Entrevistas

Rossi cuestiona el sentido de los reparos sobre Pluna

Rossi cuestiona el sentido de los reparos sobre Pluna

La Asamblea General será el órgano que canalice las objeciones que el Tribunal de Cuentas hizo sobre la asociación de Pluna con el consorcio Leadgate. Así lo adelantó el ministro Víctor Rossi, quien cuestionó el fondo y la forma del informe que elaboró el órgano de contralor. "Había más preocupación por hacer llegar a la prensa el documento que por comunicar a los interesados. (...) Eso habla un poco del sentido", criticó.

Emitido a las 7.39.

EMILIANO COTELO:
El ministro de Transporte y Obras Públicas, Víctor Rossi, defendió ayer en una conferencia de prensa el acuerdo realizado por el Estado uruguayo con el grupo inversor Leadgate, con el argumento de que el contrato es totalmente ajustado a derecho.

De esta manera, Rossi respondía a las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas (TC) en su informe del pasado 5 de setiembre. Según el ministro, el Poder Ejecutivo resolvió hacer suya la respuesta Pluna a esos cuestionamientos del TC sobre el proceso de asociación, y va a elevar todos los antecedentes a la Asamblea General para que sea este órgano el que laude.

"De esa forma el gobierno evita ingresar en una discusión innecesaria o un diálogo de sordos con el órgano de contralor, en donde el Frente Amplio (FA) tiene dos representantes sobre un total de siete ministros, y recurre en cambio al Parlamento, el órgano de alzada para estos asuntos, ámbito donde tiene asegurada la mayoría legislativa."

Esto es un apunte en la nota que aparece en el diario El Observador sobre este tema.

¿Efectivamente por allí vienen las razones del curso de acción que decidió seguir el gobierno?

Vamos a conversar con el ministro Rossi.

***

EC - En primer lugar, ustedes optaron por tomarse unos días, más de una semana, desde que trascendió la opinión del TC sobre la asociación de Pluna con Leadgate. ¿Por qué?

VÍCTOR ROSSI:
Para estudiar el dictamen que había preparado el TC, después de más de dos meses de consideración. Para reflexionar respecto de qué era lo que correspondía, en virtud de que el dictamen no hacía ninguna observación sobre ningún gasto, sino que hacía consideraciones de otro tipo. Por lo tanto, el camino de superación de las observaciones no era la reiteración, como habitualmente sucede cuando hay alguna observación sobre algún gasto, porque era más de concepto. Así fue que llegamos a la conclusión de que no valía la pena abrir, como en otras oportunidades, un recorrido de ida y vuelta, de respuestas y contrarrespuestas, para generar una polémica que no es conducente.

EC - ¿El Poder Ejecutivo no le va a responder directamente al TC?

VR - No, no es necesario. El TC ha hecho el estudio, ha dado su opinión y la Constitución prevé que las observaciones del TC, sean del tipo que sean, se canalicen hacia la Asamblea General. Es público y notorio que siempre se reprocha que la Asamblea General no discute las observaciones. Entonces vamos a hacer llegar las precisiones y las aclaraciones que nos merece el documento del TC a la Asamblea General, que es el ámbito de alzada.
 
EC - Casualmente allí el oficialismo tiene mayoría...

VR - Sí, pero es el ámbito que la Constitución establece. De acuerdo con la interpretación de la Constitución no es normal que la integración del TC se mantenga desde 1995.

EC - A propósito del TC, ¿a ustedes les molestó el hecho de que el dictamen saliera en la prensa antes de que les llegara directamente?

VR - ¿Qué le parece leer en la prensa, no sólo el dictamen, sino comentarios sobre el dictamen? Lo que habla de que hubo un tiempo de reflexión, y oficialmente lo recibimos el día en que salió publicado. Extraoficialmente, lo recibí por un fax que alguien pasó a las 20.46 de la noche anterior. El modo como se hacen las cosas habla de...

EC - ¿De qué? ¿Cuál es la interpretación de ustedes?

