Proyecto sobre radios comunitarias tiene una "vaguedad peligrosa"
Si bien el Partido Nacional reconoce que hay que legislar a propósito de las radios comunitarias, el proyecto que aprobará el oficialismo "es de una vaguedad peligrosa, es impreciso, implica la posibilidad de otorgar ondas y frecuencias de alcance ilimitado tanto en lo que se refiere a la potencia como al alcance territorial", dijo el diputado Pablo Abdala. Para él, la posibilidad de que la norma se apruebe ha hecho proliferar emisoras que "desnaturalizan el concepto de radiodifusión comunitaria". El legislador también cuestionó lo que se dispone en cuanto al financiamiento porque "se genera una competencia desleal muy grave".
(Emitido a las 9.12)
EMILIANO COTELO:
Esta tarde, en la Cámara de Diputados, terminará de aprobarse el proyecto que reconoce y regula la radiodifusión comunitaria.
La bancada del Frente Amplio (FA) aceptó la sugerencia de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicación (URSEC) de que no se demorara más la votación de los cambios que el texto tuvo en el Senado. Para la URSEC es fundamental que la nueva norma entre en vigencia cuanto antes, ya que la Justicia ha venido ordenando una serie de clausuras de emisoras que hasta ahora son consideradas ilegales pero que con el nuevo marco podrán gestionar su habilitación.
Lo cierto es que el proyecto saldrá aprobado, pero solo con el respaldo del oficialismo. Ayer entrevistamos En Perspectiva al diputado Pablo Álvarez, del MPP, para conocer los argumentos del gobierno.
Hoy les proponemos escuchar a la oposición. En particular, ¿por qué el Partido Nacional (PN) no vota esta ley? ¿Es un rechazo en general o la diferencia está concentrada en algunos puntos en particular?
Vamos a conversarlo con el diputado Pablo Abdala, del Herrerismo, PN, que hoy actuará como miembro informante en minoría.
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Diputado Abdala, ¿comparten la preocupación de la URSEC en cuanto a que no puede seguir demorándose la existencia de una ley sobre radiodifusión comunitaria?
PABLO ABDALA:
No la compartimos, porque creemos que la actual conducción de la URSEC no tiene legitimidad para hacer un planteo de esas características. Tenemos una valoración muy negativa de lo que ha venido actuando el actual directorio de la URSEC, y en particular su presidente.
EC - ¿Por qué?
PA - Porque creemos que ha caído en la inacción y en la omisión frente a numerosas denuncias con relación a radios clandestinas e ilegales que pululan a lo largo y ancho del país, pero no desde las últimas décadas o los últimos tiempos sino en el tiempo inmediatamente anterior a la aprobación de esta ley al influjo de que habrá de aprobarse.
EC - ¿Por qué? ¿Qué interpretación hacen ustedes de ese fenómeno?
PA - Advertimos como lo denunció RAMI, la organización de radios AM del interior, en la Comisión de Desarrollo Social en forma reiterada que ante la perspectiva de que un marco jurídico de estas características se convierta en ley en poco tiempo, han proliferado radios que bajo el rótulo de comunitarias hacen actividad comercial o eventualmente de carácter político o de otro tipo diferente, desnaturalizando el concepto de radiodifusión comunitaria. La prueba más emblemática de que la acción de la URSEC ha estado absolutamente fuera de lo que se supone son sus cometidos y atribuciones tiene que ver con la aparición de radios brasileñas que se han instalado y emiten desde el territorio nacional, con una programación que hace referencia a temas de política interna brasileña y de Río Grande. Tenemos un caso concreto en Río Branco, sobre el que hablamos la semana pasada con el embajador de Brasil. Son temas que se vinculan con las relaciones bilaterales con Brasil y con cuestiones de soberanía. Y frente a eso la URSEC ha mantenido una pasividad pasmosa. El argumento de que está esperando que se apruebe la ley no es suficiente, tiene que aplicar la normativa vigente actualmente, esto es simplemente un proyecto.
EC - Ahora que la bancada del FA se ha hecho eco de esa inquietud de la URSEC y ha resuelto acelerar lo que estaba pendiente del trámite para que el proyecto de ley salga del Parlamento, ahora que se va a votar hoy en la Cámara de Diputados para considerar los cambios que el texto tuvo en el Senado, ¿con qué posición van a ir ustedes?
