Aduanas reclama controlar contenedores en el puerto sin intervención judicial
Tras una sentencia del juez Gustavo Pini, la Dirección Nacional de Aduanas perdió su potestad para abrir contenedores en tránsito en el Puerto de Montevideo. Entrevistado por En Perspectiva, el director nacional de Aduanas, Ricardo Prato, manifestó que el sistema anterior realizado con las garantías del caso era más eficaz y otorgaba mayor credibilidad al país. "La aduana tiene competencias, dadas por el Código Aduanero, para controlar toda la mercadería que pasa por el país", aseguró el jerarca. Además, lanzó un manto de sospecha sobre el fallo judicial: "Durante 10 años se controlaron contenedores en tránsito y el juez Pini nunca opuso ninguna resistencia", subrayó.
(emitido a las 9.01 hs.)
EMILIANO COTELO:
Controlar o no controlar, esa es la cuestión. Ese podría ser el título de la película que tiene al Puerto de Montevideo como escenario en disputa. Los protagonistas: la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) y el Poder Judicial.
En los últimos meses las dos instituciones están enfrentadas con relación a miles de contenedores y millones de dólares de mercadería en tránsito que pasan por nuestra principal terminal marítima.
Mientras Aduanas reclama su derecho a inspeccionar las mercancías que llegan a Montevideo y que tienen como destino final otros países del Mercosur, una resolución judicial sostiene que no está autorizada a ese tipo de intervención.
¿Cuál es el fondo de este conflicto? ¿Qué papel juegan, por un lado, las marcas internacionales que quieren controlar la piratería y, por el otro, las empresas de logística que quieren desarrollar a Montevideo como puerta de entrada de productos para la región? ¿Cuánto incide este conflicto en el desarrollo del comercio?
De estos temas vamos a conversar con el director nacional de Aduanas, Ricardo Prato.
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JUAN ANDRÉS ELHORDOY:
Vamos a ubicar el hecho que inició esta situación que está planteada en torno al Puerto de Montevideo. Arrancó en febrero con un reclamo del despachante de aduana Juan Fernando Pujol, quien denunció que funcionarios aduaneros iban a abrir tres contenedores en tránsito hacia Paraguay sospechosos de transportar mercadería en infracción marcaria. En ese momento el juez Gustavo Pini se hizo presente en el recinto portuario para interrogar a los funcionarios mencionados, e impidió la apertura de esos contenedores. Acto seguido, Aduanas apeló la resolución del magistrado, y hace pocos días un tribunal de apelaciones reconoció en la sentencia que se encontraba ante un caso totalmente atípico, ya que se discutían la competencia de la DNA para ciertas medidas y la competencia de la sede judicial especializada en la materia. Tras considerar el marco normativo vigente, el tribunal de apelaciones se declaró incompetente y remitió el expediente a la justicia penal.
Prato, ¿qué dice la DNA sobre lo que dice el tribunal de apelaciones?
RICARDO PRATO:
No quiero criticar la sentencia, pero al mandarlo a la justicia penal el tribunal de apelaciones hace una suposición de que quizás en los contenedores, que ya no están y nunca sabremos qué tenían, podría haber habido una infracción marcaria, que es la que termina en la justicia penal, porque en los tránsitos es casi imposible que haya infracciones aduaneras, salvo que haya diferencia entre lo que se declara y lo que hay dentro del contenedor.
EC - Usted dice que podría haber habido, y reconoce el propio tribunal, infracciones marcarias. Aclaremos qué quiere decir eso.
RP - Son delitos contra la propiedad intelectual. Alguien fabrica algo y es dueño de la marca que le pone, y lamentablemente de la zona china vienen muchos productos similares, a veces con la marca puesta pero con detalles que señalan que no son originales, y los intentan pasar por nuestro país rumbo a otros países. ¿Por qué rumbo a otros países y no quedan acá? Es muy sencillo: nuestro mercado es tan chico que si yo traigo, por decir un nombre que ya fue conocido, un contenedor de carteras Louis Vuitton, lo descargo en Montevideo y a los cinco minutos la plaza se entera de que son falsas, porque en Uruguay con suerte venderemos 20 o 30 carteras; si nos traen 500 sabemos que son falsas. Entonces ese contenedor seguramente va a seguir a Paraguay, algún contrabandista uruguayo las traerá acá y venderá 20 o 30, y se quedará contentísimo porque vendió 20 o 30 falsificadas, y los comerciantes contentísimos porque tienen 20 o 30 carteras que se parecen mucho a las Luis Vuitton pero son falsificadas.
JAE - Estos tres contenedores ya no están en Montevideo, van a Paraguay; ¿qué mercadería tenían?
