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España: confirman sentencia de 9 años de prisión para "la manada"

España: confirman sentencia de 9 años de prisión para "la manada"

El Tribunal de Navarra dijo que no había pruebas de violencia y que era demasiado difícil determinar si la intimidación tuvo lugar debido a la falta de muestra de fuerza obvia o amenazas hacia la víctima.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) confirmó este miércoles (05.12.2018) la condena de 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a los cinco miembros de "la manada" acusados de la violación grupal de una joven madrileña en 2016 en Pamplona.

Dos de los cinco jueces, todos hombres, pedían una condena de 14 años de prisión por violación.

Los condenados habían sido acusados de violar a la mujer, que en el momento del crimen tenía 18 años, en la entrada de un complejo de apartamentos en Pamplona el 7 de julio de 2016, al comienzo del popular festival de toros de San Fermín.

Los cinco hombres filmaron el ataque con sus teléfonos y luego se jactaron de ello en WhatsApp, donde se referían a sí mismos como "la manada".

Jueces prefieren condena por abuso sexual y no agresión sexual

En abril, fueron condenados a 9 años de cárcel cada uno por abuso sexual, pero los jueces los absolvieron del delito más grave de agresión sexual, al dictaminar que no hubo violencia ni intimidación.

Los fiscales habían pedido penas de prisión de 22 años y 10 meses.

Ambas partes apelaron la sentencia, que provocó furiosas protestas en todo el país.

Pero este miércoles, el TSJN confirmó el fallo. Dijo que no había pruebas de violencia y que era demasiado difícil determinar si la intimidación tuvo lugar debido a la falta de muestra de fuerza obvia o amenazas hacia la víctima.

Bajo la ley española, que el Gobierno ahora está considerando reformar, tiene que haber evidencia de violencia o intimidación para que un delito sea clasificado como agresión sexual.

Dos jueces sostienen que fue violación

Los dos jueces que no estuvieron de acuerdo con la sentencia llamaron al ataque "un acto de intimidación y coacción ejercido por todos ellos, tendiendo una trampa para la víctima dada la posibilidad casi nula que tenía de escapar".

También sostuvieron que había sido una violación con base en los actos "degradantes" infligidos a la víctima y el hecho de que la dejaron en el suelo "medio desnuda" mientras que uno de los delincuentes tomó el teléfono de la joven y removió las tarjetas de memoria.

Los cinco jueces también dictaminaron que la filmación del ataque había violado la privacidad de la víctima y ordenó al tribunal que primero juzgó el caso que emitiera otra sentencia por ese delito.