Guzmán valoró sentencia que obliga a ex fiscal a indemnizar al Estado
En un fallo sin precedentes, la justicia obligó al ex fiscal Carlos García Altolaguirre y a un ex funcionario de la fiscalía a indemnizar al Estado por el menoscabo a la imagen de la justicia y a la credibilidad de los poderes del Estado. Según el ex ministro de Educación y Cultura Leonardo Guzmán, promotor de la denuncia, "el Estado, persona jurídica mayor, tiene valores morales para defender" y "tiene derecho a la defensa de su honor". Además, señaló que "lo notable es que no se hizo cambiando la ley, sino releyéndola. La ley dice, con carácter absolutamente general, que todo autor de un ilícito debe repararlo".
(Emitido a las 7.45)
EMILIANO COTELO:
"Un ex fiscal debe indemnizar al Estado por daño a la imagen de la justicia". Este es un título del semanario Búsqueda de este jueves 31). Y en la nota que lo sigue, se señala que, en un fallo sin precedentes, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2º turno condenó al ex fiscal en lo penal Carlos García Altolaguirre y al ex funcionario de esa fiscalía Miguel Milano a pagarle al Estado un millón de pesos y medio millón de pesos, respectivamente, por el gran menoscabo a la imagen de la justicia y a la credibilidad de los poderes del Estado que ambos causaron a la administración pública con su conducta delictiva.
García Altolaguirre y Milano habían sido procesados con prisión en abril del año 2003 por reiterados delitos de concusión. Desde la fiscalía ambos pedían coimas a cambio de decretar libertades, traslados de presos y otorgar otros beneficios en los casos que tenían a consideración. En el caso del ex fiscal García Altolaguirre, se sumó además la tipificación de "utilización indebida de información privilegiada" por el cargo que ocupaba.
Ahora, la justicia civil admite la posibilidad de que el Estado sea indemnizado por daño moral, posibilidad que la jurisprudencia y la doctrina solo contemplaban para las personas físicas en casos de daños que provocan dolor o aflicción, se informa.
La nota recuerda que la demanda contra García Altolaguirre, iniciada por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC), había sido rechazada en primera instancia por el ex juez de 5º turno Ruben Eguiluz. En cambio ahora, en segunda instancia, la justicia entendió que existen motivos más que suficientes sobre la configuración de un ilícito que dañó al Estado.
Básicamente esta es la información. Decidimos retomarla, porque repasando la prensa de esta mañana, encontré en el diario El País, en la página editorial, la columna que habitualmente escribe los viernes el doctor Leonardo Guzmán, en la que hoy dice que recibió esta noticia como una "bocanada de aire fresco", y después agrega que este reclamo había sido movilizado años atrás por una disposición del MEC "que llevó nuestra firma". Ahora termina de cerrar la información y se confirma que fue el doctor Leonardo Guzmán, cuando ocupaba el cargo de ministro de Educación y Cultura, quien llevó adelante esta demanda contra el ex fiscal y el ex funcionario de la fiscalía.
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EC - Estamos con el doctor Leonardo Guzmán.
LEONARDO GUZMÁN:
Una pequeña precisión. Nosotros desde el ministerio dispusimos que se movilizara este accionamiento, pero quien lo llevó adelante fue el servicio jurídico regular del ministerio, no nosotros. Por eso en la nota aclaramos que no nos pronunciamos sobre los contenidos concretos de un expediente que no seguimos. Lo que hicimos fue, visto que estaba comprobada la irregularidad, declarada, confesada, disponer que se movilizaran los servicios para reclamar un daño moral que en primera intuición jurídica nos parecía evidente.
EC - ¿De quién fue la iniciativa?, ¿de los servicios jurídicos del ministerio?
LG - La iniciativa fue nuestra, la disposición fue nuestra, pero no hicimos el seguimiento del pleito.
EC - Me interesa charlar con usted porque usted firmó la demanda para una acción que por lo visto no tiene precedentes. ¿Cómo se examinó este paso?
LG - El derecho no está descrito en fórmulas cerradas, sino que es una meditación sobre lo que se tiene enfrente, es una ida y vuelta de los hechos a la norma y de la norma a los hechos. Cuando usted se topa con algo que hiere la sensibilidad valorativa de una institución, tiene en el momento la sensación de que hay un daño. Si hay un daño, hay la obligación de indemnizarlo de acuerdo con el principio general del Código Civil. Ese es un razonamiento que se plantea ante la justicia y que la justicia puede resolver en un sentido o en otro. Felizmente en este caso ha predominado la tesis de que el Estado, persona jurídica mayor, tiene valores morales para defender.
EC - Es particularmente interesante la novedad. Ya había sido positivo que se juzgara a un fiscal y a un colaborador en la fiscalía que habían actuado de manera corrupta, ya había sido suficiente limpieza para el Poder Judicial que esas conductas se detectaran y se sancionaran. Pero después todavía se da el paso de reclamarles a esas personas por el daño que le hicieron a la imagen de la justicia y del Estado.
LG - Lo notable es que no se hizo cambiando la ley, sino releyéndola. La ley dice, con carácter absolutamente general, que "todo autor de un ilícito debe repararlo". Eso, que es la norma de responsabilidad extracontractual, artículos 1319 y siguientes del Código Civil, se aplica en la generalidad de los casos, pero muchas veces no se ha movilizado como es debido en materia de cuestiones de Estado. Muchas veces se cree que todo se agota en el hecho penal, con la notoriedad de la noticia, con la proyección pública del procesamiento o de la condena, y a veces no se va en procura de la indemnización civil.
EC - Ese es el paso que se ha dado esta vez.
