Entrevistas

Diputados e intendentes enfrentados por ingreso de funcionarios

Diputados e intendentes enfrentados por ingreso de funcionarios

La Cámara de Representantes y el Congreso Nacional de Intendentes (CNI) discrepan con respecto a un artículo de la Rendición de Cuentas que establece que las intendencias solamente podrán incorporar funcionarios por concurso o por sorteo. El diputado frenteamplista Eduardo Brenta sostiene que este mecanismo es "una buena señal" para establecer que "todos somos iguales y por tanto dependemos de nuestras capacidades o en todo caso de nuestra suerte, pero nunca de la voluntad del jerarca de turno". El presidente del CNI e intendente de Río Negro, Omar Lafluf, por su parte, expresó que no se opone a darle mayor transparencia al funcionamiento de los gobiernos departamentales pero planteó dudas con respecto a la constitucionalidad del mencionado artículo.


(emitido a las 9.01 hs.)


EMILIANO COTELO:
La Cámara de Diputados tratará hoy, junto con la Rendición de Cuentas, un artículo adicional que establece que las intendencias solamente podrán incorporar funcionarios por concurso o por sorteo.

La norma fue redactada por el diputado Eduardo Brenta, de la Vertiente Artiguista (VA), Frente Amplio (FA), y apoyada por la unanimidad de los integrantes de la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja, entre los cuales hay representantes blancos, colorados e independientes.

Sin embargo, varios intendentes se manifestaron en contra del proyecto. Pocas horas después de la votación en comisión, el Congreso Nacional de Intendentes (CNI) emitió un comunicado que advierte sobre la posibilidad de que esta disposición afecte la autonomía de las comunas, consagrada por la Constitución.

Esta mañana les proponemos profundizar en este asunto, conociendo la voz de quienes están en contra y quienes están a favor de la norma.

***

EC - Estamos con Eduardo Brenta, autor de la iniciativa, y con el intendente de Río Negro, doctor Omar Lafluf, de Alianza Nacional (AN), Partido Nacional (PN), presidente del CNI.

Intendente Lafluf, antes de ingresar en la polémica por la presentación de esta norma, quiero consultarle cuál es el procedimiento habitual que los municipios utilizan para contratar nuevos funcionarios.

OMAR LAFLUF:
Hablo en nombre del Congreso. En el Congreso tenemos diferentes formas de ingreso de funcionarios. Hay intendencias que tienen el Estatuto del Funcionario Municipal en el que se establece la forma de ingreso al municipio; puede ser por concurso, por sorteo o por designación directa, que está autorizada en el caso de tener Estatuto de Funcionario Municipal, y, si no –lo dice claramente la Constitución de la República–, está entre las facultades del intendente. En las 19 intendencias hay diferentes formas y cada una prioriza la que necesita en ese momento.

EC - ¿En el caso de la Intendencia de Río Negro, cómo se ha hecho en este período de gobierno?

OL - Hemos utilizado los tres sistemas, hemos hecho unos cuantos concursos en el caso de cargos más específicos, más técnicos o que requerían alguna preparación, y hemos hecho sorteos y designaciones directas.

EC - Diputado Brenta, dejando de lado a las intendencias, ¿cómo es el sistema vigente de contratación de nuevos funcionarios en la administración central o en los entes autónomos?

EDUARDO BRENTA:
En el año 2005 se incorporó al presupuesto quinquenal una norma que establece que los funcionarios de la administración central y de los entes autónomos deben ingresar por los mecanismos de concurso y/o sorteo, según las características del cargo.

EC - Se elimina la designación directa.

EB - Se elimina la designación directa. Y el año pasado –este es un antecedente importante– en la comparecencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) constatamos que también allí se efectuaba este mecanismo de designación directa a partir de nombres proporcionados por los ministros de la SCJ, y también por unanimidad de todos los partidos se incluyó una norma en la rendición de cuentas muy similar a esta, que estableció la obligatoriedad de la utilización del concurso y el sorteo. Esto motivó una polémica pública con el entonces presidente de la SCJ, profesor Ruibal Pino, pero finalmente la norma fue sancionada y a iniciativa del diputado Iván Posada, del Partido Independiente, se extendió al Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Entonces, con alguna pequeña excepción, y las intendencias municipales como excepción, para todo el resto de la administración pública hoy está establecido por ley el ingreso por concurso o sorteo.