RP - No sabemos qué mercadería tenían.
JAE - ¿No pasaron por el escáner?
RP - No, no necesariamente pasan por el escáner. Además, uno pasa por el escáner un contenedor que dice que trae sillas, de repente de una marca internacional conocida, y el escáner le va a mostrar que hay sillas, pero no le va a mostrar si son falsificadas o no. Tengo que abrir el contenedor y ver si la marca es la original, si los materiales son los originales. Los peritos de las empresas hacen la denuncia para que el juez penal resuelva si hay un fraude marcario.
JAE - En este caso puntual, el juez Pini, que ya no es juez de aduanas, impidió la apertura de los tres contenedores, los contenedores siguieron su viaje rumbo a Paraguay. ¿Cómo impactó esto en la DNA, de febrero hasta ahora? ¿Aduanas no ha controlado ningún otro contenedor en tránsito hacia otro país?
RP - Tuvo que hacerlo por un camino complicado, que fue presumir que hay un delito, ponerlo en conocimiento de un juez penal y obligar a que ese juez penal autorice la apertura, a veces haciéndose presente, a veces dándonos la orden, pero por lo general por un camino bastante complicado, pidiendo mucha explicación para algo que hasta el 16 de febrero se hacía sin ninguna complicación.
JAE - ¿Cuál es la diferencia?
RP - El juez penal tiene casi un delito denunciado, por lo tanto requiere más pruebas para intervenir. Hasta el 16 de febrero nosotros presumíamos la existencia de un delito y como funcionarios públicos queríamos confirmar que había elementos para denunciar. Se abría y se denunciaba.
JAE - Siendo Pini juez de aduanas, su organización había controlado otros contenedores en tránsito.
RP - Por supuesto, durante 10 años se controlaron contenedores en tránsito y el juez Pini nunca opuso ninguna resistencia.
EC - ¿Qué fue lo que hizo cambiar el criterio, el punto de vista?
RP - Disculpen, pero eso habría que preguntárselo al juez Pini.
EC - Puede ser el hecho de que en este caso concreto hubo una denuncia presentada por un despachante de aduana.
RP - El propio juez Pini caratuló el expediente como actuación de oficio. El tribunal le hizo notar ese detalle, que no había ninguna constancia escrita y nuestro derecho es en el 99,5% escrito de que el despachante de aduana hubiera firmado o ratificado en actas que denunció. La carátula del expediente es "actuación de oficio", como que el juez se enteró y vino a actuar a la aduana, y la presencia del despachante aparece como una cosa después que ni siquiera queda registrada en el expediente.
EC - Usted marca que con ese procedimiento el juez Pini, si fue de oficio, cambió su forma de actuar con respecto al pasado, porque otras veces no había hecho lo mismo.
RP - Exacto.
JAE - Del 16 de febrero para acá han seguido los controles de contenedores en tránsito, pero en menor cantidad. ¿Cuál es la diferencia, para hacernos una idea de lo que ha impactado esto en términos numéricos para Aduanas?
RP - El primer tema que hay que ver es cuántos contenedores de mercadería en tránsito abría la aduana que tuviera algún problema que era necesario ver.
JAE - ¿Cuántos abría?
RP - El 1% de los contenedores que pasan por el país eran candidatos a ser abiertos después de un análisis de riesgo, estamos hablando de menos de 2.000 contenedores. Y de esos que se abrieron casi en el 100% la aduana acertó en su análisis de riesgo porque había cosas que no debían estar, en algunos casos contrabando y en otros fraude marcario. El porcentaje de acierto cuando se decidía abrir un contenedor era altísimo, por lo tanto, aparte de tener legitimación para hacerlo, embocábamos, no abríamos por abrir. Y eso nunca significó demoras al comercio internacional.
EC - Desde la audiencia aparecen algunas observaciones que son lógicas en esta discusión. Por ejemplo, dice un oyente: "Evidentemente, Prato no maneja conceptos básicos del Estado de derecho. Lo que él pretende equivaldría, en el caso de la policía, a arrestar a alguien simplemente porque le parece".
RP - No comparto esa disquisición. La aduana tiene competencias, dadas por el Código Aduanero, para controlar toda la mercadería que pasa por el país. La Aduana podría abrir todos los contenedores que pasan por el país.
EC - ¿La Aduana por sí misma podría abrir todos los contenedores?