PA - Vamos a votar en contra a partir de un análisis intrínseco del proyecto que se nos propone a consideración y que la Cámara se propone aprobar en la tarde de hoy. No a partir de una posición esquizofrénica, no estamos en contra del fenómeno sociológico o comunicacional de la radiodifusión comunitaria que existe desde hace mucho tiempo de hecho en el país y que está bien que se regularice, y que existe en el mundo como una alternativa a la comunicación comercial o a la participación directa del Estado en esta actividad. Pero hay que hacerlo en términos adecuados y este proyecto en particular es de una vaguedad peligrosa, es impreciso, implica la posibilidad de otorgar ondas y frecuencias de alcance ilimitado tanto en lo que se refiere a la potencia como al alcance territorial. Eso en sí mismo se sale de cauce en lo que tiene que ver con una regulación adecuada en materia de radiodifusión comunitaria. Además los aspectos que tienen que ver con el financiamiento nos parecen reprobables, no está bien que las radios comunitarias puedan acceder a publicidad oficial, por ejemplo, o puedan contar con fuentes de recursos que ni siquiera las radios comerciales poseen. Desde ese punto de vista se genera una competencia desleal muy grave.
EC - ¿La discrepancia se centra en esos puntos? ¿O consideran que el conjunto del proyecto es negativo?
PA - El conjunto del proyecto. A estos dos resortes que acabo de mencionar, agregaría algunas diferencias respecto del plazo. Se prevé un plazo de 10 años que nos parece un poco excesivo, somos partidarios de revisiones de estos permisos en forma mucho más regular y perentoria, porque el concepto de radios comunitarias está asociado por un lado con lo local, con un entorno mucho más estrecho que el que esta ley admite, y por otro lado con una condición precaria que tienen que tener por su propia naturaleza. Está intrínseco en este proyecto, tal vez un poco disfrazado pero va a traer consecuencias negativas, que desde el punto de vista de la institucionalidad que se crea hay un desplazamiento de la URSEC en tanto institución ahora no me refiero a la actual conducción sino al ente regulador en sustitución por un Consejo Honorario de radiodifusión Comunitaria que nos parece peligroso, porque se supone que la URSEC, sobre la base de su independencia técnica, debería avanzar desde el punto de vista de las competencias a la hora de regular el otorgamiento de permisos y concesiones de estas características.
EC - La integración de este Consejo Honorario Asesor de Radiodifusión Comunitaria está prevista en el artículo 16. Estará compuesto por nueve miembros honorarios, un representante del Ministerio de Industria, Energía y Minería que lo presidirá, un representante del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), un representante de la Asamblea General, dos representantes de los medios de radiodifusión comunitaria, dos representantes de la Universidad de la República, un representante rotativo de las universidades privadas reconocidas por el MEC que posean carreras de comunicación y dos representantes de organizaciones no gubernamentales que tengan como finalidad el estudio, promoción y defensa de la libertad de expresión. ¿Qué ven de negativo en lo que se establece a efectos de este Consejo?
PA - El gobierno ha sido muy afecto a la creación de este tipo de entidades, consejos o ámbitos supuestamente participativos y de apariencia participativa, pero que en el fondo van a ser incididos o prácticamente gobernados por el propio Poder Ejecutivo. Esta ley mantiene al Poder Ejecutivo en la condición de juez y parte a la hora de administrar el espacio radioeléctrico. Nosotros habríamos preferido que fuera la URSEC, como unidad reguladora técnicamente independiente, la que avanzara en esta dirección.
Le menciono un solo ejemplo: en el artículo 7, que regula el procedimiento de la adjudicación de este tipo de permisos o concesiones para radios comunitarias, hay una diferencia elocuente entre la participación de la URSEC y el Consejo Honorario: la URSEC interviene emitiendo simplemente un informe técnico, mientras que la opinión preceptiva, indispensable, necesaria para que la adjudicación tenga lugar es la del Consejo Honorario. Habríamos preferido que este Consejo no existiera no es necesario, hay una especie de duplicidad desde el punto de vista institucional y que la URSEC avanzara desde el punto de vista de las competencias, de la verdadera injerencia y del ejercicio auténtico de las atribuciones correspondientes a un organismo que en algún sentido transparentara o hiciera mucho más objetiva la administración del espacio radioeléctrico.