EC - En el caso de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM), que en los últimos 19 años ha sido gobernada por el FA, ¿qué mecanismos se utilizan? ¿El nombramiento de funcionarios se rige solo por los dos mecanismos que ahora se pretenden consagrar como únicas opciones en esta ley?

EB - Así ha sido en la IMM desde 1990 en adelante. Todos los ciudadanos montevideanos y de todo el país recordarán aquellos concursos que se iniciaron en el Estadio Centenario, y si usted ingresa a la página web de la IMM podrá ver en este momento un link que dirige a los concursos. Por ejemplo, en este momento hay llamados a médicos, vacunadores, obstetras, peones, etcétera. Todos los cargos son provistos por este mecanismo, salvo aquellos que implican convenios con otras organizaciones, por ejemplo con la Universidad de la República u otros organismos públicos; en esos casos es el organismo que establece el convenio el que proporciona los funcionarios.

EC - ¿Y en las otras intendencias frenteamplistas, Canelones, Maldonado, Rocha, Treinta y Tres, Florida, Paysandú, Salto?

EB - Hasta donde tenemos conocimiento, en todas estas intendencias los ingresos son por este mecanismo, porque esta ha sido históricamente una bandera del FA, la eliminación de la designación directa, en el entendido de que incluye un mecanismo de clientelismo que no es una buena forma de administrar los dineros públicos ni de llevar adelante una gestión exigente.

EC - Sobre lo que decía recién el diputado Brenta, ¿cuál es su comentario, intendente Lafluf?

OL - No voy a hablar de las otras intendencias porque honestamente no conozco, pero hay diferentes formas y se deben ejercer diferentes formas en todas las intendencias. Y a su vez hay un hecho que no es menor, una vez en una sesión de la Junta Departamental de Montevideo se decía que el número de funcionarios de la IMM era de unos 9.000, más alrededor de 6.000 de organizaciones no gubernamentales (ONG). Yo no tengo ninguna contratación de otra cosa que no sea el funcionario municipal directo, y por otro lado todos los funcionarios que entran son contratados, no he presupuestado a nadie, son contratos a 30 días que la gente firma y renueva a los 30 días, lo que le da la posibilidad al intendente de cesar al funcionario si no anda. Es diferente cuando se presupuesta y se deja la inamovilidad del funcionario en la intendencia.

EC - Usted ponía una sombra de duda sobre los contratos con ONG.

OL - Es un mecanismo que se usa y que no figura para el funcionario municipal.

EC - ¿Qué dice usted sobre este punto, diputado Brenta?

EB - Los contratos con ONG son una modalidad particular que puede desarrollarse, en Montevideo todos los montevideanos saben que con Tacurú se organizó un servicio de recolección de residuos en algunas zonas que incluyó un aspecto socioeducativo y por tanto permitió mejorar notoriamente las condiciones de trabajo y de vida de muchos jóvenes uruguayos. Es un mecanismo legal que además contribuye en forma sustancial a la mejora de las condiciones de vida de los uruguayos.

EC - ¿No es una forma disimulada de designación directa?

EB - No, para nada, porque el jerarca nunca designa al funcionario. El funcionario que trabaja en esa ONG es designado por la ONG, nunca por el jerarca municipal. Cuando se designa a través del mecanismo ya sea presupuestando o a través de contrato a término, y la designación la hace directamente el jerarca, se establece un vínculo entre el jerarca y el funcionario claramente de dependencia, y más si se renuevan los contratos cada 30 días. Imagine usted cómo vive un trabajador para quien cada 30 días la continuidad de su trabajo depende de la decisión del intendente.

EC - Doctor Lafluf...

OL - Depende de la eficiencia del trabajador. Nosotros tenemos gente que hace varios años que está, es la forma que tenemos de que el trabajador cumpla con su trabajo, se preocupe. Cuando hay una estabilidad laboral asegurada –no hablo con desprecio de nada– es diferente.

