"Problemática de los cincuentones - principales características del régimen previsional"
De un tiempo a esta parte la problemática de los llamados "cincuentones" ha sido objeto de múltiples debates, derivando en reclamos judiciales y en otros niveles con el fin de atender su situación.
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A los efectos de tener una mejor comprensión de dicho debate, repasaremos brevemente la motivación del mismo y en particular, las principales características del régimen previsional vigente en nuestro país, para lo cual estamos en contacto con la Dra. Cecilia Demarco del Departamento Laboral del Estudio Posadas, Posadas & Vecino.
¿Quiénes son los cincuentones?
Los cincuentones son trabajadores que en 1996 eran menores de 40 años de edad, y que una vez aprobada la ley de la reforma jubilatoria (16.713) se vieron obligados por ley a afiliarse a las AFAP en consideración de su nivel salarial en ese momento.
A los efectos de una mejor comprensión de este tema, cuáles son las principales características del régimen impuesto por la ley 16.713?
La ley 16.713 organizó el sistema mixto para la cobertura de riesgos de vejez, invalidez y sobrevivencia. Por qué hablamos de sistema mixto? Porque la ley instrumentó un sistema que combina el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional (previo a la ley) y el régimen de ahorro individual obligatorio. Este régimen comprendió a quienes al 1 de abril de 1996 eran menores de 40 años de edad y se encontraban afiliados al BPS (hoy los cincuentones) y a quienes ingresen al mercado de trabajo con posterioridad a la aprobación de la ley.
Quedaron fuera del sistema mixto quienes al 1 de abril de 1996 tenían 40 años o más, sin causal jubilatoria al 31 de diciembre de 1996. Estas personas se mantuvieron en el régimen de solidaridad y se llamó "régimen de transición";.
¿Qué requisitos debe cumplir un trabajador para acceder a una jubilación común en el marco del sistema mixto, como es el caso de los cincuentones?
Cabe mencionar que los requisitos que detallamos a continuación aplican tanto para el sistema mixto como el régimen de solidaridad intergeneracional.
Para acceder a una jubilación común es necesario reunir un mínimo de edad y un mínimo de años de servicios, 60 años de edad y 30 años de servicio. Existiendo la posibilidad en el caso de mujeres de agregar un año adicional (con un tope de 5) por cada hijo natural nacido vivo o adoptado.
Estos requisitos aplican a los cincuentones.
¿Cómo se puede resumir brevemente el problema de los cincuentones y sus posibles causas?
El problema de los cincuentones residiría en dos aspectos principales: por un lado, la forma en que el BPS interpreta la ley en cuanto a salarios anteriores a 1996, no computando el 100% del aporte sino por un tope que la ley prevé para aplicar de 1996 y no antes.
Por otra parte, quienes participaron en la elaboración de la nueva ley, el problema reside también en el hecho que las proyecciones realizadas al momento de su aprobación tomaron como edad objetivo para jubilarse los 65 años, aún cuando este punto no se modificó en la ley. Entonces estos dos aspectos derivarían en que los cincuentones en caso de jubilarse a los 60 años perciban prestaciones por debajo de los que percibirían si se hubiese aplicado a ellos el régimen de solidaridad, en un entorno del 30%.