Carta en la que 10 ex comandantes del Ejército asumen la responsabilidad y las consecuencias por las violaciones a los Derechos Humanos durante la dictadura.
"Quienes suscriben el presente documento, ex Comandantes en Jefe del Ejército Nacional, sienten la necesidad de dirigirse a los Poderes del Estado de la República y a la opinión pública para expresar que:
En diferentes momentos hemos ejercido la conducción de la Fuerza manteniendo unidad de criterio en lo referente a su esencia, honor, valores y tradición. Esta valoración incluyó la defensa de sus integrantes, a quienes se atribuían violaciones a los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo. Sustentaba esta posición, el principio que aquellos que actuaron en cumplimiento de órdenes de su Mando y más aún en esta especial situación, lo hacían bajo la responsabilidad de la propia Fuerza, en la persona de su Comandante.
En ese contexto se debe considerar que en marzo de 1985 se otorgó una amnistía por ley a quienes habían cometido delitos vinculados con el terrorismo sedicioso, que alcanzó incluso a detenidos y requeridos aún prófugos, muchos de ellos vinculados a hechos de sangre. Esta Ley de Amnistía inicialmente y posteriormente la Ley de la Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, procuraron aunque a la fecha sin éxito, establecer la convivencia pacífica y la armonía entre los diferentes segmentos de la sociedad, reparando injusticias y excesos ocurridos, como única solución y con la mirada siempre puesta en el futuro de la Nación.
Por otra parte, los Comandos de las Fuerzas Armadas emiten en el año 1986, una declaración que expresaba textualmente: " ... cuando se producen desencuentros entre los sectores que componen una sociedad, de magnitud tal que no se logre conciliar un punto de entendimiento y la crisis trae como consecuencia el quebrantamiento de la legalidad vigente, como la que culminara en junio de 1973, con ella también se pierden los puntos de referencia a que se deben ajustar la conducta y la conducción misma y que los hechos derivados de tal situación, cometidos por integrantes de las Fuerzas Armadas, son de su responsabilidad, por acción u omisión, por lo que no puede ésta recaer en sus subalternos sin crear una situación de grave lesión al ascendiente moral que sustenta el principio de autoridad, rector de la subordinación, disciplina e integridad de la Institución Militar". "Por lo expuesto expresan al Señor Presidente y ante el país, la firme determinación y el compromiso de continuar velando por la conducta y el comportamiento de todos y cada uno de sus integrantes y por el afianzamiento de las instituciones democráticas para forjar un futuro sin odios, de entendimiento, paz y esperanza".
Luego sobrevino la instancia del Referéndum promovido por un sector de la población, quedando laudado democrática y definitivamente el sentir colectivo de un pasado de intolerancia, conflictividad, sufrimiento y dolor, con lo que pareció haberse dado vuelta la página con una solución a la uruguaya.
En los tres períodos de gobierno subsiguientes, hasta el 28 de febrero de 2005, quienes como integrantes del Poder Ejecutivo, ejercieron el Mando Superior de las Fuerzas Armadas, mantuvieron el espíritu de la citada ley por encima de toda otra interpretación, ante diferentes demandas planteadas tanto en nuestro país como desde el exterior.
Funcionó en el período anterior de gobierno la llamada "Comisión para la Paz" que tuvo, a expresa determinación del Poder Ejecutivo de entonces, una intención humanitaria superior para con los familiares de ciudadanos detenidos - desaparecidos, sin efectos en el plano jurídico. A partir del 1º de marzo de 2005, diversos actos de gobierno han pautado una interpretación diferente de la Ley de la Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, cuyos efectos se hacen sentir en nuestra Fuerza poniendo a su Mando frente a situaciones no vividas por quienes suscriben.
Como consecuencia, varios camaradas en actividad y retiro han debido concurrir a Juzgados por citaciones en distinta calidad, relacionadas con hechos del pasado contemplados por la Ley de la Caducidad, referidos a situaciones de enfrentamiento armado con muertos en ambas partes, lo que nunca antes había sido considerado. Todo lo actuado se había mantenido en el plano interno de la Nación, en el que más allá de posiciones y controversias por fuertes que fueran, continuaba primando el criterio ancestral de que los problemas de los uruguayos se arreglan entre los uruguayos, postura que se ha fortalecido con conflictos actuales de pública notoriedad. Pero en casos recientes y en algunos otros en trámite, se ha variado radicalmente, tanto en la interpretación que se le pretende dar a la norma legal referida, como a la posibilidad de legislar al respecto, aspecto este último desactivado ante la evolución de acontecimientos afines, abriendo el paso a la Justicia de otros países para que actúen sobre camaradas nuestros, ciudadanos de esta Nación, por los hechos ya mencionados.
Se refuerza entonces, nuestra convicción en el sentido que si es responsable el Ejército y su Mando por hechos del servicio o como consecuencia del mismo, cumplidos en el país, ello vale con mayor énfasis para lo que eventualmente sea fuera de él. Finalmente y complementando lo enunciado precedentemente, hemos considerado los siguientes aspectos que constituyen los fundamentos básicos de nuestra declaración.
-La primera y más vieja consigna del Mando Militar a la que nos aferramos de por vida, establece que el Jefe es responsable de lo que hacen sus subordinados.
-La adhesión que les inspira el dolor de todos los compatriotas que han perdido a seres queridos en los enfrentamientos del pasado reciente.
-El apoyo incondicional que mantienen al Ejército y su Mando natural, respetando la lealtad a que está obligado por su encuadramiento constitucional y legal.
-El compromiso con el Ejército y con la Nación que les es propio por su condición militar y por el cargo que ejercieron y el que deriva de la herencia institucional expresada en la declaración de los Mandos Militares de 1986. Por lo expuesto, quienes suscriben la presente declaran que comparten y asumen plenamente las responsabilidades institucionales y sus eventuales consecuencias, por los actos del servicio cumplidos por los integrantes del Ejército, como un compromiso solidario e intransferible".