VR - Habla un poco del sentido: había más preocupación por comunicar públicamente, por hacer llegar a la prensa el contenido del documento del Tribunal que por comunicarles a los interesados que tenían que trabajar en la aplicación de ese documento. No le hace bien a la situación esta discusión de idas y venidas y contradicciones. Por eso hicimos una conferencia de prensa. Pero más que la conferencia de prensa en sí, repartimos todo el material que hemos preparado a partir de informes del ente autónomo. Además, tomamos una iniciativa que nunca había tomado este Ministerio en estos dos años y medio sobre ningún tema, que fue la publicación en remitido de algunos comentarios para evitar que se tomara parcialmente un tema, porque la cobertura periodística no puede abordar el asunto completo.

EC - En los diarios de hoy está publicado un remitido de Pluna Ente Autónomo y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) dirigido a la opinión pública con los principales argumentos.

Ustedes toman como base la posición esgrimida por Pluna Ente Autónomo, la posición del Ministerio es la de Pluna Ente Autónomo...

VR - Es que los delegados de Pluna Ente Autónomo, el Directorio de Pluna Ente Autónomo, son los representantes del Estado uruguayo en Pluna SA. Usted, al iniciar el programa hablaba de un comunicado de Pluna, pero no es de Pluna, es de Pluna Ente Autónomo, que es la delegación uruguaya. Son los representantes de los intereses del Estado uruguayo en la sociedad anónima.

EC - Pasemos a algunas de las críticas del TC. Por ejemplo, se objetaba que el gobierno no hubiese recurrido a un proceso licitatorio internacional para seleccionar al nuevo socio de la aerolínea. ¿Por qué ustedes entendieron que eso no era necesario?

VR - Porque la privatización de Pluna se produjo en 1993. A partir de una ley que discutió el Parlamento se decidió su privatización y se concretó esa asociación a través de la formación de las Primeras Líneas Uruguayas de Aeronavegación Aérea SA. A esa Pluna SA, que es una empresa privada, se integró Pluna Ente Autónomo, que pasó a constituir, en el marco del artículo 188 de la Constitución, incisos 3 y 4, una sociedad mixta que funciona acorde con los requerimientos de una empresa mixta.

No es una empresa del Estado, no es el Estado el que hace esta asociación, la asociación ya existía, es una sociedad anónima. Ha habido distintas reestructuras, recomposiciones de la participación accionaria, cosa que en este último período llevó a que quienes compraron la emisión de nuevas acciones de Pluna SA pasaran a tener 75% del total de la sociedad anónima. Pero recomposiciones de este tipo se hicieron en varias oportunidades en la historia de Pluna y nunca merecieron observaciones.

EC - El TC comparó esta situación con la venta del Nuevo Banco Comercial, en la que sí se actuó respetando esos principios de buena administración, etcétera, "los principios de igualdad, publicidad y competencia que aseguran la debida transparencia de las acciones".

VR - Se equivoca nuevamente. Porque en el caso del Nuevo Banco Comercial no hubo ninguna licitación. Hubo un proceso de selección de oferentes similar al que se utilizó en Pluna, incluso con la contratación y participación de un broker privado. Elige un ejemplo y se equivoca. Porque nosotros tuvimos en cuenta ese proceso, con la diferencia de que en el caso del Nuevo Banco Comercial el 100% de las acciones, de esa empresa que también funcionaba en el derecho privado, era público, era estatal. Mientras que en el caso de Pluna nunca, ni el 100% (ni cerca del 100%) de las acciones, fue del Estado uruguayo, cosa que dice el TC y vuelve a equivocarse.

Si después de un proceso de más de dos meses y de que le hiciéramos llegar documentación y opiniones para explicar lo que se había hecho, no nos podemos hacer entender por el TC y este saca un dictamen con una serie de comentarios que no reflejan la realidad, entonces, ¿para qué una discusión inconducente?

EC - Otro de los argumentos del TC: "El gobierno aceptó en este negocio garantizar diversas obligaciones y contingencias que comprometen la realidad económico-financiera del Estado en forma directa, por montos intangibles. A los efectos de concretar una negociación como la que nos ocupa, el Poder Ejecutivo debió ejercer su iniciativa y lograr la aprobación de una ley que haga encuadrar la situación".

