bancos Privados del Uruguay. Para nosotros este esquema, en el cual se le da al trabajador el derecho a cobrar a través de estos instrumentos y a partir del cuarto año se genera la obligatoriedad, necesariamente tenía que ir de la mano de una gratuidad total para el trabajador y para el jubilado del acceso a estos servicios. Por lo tanto la ley prevé que las cuentas así como los instrumentos de dinero electrónico mediante los cuales se elija cobrar no tengan ningún costo de apertura, ningún costo de mantenimiento ni costo de cierre en el caso de que un trabajador decida cambiarse y comenzar a cobrar a través de otra institución. Y le va a permitir acceder a un conjunto de servicios básicos, como consultas de saldo ilimitadas, hasta cinco extracciones de efectivo y hasta ocho transferencias interbancarias domésticas sin ningún tipo de costo. Este aspecto es fundamental porque asegura no solo el derecho a acceder sino también que ese acceso vaya de la mano de un uso efectivo que tiene que ir junto con este concepto de gratuidad en los servicios que es esencial.
EC - Si la cuenta es gratuita, ¿dónde está el negocio para el banco?
MV - No hay que perder de vista que la preocupación central nuestra como hacedores de políticas está en lo que tiene que ver con los derechos y el interés público. Por lo tanto no es preocupación central el negocio que pueda estar por detrás de esto. No obstante, para que esto se desarrolle, para que pueda funcionar en la práctica, necesariamente tiene que haber actores interesados en desarrollarlo, por lo tanto es una pregunta pertinente, porque las instituciones que ofrezcan este servicio van a tener que rentabilizarlo para ofrecerlo.
No hay que perder de vista que hoy muchos de estos servicios ya funcionan así, hoy el cobro a través de una cuenta en una institución de intermediación financiera no tiene costo para el trabajador, que tiene aseguradas ciertas extracciones; lo que no tiene son las transferencias interbancarias. Pero hoy los instrumentos para girar dinero de una cuenta en un banco a una cuenta en otro banco o algún instrumento electrónico emitido por otra institución tiene alternativas mucho más costosas para los bancos y mucho menos cómodas y seguras para las personas. Por ejemplo, si yo quiero transferir dinero de una cuenta a otra, una alternativa es ir a un cajero, retirar el dinero y depositarlo en otro cajero. Esto no solo es incómodo e inseguro para las personas, sino que además tiene un montón de costos para los bancos, que tienen que alimentar los cajeros automáticos y retirar los depósitos y procesarlos. Por lo tanto, si algo garantiza la tecnología es que los costos operativos sean significativamente menores que la operativa física, incluyendo el dinero y todas las transacciones vinculadas al dinero.
EC - De todos modos, parece claro que una posibilidad de rentabilizar estas cuentas por el lado de un banco está previsto en la propia ley: otorgar los llamados créditos de nómina.
MV - Sin duda es un instrumento atractivo para las instituciones que ofrecen el servicio de pago de sueldos, pero aquí el foco central tiene que ver con crear un instrumento para que le permita a la población acceder al crédito en condiciones mucho más favorables que las actuales. El crédito de nómina que prevé la ley, que es la posibilidad de que trabajadores, jubilados y pensionistas accedan a un crédito que se les va a descontar directamente de su nómina, del sueldo o de la jubilación, tiene una serie de regulaciones en el proyecto de ley. Entre otras cosas tiene un tope en materia de tasas de interés mucho más estricto que el que rige hoy para los topes de usura general. Por ejemplo, el tope de usura para el crédito de consumo hoy está en un 92%, es una tasa muy elevada, a la que muchos uruguayos lamentablemente se ven obligados a recurrir por necesidades de este tipo de financiamiento. El crédito de nómina, con los niveles actuales de tasas de interés y de acuerdo con lo que prevé la ley, no podría tener una tasa superior al 39%, 53 puntos menos que el crédito para el consumo actual.
