Entrevistas

Vaillant: no queremos eliminar la tercerización sino que se cumpla correctamente

El senador Víctor Vaillant es uno de los principales defensores de la Ley de Tercerizaciones. "La tercerización es una modalidad nueva, de las últimas décadas, con relación a la cual la legislación no ha sido actualizada, lo que se hace es actualizarla", afirmó. "No queremos eliminar la tercerización, queremos que exista y que se cumpla con ella correctamente", agregó.

(Emitido a las 7.48)

JOSÉ IRAZÁBAL:
Tras escuchar la opinión del presidente de la Cámara de Industrias, Diego Balestra, vamos a ver cómo se defiende esta Ley de Tercerizaciones desde el oficialismo.

ANDRÉS GIL:
Estamos en contacto con el senador Víctor Vaillant, del Espacio 609, integrante de la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social de la Cámara Alta.

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Senador Vaillant, el presidente de la Cámara de Industrias (CIU) recién planteaba que el tema tercerizaciones se estaba discutiendo en el ámbito tripartito y sin embargo el Parlamento lo tomó, avanzó y definió este proyecto que ellos rechazan y en el que Balestra decía que no había consenso, no había acuerdo. ¿Por qué se hizo eso?

VÍCTOR VAILLANT:
Se discutió, se analizó el tema en el ámbito tripartito y no se llegó a un acuerdo. Entonces, identificado el problema, que sin duda existe, buscados mecanismos para una solución de acuerdo a la que no se llegó, naturalmente el gobierno tiene la responsabilidad de encarar el problema. El gobierno no puede estar ausente de un problema que es grave y que tiene una larga historia.

En octubre de 2003 –simplemente para recordar una fecha– no estábamos en el gobierno, yo era columnista del semanario Búsqueda y escribí un extenso artículo en el que denunciaba la situación que se generaba con el tema tercerizaciones y planteaba la necesidad urgente de encontrar una solución legal. El problema de la mala aplicación de la herramienta de las tercerizaciones, que originalmente fue aplicada incorrectamente por algunos pocos empresarios, trajo como consecuencia no sólo la violación de los derechos de los trabajadores sino además una competencia absolutamente desleal entre los propios empresarios, esos mismos que representa la CIU.

JI - ¿A qué se refiere cuando habla de mala utilización?

VV - La tercerización no es una cosa mala, es cosa buena en tanto lo que pretende originalmente es que las empresas logren bajar sus costos, logren mayor eficiencia a través de la especialización en determinadas tareas. Ejemplo concreto: tengo una fábrica de zapatos y tengo un costo importante de seguridad y de limpieza y mantenimiento. Como hay empresas de mantenimiento y de seguridad que son más eficientes en sus respectivas tareas, en lugar de encargarme yo directamente del mantenimiento, de la limpieza y de la seguridad, contrato a empresas especializadas que por serlo tienen menores costos. De esa manera, mediante la tercerización tengo la posibilidad de bajar costos como resultado de la especialización contratada. Así vista la tercerización es una cosa correcta, aquí y en cualquier parte del mundo.

Pero lo que ha pasado y cada vez más en Uruguay existe una aplicación incorrecta de la tercerización que hace que las empresas, en lugar de bajar los costos por la especialización en las tareas contratadas, lo hagan por la explotación indebida de los trabajadores y por la violación de las leyes y el incumplimiento con el Estado. Una empresa que terceriza a los trabajadores no les paga los salarios correspondientes, no les paga la seguridad social, no hace los aportes a los organismos del Estado, no les paga salario vacacional, aguinaldo, licencia y a veces ni siquiera los salarios.

JI - ¿Estamos hablando de empresas fantasma?

VV - Muchas veces son empresas fantasma, otras veces no son fantasma pero violan todos los derechos y cuando eventualmente son identificadas desaparecen.

JI - Ahí hay una omisión también del propio Estado, de los organismos de contralor. ¿Cómo puede funcionar una empresa de esas características cuando no está cumpliendo con nada de lo que tiene que cumplir?

VV - Le cuento el ejemplo que hizo que yo escribiera ese artículo en el año 2003. Una empresa –no importa cuál en este momento, aunque podría nombrarla– determinada, con 400, 500 o 600 trabajadores, contrata a otra para que le cumpla determinadas tareas dentro de su propio establecimiento; esa otra empresa, que no cumplía con casi ninguna de las obligaciones, estaba dirigida por una sociedad anónima cuyo director era una persona insolvente, que a la postre resultó ser un funcionario de la primera empresa. La empresa estaba constituida correctamente, sencillamente no hacía los aportes correspondientes y violaba las leyes. Y el Estado la identificó –en este caso el BPS y la Inspección del Trabajo– y actuó sobre ella, y en ese momento la empresa se disolvió.

Como son empresas que no producen en su propia infraestructura no tienen inversión ni capital, entonces no hay sobre qué actuar. Cuando una fábrica viola las leyes y el Estado actúa y la controla, hay una empresa consistente, una infraestructura, un valor y una inversión contra los que se puede actuar como respaldo. Cuando la empresa que viola las leyes no tiene establecimiento instalado porque no lo necesita, porque no produce en su establecimiento sino en los de otros, sencillamente cuando el Estado actúa y la quiere obligar a pagar lo que no pagó, esa empresa sencillamente no tiene dinero, desaparece y no hay nada que hacer. El Estado queda sin cobrar y los trabajadores quedan sin cobrar sus salarios y sus derechos, sin siquiera el reconocimiento de los años trabajados a los efectos jubilatorios.