VR - Da la casualidad de que hay antecedentes, incluso no observados por el TC, de entes autónomos que hacen ejercicio de su representación del Estado asumiendo garantías en la sociedad anónima que integran. Incluso hubo un caso relativamente reciente en Pluna, en el cual el propio TC aprobó, a partir de una presentación que hizo Pluna Ente Autónomo con apoyo de opinión del doctor Delpiazzo, que el ente autónomo saliera de garantía de un avión que iba a comprar Pluna SA. Finalmente, la operación no se concretó, pero el principio de la operación es el mismo y se lo tomó en cuenta para resolver el relacionamiento con Leadgate. Simplemente se le agregó al procedimiento una serie de garantías adicionales a favor del Estado, como la hipoteca del 100% de los aviones, la garantía particular de 75% de la inversión, acorde con su participación accionaria, del inversor privado, cosa que no tenía la otra operación. ¿Por qué en un plazo que no supera en mucho al año, dos casos similares se interpretan en forma absolutamente distinta?

EC - ¿Para ustedes, por un lado no se necesita ley a los efectos de asumir esa garantía, y por otro, tampoco hay nada chocante en el hecho de que el Estado, que es propietario de 25% del capital accionario de la nueva sociedad, garantice en forma soberana el 100% del monto a financiar para adquisición, arrendamiento y leasing de aeronaves?

VR - No hay nada que lo impida. Pero además, esta participación del Estado uruguayo, a través del ente autónomo, en la garantía de compra de unidades se hizo para facilitar la operación comercial y lograr mejores condiciones de financiamiento. Pero a su vez el Estado está respaldado, porque tiene a su favor la hipoteca del 100% de las unidades y Leadgate le garantiza particularmente su parte, el 75%. El Estado queda absolutamente cubierto. Además, cumple su obligación como accionista, minoritario pero accionista, de contribuir a que Pluna tenga la posibilidad de funcionar.

EC - ¿Pero por qué contribuye de esa manera, garantizando en forma soberana el 100% del monto a financiar?

VR - Porque fue la solución que se encontró para que la operación comercial pudiera resolverse de la forma más satisfactoria para la empresa.

EC - ¿Pero por qué? ¿Porque los vendedores de los aviones no tienen la suficiente confianza en Leadgate, el otro socio?

VR - Leadgate es una empresa privada. No es lo mismo que una empresa estatal. Y si bien Leadgate pone las garantías correspondientes (su 75%; el 25% restante de todos modos tenía que ser garantizado por el Estado uruguayo), el hecho de que la transacción se hiciera con participación del Estado uruguayo facilitó en los plazos, en los intereses y en el financiamiento de la operación.

EC - Ayer en la conferencia de prensa, usted dijo también que un dictamen como el del TC le hace mal a Pluna. ¿Por qué?

VR - Le hace mal a Pluna esta situación de que permanentemente está en discusión la participación privada en un emprendimiento tan complejo como es Pluna SA, que permanentemente parece ser acusado de ilegítimo. Hay que saber que esta aerolínea nacional quebró tres veces, perdió la totalidad del patrimonio y más, acumulaba dos millones de dólares de pérdida mensual. Por eso hubo que conseguir un socio que viniera a concretar un negocio para intentar sacar adelante un emprendimiento que el Estado tenía dificultades para sacar. La prueba está en la trayectoria a la que hacía referencia.

Permanentemente se pone en duda incluso la legitimidad del contrato. El TC llegó a decir que las firmas del ministro de Transporte y del ministro de Economía no estaban autorizadas y por lo tanto podía considerarse nulo el contrato. Fíjese la incertidumbre que genera desde el punto de vista del funcionamiento empresarial y de los compromisos, incluso de la garantía, una afirmación de ese tipo. La totalidad de los convenios y contratos que hemos firmado, no sólo yo, no sólo los ministros en este período de gobierno, sino en la historia del país, han sido firmados por ministros, por cierto supeditados a la resolución del presidente de la República que les da validez.

No sé qué busca el TC cuando dice que los ministros no estaban autorizados, cuando el propio presidente de la República participó en la firma del primero de los documentos, el 12 de febrero de 2006. Durante mi gestión debo de haber firmado más de 200 convenios y contratos. Según esta tesis que aparece para este caso en particular, pero que no se aplica a ningún otro, serían todos nulos. Nunca habíamos recibido ni siquiera una observación en ese sentido.

------------