Por tanto es un instrumento que sin duda va a ser interesante para las instituciones de intermediación financiera, porque implica menor riesgo de crédito y menor costo de gestión, pero fundamentalmente va a ser un instrumento fundamental para mejorar las condiciones de acceso al crédito para los uruguayos en general. Y no se trata de que accedan a más crédito, sino de que puedan sustituir créditos que hoy ya tienen en condiciones muy malas en materia de tasas de interés por otros más favorables. Y estamos convencidos de que la fuerte competencia y la incorporación de nuevos actores al sistema van a conducir a un proceso en el cual estas tasas, que son mucho menores que las del crédito al consumo en general, que siguen siendo elevadas, van a ser menores.
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EC - Un requisito básico de un sistema así es que el país tenga una red de cajeros automáticos suficientemente densa. ¿Qué pasa con distintos puntos, localidades, pequeñas ciudades del interior? ¿Cómo van a operar en esos lugares quienes cobren por estos nuevos mecanismos?
MV - Sin duda es un aspecto importante a la hora de la implementación. Parte de la gradualidad que la ley prevé en la implementación tiene que ver con continuar generando las condiciones en materia de plataforma tecnológica que permitan un adecuado funcionamiento. Tengamos también en cuenta que en estos años en los cuales hemos venido desarrollando estas estrategias vinculadas con la inclusión financiera se han adoptado un conjunto de medidas que tienden a extender esa plataforma tecnológica tanto a nivel de cajeros como fundamentalmente de los POS (points of sale, puntos de venta), los aparatos que permiten la lectura de las tarjetas en los comercios. Por ejemplo, hemos tenido un crecimiento del orden del 40% en los últimos tres años del número de cajeros automáticos, y cuando nos comparamos con la región estamos en un nivel similar al de países como México y por encima, en la cantidad de habitantes por cajero, de países como Perú o Colombia, que tienen niveles de desarrollo de los servicios financieros mucho mayores que el nuestro.
No obstante, es un área en la cual vamos a seguir trabajando y en la cual los corresponsales financieros –una figura que creó el BCU el año pasado, que les permite a las instituciones financieras asociarse con otras instituciones, que pueden ser desde comercios pequeños hasta redes de comercios o redes de pagos– van a ser un instrumento fundamental para extender y aumentar la capilaridad y el acceso a los puntos de contacto con los clientes que van a ser necesarios.
EC - Pregunta Inés (una oyente): "¿Qué va a pasar con el trabajador rural? ¿También en el caso del trabajador rural se aplicará esta ley? ¿Cómo hace ese empleado que no tiene un cajero, que no tiene red de pagos, que no tiene sucursal bancaria más cerca de 40 kilómetros?".
MV - Pensando en situaciones de ese tipo es que la ley prevé los cuatro años, los tres primeros años y recién a partir del cuarto la operativa a través de estos medios. La ley le encomienda al Poder Ejecutivo prever los mecanismos que aseguren que a nivel de todo el territorio nacional, tanto en zonas urbanas como suburbanas y rurales, existan mecanismos que le permitan al trabajador acceder al efectivo, además de utilizar el instrumento como medio de pago. Estamos trabajando en coordinación con diversos actores, por ejemplo el Correo va a ser un actor relevante en todo esto, que nos va a permitir, junto con los corresponsales financieros, extender la red.
Además hay un punto central que es lo que tiene que ver con la tecnología. En los próximos tres años el desarrollo de la tecnología va a hacer que tengamos mecanismos mucho más sencillos que aquellos de los que hoy disponemos para operar con estos instrumentos. Por ejemplo los celulares, que tienen un grado de penetración y extensión en la población muy, muy elevado, son uno de los instrumentos que en el futuro van a tener un rol central en todo esto; en muchos países ya lo tienen, hay un uso muy intensivo del celular asociado a cuentas o a instrumentos electrónicos y también como un propio medio de pago.
Por lo tanto vamos a seguir trabajando para extender la red de cajeros, vamos a seguir trabajando para extender la utilización de los corresponsales financieros para multiplicar los mostradores y aumentar la capilaridad, y vamos a trabajar con actores para generar mecanismos alternativos que brinden en todo el territorio nacional el acceso al uso en los comercios y la posibilidad de extracción de efectivo. Pero fundamentalmente el desarrollo de la tecnología en los próximos tres años va a hacer que cuando tengamos que implementar la obligatoriedad la situación sea muy diferente de la que tenemos hoy y de la que nos podemos imaginar.
