Decreto 690 de 1980 que reglamenta las facultades en los procedimientos de averiguaciones en los delitos.
DECRETO 690/980
SE REGLAMENTAN LAS FACULTADES EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE AVERIGUACIONES DE DELITOS
Ministerio del Interior
Ministerio de Justicia
Montevideo, 30 de diciembre de 1980.
Visto: la necesidad de reglamentar las facultades de la Policía en los procedimientos administrativos de averiguaciones de delitos.
Considerando: por mandato legal las autoridades policiales, en su "carácter de auxiliares de la Justicia, deben investigar los delitos, reunir sus pruebas, y entregar los delincuentes a los Jueces" (Artículo 2º de la Ley Orgánica Policial, según el texto ordenado de las leyes 13.963, de 22 de mayo de 1971 y 14.050 de 23 de diciembre del mismo año). Por ende, corresponde dotarlas de las facultades necesarias para el cumplimiento de ese precepto, en casos de negativa de las personas a colaborar en esa tarea fundamental para el mantenimiento del orden público.
Atento: a lo que dispone el artículo 168, inciso 4º de la Constitución, en ejercicio de su potestad reglamentaria,
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1º: En los procedimientos administrativos de averiguaciones de delitos, en caso de negativa de eventuales implicados o testigos a concurrir voluntariamente a las dependencias policiales, la autoridad podrá tomar las medidas de conducción correlativas a la situación planteada y mantener en aquellas a las personas aludidas, siempre con la finalidad de obtener la información que fuere posible.
Artículo 2º: En los casos del artículo anterior la autoridad policial deberá dar cuenta de inmediato al Juez competente y estar a lo que este resuelva. Salvo disposición judicial expresa, la permanencia en los locales policiales de las personas indicadas no podrá prolongarse por más de 24 horas (Código del Proceso Penal: artículo 123).
Artículo 3º: El Presente decreto entrará en vigencia el día 1º de enero de 1981.
Artículo 4º: Comuníquese, etc.
MÉNDEZ
General Manuel J. Núñez
Fernando Bayardo Bengoa