AG - Sobre el diagnóstico de la situación no hay tantas diferencias, desde el sector empresarial se reconoce que ese tipo de prácticas existe. Balestra decía que ellos entienden que esta ley es mala y, por ejemplo, el gerente de Gremiales de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios, Julio Guevara, decía ayer en declaraciones al diario El País que la ley es imprecisa porque no define el concepto tercerización ni aclara a quiénes abarca. Por ejemplo, hay empresas que fabrican productos que no distribuyen, cuya distribución realiza otra firma que se mueve en el rubro comercial; ¿eso significa que ante un incumplimiento del distribuidor el empleado podrá ir contra la industria? Eso no aparece aclarado en el texto de la ley.

VV - No, pero esa no es una actividad tercerizada, es una empresa que está comprando un servicio a otra empresa distinta que se realiza en otro ámbito. Naturalmente eso no es tercerización. Yo entiendo que algunos empresarios –no todos– no estén de acuerdo. En la medida que esta práctica se ha generalizado, no digo todos los empresarios pero muchos la están aplicando, con lo cual bajan sus costos, dicho de otra manera, ganan dinero a expensas del incumplimiento con el Estado y con los trabajadores. Entonces es lógico que les resulte inconveniente o una mala solución que se les termine ese mecanismo que les permite aumentar sus ganancias o bajar sus costos, como quieran verlo.

AG - Guevara reclamaba, por ejemplo, que el gobierno reglamente la ley de manera tal que la Dirección General Impositiva entregue certificados a los subcontratistas, intermedie a esos suministradores de mano de obra para que puedan dar garantía a las empresas que contratan los servicios.

VV - Va a ser así, como todas las leyes va a ser reglamentada y van a estar los instrumentos que den garantías. En este caso no se trata una ley que establezca nuevos beneficios o mejores condiciones laborales para los trabajadores, es una ley que pretende que otras leyes existentes realmente se cumplan, porque la ley de salario vacacional está, sencillamente no se cumple, la obligación de los aportes a la seguridad social existe, existe la ley que lo determina, sin embargo se viola y no se cumple. La tercerización es una modalidad nueva, de las últimas décadas, con relación a la cual la legislación no ha sido actualizada, lo que se hace es actualizarla. No queremos eliminar la tercerización, queremos que exista y que se cumpla con ella correctamente.

AG - En el artículo 1º del proyecto de ley se señala que el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, los organismos comprendidos dentro de los artículos 220 y 221 de la Constitución de la República, las intendencias municipales, las juntas departamentales y las personas públicas no estatales –es decir, en general el Estado–, cuando utilicen personal mediante alguna de las modalidades previstas en el inciso anterior, quedan incluidos en el régimen de responsabilidad solidaria regulado por esta ley. ¿Esto no va a armar un desbarajuste en el Estado? Porque esta modalidad de contratación está bastante extendida.

VV - No va a armar ningún desbarajuste porque en los hechos desde que está el Frente Amplio en el gobierno, en la mayoría de las licitaciones que se vienen realizando, a pesar de que no existía la ley, como filosóficamente estamos de acuerdo con este concepto, lo venimos aplicando.

Entre las empresas o las instituciones en las que se aplicaba este proceso de tercerización en forma absurda e incorrecta estaban las propias empresas del Estado, porque convocaban a licitación para tercerizar algunas actividades, por ejemplo la seguridad, la limpieza, establecían determinadas condiciones y ganaban los que cotizaban el menor precio, que muchas veces eran empresas que luego no pagaban los aportes a la seguridad ni cumplían con las obligaciones con sus trabajadores. Por esa vía también el Estado lograba bajar los costos, pero no como consecuencia de una mayor eficiencia del prestador tercerizador de la actividad sino como consecuencia del incumplimiento de las propias leyes del Estado. Eso sucedía; es más, en algunos casos todavía sucede.

Por supuesto que en primer lugar establecemos esta obligación no para las empresas privadas, antes que nada y específicamente identificado para el propio Estado. El Estado tendrá, cuando llame a licitaciones, que establecer estos mecanismos, no sólo la competencia correcta en las ofertas por parte de las empresas, los servicios que brindan y los precios que cobran, sino lo que ya es obligación, que quienes brinden los servicios a los efectos de cobrar todos los meses deberán presentar los recaudos que acrediten claramente su cumplimiento de las obligaciones. Es así de simple, no es nada complejo.

Entre 1996 y 1998 fui presidente de la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE). Cuando ingresé al directorio había dos empresas que tercerizaban, una limpieza y otra seguridad, y al poco tiempo me di cuenta de que sus trabajadores no estaban en la seguridad social, trabajaban 14 horas por día y no ganaban los salarios correspondientes. Naturalmente hice un pedido de inspección a la ministra de Trabajo del momento, que quedó asombrada porque le estaba pidiendo que mandara una inspección a la empresa que dirigía, cosa que no se estila, y mucho menos en una institución pública. Finalmente se realizó la inspección y se comprobó lo que yo decía, que esas empresas violaban absolutamente todos los derechos de los trabajadores e incumplían las obligaciones con el Estado. Sin embargo cuando llegó fin de mes tuve que pagarles lo que por contrato habían ganado en la licitación porque en ningún lado decía que yo podía retenerles por incumplimiento con estas leyes. Tuve que hacer todo un procedimiento distinto para poder liquidar el contrato y corregir la situación.

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Edición: Mauricio Erramuspe