EC - Enseguida retomamos la entrevista con el economista Martín Vallcorba, asesor del Ministerio de Economía y Finanzas. , vamos a seguir conociendo la ley de Inclusión Financiera, vamos a averiguar cómo va a operar la rebaja del IVA y sobre los pagos que ya no podrán hacerse con efectivo.
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EC - La ley de Inclusión Financiera, aprobada la semana pasada en el Parlamento, implicará, entre otros cambios, que haya cada vez menos dinero en efectivo circulando en nuestra economía y que los uruguayos utilicemos cada vez más cuentas bancarias, tarjetas u otros medios electrónicos de pago. Para ir acostumbrándonos, estamos conversando en En Perspectiva con el economista Martín Vallcorba, asesor del Ministerio de Economía y Finanzas.
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EC - Uno de los instrumentos que se promueven con la ley de Inclusión Financiera es la tarjeta de débito, es decir, que la tarjeta sirva no solo para cobrar el sueldo, sino para pagar. Y para eso se establecen los beneficios impositivos, la baja del IVA (impuesto al valor agregado). ¿Cómo será el cronograma para este aspecto de la ley?
MV - La ley prevé que si es promulgada antes de fin de mes, como está previsto, a partir del 1° de agosto de este año haya una rebaja automática de 2 puntos del IVA, tanto sobre la tasa básica, que está en 22, como sobre la tasa mínima, que está en 10, para todas las transacciones que se realicen con tarjeta de débito o instrumentos de dinero electrónico. Por otra parte, la ley otorga facultades al Poder Ejecutivo para extender la rebaja, en el caso de las tarjetas de débito y los instrumentos de dinero electrónico, 2 puntos más durante el primer año de vigencia, o sea, a partir del 1.° de agosto de este año, y 1 punto más en el segundo año. Y en el caso de las tarjetas de crédito, que no están alcanzadas en el régimen general de rebaja de 2 puntos de las tarjetas de débito, que es general y permanente, la ley otorga facultades al Poder Ejecutivo de rebajar el IVA en 2 puntos durante el primer año para las transacciones con tarjeta de crédito y en 1 punto el segundo año.
EC - En el caso de las tarjetas de créditos la ley faculta al Poder Ejecutivo a que opere esa rebaja, pero no es un hecho que eso vaya a suceder, falta todavía que el Poder Ejecutivo resuelva.
MV - Estamos en condiciones de adelantar que el Poder Ejecutivo va a hacer uso de las facultades que la ley le otorga tanto en lo que tiene que ver con la rebaja adicional para las tarjetas de débito como para las tarjetas de crédito. Por lo tanto durante el primer año, a partir del 1° de agosto, las transacciones que se abonen con tarjetas de débito tendrán una rebaja de 4 puntos de IVA tanto en la tasa básica como en la mínima, con lo cual la tasa pasará a estar en 18 y en 6, respectivamente, y para las transacciones que se abonen con tarjetas de crédito operará una rebaja de 2 puntos durante el primer año y de 1 punto durante el segundo año.
EC - Efectivamente se van a producir esas rebajas adicionales.
MV - Se van a producir, se va a hacer uso de las facultades. Cabe precisar que los 2 puntos adicionales de débito y los 2 puntos para el crédito son para transacciones por debajo de 4.000 UI, monto que hoy equivale a unos 11.390 pesos. De modo que está previsto que estas reducciones adicionales operen para las compras de relativo bajo monto y no para grandes transacciones; en el caso de los 2 puntos permanentes y generales de la tarjeta de débito son para todas las transacciones sin ningún tipo de monto máximo.
EC - La rebaja de la tasa del IVA fue algo prometido con insistencia por el Frente Amplio en la pasada campaña electoral. Y ahora se lo instrumenta pero por este mecanismo, con el requisito de que haya de por medio tarjetas de débito o de crédito y con una serie de condiciones. ¿Por qué se va por esta vía? La oposición critica el camino que se está siguiendo, entiende que de hecho no se está cumpliendo con aquella promesa electoral.