EC - Vayamos al proyecto del diputado Brenta aprobado por la Comisión de Hacienda. Es un solo artículo, que dice textualmente:

"El ingreso de funcionarios a los Gobiernos Departamentales, sin perjuicio de lo establecido en el Art. 275 de la Constitución de la República, solo podrá realizarse mediante concurso de oposición y méritos o de méritos y prueba de aptitud.

En los escalafones correspondientes al personal de oficios o servicios auxiliares podrá realizarse mediante sorteo.

En todos los casos los llamados deberán ser públicos y abiertos".

Diputado Brenta, ¿por qué se propone ahora esta disposición? ¿Por qué como parte de una rendición de cuentas? No tiene mucho que ver con la redición de cuentas.

EB - Sí tiene que ver, porque en la rendición de cuentas se analiza la situación de todos los funcionarios públicos. Y en este caso en particular concurrió a pedido del diputado Gandini la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), que proporcionó una serie de informaciones con respecto a la situación laboral de los funcionarios públicos en un informe que se llama "Vínculos laborales con el Estado", en el que también existe información proporcionada por las intendencias municipales.

En el caso de la administración central y los entes autónomos los jerarcas de la ONSC manifestaban su absoluta convicción de que no había ninguna designación directa en todo el aparato del Estado, a excepción de las intendencias municipales, que no proporcionaban información. Pero tenemos información contundente respecto, no ya a contrataciones sino a presupuestaciones, el año pasado la Intendencia Municipal de Rivera presupuestó unos 660 funcionarios por designación directa del intendente; muchos venían de hacía muchos años, pero muchos eran de la administración del actual intendente Tabaré Viera, y fueron presupuestados e incluidos en forma permanente en la plantilla de funcionarios municipales por designación directa del intendente.

El artículo 64 de la Constitución de la República dice que "la ley por dos tercios de votos del total de componentes de cada cámara podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los gobiernos departamentales y de todos los entes autónomos, o de algunos de ellos, según los casos".

Esto no deja ninguna duda acerca de la constitucionalidad de la norma. Y nos pareció conveniente ahora, como nos pareció conveniente el año pasado con relación al Poder Judicial cuando surgió esa información, y lo planteamos. Y por suerte, porque es una muy buena señal para el sistema político uruguayo; algunos legisladores del PN no solo votaron la norma, sino que además solicitaron firmar la moción, como forma de respaldo aún mayor que el voto. Esto es una buena señal para los uruguayos todos, que para ingresar a la administración pública, sea cual fuere, nacional o departamental, todos somos iguales y por tanto dependemos de nuestras capacidades o en todo caso de nuestra suerte, pero nunca de la voluntad del jerarca de turno.

EC - Intendente Lafluf, ¿cuál es la principal objeción que ustedes hacen a esta iniciativa?

OL - El Congreso sacó una nota que mandamos a la comisión. No nos oponemos a darle la mayor transparencia al funcionamiento de los gobiernos departamentales, y yo decía no solamente para el caso del ingreso de los funcionarios, porque en este período las 19 intendencias firmamos los compromisos de gestión en los que informamos al gobierno nacional cada seis meses sobre nuestras rendiciones de cuentas parciales, nuestros estados contables, nuestra situación financiera.

Y en el caso de los ingresos no decimos que no estamos de acuerdo, la nota del Congreso es muy clara y fue aprobada por los 19 intendentes, decimos que estamos de acuerdo con los sistemas que den la mayor transparencia. Pero decimos –y lo decimos muy suavemente– que tenemos dudas de si esto no se contrapone con algunos artículos de la Constitución de la República, y pedimos una reunión con la comisión.

EC - Ustedes no sostienen que es inconstitucional, dicen que tienen dudas.

OL - Por eso pedimos tres informes jurídicos, uno al doctor Delpiazzo, uno al doctor Cagnoli y un tercero no recuerdo a quién.

EC - Recién el diputado Brenta esgrimía los argumentos a favor de la constitucionalidad.

OL - Sí, hay un antecedente del año 90, de la ley 16.127, que condicionaba la designación de personal al pronunciamiento de la ONSC. En esa ocasión el doctor Carminatti, que era intendente de Río Negro, y Rodolfo Nin, que era intendente de Cerro Largo, interpusieron un recurso, y la SCJ dictó la sentencia en el 91 dándoles la razón a los gobiernos municipales. No decimos eso, decimos que tenemos el derecho de pedir una reunión con la comisión del Parlamento que está tratando este tema. Tenemos esa duda y por eso pedimos asesoramiento jurídico.

