Ministerio de Trabajo advierte "apresuramiento" de los empresarios
Para el subsecretario de Trabajo, Jorge Bruni, hay un apresuramiento de los empresarios en plantear objeciones ante la OIT por la negociación colectiva. "Se cuestiona un proyecto, simplemente un proyecto, y se da por sentado que en el Parlamento prácticamente no vale la pena discutir", lamentó Bruni. El jerarca argumentó que no es cierto que el gobierno no acepte los diferentes puntos de vista y recordó que "la propia ley de tercerizaciones fue modificada porque los cuatro planteos que hicieron las cámaras empresariales convencieron al Poder Ejecutivo".
(Emitido a las 07.40)
EMILIANO COTELO:
¿Cómo se observa el nuevo escenario desde el gobierno? Vamos a preguntárselo al subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, doctor Jorge Bruni.
La semana pasada y la anterior desarrollamos aquí En Perspectiva dos entrevistas, una con Balestra y otra con usted, para examinar cómo venían las relaciones laborales en este año 2008 y discutimos algo sobre la situación del vínculo cámaras empresariales-gobierno. Pero da la impresión de que esto tuvo una vuelta más con la decisión que tomaron ayer las cámaras patronales.
¿Cómo observa la decisión de denunciar ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el proyecto de ley de negociación colectiva?
JORGE BRUNI:
La decisión de ayer profundiza algo que ya estaba bastante claro que iba a suceder. No es de hoy ni de ayer que se produce esta situación. Se venía generando, como muy bien decía el ingeniero Balestra, por lo menos desde principios del año 2007 con el tema de la ley de tercerizaciones.
Hay algún apresuramiento. Lo decía ayer el ministro Bonomi y se ha desarrollado un poco más en el diálogo anterior. Se cuestiona un proyecto, simplemente un proyecto, y se da por sentado que en el Parlamento prácticamente no vale la pena discutir.
EC - El ingeniero Balestra decía que la experiencia les permite sacar esa conclusión... que en otras instancias similares en comisiones del Parlamento los puntos de vista de las gremiales patronales no fueron tenidos en cuenta.
JB - Depende de qué experiencia hablemos. La propia ley de tercerizaciones que se votó en primer lugar fue modificada porque los cuatro planteos que hicieron las cámaras empresariales convencieron al Poder Ejecutivo. Y eso sucedió porque el Parlamento no recogió la propuesta original del Poder Ejecutivo. Ahí tiene un ejemplo en el cual el Parlamento modificó el proyecto del Poder Ejecutivo.
EC - El presidente de la CIU recordaba el antecedente de cuando era ministra de Trabajo la doctora Ana Lía Piñeyrúa. También en esa ocasión el Poder Ejecutivo intentó sacar una ley de negociación colectiva, pero cuando constató que no había acuerdo con los sindicatos y las empresas resolvió no continuar. Balestra ponía énfasis en la condición imprescindible de que haya un consenso para continuar con un proyecto en un asunto tan sensible y delicado como la negociación colectiva.
¿Qué dice sobre ese ejemplo?
JB - Lo rescatamos. Es más, en los antecedentes del proyecto de ley de negociación colectiva que envió este Poder Ejecutivo al Parlamento se recogieron muchísimos aspectos del proyecto de cuando era ministra la doctora Ana Lía Piñeyrúa.
EC - El ingeniero Balestra lo citaba para analizar el procedimiento: a la vista de que no había consenso con los sindicatos y las cámaras empresariales se decidió no continuar.
JB - La diferencia radica en que, en aquel entonces, las cámaras se avinieron a una discusión que duró más de dos años. En esta oportunidad las cámaras ni siquiera se avinieron a discutir, por las consecuencias que tuvo la discusión de la ley de tercerizaciones. Ni siquiera se empezó a discutir el proyecto de ley de negociación colectiva, que es más que negociación colectiva, es un sistema de relaciones laborales nacionales. Las cámaras empresariales consideraron que no debían discutir ese tema, pero, a diferencia de lo que sucedió durante el ministerio de la doctora Piñeyrúa, este gobierno entiende que si bien debe llevar adelante el tripartismo, debe buscar los consensos posibles, tiene la responsabilidad de gobernar y por lo tanto no puede paralizarse ante la inexistencia de consensos. De todos modos, a pesar de que no existan consensos, muchas veces se recogen diversos puntos de vista antes de enviar el proyecto.
Por otra parte, en contraposición a lo que sostiene el señor Balestra, pensamos que esto se discute en el Parlamento. La apreciación de las cámaras empresariales de lo que sucede en el Parlamento con los proyectos en materia laboral de esta administración es diferente. Dicen que en el Parlamento se dice exactamente lo que dice el Poder Ejecutivo. Y no es así, como lo muestra el caso de la ley de tercerizaciones... ¡Nada menos que en el tema tercerizaciones!
