¿Cómo se fija la paramétrica de ANCAP?
La economista Magdalena Domínguez, integrante del equipo de La Mañana de El Espectador, hizo un análisis sobre la paramétrica de Ancap y lo difícil que es conseguir información sobre cómo se fija la misma.
La búsqueda de información sobre cómo se fija la paramétrica de ANCAP no fue sencilla. Al respecto, no se pudo obtener el método de cálculo.
Para ello accedimos al portal "quesabes.org";. Según su propia definición "este portal facilita el envío de Pedidos de Acceso a la Información Pública, como lo habilita la Ley 18.381 de 2008 y su normativa reglamentaria, permitiendo a cualquier persona solicitarle a cualquier organismo público la información que desee";.
En el mismo se encontraron pedidos de información ya existentes de la "función paramétrica empleada para fijar el precio actual de los combustibles, desglosada por las distintas variables y constantes que se empleen para su cálculo";.
¿Cuál fue la respuesta encontrada?
Los resultados de tales consultas obtuvieron la siguiente respuesta desde ANCAP:
"Se informa que no existe un acto administrativo que apruebe una paramétrica a los efectos de la fijación del precio de los combustibles, siendo que para ello se toman en cuenta como variables: la estimación de la demanda proyectada, los costos fijos y variables particularmente, la materia prima, es decir, el crudo- el tipo de cambio, una utilidad razonable.
(…)
Debe señalarse además que, la determinación de los precios de los combustibles, implica el dictado de un acto administrativo de los que se denominan "actos complejos"; (…) En consecuencia, el solicitante deberá comprender que la visión de conjunto del Poder Ejecutivo y las políticas que en la materia se propongan impulsar tienen siempre incidencia en la determinación de los precios, razón por la cual muchas o al menos, algunas de esas condicionantes no son de resorte de ANCAP. Por tanto, deberá acudir ante el Organismo pertinente para solicitar la información referida.";
¿Cómo se interpreta esto?
La respuesta es al menos vaga. Ante modificaciones del precio del combustible, la justificación se basa en el precio del barril de petróleo, el tipo de cambio y partidas salariales. En estas oportunidades, parecería que cada una de estas variables juega un papel relativo, que depende de cierta ponderación.
En contrapartida, la respuesta oficial de ANCAP publicada en este portal parecería dar a entender que no existe una fórmula concreta que determine el precio del combustible. Y que incluso existiría un componente discrecional.
Estos resultados dejan una primera impresión de opacidad en esta fijación de precios, y ponen en tela de juicio la Ley 18.381 de Acceso a la Información Pública.
¿Es frecuente este incumplimiento?
En octubre de 2012 ya se había efectuado un pedido de información que obtuvo su respuesta dos meses después. La comunicación de ANCAP es vaga en el sentido que comenta cuales son los insumos pero no cómo se utilizan.
En octubre de 2015 otro ciudadano hizo un pedido similar, el cual tuvo una respuesta muy parecida, en una documentación casi idéntica. En esta oportunidad la entidad hizo uso de la prórroga permitida por Ley para brindar una respuesta.
En el día de hoy, El Observador publicó una nota en la que se afirma que el Gobierno admitió deficiencias en el cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información Pública, particularmente en la publicación de datos abiertos de los diferentes ministerios y la administración central. De acuerdo al Indice de Transparencia Activa realizado por Cainfo sólo un 41% de los requisitos fueron cumplidos en 2014.