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EC - Antes de pasar a las objeciones principales que usted mencionaba, una pregunta previa que tiene que ver con cómo se encara la radiodifusión comunitaria en este proyecto, ¿ustedes comparten la definición de servicios de radiodifusión comunitaria? Dice el artículo 4 que es "el servicio de radiodifusión no estatal de interés público, prestado por asociaciones civiles sin fines de lucro con personería jurídica o por aquellos grupos de personas organizadas que no persigan fines de lucro y orientado a satisfacer las necesidades de comunicación social y a habilitar el ejercicio del derecho a la información y a la libertad de expresión de los habitantes de la República". Y agrega: "Su finalidad será la promoción del desarrollo social, los derechos humanos, la diversidad cultural, la pluralidad de informaciones y opiniones, los valores democráticos, la satisfacción de las necesidades de comunicación social, la convivencia pacífica y el fortalecimiento de los vínculos que hacen a la esencia de la identidad cultural y social del Uruguay".
¿Comparten esa definición de radiodifusión comunitaria?
PA - Esta definición específica del artículo 4 en sus aspectos generales puede ser compartible, entre otras cosas porque es bastante vaga y lo suficientemente amplia como para que no haya diferencias. Discrepamos en algunos aspectos de este mismo artículo 4, como por ejemplo desde el punto de vista de la personería o de la titularidad de las concesiones. La expresión "grupos de personas organizadas que no persiguen fines de lucro" es de tal laxitud que puede prestarse no sabemos a qué, es de una imprecisión peligrosa, porque estamos hablando ni más ni menos que de aquellos que se supone que van a ser responsables de la concesión que el Estado les otorgue y de ejercer la titularidad de una frecuencia y de una radio comunitaria. Esto debería estar claramente individualizado, debería ser un sujeto de derecho claro y preciso, con la personería jurídica legalmente otorgada. Ahí se abre una puerta para no se sabe qué tipo de expresiones o formas de organización que habríamos preferido que no se abriera.
En cuanto al inciso 3, el Senado introdujo el concepto del proselitismo político-partidario-religioso. Esto merece un comentario.
EC - Dice el texto: "No podrán realizar proselitismo político-partidario o religioso ni promover la discriminación de raza, etnia, género, orientación sexual, religión, edad o de cualquier otro tipo".
PA - Yo ahí haría un corte, porque vedar a las radios comunitarias del ejercicio de la política partidaria parece de orden, no sería ni siquiera necesario introducirlo a texto expreso, aunque puede estar bien que se haga. De cualquier manera, lo de proselitismo religioso, a la luz de la realidad de Uruguay, debería analizarse con más detenimiento, no hay que confundir laicidad con laicismo. Entre otras cosas, en la comisión recibimos a una delegación que representaba a las radios evangélicas, que son más de 30 en todo el país y que desde el ángulo religioso cumplen una función comunitaria importante. Por supuesto, esa posibilidad no debe estar referida exclusivamente a la religión evangélica, tendría que estar abierta a todas las religiones. Pero que la ley excluya textualmente la posibilidad de que las radios comunitarias tengan un sesgo religioso, cuando sabemos que las religiones también cumplen una función de carácter social importante, es una exclusión que personalmente no comparto. Y no lo digo por una actitud militantemente confesional ni mucho menos, no hay que confundir laicidad con laicismo. Desde ese punto de vista marcaría esa diferenciación.
En general el concepto es compartible. No compartimos los artículos subsiguientes, que son los que implementan estos objetivos. Por supuesto, también compartimos los primeros tres artículos, en los que se define la libertad de expresión, el derecho a la información, el acceso equitativo a las frecuencias. Eso es compartible, votamos estos artículos cuando el tema pasó por comisión. Las diferencias están en el aterrizaje de este asunto.
EC - Usted señalaba su discrepancia con el hecho de que no se limite el alcance geográfico de las trasmisiones de las emisoras comunitarias. Ayer el diputado Pablo Álvarez explicaba por qué no se pone ese límite, como se lo ha puesto en otros países.
(Audio Pablo Álvarez.)
"Lo que nosotros queremos es lo que tenemos hoy. Si una radio comercial quiere trasmitir, solicita el permiso, hace todo el trámite, busca las frecuencias que están disponibles, porque no todas tienen alcance nacional. Va a tener que presentar un proyecto para justificar por qué debe tener un alcance nacional y luego, si hay otros proyectos, tendrá que competir con ellos. Parto de la base de que la mayoría de los proyectos que se presenten para hacer uso del servicio de radiodifusión comunitaria van a estar vinculados materialmente con un territorio. No tengo por qué privar a ningún proyecto que entienda que puede tener alcance nacional la posibilidad de existir. A priori no, luego es una decisión técnica, si es posible, si hay condiciones tecnológicas y si el proyecto tiene un interés de carácter nacional para quien lo tramite y no está acotado o limitado. Está todo en función de la disponibilidad técnica del espectro."
