La Mañana de El Espectador

¿Qué les pasa a los países que no pagan su deuda pública?

¿Qué les pasa a los países que no pagan su deuda pública?

En los últimos tiempos se ha visto un incremento de las emisiones de deuda de algunos países de Latinoamérica. Sin ir más lejos, Argentina -luego de solucionar su diferendo con los "Holdouts"- volvió a los mercados financieros e incluso emitió deuda a 100 años (algo con pocos antecedentes a nivel global). Perú, por su parte, emitió este mes deuda por un equivalente a 3.100 Millones de dólares, y nuestro país hizo lo propio por un importe equivalente a los 1.250 Millones de dólares (que incluyó la recompra de títulos). Sin embargo, la historia de Latinoamérica demuestra que muchas veces la deuda soberana no puede pagarse, por lo que es necesaria una "reestructura" de la misma. A estos efectos, estuvo en La Mañana de El Espectador el abogado Alejandro Rey Jiménez de Aréchaga del departamento de operaciones especiales del Estudio Posadas, Posadas & Vecino.

Cuando un país no puede pagar su deuda pública, ¿qué sucede?

En un principio, quién prestaba dinero eran mayoritariamente los bancos, pero ahora lo es el mercado financiero (es decir, quién invierte en las emisiones públicas). Esto, principalmente como consecuencia de la crisis de deuda de Latinoamérica de los años 80, lo que causó importantes pérdidas a los bancos.

Como consecuencia de ello, los países comenzaron a emitir deuda en los mercados de capitales, lo que causó el problema de la proliferación de acreedores. Antes -cuando había problemas-, las negociaciones se daban en un foro denominado "Club de Paris" (había una negociación "bilateral"), pero ahora las mismas se dan a través del "Club de Londres" (allí la negociación es "multilateral").

Entonces, cuando un país no puede pagar su deuda, o bien no la paga (lo que se conoce como "default") o bien comienza una reestructuración de la misma. La reestructuración de deuda es un proceso mediante el cual se realiza un intercambio de instrumentos de deuda por otros, en los que, o bien se modifican los plazos de re-pago, o bien se hacen quitas al capital y/o a los intereses (por ejemplo, en la última reestructuración de deuda que hizo Argentina, se les pagó a los bonistas 0,35 centavos por cada dólar adeudado).

La dificultad que tiene esto es justamente la proliferación de acreedores a la hora de ofertar y negociar los términos y condiciones.

Y si no hay acuerdo entre deudor y todos los acreedores ¿qué sucede?

Aquí es cuando surgen los "holdouts", es decir, acreedores que no aceptan los términos de los nuevos valores a ser emitidos por el Estado. Estos pueden ser los denominados "fondos buitres", o acreedores minoristas que defienden sus derechos. Su éxito dependerá de las cláusulas de la emisión, es decir, si la misma tiene las "Collective Action Clauses", la aprobación de cambios y reestructuras puede ser aprobada por determinadas mayorías de los bonistas y esta aprobación obligará a todos a acceder al intercambio, en caso contrario, quienes no acepten la reestructura se mantendrán como acreedores en los términos originales.

En líneas generales, la dificultad que tendrán los acreedores es de embargar bienes del emisor, ya que existen normas que impiden el embargo dentro del país de bienes estatales, sin embargo, podrá haber embargo de bienes en el exterior (cuentas bancarias, activos petroleros (en el caso de Venezuela), u otros activos -como recordarán el caso de la Fragata Libertad de Argentina cuando estaba en el puerto de Ghana-).

Otra herramienta que tienen los "Holdouts" es la cláusula "Pari Passu", que es una cláusula de estilo que está en la mayoría de los instrumentos de deuda internacionales, y que inhibe a los gobiernos a abonar o dar prioridad a determinados acreedores sobre otros. Bajo esta cláusula es que los "Holdouts" de la deuda Argentina le impidieron judicialmente a ese gobierno abonar a los bonistas que habían aceptado la reestructuración.

Aquí recalco que el Fondo Monetario Internacional ha elaborado un procedimiento de reestructura de deuda soberana basado en lo que es el "Chapter Eleven" de los Estados Unidos (es decir, la normativa concursal de aquel país) con el objetivo de dar certezas, proteger acreedores y preservar los bienes de los emisores; sin embargo, esto no ha tenido los consensos necesarios de la comunidad internacional para ser aprobado.

¿Qué efectos tiene un default sobre determinado país?

Sobre este punto no hay una opinión unánime, todo lo contrario. Hay autores que señalan que los costos son únicamente reputacionales, otros que señalan que el país puede perder o verse afectado en su acceso a los mercados internacionales para la colocación de sus productos, o la obtención de mayor financiamiento. Sin embargo, la mayoría de los autores señalan que únicamente aquellos "Defaults"; que pudieron haber sido evitados tienen costos altos para dicho país.

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