Tras un "largo parto", comenzó la reforma en la DGI
El gobierno decretó una restructura de la Dirección General Impositiva que establece la dedicación exclusiva de los funcionarios, acompañada de una mejora en los salarios. El director de Rentas, Eduardo Zaidensztat, dijo que la medida implicará "un aumento de la recaudación atacando la competencia desleal que son los grandes bolsones de evasión".
(Emitido a las 9.11)
EMILIANO COTELO:
A partir del 1 de agosto quedará operativa la reforma de la Dirección General Impositiva (DGI) que fuera decretada ayer por el gobierno.
El nuevo esquema prevé, entre otras cosas, la exclusividad de los funcionarios de Impositiva, que no podrán desempeñar tareas en el sector privado.
El director general de Rentas, Eduardo Zaidensztat, es nuestro entrevistado esta mañana.
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Contador Zaidensztat, ayer en la conferencia de prensa que encabezó el ministro de Economía, Danilo Astori, después de que suscribió el decreto con el presidente Tabaré Vázquez, dijo: "Esta es la primera gran reforma estructural que va a desarrollar el gobierno". ¿Por qué esta es una reforma estructural?
EDUARDO ZAIDENSZTAT:
Concordamos con la opinión del ministro y es una reforma estructural que lleva varias décadas, pasaron varias décadas en el sentido de que en 1967 se creó una ley que casi no tuvo aplicación donde se estableció algo fundamental: que no se puede ser juez y parte, estar de un lado y del otro del mostrador, que no se puede asesorar a empresas y simultáneamente trabajar en la Impositiva.
EC - ¿De qué fecha es eso?
EZ - La ley anterior era de 1967, pero lamentablemente se abrió una llave y se les permitió a los funcionarios tener tres empresas para asesorar en el sector privado, y alguna podía ser, por ejemplo, un estudio profesional. Entonces en la práctica se mantenía la misma relación, asesorando simultáneamente al sector público y al sector privado.
EC - Después podría citar en la misma dirección el decreto 30/003, de enero de 2003, de normas de conducta en la función pública, cuyo artículo 27 prohibía las relaciones con las actividades controladas. De hecho, en principio también hubiera implicado que los funcionarios de la DGI tuvieran que dedicarse exclusivamente a estas funciones.
EZ - Es correcto pero yo lo voy a relacionar con un tema sobre el que usted hablaba más temprano leyendo el mail de un oyente que hacía referencia, por el tema del tabaco, a la ley seca en Estados Unidos. Las leyes y las normativas tienen que tener aplicabilidad y en este caso sí tienen aplicabilidad porque no solamente se le exige al 100 por ciento de los funcionarios trabajar exclusivamente en la DGI, sino que también se hace un cambio en las reglas de juego dándoles una retribución acorde a su responsabilidad y a su trabajo dentro de la organización. También hay que ser consciente de que la gente tenía salarios realmente muy bajos para la responsabilidad y las tareas que hacía y, honestamente, los funcionarios tenían que buscar otro empleo, otra actividad para poder vivir, para poder comer.
EC - Tengo entendido que el artículo 27 del decreto de enero de 2003, para el caso de los funcionarios de la DGI fue postergado en su entrada en vigencia.
EZ - Sí, en efecto, porque desde que nosotros asumimos la responsabilidad el viernes 30 de agosto de 2002, ese fin de semana estuvimos trabajando con el entonces ministro Alejandro Atchugarry analizando el verdadero problema estructural de la DGI. Al otro lunes había una sesión en la Comisión de Hacienda en el Parlamento, donde ya el en aquel entonces ministro Atchugarry planteó el problema enfrentándolo: hagamos un diagnóstico real para saber qué enfermedad tiene la persona o la organización para saber qué remedio hay que darle. Fue una de las primeras preocupaciones nuestras: cómo se arregla esto, cómo creamos un nuevo régimen de obligaciones pero también de derechos para los funcionarios, donde se establezcan nuevas reglas para todos.