(Fin.)
EC - ¿Qué responde usted?
PA - Estamos mezclando cosas, porque para eso que expresaba el diputado Álvarez está la ley de radiodifusión del año 77. Se suponía que con esta ley el sistema político debería procurar establecer un estatuto específico para una forma de comunicación muy característica, que es la radiodifusión comunitaria. El proyecto muchas veces desborda esos límites y pasa al terreno de lo que en todo caso es la radiodifusión de carácter comercial. Entiendo que ahí se superponen los estatutos, y eso puede generar problemas de aplicación y situaciones de competencia desleal.
A mí me gustaba mucho un proyecto que elaboró la URSEC, que es el organismo técnicamente más autorizado para opinar en estas cosas. Es un proyecto del año 2001 que define claramente el alcance y los aspectos que hacen a la limitación que este tema debe tener: se habla de un servicio de radiodifusión sonora de baja potencia, se establece que la radiodifusión comunitaria debe ser de baja potencia y cobertura restringida, se establecen un límite de 50 varios de potencia, una altura media de antena de 30 metros y un alcance territorial de 1,5 kilómetro. Ese es nuestro concepto de radiodifusión comunitaria. Y reitero, no es una actitud negativa, no nos cerramos a reconocer este fenómeno que no solo existe y el Estado debe reconocerlo, sino que incluso puede resultar muy provechoso desde el punto de vista social, experimental, del aprendizaje universitario.
Ahí también tenemos una discrepancia, en el proyecto original había una discusión muy buena, que hacía referencia a las frecuencias de uso experimental, que curiosamente se eliminó en el trámite parlamentario y se sustituyó por esta mucho más complicada que establece la posibilidad de que las ondas y las frecuencias sean compartidas, cosa que puede dar lugar a un aquelarre de características bastante peculiares.
EC - Usted también discrepa con las formas de captación de recursos que se les autorizan a las emisoras de tipo comunitario. Eso está previsto en el artículo 10, que dice que "las entidades sin fines de lucro que brinden servicio de radiodifusión comunitaria tendrán derecho a asegurar su sustentabilidad económica, independencia y desarrollo, a cuyos efectos podrán obtener recursos, entre otras fuentes, de donaciones, aportes solidarios, auspicios, patrocinios y publicidad, de acuerdo con las normas vigentes. La totalidad de los recursos que obtengan las entidades que brinden el servicio de radiodifusión comunitaria, por y para este servicio, deberán ser invertidos en el funcionamiento y en mejoras en la prestación del mismo y en el desarrollo de los objetivos del servicio de radiodifusión comunitaria. La ausencia de finalidad de lucro debe ser entendida como la actividad que no persigue la obtención de ganancias para su acumulación o su distribución o su inversión en objetivos diferentes de los que corresponden al servicio de radiodifusión comunitaria".
¿Qué es lo no compartible para usted en este texto?
PA - El Senado introdujo un inciso, que se incorporó a continuación de lo que usted leyó, que es la prueba del nueve de que estamos frente a una disposición peligrosa porque dependerá de la discrecionalidad a la hora de su aplicación.
EC - El inciso que se agregó en el Senado dice: "Será considerada distribución de ganancia la fijación de salarios para los titulares de la concesión, cuando los mismos superen el mínimo establecido para el sector y categoría de acuerdo a las disposiciones legales vigentes".
PA - Eso define que el ánimo de cumplir una función de carácter social no remunerativo, no lucrativo es relativa, en todo caso está establecido como principio en el proyecto de ley, pero sin embargo hay disposiciones que lo desmienten. No alcanzo a entender cómo es concebible que una actividad que se supone que es de interés público, prestada por organizaciones sin fines de lucro, que tiene un carácter comunitario, admita que los titulares de la concesión cobren sueldo. A modo de justificación, el proyecto establece que la percepción de ese salario se habrá de imputar como distribución de ganancias. ¿Pero de qué ganancias, si se supone que estamos frente a una actividad no lucrativa? Esto demuestra que la ley está mal concebida, tiene contradicciones intrínsecas y en definitiva puede prestarse a situaciones de hecho que vayan mucho más allá de lo que los artículos declarativos o programáticos iniciales establecen como objetivos del proyecto de ley.
EC - Cuando le preguntábamos al diputado Álvarez por qué se autorizaba a las emisoras de carácter comunitario a vender publicidad, además de obtener recursos de donaciones, el legislador decía:
(Audio Pablo Álvarez.)