RP - Exactamente, tiene las potestades, de acuerdo con el Código Aduanero. Pero para no dificultar el comercio ha establecido unos criterios de análisis de riesgo que se usan universalmente para calificar a la carga que ingresa a o egresa del país en tres formas: un canal rojo que va a ser verificado físicamente, un canal naranja que va a ser verificado documentalmente, y un canal verde que se va a dejar pasar a menos que aleatoriamente se resuelva que cada tantos verdes se revise uno. Por lo general, el porcentaje de rojos en ningún lugar del mundo, y en Uruguay es exactamente lo mismo, sobrepasa el 15%. De modo que aunque no sea en tránsito, sea importación o exportación, la aduana uruguaya, por análisis de riesgo, tiene un porcentaje determinado de hasta 15% de revisiones. Los contenedores en tránsito entran en el mismo paquete, se hace análisis de riesgo del contendor y entran en ese 15%.
JAE - Alberto pregunta: "¿No es responsabilidad de la aduana de origen y de la aduana de destino el movimiento de esa mercadería? ¿Por qué a la aduana uruguaya debería importarle lo que está en tránsito, si no va a entrar al país?".
RP - Porque Uruguay firmó más de 15 convenios internacionales en los cuales se compromete a controlar lo que circula por el territorio nacional. No olviden que no muchos de estos contenedores, la mayoría, siguen por tierra y pueden eventualmente perderse.
JAE - ¿Cómo es eso?
RP - Pueden no llegar a destino. Hubo una operación muy importante que desarrollaron la policía y el Poder Judicial, llamada Operación Medusa, en la cual contenedores que contenían televisores fueron rellenados por delincuentes la mayoría están presos con arena y piedras.
EC - Ubiquemos bien los antecedentes: un contenedor que había estado en tránsito en el puerto de Montevideo, conteniendo televisores, se sacó del camión correspondiente para ir ¿a dónde?
RP - A Paraguay.
EC - En el camino fue abierto...
RP - Fue abierto y su contenido fue reemplazado por tierra y piedras.
JAE - ¿Y los televisores?
RP - Los televisores quedaron en algún lugar del país. Hubo una investigación judicial y policial que terminó con gente detenida, que hasta hoy sigue presa. Esa operación todavía está en marcha. La Operación Medusa fue conducida por la doctora Damasco y hasta hoy ha seguido actuando.
EC - Usted decía que Uruguay tiene convenios internacionales firmados que lo obligan a desarrollar ese tipo de controles también en los contenedores de tránsito.
RP - Es así, más de 15.
EC - Insisto en este punto porque un oyente dice que no estamos manejando el concepto de puerto libre, que impide que la aduana controle, salvo con orden judicial. El control debe ser en origen y en destino cuando se abre.
RP - El criterio de puerto libre en Uruguay permite que la mercadería permanezca en el puerto, se haga un montón de operaciones sobre esa mercadería en el puerto, sin generar tributos, puede permanecer indefinidamente. Por eso es interesante la oferta de Uruguay, porque permite, por ejemplo, a un exportador extranjero terminar rápidamente su operación hay legislación de países vecinos que piden que a los seis meses tengas terminada la operación y necesita distribuir desde algún lugar su mercadería. La trae a Montevideo, puerto libre, termina su trámite de exportación, porque ya está exportada a Uruguay, está en puerto libre, y puede quedar un año sin salir hacia otro destino. En una legislación posterior a esa ley de Puerto Libre, la 16.246, se estableció expresamente que las características de puerto libre no menoscababan las potestades de Aduanas para revisar toda la mercadería. Fue dicho expresamente para que no existiera la duda que tiene el oyente sobre si podemos revisar o no.
EC - Si se puede hacer el control siguiendo el procedimiento por la vía de la justicia penal, y de ese modo Uruguay cumple con los compromisos que ha asumido internacionalmente, ¿por qué hay que hacerlo de la otra manera, más ágil, sorteando la participación y la incidencia de la justicia penal?
RP - En primer término, porque la aduana tiene las potestades y las competencias para hacerlo. En segundo término, cuando le llevamos un tema de estos a la justicia penal, le complicamos la vida. Los jueces penales tienen un montón de temas muy urgentes y tienen 48 horas para resolverlos. Si le llevamos a un juez penal un caso de apertura de un contendor lo va a estirar hacia el fin del turno, cuando ya no tenga apuro, y eso va a significar, por ejemplo, que yo tenga que tener el contenedor cuatro o cinco días interdictado en el Puerto de Montevideo, cuando de repente tenía previsto irse al día siguiente en un trasbordo. La apertura por la aduana de un contenedor puede significar una hora de trabajo, cuando mucho, porque hay que citar al agente de seguros para que vea que está todo y no se pierda. Porque alguien ha dicho por ahí que si se abre el contendor se pierden los seguros; si el agente de seguros está presente no se pierde nada.