EC - Diputado Brenta, ¿cómo se tomó este comunicado del CNI?

EB - No tenemos ningún inconveniente, es más, hemos tenido una fluida relación con el CNI a lo largo de estos años, dado que este período ha sido el de mayores transferencias del gobierno nacional a los gobiernos municipales a lo largo de la historia.

Pero quiero hacer referencia a la mención que hacía el doctor Lafluf respecto a esa norma que fue dictada en el período de gobierno del doctor Lacalle, que es la famosa norma de prohibición de ingreso de funcionarios públicos a la administración. En ese caso, los intendentes efectivamente recurrieron esa norma amparados en el artículo 275 de la Constitución de la República, que le otorga al intendente la potestad de nombrar funcionarios. Y ganaron, tenían razón, la norma del doctor Lacalle era inconstitucional porque cercenaba un derecho de los intendentes de nombrar funcionarios.

Nosotros no nos metemos con ese derecho, el derecho de los intendentes de nombrar funcionarios sigue siendo, como dice la Constitución, potestad del intendente, pero decimos que por el artículo 64, que permite establecer normas de carácter general, les vamos a decir a los intendentes, por ley, que van a tener que utilizar solo los mecanismo del sorteo o del concurso para las designaciones.

EC - Repaso el artículo 64 de la Constitución:

"La ley, por dos tercios de votos del total de componentes de cada cámara, podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los gobiernos departamentales y de todos los entes autónomos, o de algunos de ellos, según los casos".

EB - En función de esta norma permitimos que los intendentes nombren los funcionarios que deseen y necesiten, pero establecemos como carácter general el criterio de la transparencia en el ingreso a la administración pública. Quiero destacar, como dice el doctor Lafluf, que con esta norma terminaríamos con cualquier mecanismo de designación directa en todo el aparato del Estado. Esto es un orgullo para los uruguayos, debe ser un orgullo para los uruguayos establecer esta clase de transparencia e igualdad de derechos de los ciudadanos en el acceso a la administración pública.

EC - El doctor Lafluf dice que con respecto a la transparencia no tiene objeciones, lo que no quiere es avalar un procedimiento que pueda ser inconstitucional. ¿Entiendo bien, doctor Lafluf?

OL - Exacto, no puede haber un distanciamiento entre el Poder Legislativo y los intendentes. Recién el diputado Brenta decía "les vamos a decir a los intendentes por ley". Esas cosas no hacen bien, porque eso enseguida aparece a nivel del CNI como que nos están llevando por delante en nuestras autonomías municipales, y no queremos seguir discutiendo las autonomías municipales. Tuvimos otras instancias, como el tema de las patentes, el tema de la ley de Ordenamiento Territorial, actualmente se está discutiendo la ley de Descentralización, y hemos tenido pocas instancias de discusión entre el Parlamento y el Congreso. Estamos de acuerdo en darles mayor transparencia a todos los organismos del Estado, entre ellos nosotros. Únicamente decimos que queremos discutir la norma, y tenemos el derecho a decir que no sabemos si jurídicamente es constitucional o no, por eso pedimos los informes.

EC - Diputado Brenta, ¿la comisión va a recibir al CNI?

EB - La comisión formalmente está desintegrada, porque ya ha sancionado ese proyecto.

EC - A eso iba, se prevé que el tema se trate en la Cámara hoy mismo.

EB - Exactamente.

EC - ¿Entonces qué pasa con la solicitud del CNI? No se considera.

EB - La solicitud formalmente no ha llegado, nos preocupamos ayer por encontrar esta solicitud y no ha sido recibida en el Parlamento. Pero no hay problema, esto no es una cuestión formal, es una cuestión política, y los intendentes van a ser recibidos en la instancia de la Cámara de Senadores –el proyecto necesita sanción de la Cámara de Senadores–, y probablemente en las comisiones de ambas cámaras integradas.

EC - ¿Se va a postergar la votación de hoy?