EC - Los empresarios cuestionan los artículos del proyecto de ley de negociación colectiva 21 a 24. Entienden que implican la consagración de la legalidad de la ocupación de los lugares de trabajo. El ingeniero Balestra dice que en ningún otro país del mundo se ha legislado de esta manera.
JB - En primer lugar, aquí tenemos discrepancias conceptuales. No es una extensión sino una modalidad, porque decir extensión del derecho de huelga es como decir que se estira algo. Nosotros decimos que forma parte como una de las modalidades del derecho de huelga.
En segundo lugar, el Comité de Libertad Sindical y el Comité de Expertos de la OIT admitieron la ocupación en varios casos que analizaron, con algunas condicionantes, siempre que se cumplieran determinados requisitos. Esos requisitos son los que figuran en los artículos cuestionados por las cámaras empresariales del proyecto que enviamos al Parlamento. Vuelvo a poner el ejemplo de lo que pasó en la empresa Divino. La justicia no cuestionó la legitimidad de la medida sino que se hubiera cumplido con los requisitos recogidos en el proyecto de ley que se envió al Parlamento, que hoy tienen vigencia porque hay un decreto del año 2006 que regula la prevención de conflictos.
Y si vamos al caso, también el PIT-CNT tiene algunos reparos con respecto a la prevención de conflictos; no solamente las cámaras empresariales pueden tener alguna discrepancia. Se lo digo por aquello de gobierno cívico-sindical, pero no quiero entrar en ese tema porque ya es pasado.
EC - ¿Qué pasa si, presentada la denuncia de las cámaras empresariales de Uruguay a la OIT, a través de la Organización Internacional de Empresarios, la denuncia es acogida, si la OIT cuestiona el proyecto de ley? ¿Qué reacción tendría el gobierno en esa situación? Balestra era muy escéptico con respecto a la utilidad que podría tener un pronunciamiento de la OIT.
JB - Es otro apresuramiento. Primero el apresuramiento de cuestionar un proyecto y cuestionar al Parlamento, no creer en el Parlamento, y ahora no sé en qué se basa el señor Balestra para decir que el gobierno igual va a seguir adelante, máxime ante una organización por la cual el gobierno uruguayo tiene el máximo de los respetos. Dicho sea de paso, en los dos últimos años el gobierno uruguayo ha sido distinguido en varias oportunidades por el sistema de relaciones laborales, por el diálogo que se está desarrollando en el país. Por lo tanto decir que el gobierno va a ser tal o cual cosa ante un eventual pronunciamiento dentro de un año y medio o dos años respecto de determinado tema, es un apresuramiento.
EC - Acaba de conocerse un fallo de la OIT a propósito del decreto de esencialidad de los servicios de transporte de carga que hace un año y medio aprobó el gobierno cuando estaba en marcha aquel conflicto con las patronales de ese sector. ¿Va a acoger el Poder Ejecutivo las observaciones de la OIT y va a proceder de una manera diferente de ahora en adelante en esos casos?
JB - En primer lugar, no es la primera vez. Ya en gobiernos anteriores en más de una oportunidad se cuestionó ese aspecto. Se cuestiona la famosa ley 13.720, hoy vigente en el país, que le daba la facultad al Poder Ejecutivo, al Ministerio de Trabajo, de decretar servicios esenciales. En eso no hay mucha novedad.
Como tampoco la hay en cuanto al fallo, porque ya meses atrás la OIT había establecido determinados conceptos que han sido ratificados en el fallo que se ha conocido.
EC - Concretamente, que en el caso del transporte solo pueden decretarse servicios esenciales para algunos tipos de transporte en particular, y que el esquema de servicios esenciales tiene que ser consensuado con todas las partes.
JB - La legislación uruguaya dice que la competencia para resolver servicios esenciales es del Ministerio de Trabajo.
EC - ¿Entonces? ¿Se va a modificar la ley?
JB - Como este dictamen repite lo que sucedió en administraciones anteriores al cuestionar la ley 13.720, creo que hay que analizarlo.
Pero quiero hacer una precisión: la esencialidad en materia de transporte se decretó en medio de un proceso de negociación muy complejo. Como no se arribaba a soluciones, el Poder Ejecutivo, Ministerio de Trabajo, dictaminó la esencialidad y en un segundo inciso intimó a las partes a que mantuvieran un servicio mínimo. Pero prácticamente la esencialidad no se aplicó, de inmediato se levantó la medida y de inmediato se acordó con el MTSS y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas...
EC - Pero lo cierto es que la OIT cuestiona el procedimiento. Habría que revisarlo...
JB - Sin duda, habría que analizarlo, sin llegar a verdades absolutas en esto. Hay un fallo que reitera lo que viene de años anteriores. Nadie puede negarse a revisar aspectos que algunos entienden que pueden ser cuestionables, quizás otros no... Pero el tema amerita una discusión.
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Edición: María Eugenia Martínez