EC - La otra cara de esto: si se procede como la Aduana pretende, o como hizo durante los años anteriores...
RP - ...Como la aduana tiene autorización legal para hacer...
EC - ...¿no se afecta la imagen del Puerto de Montevideo en la competencia en la región? Para los propietarios del contenedor o de la mercadería en el contendor, ¿no es un problema saber que si el contenedor viene al puerto de Montevideo se lo van a poder abrir porque sí, porque hay una sospecha, eso de que no esté seguro y cerrado el contendor?
RP - El contendor no pierde su característica de seguridad porque la apertura se hace frente a los agentes navieros y los agentes de seguros. Y además entendemos que la facilitación con seguridad le da un valor mayor al Puerto de Montevideo, si no, lo transformaríamos en un puerto sucio por donde pasa cualquier cosa, y nosotros no somos una república bananera, somos un país serio, con certeza jurídica.
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JAE - Usted decía que con el régimen anterior, solamente actuando de oficio, Aduanas analizaba o identificaba unos 2.000 contenedores potencialmente con mercadería en infracción. Con el régimen actual, a partir del 16 de febrero con la resolución del juez Pini, ¿qué cantidad de contendores ha podido investigar?
RP - Se han podido investigar muchos menos. El tema es que no es la cifra 2000.
EC - Esa es la cifra anual.
RP - Los controles llevaban a que 1% de los contenedores fuera considerado sospechoso y se considerara su apertura. No se abrían todos. En el período en que estuvimos en el limbo, como le llamamos a este período desde el 17 de febrero hasta ahora, la aduana igual abrió más de 15 contenedores con autorización judicial, y en algunos casos sin necesidad de eso porque eran contenedores con destino a Uruguay. Hacía mucho tiempo que no aparecía un contenedor totalmente falsificado con destino a Uruguay, pero apareció uno y fue resuelto.
JAE - Uno puede preguntarse qué hay detrás de todo esto, en función de este virtual enfrentamiento entre Aduanas y la justicia. Ayer El País en su editorial decía que lo que está detrás del caso tiene que ver con un enfrentamiento económico entre las marcas internacionales que buscan enfrentar la piratería y la falsificación, y las empresas logísticas que buscan posicionar al país como puerta de entrada para productos para el Mercosur. Hay un enfrentamiento económico entre dos sectores. ¿Qué piensa de esto?
RP - Es parte de las reglas de juego del libre mercado. Las empresas tienen derecho a defender sus marcas y a defenderse de la piratería donde puedan hacerlo. Las empresas de logística no se han quejado ni se quejan; es más, desde que yo asumí en la aduana escaneamos muchos más contenedores, 700% más que antes, y eso no significó quejas de nadie, no significó demoras en el puerto, más allá de las normales por el escaso espacio que tiene el puerto para moverse, y ninguna empresa de logística ha venido a quejarse porque abrimos contenedores.
JAE - ¿Entonces? ¿Cuál es su explicación?
RP - En este caso hay una combinación de casualidades. El despachante de aduanas de este caso ha sido el responsable del 70% de los contenedores que se encontraron con mercadería falsificada.
JAE - Se refiere a Fernando Pujol.
RP - Exacto. Lamentablemente hubo que incluir como uno de los factores de riesgo, además del país de origen, país de destino, mercadería que viene, quién es el operador que trabaja con el contenedor. Eso lo hacen todos los países, cada operador tiene una calificación y se lo incluye o no entre los factores de riesgo. Quizás hubo un movimiento para evitar la apertura de más contenedores, porque algún operador perdía un cliente.
JAE - ¿Qué rol le asigna al entonces juez de aduanas, el doctor Pini, con quien ha tenido enfrenamientos en otras causas, porque en su momento lo acusó a usted de ocultar información a la propia justicia?
RP - Esa acusación del juez Pini fue resuelta por el juzgado de la doctora Gatti favorablemente a mí, por la vía del archivo del expediente, porque no se encontró ningún mérito para seguir. ¿Por qué el doctor Pini se metió en esto? No sé, lo cierto es que el tribunal de apelaciones consideró que el juez hizo algo para lo que no era competente, por su jurisdicción y su competencia legal.
JAE - Es un tema personal, porque se suma además que en los últimos días ha denunciado que ha sufrido amenazas por manejar, por ejemplo, el caso de las máquinas tragamonedas.
RP - Lamentablemente el doctor Pini solo denunció esas amenazas en la prensa. Nosotros se lo hicimos saber a la justicia, le informamos sobre la publicación que hizo la prensa y algunos detalles más que obtuvimos de funcionarios aduaneros, que están en manos de la justicia para que los dilucide.