EC - Justamente, ¿cómo se consigue que esa dedicación exclusiva sea viable?
EZ - En primer lugar porque tenemos el marco legal que se votó en forma unánime por todos los partidos políticos. El segundo semestre de 2003 se terminó de votar, en octubre, noviembre de 2003. El artículo 1º de esa ley una ley muy cortita establecía la disminución del IRP para los trabajadores, los jubilados y los pensionistas de menores ingresos. El artículo 2º, generalmente cómo se financia lo que alguien deja de pagar; aquí hubo un cambio conceptual muy importante, se llamó "Mejora de gestión de la DGI". El artículo 2º de esta ley, que es la 17.706, dice: "a través de un aumento real de la recaudación", o sea depurando los cambios normativos, depurando los crecimientos del producto bruto, a través de una mejora real de la recaudación eso básicamente es eficiencia se puede generar hasta un 25 por ciento de esa mejora real, dando cuenta a la Asamblea General, a realizar una reestructura de la DGI, ya sea para atender problemas de recursos humanos como de recursos materiales. Y se le encomendó al Poder Ejecutivo dar prioridad a la mejora de gestión de la DGI y que reglamentara cosa que está haciendo en estos momentos esa ley dando cuenta a la Asamblea General. Lo que se votó en octubre, noviembre de 2003 se está reglamentando en estos momentos.
EC - ¿Entonces de qué orden es la compensación que reciben los funcionarios de la DGI por la exclusividad que desde ahora se les exigirá?
EZ - En primer lugar la exigencia, que se ha traducido en una mejora real de recaudación, en los últimos tiempos nos da un volumen de dinero que no es utilizado totalmente. De hecho esta reforma anualizada utiliza menos de la mitad de ese 25 por ciento que podría utilizar. No es necesario utilizar todo ese dinero, que es un volumen muy importante y por tanto ese dinero es para Rentas Generales.
EC - ¿De qué orden es ese 25 por ciento de la mejora real de recaudación, dinero de que puede disponer la DGI para esta reestructura?
EZ - En este momento se están haciendo los cálculos por parte de los distintos servicios, pero en los primeros grandes números la cifra anda en menos de la mitad del 25 por ciento de la mejora real de recaudación.
EC - No entendí, yo le estaba preguntando cuánto era en plata, cuánto dinero tenían en caja como para usar para esta reestructura.
EZ - En realidad estos dineros no existen en caja, como en cualquier empresa se utiliza para el capital de giro, para las necesidades, las necesidades que tienen el Estado uruguayo, la sociedad. Lo que sí se tienen son los créditos presupuestales contablemente.
Esto no es un gasto, es la mejor inversión, porque hay que ser muy honestos, hasta ahora la gente tenía un problema de multiempleo, de multiactividad, hasta este momento los funcionarnos de la DGI llevaban un régimen de cinco horas. A partir de este momento la dedicación pasa a ser de ocho horas y exclusiva, trabajando de cuerpo y alma y pensando solamente en esta oficina, donde la productividad no es solamente proporcional a la casi duplicación de su horario de trabajo sino también a que no tienen que estar pensando en sus asuntos particulares.
Decimos que es una inversión y no un gasto porque estamos más que convencidos de que el dinero que se invierta en esto va a implicar un aumento de recaudación real atacando la competencia desleal que son esos bolsones de evasión que lamentablemente son grandes.
EC - ¿Cuál es la compensación que reciben por la dedicación exclusiva?
EZ - Esto se basa en un concepto totalmente nuevo en la administración uruguaya. En primer lugar el primer artículo de la reglamentación habla de un contrato por objetivos, un contrato que se firma entre el Ministerio de Economía, un compromiso de gestión entre el ministro de Economía y la DGI en el cual se establecen objetivos que tienen relación directamente con el cumplimiento de las obligaciones fiscales a través de la mejora de los servicios que se prestan a los contribuyentes y el fortalecimiento del combate al fraude y a la evasión fiscal. Estos objetivos tienen que ser cuantitativos y cualitativos.
