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Informe de la Fuerza Aérea remitido al presidente Tabaré Vázquez el 8 de agosto de 2005

(Las fuentes que proporcionaron el informe a En Perspectiva solicitaron que no se incluyeran los anexos que refieren a los casos concretos de detenidos desparecidos)

Fuerza Aérea Uruguaya Comando General
Base Aérea "Cap. Boiso Lanza", 8 de agosto de 2005.
Asunto: Cumplimiento del artículo 4° de la Ley Nº 15848 de 22 de diciembre de 1986 Señor Presidente de la República oriental del Uruguay Dr. Tabaré Vázquez Presente. De mi mayor consideración:
Cúmpleme elevara Ustedes las averiguaciones llevadas a cabo, en relación a lo ocurrido con los detenidos desaparecidos, en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de junio de 2005.
La información aportada es con referencia a las personas detenidas desaparecidas, Sr. José Arpiño Vega y Sr. Ubagesner Chavez Sosa, así como también la relacionada con las operaciones aéreas en que se transportaron personas detenidas desde la ciudad de Buenos Aires en la República Argentina con destino al Aeropuerto Internacional de Carrasco en nuestro país.

Saluda a Usted atentamente.
El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.
Tte. Gral. (Av.)
Enrique A. Bonelli

Arpino Vega, José

De acuerdo a la información obtenida, fue detenido el 18 de abril de 1974, junto con su esposa e hijo en su domicilio de Delta del Tigre (San José), Manzana 10, Solar 7, a la hora 02:00; siendo traslado a la entonces Unidad de Servicios de Aeródromo "Cap. Boiso Lanza".
El Sr. José Arpiño Vega fue sometido a apremios físicos durante el interrogatorio, falleciendo en la madrugada del 28 de abril de 1974. Ocurrido el hecho, la intención fue entregar el cuerpo a los familiares, pero al no poder presentar un certificado de defunción, se procedió a montar un operativo simulando su fuga y sepultando con cal el cadáver en una chacra, sito en Camino de las Pie-dritas correspondiente a la Seccional Judicial N° 7 del Departamento de Canelones, próximo a la ciudad de Pando; predio que estaba en custodia de la Fuerza Aérea, cuyas fotografías aéreas se agregan mediante ANEXO A.

Con relación al supuesto lugar del entierro, éste se encontraría en la continuación del monte cercano a las instalaciones habitacionales existentes en aquel momento, aproximadamente a un metro de profundidad.

No existe en este caso información referente a que el cadáver haya sido exhumado, incinerados y arrojados sus restos al Río de la Plata.

Chavez Sosa, Ubagesner

De acuerdo a la información obtenida, fue detenido el 28 de mayo de 1976, a las 17.00 horas, en la calle Vaimaca frente al N° 1280, siendo trasladado a la entonces Unidad de Servicios de Aeródromo "Cap. Boiso Lanza".

El Sr. Ubagesner Chavez Sosa, fue sometido a apremios físicos durante el interrogatorio, falleciendo posteriormente durante la noche del 1 o el 2 de junio de 1976.

Ocurrido el hecho, la intención fue entregar el cuerpo a los familiares, pero al no poder presentar un certificado de defunción, se procedió a montar un operativo simulando su fuga y sepultando con cal el cadáver en una chacra, sitio en Camino de las Piedritas correspondiente a la Seccional Judicial N° 7 del Departamento de Canelones, próximo a la ciudad de Pando; predio que estaba en custodia de la Fuerza Aérea, cuyas fotografías aéreas se agregan mediante ANEXO A.

Con relación al supuesto lugar del entierro, éste se encontraría en la huella de entrada, aproximadamente entre quince y veinte metros de la portera y a un metro de profundidad.
No existe en este caso información referente a que el cadáver haya sido exhumado, incinerado y arrojados sus restos al Río de la Plata.

Vuelos de personas detenidas en Buenos Aires y trasladas a Montevideo

De acuerdo a la información recabada se realizaron dos vuelos, probablemente el primero el 24 de julio y el segundo el 5 de octubre de 1976, partiendo desde el Aeropuerto Jorge Newbery en Plataforma de Aviación General de la ciudad de Buenos Aires en la República Argentina, con destino al Aeropuerto Internacional de Carrasco en Plataforma de la entonces Brigada de Mantenimiento y Abastecimiento.

Estas operaciones aéreas fueron ordenadas por el Comando General de la Fuerza Aérea, a solicitud del Servicio de Información de Defensa (S.I.D) y coordinadas por ese Servicio.

El motivo de dicha solicitud, alegado por el S.I.D, fue el de preservar la vida de las personas detenidas en la República Argentina, trasladándolas a nuestro país, ya que de la información existente, surgía la posibilidad inminente de muerte de las mismas en aquel lugar.

En función de dicha coordinación, se dispuso que las tripulaciones involucradas recibieran las ordenes del destino de la misión luego de haber decolado, a efectos de cumplir con el traslado de los detenidos, que terminó haciéndose desde el Aeropuerto Jorge Newbery hasta el Aeropuerto Internacional de Carrasco.

Las tareas de embarque, desembarque y posterior traslado estaban a cargo del S. I. D., desconociendo las tripulaciones la cantidad e identidad de los pasajeros, ya que los tripulantes debían permanecer aislados en la cabina de vuelo de la aeronave durante el transcurso de las operaciones.

La investigación no ha permitido conocer la realización de otros vuelos con idéntica finalidad.