MV - Sí, fue un compromiso de Gobierno que asumimos durante esta administración. Para su instrumentación se tomó en cuenta la experiencia que tuvimos en el pasado con la reforma tributaria, en la cual se redujo el IVA en 1 punto y se eliminó el Cofis, que había sido creado durante los Gobiernos anteriores. Una de las críticas que se plantearon en ese momento, o una de las dudas, fue si la rebaja del IVA y la eliminación del Cofis habían llegado al bolsillo de los trabajadores, si se habían trasladado al precio final para el consumidor. Ante esa experiencia en el Gobierno hemos trabajado durante todos estos años de la presente administración para estar en condiciones de implementar una rebaja del IVA a través de medios electrónicos que nos permita asegurar un instrumento transparente y directo para que esta rebaja del IVA llegue efectivamente a los consumidores, al bolsillo de los trabajadores y los jubilados.
Por eso era necesario no solo avanzar en la expansión de las redes POS en los comercios –desde el 2010 hasta ahora se han duplicado la cantidad de POS que existen en nuestra economía–, sino también asegurar que todos los uruguayos tuviéramos acceso a un instrumento electrónico. Porque podíamos estar implementando un mecanismo transparente y directo de rebaja del IVA para el consumidor, pero si había personas que no podían acceder a ningún medio de pago electrónico estábamos generando situaciones de exclusión y de inequidad, porque quienes podían tener más dificultades de acceso eran los sectores de menores ingresos.
EC - Varios oyentes preguntan si se va a poder pagar con estos medios electrónicos en las ferias. Porque ahí se juega buena parte de las compras de mucha gente, "sería bueno que en esas compras también se pudiera acceder a las rebajas de IVA incluidas en la ley".
MV - Las ferias están exentas de IVA, por lo tanto estrictamente no sería de aplicación. De todas maneras existen ya algunos planes pilotos para extender el uso de los medios electrónicos a las ferias, hay algunos planes que está impulsando el Mides (Ministerio de Desarrollo Social).
Por otra parte, el avance en el uso de los medios electrónicos es una tendencia que naturalmente se va a dar, independientemente de lo que hagamos desde las políticas públicas. Si no hacemos nada desde las políticas públicas el avance del uso de los medios electrónicos va a generar situaciones de mayor exclusión a nivel de los pequeños comercios, que son los que tienen mayores dificultades de acceso al uso de estos medios de pago. Por lo tanto, en los últimos tres años hemos venido generando las condiciones para que los pequeños comercios, los microcomercios, los microempresarios tengan acceso a los POS a costos muy razonables, de forma tal que no queden excluidos de una tendencia que se va a dar independientemente de lo que hagamos desde las políticas públicas, porque el propio funcionamiento del mercado va en esa dirección.
EC - El tema de los créditos de nómina ha sido objeto de polémica durante el tratamiento de la ley. Estos créditos consisten en que la persona gestiona un crédito, recibe el dinero y luego comienza a devolverlo en cuotas que se descuentan del salario o de la pasividad que cobra a través, por ejemplo, una cuenta bancaria. Con este mecanismo se busca facilitar y mejorar las condiciones de acceso al financiamiento para determinados sectores de trabajadores y de pasivos. Pero surgió la protesta de ANDA y otras instituciones.
RA - ANDA sostiene que al ampliarse el abanico de instituciones que pueden otorgar estos créditos de nómina ella pierde la ventaja competitiva que tenía frente a los bancos y que ahora estos van a ser más atractivos, porque la gente va a estar vinculada mediante cuentas bancarias con los bancos, y por lo tanto va a ver limitadas sus oportunidades de oferta de crédito. ¿Qué dice a ese planteo?