Este contrato después se traduce en establecer metas para distintos grupos de trabajo, y en el caso de que los grupos de trabajo alcancen las metas establecidas para cada uno de ellos y ahí viene la novedad se establece un régimen de remuneración variable. O sea a partir de ahora los funcionarios van a tener una remuneración fija y simultáneamente, en caso de acceder a estas metas cuantificables, objetivas, van a tener un porcentaje de retribución variable de acuerdo a su desempeño.
EC - Pero el punto de partida, la retribución fija, ¿ya implica un incremento?
EZ - Sí, sin lugar a dudas hay un incremento; estamos hablando conceptualmente de una retribución por debajo de lo que normalmente cobran los funcionarios como retribución. Hay dos conceptos, retribución fija y variable; sumando los dos conceptos que en otros lados es solamente fija la retribución de los funcionarios pasa a estar en el entorno de lo que cobran los funcionarios de las empresas públicas y por debajo de lo que cobran los funcionarios de la banca estatal.
EC - Para terminar con esta parte, no quedó finalmente respondida la pregunta de cuánto dinero anualmente se va a destinar a este tipo de compensaciones, una idea aproximada.
EZ - Si mal no recuerdo las cifras, el incremento real estaba en los 1.100 millones de pesos, ese 25 por ciento de mejora real de recaudación, y no se está tomando esa cifra sino una que no llega a los 500 millones de pesos.
EC Yo le preguntaba cómo se consigue que la dedicación exclusiva sea viable y usted me respondía a propósito del capítulo retribuciones. Pero está el otro capítulo, el control. ¿Cómo se controla que esa dedicación exclusiva sea real? Hay preguntas de los oyentes en este momentos en esa dirección. En particular: ¿cómo se evita que el funcionario siga asesorando a empresas privadas de manera indirecta, a través de familiares o de amigos?
EZ - En primer lugar se establece la prohibición de manera directa, indirecta o a través de estudios profesionales, de realizar cualquier tipo de asesoramiento, apoyo, como le quieran llamar, pero que en definitiva haya una relación con empresas que son contribuyentes de la DGI. Para eso se crea algo que increíblemente la oficina hasta ahora no tenía: una auditoría interna que tiene entre sus cometidos controlar en forma sistemática y permanente el cumplimiento de este régimen de incompatibilidad y dedicación exclusiva. Es una auditoría interna que va a depender directamente de la Dirección General, y además a los funcionarios que opten por quedarse en la organización, quedarse en la DGI, se les establece un sistema por el cual tienen que declarar la relación que hayan tenido de manera directa o indirecta con cualquier persona física o jurídica que sea contribuyente de la DGI para utilizarlo exclusivamente de acá para adelante. Así se controlará que no se mantenga esa relación y que en caso de que ameritare el funcionario se excuse de no trabajar como funcionario público controlando a esa empresa.
Por otro lado se incluye dentro de la declaración jurada que hay que presentar ante la Junta Anticorrupción a todos los cargos gerenciales y a todos los funcionarios que revisten dentro de la División de Fiscalización. Esa información es solamente para utilizar para el efectivo cumplimiento de las disposiciones de incompatibilidad y se asegura la confidencialidad.
Además se establece un régimen de sanciones en el cual el incumplimiento de las prohibiciones y obligaciones de esta nueva reestructura es considerado como falta grave, pasible de la destitución del funcionario infractor, previa instrucción de un procedimiento disciplinario y todo esto sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que eventualmente se pudiera incurrir.
Por otro lado decimos que cuando alguien ofrece un servicio, alguien lo está demandando; cuando un funcionario de la DGI asesora a una empresa privada quiere decir que hay una empresa privada que está adquiriendo o solicitando ese servicio. Por tanto también habría una responsabilidad por parte del sector privado que contrate este servicio. Lo que queremos hacer es explicar las nuevas reglas de juego, porque en aquellos casos en que veamos que haya asesoramiento directo o indirecto a una empresa del sector privado, obviamente esas empresas van a recibir una inspección profunda, una fiscalización profunda, mirada con lupa y yendo hacia atrás lo máximo que nos permite la ley, que dependiendo del caso, es de cinco a 10 años.
