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"El destino de los restos"

Fragmento de las Conclusiones generales del Informe Final de la Comisión Para la Paz.

"B.3.) El destino de los restos

47.- La COMISION ha asumido en todo momento que el destino de los restos de los detenidos-desaparecidos es una cuestión esencial, que aflige y lastima en forma especial a sus familiares.

Más allá de otras comprobaciones, los uruguayos todos debemos reconocer que, en cualquier circunstancia, tal como lo consagra incluso el propio derecho consuetudinario de guerra, los familiares deben ser amparadas en su derecho a tener una tumba donde honrar a sus seres queridos.

48.- La COMISION encaró este tema en el segundo año de su gestión, una vez que ya habían sido determinadas y reconocidas otras realidades. Se actuó de esa forma en el entendido que el trabajo de la COMISION y sus resultados iban a permitir la consolidación del estado del alma invocado por el Señor Presidente y a facilitar la búsqueda de las verdades más sensibles.

49.- La COMISION ha  recibido –de fuentes militares- versiones e informes coincidentes sobre cuál habría sido, en términos generales, el destino de los restos de los desaparecidos cuyo fallecimiento ha sido confirmado.
La información descarta, lamentablemente, la posibilidad de la COMISION de ubicar restos de la personas desaparecidas, salvo en lo que respecta al caso especial de Roberto Julio GOMENSORO JOSMAN.

50.- La información no tiene, en la enorme mayoría de los casos, la exactitud de detalle que merecen y necesitan las familias de las víctimas ni la comprobación objetiva o técnica que hubiese sido posible ante otras eventuales explicaciones. Sin desconocer esa realidad y asumiendo plenamente que hubiese resultado deseable a este respecto una respuesta que dejara más margen para su acreditación, se debe sí reconocer y aceptar que la versión que la COMISION trasmite ha sido ratificada por distintas y múltiples fuentes.

Frente a esas realidades, la COMISION considera que no puede –ni debe- confirmar esa información y se limita simplemente a trasmitirla en términos generales, destacando que los uruguayos merecen a esta altura –a juicio de este Cuerpo- una explicación más clara y contundente sobre el destino de los restos.

51.- Según la información recibida, para explicar el destino de los restos de los desaparecidos se debe distinguir, en la enorme mayoría de los casos, entre el lugar en que fueron enterrados inicialmente –destino intermedio- y el lugar de su destino final y definitivo.
A su vez, distintas son también las respuestas en función de otros detalles de cada caso; fundamentalmente, fecha y lugar de la muerte.

52.- La COMISION ha informado al Señor Presidente de la República y a los familiares de las víctimas sobre toda la información recibida al respecto de este tema. Por su parte, en cada resumen de detalle sobre las denuncias respectivas confirmadas se incluye la información que este Cuerpo ha podido obtener sobre cada caso particular.

En términos generales la información que recibió la COMISION es la siguiente:

a.  Los restos correspondientes a Roberto Julio GOMENSORO JOSMAN, cuyo muerte habría ocurrido entre el 12 y el 14 marzo de 1973, fueron rescatados del Lago de Rincón del Bonete algunos días después y sepultados en el Cementerio de Tacuarembo como NN. A pesar de la desaparición posterior de su tumba y de la mayoría de sus restos, parte de éstos fueron ubicados en fecha reciente y sometidos al análisis de ADN y al método de Videosuperposición Digital, habiéndose constatado con total certeza su identidad.

b. Los restos correspondientes a las otras dos personas desaparecidas con anterioridad al año 1974 (Abel Adán AYALA y Héctor CASTAGNETTO DA ROSA), habrían sido arrojados al mar en una zona cercana al Cerro de Montevideo.

c. Los restos correspondientes a las personas desaparecidas que murieron a partir de 1974 dentro del departamento de Montevideo (José ARPINO VEGA, Carlos Pablo AREVALO ARISPE, Luis Eduardo ARIGON CASTELL, Oscar BALIÑAS ARIAS, Ricardo Alfonso BLANCO VALIENTE, Eduardo BLEIER HOROVITZ, Juan Manuel BRIEBA, Julio CASTRO PÉREZ, Julio Gerardo CORREA RODRÍGUEZ, Ubagessner CHAVEZ SOSA, Lorenzo Julio ESCUDERO MATTOS, Luis Eduardo GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Miguel Angel MATO FAGIAN, Fernando MIRANDA PEREZ, Otermín Laureano MONTES de OCA DOMENECH, Felix Sebastián ORTIZ, Antonio Omar PAITTA CARDOZO, Eduardo PÉREZ SILVEIRA, Elena QUINTEROS ALMEIDA, Amelia SANJURJO CASAL, Juan Américo SOCA y Oscar TASSINO ASTEAZU), habrían sido enterrados en dependencias de las Fuerzas Armadas.

d. Los restos correspondientes a una persona desaparecida que falleció en el departamento de Maldonado –Horacio GELOS BONILLA- habrían sido enterrados en una zona de bosques entre la Ruta Interbalnearia y la costa.

e.  Los restos de todas las personas desaparecidas que fallecieron a partir de 1973 –24 en total-  habrían sido exhumados hacia fines del año 1984, incinerados o cremados mediante la utilización de calderas u hornos de fabricación informal alimentados con formas adicionales de combustión y arrojados finalmente al Río de la Plata, en una zona cercana al Barrio Paso de la Arena que ha sido ubicada y señalada con precisión.

53.- Se adjunta a este Informe Final, como ANEXO Nº 4, un peritaje  solicitado por la COMISION al Departamento de Medicina Legal de la Facultad de Medicina con referencia a la posibilidad de que restos humanos sean incinerados en hornos de fabricación informal, un mapa y croquis donde se marca la zona referida en la información citada precedentemente y un conjunto de fotos del lugar específico señalado".