"Que el servicio de radiodifusión tenga la posibilidad de sustentabilidad es fundamental. Si no, estaríamos promoviendo una radio pequeña, chuminga, que no molesta a nadie, de una calidad limitada. Y por el contrario, el servicio de radiodifusión comunitaria debe diferenciarse del resto por los contenidos o por la materia que va a trabajar, no por la calidad de la emisión. Para eso debe tener formas de mantenerse y mejorar técnicamente."
(Fin.)
EC - ¿Qué dice?
PA - Este artículo, así como está establecido, se refiere específicamente a la posibilidad de que bajo el rótulo de radios comunitarias se autoricen frecuencias de alcance nacional, grandes emisoras, que para mantenerse necesitan ingentes recursos. Estamos en contra de este artículo, porque entendemos que la sustentabilidad económica que debe existir, porque todo debe sustentarse para poder existir, pero debe estar en relación con un concepto más acotado territorialmente, con un fenómeno de comunicación de carácter más local, más acotado desde el punto de vista de la potencia y que por lo tanto se sustente con aportes solidarios, con auspicios, pero no con publicidad oficial. En esto hay que saber distinguir, la ley eventualmente debería haber autorizado las donaciones con carácter general, porque hoy no están autorizadas para las radios comerciales. Todo eso conduce a una situación de discriminación que no compartimos, más allá de que admitimos no solo que haya radios comunitarias sino que además se establezcan posibilidades de financiamiento, porque todos sabemos que si las cosas si no se pueden financiar no funcionan. Pero hay una cuestión de orden y de que cada cosa debe estar en su lugar.
EC - Entendidas las principales diferencias del PN con el texto que se va a votar hoy, de todos modos, ¿por qué transcurrió tanto tiempo sin que en Uruguay el tema de las radios comunitarias llegara al Parlamento?, ¿por qué no se había legislado hasta ahora? Este proyecto podrá tener ventajas y defectos, pero se dejó crecer el fenómeno de las radios comunitarias en los gobiernos anteriores, en que los partidos tradicionales tuvieron responsabilidad, y no se actuó desde el Poder Legislativo. ¿Cómo se explica eso?
PA - Tal vez la explicación esté en la propia idiosincrasia nacional, siempre se dice que en Uruguay todo llega y todo ocurre un poco más tarde que en otros países, y eso en parte es verdad. No lo digo como mera justificación de los gobiernos anteriores, el presidente Batlle se proponía legalizar las radios comunitarias, supongo que en términos distintos de lo que establece este proyecto de ley, pero del tema se habló con anterioridad. Seguramente en la propia evolución social de las cosas esta fue la oportunidad en la que cayó la ficha, tal vez debió haberse hecho con anterioridad. Yo le mencioné el antecedente del año 2001, pasaron seis años, hay un proyecto articulado de la URSEC. En aquel momento no se habrá conjugado la voluntad política. Pero la explicación fundamental hay que buscarla en lo que acabo de decir; lamentablemente o no, la característica nacional es que las cosas siempre demoran más de lo que razonablemente podría esperarse.
EC - Cuando ocurra lo que todo indica que va a ocurrir, el proyecto avance, se apruebe y sea promulgado por el Poder Ejecutivo, ¿qué actitud va a adoptar el PN, teniendo en cuenta su oposición a este texto?
PA - Una actitud vigilante. Le doy una razón de contexto, no de texto: este proyecto me preocupa desde el punto de vista ontológico por lo que establece, por lo que contiene en sus disposiciones, pero también desde el punto de vista y en la perspectiva del gobierno que lo va a aplicar. Este gobierno me ha merecido enormes reparos desde el punto de vista de su relación con los medios de comunicación, de la administración del tema de la comunicación en general. Este gobierno ha distinguido entre medios amigos y enemigos o afines u opositores, este gobierno en determinados ámbitos estoy pensando en el antecedente de Antel ha presentado asesores de comunicación que han dicho que van a administrar la publicidad según criterios de afinidad de los medios con los organismos o con la política del gobierno. Esos antecedentes hacen a este proyecto, en manos de este gobierno, todavía más peligroso, más allá de lo que las propias disposiciones establecen. Por lo tanto nuestra actitud a partir de mañana, cuando esta ley estará vigente con toda seguridad, será de mucha vigilancia y mucho control.
Entrevista relacionada:
El oficialismo aprueba nueva ley sobre radios comunitarias. Entrevista con el diputado del MPP Pablo Álvarez.
Documento relacionado:
Proyecto de ley que será aprobado por la Cámara de Diputados
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Edición: Mauricio Erramuspe