EC - Así que las sanciones no van a ser sólo para el funcionario que incumpla el nuevo marco, la nueva reglamentación, sino también para las empresas que contraten a esos funcionarios incumplidores.
EZ - No, para las empresas no se establece una sanción, no corresponde que la DGI lo haga, lo que decimos es que a esas empresas las vamos a mirar de canto, de punta, de perfil, de costado, con lupa y el tiempo máximo que nos habilita la ley.
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EC - Si entiendo bien, a partir de mañana, del 1 de junio, los funcionarios de la DGI que también tengan actividad en el sector privado dispondrán de un mes para optar entre una u otra.
EZ - Para entrar a regir esta reglamentación, tal cual establece la ley, se comunicó en el día de ayer por parte del Ejecutivo al Parlamento y, según se nos dice, hoy a las 16 horas ingresaría a la Asamblea General. Una vez que hayan transcurrido 30 días, de acuerdo a lo que marca la ley, entraría en vigencia este nuevo sistema. En forma inmediata los cargos gerenciales de la DGI pasan a estar obligados a cumplir esta disposición y aquel que quiera mantenerse en vinculación con empresas del sector privado tiene dos opciones, que vamos a comentar. Eso es en forma general para todos los cargos gerenciales y al resto de los funcionarios se le da 30 días adicionales para tomar la opción, que es una opción individual y personal de cada uno.
EC - Entonces efectivamente son 30 días.
EZ - 30 días para todos los cargos gerenciales, nos parecía que el ejemplo empieza con los cargos de mayor responsabilidad y tienen 30 días para tomar la decisión, algo que ya hace más de un año que venimos hablando y planteando.
EC - Usted señalaba recién que el decreto reglamentario todavía tiene que pasar por la discusión en la Asamblea General; ¿por qué?
EZ - No, no es una discusión en la Asamblea General, es una comunicación a la Asamblea General. Hay que dar cuenta de todo lo actuado a la Asamblea General, tal cual dispone el artículo 2º de la ley 17.706, y a nuestro criterio el legislador tomó una posición correcta, inteligente, que el país se debía desde hacía muchos años, por la cual este tipo de cargos estructurales debe tener el lógico proceso de control parlamentario de las distintas fuerzas políticas.
EC - Usted lo mencionó al pasar: la ley que habilita esta reforma de la DGI es del año 2003, tiene casi dos años.
EZ - Es del 4 de noviembre de 2003.
EC - Un año y medio entonces. ¿Qué pasó? ¿Por qué se demoró tanto su implementación? ¿Entre otras cosas por la resistencia del sindicato?
EZ - En primer lugar la solución no es fácil, de hecho es un problema endémico; Emiliano, antes de que nosotros naciéramos este problema ya existía en el país. Por algo en 1967 se intentó hacer algo similar, pero se cometió el error de dejar excepciones dando la oportunidad de que se pudiera asesorar a tres empresas y que una de ellas pudiera ser un estudio. Quiere decir que ya en aquel momento la sociedad uruguaya debatió este tema.
Lo intentamos, fue un proceso largo de estudio interno, se conformó un equipo de gente para trabajar en el tema; después se trató de dialogar con todas las partes, con los funcionarios, con los sindicatos, escuchando sus opiniones, y terminamos en el año 2004 elevando allá por mayo un proyecto al Poder Ejecutivo, al Ministerio de Economía, para su consideración. El Ministerio lo estuvo estudiando, se incorporaron modificaciones en aquel momento. Recordemos que fue cuando la DGI tuvo un proceso que lamentablemente repercutió en el contribuyente, que no tiene nada que ver, porque hubo medidas que afectaron el normal servicio de la DGI de dos a tres meses de paro en distintas secciones. Incluso se nos había llamado por parte de la Asamblea General, se había llamado al ministro, que era el contador Isaac Alfie, y nosotros lo acompañamos. En principio la idea era reglamentarlo el año pasado, finalmente no se pudo hacer y por fin, el parto fue largo pero el bebé está bien.
