Economía

DGI aprobó normas instrumentales del IRPF

La Dirección General Impositiva (DGI) aprobó en la tarde de este viernes una serie de normas instrumentales del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que entra en vigencia este domingo con la Reforma Tributaria. Una de las normas dispone que el recibo de sueldos será el único documento válido para certificar las retenciones a cuenta del impuesto que se haga a los trabajadores en relación de dependencia.

El director general de Rentas, Nelson Hernández, explicó que esta resolución no impide la aplicación del IRPF, porque se trata de normas prácticas sobre procedimientos y trámites a realizar en algunos casos a partir de fines de julio e incluso las hay para aplicar en diciembre.

Procedimientos y actividades que abarca esta resolución

Algunos ejemplos. La resolución implementa la designación de las inmobiliarias como agentes de retención del IRPF. Vinculado con lo anterior, determina cuándo y por cuánto corresponde realizar retenciones en los pagos de arrendamientos, tanto urbanos como rurales; cómo se deben documentar esas retenciones, y fija los anticipos que se deben realizar a cuenta del Impuesto.

Además, esta resolución dispone que el recibo de sueldo será el único documento necesario para certificar las retenciones a cuenta del IRPF que se harán a los trabajadores dependientes.

También se establecen los anticipos para los trabajadores no dependientes: la forma como se calculan, en qué fecha tienen que realizarse y de qué manera.

Hay varias normas relativas a las retenciones y/o anticipos a cuenta el Impuesto a la Renta.

La resolución incluye disposiciones sobre las formas de presentación de las declaraciones juradas que se deben presentar en diciembre, el tipo de declaración jurada que deben presentar los agentes de retención del Impuesto, y determina el modo en que se deben realizar retenciones adicionales para el caso que las realizadas se consideren insuficientes.

La resolución dispone cómo se deben calcular las retenciones y/o adelantos a cuenta del Impuesto a la Renta. Y también fija los procedimientos para calcular en pesos los sueldos y/o parte de los sueldos que los trabajadores cobran en especie, a efectos de darle un valor sobre el cual calcular el Impuesto.

Para la determinación del IRPF se sumarán todos los ingresos que tiene cada trabajador, es decir, los que recibe en pesos más lo que se cobra en especie, como canastas, tickets, bonos para compras, etc. A esto se le da un valor, se suma a los ingresos y en función de lo que da se determina si el trabajador está alcanzado por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas en caso de superar su ingreso el mínimo no imponible, que es 8.180 pesos.