JAE - Vamos a otro tema de fondo. Usted decía que hay mercaderías pero también hay responsables detrás de esa mercadería. La semana pasada en el semanario Búsqueda usted comparó a los aduaneros con los jueces de fútbol: es como cuando cobran un penal, a veces no le agregan la infracción porque consideran que ya es suficiente con el penal, de repente la infracción que genera el penal corresponde a la tarjeta roja. Y dijo también que los empleados aduaneros tienen la costumbre de incautar la mercadería o de declararla abandonada para evitar esperas en los juzgados o enfrentamientos, otra vez, con aquellos a quienes se les incautó la mercadería, y terminar con su tarea fuera de hora. Es una acusación muy fuerte.
RP - Sí, y dije además que en Uruguay existe mucho contrabando pero pocos contrabandistas. Es una cosa que me preocupa, porque olvidan que el contrabando son dos figuras, una figura administrativa, que implica multas, sanciones y remates de la incautación, y una figura penal que implica que el contrabandista debe ir preso, o al menos debe ser procesado, y después los jueces resolverán, de acuerdo con las potestades y las medidas alternativas que tengan, cuál es el destino del contrabandista. Los aduaneros tienen la idea de que es muy complicado llevar a alguien a la justicia penal por contrabando, y les complica su vida.
JAE - ¿En qué sentido?
RP - Todos sabemos que una denuncia penal implica ir al juzgado, estar varias horas para ratificar la denuncia, de repente volverse a enfrentar cara a cara con aquella persona con la que ya tuviste un encontronazo cuando le decomisaste la mercadería. Y existen también algunas amenazas que siempre suceden cuando son contrabandistas consuetudinarios que reinciden. Los aduaneros también tienen derecho a sentirse un poco amenazados en su seguridad; en la jerga popular se dice: "Me agarraste bien, perdí, me callo la boca, la mercadería queda acá, vos hacés el acta y yo me voy". Eso es parte del juego del contrabandista.
JAE - ¿No hay una responsabilidad del aduanero, de la institución para formalizar una denuncia?
RP - Por supuesto, yo ya lo he indicado, y en la reunión que tuve con los administradores de aduana lo dije claramente: como funcionarios públicos estamos obligados a denunciar delitos, si estamos ante un delito debemos denunciarlo. Después la justicia resolverá si teníamos o no razón, si había o no delito. Pero si yo traigo 800 kilos de ropa en unos bolsos, evidentemente eso es un delito de contrabando. Y hemos tenido la suerte de que un juez en cuatro horas resolviera el tema, en parte desmintiendo esa preocupación de los aduaneros de que a veces los jueces no resuelven.
JAE - Hay un caso puntual.
RP - Hay un caso puntual reciente de 800 kilos de ropa que un juez penal resolvió en cuatro horas con un informe de la aduana bien hecho. Esa es una de las cosas importantes, porque se dice que alguien entra al juzgado por una puerta y sale por otra. Muchas veces es porque le llevan al juez una información incompleta, con pocas pruebas, con pocos datos, y el juez no puede procesar a nadie si no tiene pruebas. Los aduaneros hemos planteado: ¿tienen las pruebas?; llévenselas al juez, ningún juez va a ser esquivo ante pruebas. No le lleven presunciones, porque no le sirven; en todo caso servirán para la investigación policial.
JAE - ¿Cómo se rompe ese círculo? ¿Cómo se hace para que los funcionarios de Aduanas cumplan con su responsabilidad?
RP - Eso se hace controlando, incitando y respaldando a los funcionarios. Una de las cosas que planteaban los funcionarios es que no se sentían respaldados para hacer esas denuncias, que en épocas anteriores se les indicaba: "Decomisá, pero no hagas la denuncia".
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JAE - Pasando en limpio, hoy nadie persigue a los responsables de hacer contrabando. O en pocos casos se persigue al responsable de cometer una infracción y hacer contrabando.
RP - No hay tantos casos como debería haber. Es cierto que hay mucha mercadería declarada en abandono, sucede muchas veces en los vehículos de transporte internacional o vehículos que vienen de la frontera.
JAE - Queda la mercadería allí.
RP - Se revisa el ómnibus y se encuentra un bolso sin nombre, nadie dice "es mío", todo el mundo dice "perdí, lo dejo abandonado, que se lo lleven". Estamos trabajando con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, porque es obligación de las empresas identificar los bultos que se llevan en bodega, por tanto tendrían que tener un nombre. Claro, yo le pudo poner "Juan Pérez" y me llamo Ricardo Prato, por lo tanto no voy a ser responsable de ese bulto.
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Transcripción: María Lila Ltaif