EC - ¿Hoy el sindicato comparte a grandes rasgos la reforma?
EZ - Lo que hicimos nuevamente fue establecer un diálogo con la gente, tratar de escuchar sus opiniones, sus sugerencias, que en algunos casos fueron tomadas y en otros no porque entendimos que no correspondían. Pero tratamos de realizar estos cambios con la gente, con nuestros funcionarios, buscando nuestro norte y el bien supremo a tutelar, que es que esto le sirva no al funcionario de la DGI, no a la DGI, sino a la sociedad uruguaya. Hoy lamentablemente tenemos porcentajes de evasión que andan en 33 por ciento del total.
Voy a poner un ejemplo. Vamos a suponer que usted y yo vamos a tomar un café con una media luna y hay que pagar 100 pesos; si pagamos los dos, pagamos 50, pero si yo evado a usted la cuenta le va a salir 100. Eso es lo que está pasando hoy en la sociedad uruguaya, hay un porcentaje de evasión tan grande que para mantener el gasto de la sociedad uruguaya, el gasto de la familia uruguaya, alguien está pagando la cuenta y aquellos que con mucho esfuerzo pagan sus impuestos, tienen una presión fiscal muy grande. ¿Cuál es el deber y la obligación de la DGI? Atacar esos bolsones de evasión y para eso el corazón de cualquier institución, ya sea pública o privada, tiene que tener un sistema donde sus recursos humanos tengan reglas claras de obligaciones y responsabilidades para poder trabajar en forma eficiente.
EC - Hemos dedicado buena parte de esta entrevista a lo que parece ser la médula de esta reforma de la DGI, que es la incompatibilidad del desarrollo de funciones en el sector privado para los empleados de ese organismo. Pero la reforma incluye algunos otros capítulos más; brevemente, ¿cuáles destaca usted como los más importantes?
EZ - Por otro lado estamos creando una Unidad de Grandes Contribuyentes, las primeras 500 empresas que aportan a la DGI dan 60 por ciento del total de la recaudación. En ese caso el concepto es mejorar su atención, la parte de asistencia a esos contribuyentes y que tengan una fiscalización, un control, podría decirse casi en tiempo real. Entonces se crea una división de Grandes Contribuyentes para mejorar el servicio en esa área.
Y fundamentalmente estamos creando un cambio en la parte de recursos humanos; hasta ahora no había una verdadera carrera administrativa, no había capacitación del funcionario. Partiendo de la base de que muchos funcionarios van a optar por irse a otras áreas de la administración central e incluso algunos van a renunciar al sector público, entendemos como prioritario que, en primer lugar, todo ingreso que se haga a la DGI sea por estricto concurso de oposición y méritos; en segundo lugar rehacer una verdadera carrera administrativa donde se capacite a la gente realmente, y para ascender se prioricen los méritos y las pruebas que se tienen que dar, de oposición y méritos. En ese sentido estamos apostando a mejorar la calidad, a transformar al administrativo en un verdadero técnico y al profesional dándole los elementos para mejorar su capacitación en beneficio de la función dentro de la DGI.
Otro cambio fundamental para nosotros es que los cargos de gerencia van a ser provistos por un período de tres años al final del cual van a recibir una evaluación hecha por un tribunal para analizar si cumplieron o no con las metas que estaban previstas. Y aquellos que por razones de calidad sin que nada lo justifique no hayan cumplido sus obligaciones como gerentes, no hayan funcionado en forma correcta, irán a concurso; se podrán presentar o no a ese concurso. Estamos diciendo que no hay una silla segura para ningún gerente, aquel que no cumpla cualitativamente, en calidad de trabajo, va a ser evaluado e irá nuevamente a un concurso.
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Mauricio Erramuspe