Project Finance: Instrumento de financiación de infraestructura
La doctora Victoria Garabato del Estudio Posadas, Posadas y Vecino analizó en La Mañana de El Espectador uno de los mecanismos más utilizados a nivel internacional para el financiamiento de proyectos de infraestructura.
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El Project Finance o "Financiamiento de Proyectos" es un mecanismo de financiación a largo plazo para grandes proyectos de inversión, en el cual el repago del préstamo se realiza directamente con los recursos o fondos generados por el propio proyecto.
Normalmente se estructura a través de una sociedad o entidad vehículo (SPV) creada únicamente para llevar a cabo el proyecto objeto del financiamiento, posibilitando así que el endeudamiento no afecte el balance o la situación financiera del patrocinador.
¿Qué ventajas tiene sobre otras formas o instrumentos habituales de financiación?
En los métodos de financiación más frecuentes, el financiamiento se otorga basado en la capacidad de endeudamiento de determinada compañía y tomando como garantía su propio patrimonio o sus bienes. El Project Finance, en cambio, se basa fundamentalmente en los ingresos que genere el propio proyecto, eliminando o limitando las garantías requeridas a los promotores. Será la propia sociedad vehículo, con su propio patrimonio (y no los promotores) la que responderá total o parcialmente por la deuda contraída.
Asimismo, este mecanismo de financiación permite una adecuada distribución de los riegos entre los distintos actores (promotores/accionistas, financiadores, constructores y empresas aseguradoras) lo que posibilita la obtención de mayor crédito y minimiza los riesgos de los promotores.
No cualquier proyecto es financiable a través de esta modalidad dado que es necesario, en primer lugar, que se trate de un proyecto que requiera un volumen elevado de inversión inicial y, además, que sea capaz de generar ingresos a largo plazo, más o menos estables y predecibles. Los proyectos más apropiados para ser financiados a través de ésta modalidad son los proyectos de infraestructura y de energías, incluso estructurados a través de instrumentos de participación publico privada ("PPP").
¿Es adecuado el marco normativo Uruguayo para desarrollar proyectos de PPP bajo esta modalidad de financiamiento?
Si, lo es. En efecto, en la normativa actual en materia de PPP (Ley N° 18.786 y sus decretos reglamentarios N° 17/012, 280/2012 y 251/015) se han contemplado los principales aspectos que normalmente requieren las entidades financiadoras en el marco de un Project Finance. En este sentido, la normativa referida contempla, por ejemplo, la facultad del contratista de constituir prendas sobre flujos de fondos a generarse en el proyecto así como cualquier tipo de garantías personales o reales sobre sus bienes y derechos, la ejecución extrajudicial de las prendas otorgadas por el contratista, el arbitraje como mecanismo de solución de controversias y además se contempla la posibilidad de que el contratista ceda el contrato de PPP a favor de los financiadores a los efectos de que estos, eventualmente, puedan asumir el cumplimiento del mismo.
En la actualidad, en nuestro país, existe mucha experiencia en la estructuración de financiamientos a través de esta modalidad. El Project Finance ha adquirido una enrome relevancia y ha sido utilizado, con mucho éxito, en los últimos tiempos. En efecto, ha sido el mecanismo de financiación por excelencia, por ejemplo, en el sector de energías renovables.