LG - O solo se va en procura la indemnización civil en los casos en que ha faltado dinero. Pero cuando lo que ha habido es un ataque a la fuerza moral del Estado parece muy claro que se produce un hecho que tiene que ser resarcido también desde el punto de vista pecuniario.
EC - Si entiendo bien, en este caso el MEC tomó la iniciativa porque los fiscales dependen administrativamente de ese ministerio. ¿Fue así?
LG - Efectivamente, los fiscales dependen del ministerio. Integran la plantilla del ministerio, porque su dependencia viene junto con la independencia técnica, de manera que es tan importante subrayar esto último que más vale no emplear la palabra "dependencia". Integran la plantilla del ministerio y la responsabilidad se hace valer a través de la jerarquía.
EC - El MEC reclamaba una cifra más alta que la que la justicia finalmente habilitó. La sanción que dispuso la justicia es un millón de pesos para el fiscal (unos 52.000 dólares) y 500.000 pesos (unos 26.000 dólares) para el funcionario de la fiscalía. El ministerio reclamaba más, en el caso de García Altolaguirre reclamaba tres millones de pesos. ¿Cómo ve este detalle?
LG - Como todos los detalles del expediente, según le dije al principio, desde el momento que no hice el seguimiento del expediente, no puedo pronunciarme sobre algo que no he leído. Puedo pronunciarme sobre lo que más importa, que es lo que usted planteaba al principio.
EC - Se lo preguntaba porque la justicia argumenta que la condena debe ser "de contenido ético más que pecuniario".
LG - Ese argumento lo comparto, por encima de que sea una cifra u otra, es muy importante que conste que las personas jurídicas, el Estado y no solo el Estado, tienen derecho también a que se les respete en la regla moral y tienen derecho a la defensa de su honor.
EC - Una de las consideraciones que hace el fallo es que "se le debe reconocer al Estado legitimación activa para interponer acciones civiles de reparación en determinados supuestos en los que se haya producido un deterioro".
LG - Eso es lo principal, porque el Estado en definitiva tiene una base ética. El Estado es la concreción del respeto de los unos por los otros, de los unos hacia los otros, del encuentro del hombre con el prójimo. Y en tanto que esa concreción funciona, lógicamente los grandes ataques que pueda recibir desde fuera de aquellos que quieren atacar lo que ahora se llama el "sistema", que en realidad es la convivencia, debe provocar el cumplimiento del deber de reclamar la reparación correspondiente.
EC - Es una forma de evitar esa generalización que cada tanto aparece: "son todos iguales", "que se vayan todos"; esas frases que en determinados momentos de desesperación suelen surgir en algunos sectores de la población.
LG - Y que no se debe aplicar jamás, porque todos los días nos encontramos con gente correctísima, que da ejemplo admirable del cumplimiento de su deber.
EC - Ayer cuando leímos esta noticia, en el comienzo del programa, llegaron varios mensajes.
Por ejemplo, Marcela decía, con relación al ex fiscal ahora sancionado: "Es hora de que todos los daños causados por funcionarios públicos sean resarcidos en forma personal, porque siempre terminamos asumiendo colectivamente las consecuencias económicas de esos delitos y de violaciones de normas legales originadas en eventuales inconductas".
¿Cómo ve esto? ¿El Estado debería ser más activo, más agresivo en cuanto a llevar adelante este tipo de acciones, este tipo de demanda?
LG - El Estado debe cumplir todas las obligaciones que le impone el derecho. Si extremamos el análisis, llegamos a que el Estado y el derecho son una sola cosa. En el Estado de derecho no hay Estado fuera del derecho, pero no hay derecho fuera del Estado tampoco, salvo el que corresponde a las libertades que el propio derecho reconoce que son originarias de las personas. En función de eso, hay que recordar que los imperativos del Estado se deben cumplir todos. Por ejemplo, no es plausible que circule en estos días la información de que ciertos pecados de la aduana eran conocidos por todos y en definitiva no se movilizaba la totalidad de los recursos pertinentes. Eso, lo haga el gobierno que lo haga, va contra el derecho, y nosotros tenemos que manejar un gobierno de derecho, gobierne el Partido Colorado, el Partido Nacional o el Frente Amplio. Eso es lo que se reivindica a través de esta sentencia que por eso es recibida con beneplácito.
EC - ¿Cómo se hacen efectivas estas sanciones? ¿Cómo se logra que una persona en este caso el doctor Carlos García Altolaguirre le pague al Estado un millón de pesos más los intereses, porque según lo que dispone el fallo hay que agregar los intereses correspondientes?
LG - Repito: el caso concreto no estuvo bajo el pulso de mi estudio, de manera que no puedo decir cómo se hace en el caso concreto. Con carácter general, hay que trabar embargo; cuando se obtiene una sentencia de condena y queda firme, el paso próximo es trabar embargo sobre los bienes que pueda tener el deudor. Y si no tiene bienes que queden a la vista, quedará con un embargo que se reinscribirá cada cinco años de acuerdo con las normas generales.
EC - Otro oyente lo ve de esta otra manera, quizás más a ras del suelo.
Dice Pablo, de Tala: "Es evidente que si este hombre lucró con coimas, debe devolver el dinero que obtuvo de esa manera, más allá de otros versos jurídicos".
¿Qué señala usted?
LG - Dos planos. Que el Estado salga a perseguir cantidades imposibles de determinar una a una, parece entre difícil e imposible. En cuanto a que el resto de las consideraciones del derecho a algunas personas les parezca verso, simplemente indica la necesidad de difundir con mucho más fuerza y mucho más sencillamente, en un lenguaje comprensible para todos, los principios generales del derecho. Porque cuando alguien necesita una protección, cuando alguien está injustamente preso, cuando alguien reclama lo que es suyo o se le debe, el derecho no parece verso, sino la única herramienta pacífica de la cual se dispone.