Trump y el acuerdo de Paris sobre Cambio Climático
Fue noticia en su momento que el presidente de los Estados Unidos Donald Trump anunció el retiro de su país del Acuerdo de Paris sobre Cambio Climático, que fuera oportunamente suscripto por el gobierno de Barack Obama en el año 2015. Para conversar sobre los aspectos legales de este tema, estuvo en La Mañana de El Espectador el abogado Alejandro Rey Jiménez de Aréchaga, del departamento de operaciones especiales del Estudio Posadas, Posadas & Vecino.
¿Que es el "Acuerdo de París"?
-El acuerdo de Paris es un acuerdo internacional firmado en el año 2015 que tiene como objetivo reducir el Cambio Climático. El mismo se suscribió en el marco de en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 1992 y fue firmado por 197 países (todos los países, salvo Siria y Nicaragua), y ha sido ratificado por 147 de ellos.
En los considerandos del acuerdo se habla de que es necesario tener una respuesta progresiva y eficaz al cambio climático pero tendiendo en cuenta las necesidades y circunstancias especificas de las partes que lo suscriben.
Los objetivos centrales del acuerdo son:
a) Mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 2 °C con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5 °C con respecto a los niveles preindustriales; y b) Aumentar la capacidad de adaptación a los efectos adversos del cambio climático y promover la resiliencia al clima y un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, de un modo que no comprometa la producción de alimentos.
En el acuerdo se reconoce que los países en desarrollo tardarán mas en reducir las emisiones de gases de efecto invernadero que los países desarrollados.
¿Qué consecuencias económicas tiene el Acuerdo?
-El acuerdo establece que los países desarrollados deberán proporcionar recursos financieros a las Partes que son países en desarrollo para prestarles asistencia tanto en la mitigación como en la adaptación, y seguir cumpliendo así sus obligaciones en internacionales en la materia.
En los hechos, esto se ha traducido en aportes de los países industrializados por USD 10.3 mil millones, dentro de los cuales los Estados Unidos han aportado USD 3 mil millones. Estados Unidos es quien ha aportado más fondos, seguido por Japón con aproximadamente la mitad.
Sin embargo, los aportes en términos relativos en función de la población de los países desarrollados, quien ha aportado más es Suecia (usd 59,31 por persona), seguido por Luxemburgo (usd 58, 63 por persona), y luego Noruega, Mónaco, Reino Unido, Francia, Dinamarca, Suiza, Japón, y recién allí los Estados Unidos. Si los Estados Unidos terminara de hacer los aportes comprometidos, sería menos de USD 10 por habitante, cuando dicho país es el responsable de 1/5 de las emisiones globales.
Se trata de un fondo que, conjuntamente con capital de bancos de desarrollo y otras agencias, invertiría su capital en determinados proyectos. Por ejemplo, alguno de los proyectos son: i) Desarrollo de riego mejora del sistema de aguas subterráneas en India; ii) construcción de una planta de hidráulica en las Islas Salomón para eliminar los generadores fósiles; y iii) protección de los humedales de Uganda.
Por otro lado, los Estados Unidos se habían comprometido a reducir en una década las emisiones de carbono en un 26 a 28%, y eso se haría a través del plan del gobierno de Obama denominado "Clear Power Plan", que cerraría plantas de carbón.
¿Como se dará el retiro de los Estados Unidos del Acuerdo?
-Los países no pueden retirarse del acuerdo hasta hayan transcurrido 3 años desde su entrada en vigencia, lo que ocurrió el 4 de noviembre del 2016, por tanto, los Estados Unidos deberán permanecer hasta el 4 de noviembre de 2019. Además, se deberá dar un preaviso de un año, con lo cual el plazo de salida se extiende para finales del 2020.
Sin embargo, si los Estados Unidos hubieran abandonado la Convención de ONU de cambio climático (cosa que no hizo), allí se hubiera considerado que también hubo abandono del acuerdo de Paris, siendo los plazos allí de 1 año.