MV - La creación de este nuevo instrumento, que viene a complementar los ya existentes, tiene como objetivo fundamental atender al trabajador, al pasivo. Y como resulta fundamental que en este proceso no quede excluido ninguno de los actores que se mencionaban, la ley, si bien establece que los créditos de nómina pueden ser dados tanto por instituciones de intermediación financiera –por ejemplo los bancos– como por las cooperativas y ANDA y los pone en el mismo orden de prioridad a la hora de la retención, no establece una igualdad de condiciones entre los bancos y las cooperativas y ANDA. Fue una preocupación central que se trabajó en el Parlamento darles mayores herramientas y mejores condiciones a las cooperativas y a ANDA. La ley prevé que las cooperativas y ANDA puedan ofrecer crédito de nómina absolutamente a todos los trabajadores, jubilados y pensionistas sin ningún tipo de restricción, mientras que los bancos solo les van a poder ofrecer este crédito a aquellos trabajadores que elijan esa institución para cobrar su sueldo o su jubilación. Si un trabajador o un jubilado elige cobrar a través de una institución emisora de dinero electrónico, que emita una tarjeta prepaga, por ejemplo, solo va a poder obtener el crédito de nómina en una cooperativa o en ANDA. Por lo tanto aquí combinamos dos aspectos, por un lado, se crea un instrumento que va en beneficio del trabajador y el jubilado, permitiéndoles el acceso a todos los trabajadores y jubilados sin ningún tipo de exclusión, en condiciones muy favorables, y simultáneamente se les dan las herramientas necesarias a los actores de la economía social para que puedan insertarse y aprovechar también las oportunidades que este proyecto les genera.
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EC - La ley introduce la prohibición de pagar en efectivo bienes o servicios que superen las 40.000 UI (unos 5.000 dólares). ¿Qué forma de pago podrá utilizarse para ese tipo de operaciones?
MV - Para las transacciones que superan los 5.000 dólares se van a poder utilizar todos los medios de pago con la única excepción del efectivo. Se van a poder utilizar los cheques -como hasta ahora-, los cheques diferidos, los medios electrónicos, no hay ninguna restricción por encima de estos 5.000 dólares, únicamente el efectivo. Luego hay un segundo escalón, para transacciones de montos más elevados, de unas 160.000 UI (20.000 dólares). En ese caso, además del efectivo, están excluidos los cheques comunes, por lo tanto se van a poder utilizar cheques diferidos, letras de cambio, cheques certificados y los medios electrónicos en general.
Ese es el esquema general previsto en el proyecto de ley. Pero estos cambios también empiezan a operar con una gradualidad importante, la ley prevé que empiecen a operar a partir del año de entrada en vigencia con la posibilidad de que prorroguen un año más. Al mismo tiempo, también habilita, para las transacciones por encima de los 20.000 dólares, que transitoriamente la reglamentación permita que se continúen utilizando los cheques comunes como medio de pago. Es un proceso gradual de cambio y modernización del sistema de pagos, que presenta un rezago muy grande, con un uso muy extendido del efectivo y los cheques con relación, por ejemplo, a los países vecinos de la región.
EC - Si los oyentes quieren plantear consultas puntuales o aclarar dudas sobre otros capítulos de la ley, ¿hay algún sistema de comunicación previsto por el MEF?
MV - Todavía estamos trabajando en la implementación de esos aspectos. La implementación de esta estrategia de inclusión financiera requiere como complemento fundamental avanzar en los aspectos vinculados con la educación financiera y con la defensa del consumidor de los servicios financieros. En ese aspecto el BCU tiene un mandato legal, estas funciones se incluyeron en su Carta Orgánica, por tanto ya tiene previsto un conjunto de mecanismos de consulta y de atención de dificultades y quejas que puedan tener los usuarios. Al mismo tiempo, en el ministerio vamos a implementar una campaña de comunicación que tienda a sentar las bases para un uso extendido y que todos los uruguayos podamos aprovechar los beneficios que esta ley nos genera. En eso estamos trabajando, seguramente en los próximos meses ya tendremos las primeras medidas concretas de implementación. Pero tengamos en cuenta que el BCU ya dispone de esa oficina de atención a los usuarios de servicios financieros y por ese lado también es posible contemplar las dudas o los problemas que los usuarios de los servicios vayan a encontrando.
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RA - El economista Vallcorba accedió a responder todas las consultas que quedaron pendientes, que por cierto son muchas.
EC - En 48 horas, aproximadamente, en Espectador.com estarán las respuestas a todas esas preguntas.
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Transcripción: María Lila Ltaif
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