EB - No, la votación no se va a postergar, porque tenemos plena convicción todos los partidos, no existe ninguna duda respecto de la constitucionalidad de la norma, y el intendente Lafluf manifiesta además que está de acuerdo con el contenido. Por tanto no veo ningún argumento para postergar la votación, más allá de que la instancia posterior, que es la del Senado, permita seguir adelante. Si se está en contra de los argumentos de fondo de esto, que se diga. Desde el punto de vista formal no existe ninguna clase de diferencia.

EC - ¿Qué dice usted, doctor Lafluf?

OL - Los intendentes no vamos a decir que estamos en contra de ningún sistema que les dé transparencia a nuestras gestiones municipales. Y hablo por los 19 intendentes que en este período le hemos dado una enorme transparencia a esto. Que sepa el diputado Brenta que los intendentes nos enteramos de esto por la prensa, y después bajamos el planteo de su página web. El CNI debió haber recibido al menos una propuesta al tratarse de una norma que afecta directamente a los gobiernos municipales y a los gobiernos departamentales. Hay una comisión en el Parlamento que funciona, que es Descentralización y Gobiernos Municipales, nos podrían haber llamado para conversar y para discutir este tema. Por lo dicho por el diputado Brenta, se va a votar hoy, no hay tiempo de absolutamente nada. No les hace bien a dos partes del Estado que gobiernan el país.

EC - El diputado Brenta dice que el CNI va a ser recibido luego de la votación, y que incluso está la instancia de la comisión en el Senado.

EB - Exactamente, esa posibilidad está disponible.

EC - ¿Eso no lo convence, doctor Lafluf?

OL - Iremos adonde tengamos que ir y adonde se nos dé la posibilidad de ir. En una buena relación política no es la forma de enterarse el Congreso, el día de su reunión, el jueves, por la prensa, y después haber tenido que bajar el planteo de la página web del diputado Brenta.

EC - ¿Qué dice de esa objeción, diputado Brenta?

EB - Primero, esto fue discutido más de un año en la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

EC - Parece que el CNI no fue citado.

EB - Pero seamos conscientes de que en la Comisión hay legisladores de todos los partidos, y todos los legisladores de todos los partidos, incluidos los legisladores de cada departamento, tienen fluidas relaciones con los intendentes. Esto no se desconocía. Hay que discutir en profundidad lo conceptual, porque el procedimiento existe, la comisión del Senado lo va a recibir. Partimos de la base de que no iba a existir ninguna objeción; y es más, en consultas informales sí intercambiamos con intendentes que nos dijeron que no tenían ninguna duda respecto ni de la constitucionalidad ni del contenido de la norma, que es lo importante que la gente tiene que comprender, lo que tiene que ver con la transparencia en los ingresos a las administraciones municipales. No hay dudas con respecto a la constitucionalidad; si el año pasado esto se le aplicó a otro poder del Estado, al Poder Judicial, con más razón se les puede aplicar a las intendencias municipales.

***

EC - Diputado Brenta, para ser aprobado un proyecto como este tiene que tener mayoría especial de dos tercios en las dos cámaras. Más allá del apoyo que el artículo ya recibió en comisión, que fue unánime, ahora que pasa al plenario, ¿cuenta con los votos necesarios para salir?

EB - No hemos consultado al resto de los partidos si mantienen la posición que tuvieron una semana atrás en la comisión.

EC - Por citar un ejemplo, el diputado José Carlos Cardoso, del Herrerismo, que en comisión votó a favor, luego revisó su criterio.

EB - No, el diputado Cardoso no estuvo en la comisión en ocasión de esta discusión. Los diputados del PN presentes fueron la diputada Adriana Peña, el diputado Gandini y el diputado Carlos González Álvarez.

EC - Pero el diputado Carodoso, que inicialmente estuvo de acuerdo, ahora señala que no comparte esta norma. Ahí tenemos un ejemplo de alguna dificultad que habría por el lado del PN. ¿Qué ha conversado con la bancada blanca?

EB - Yo no he tenido ninguna noticia de cambio de opinión en la bancada del PN, sí he tenido un respaldo muy fuerte. Tengo aquí la versión taquigráfica de las palabras de la diputada Adriana Peña, que manifiesta que quiere no solo votar sino acompañar con su firma la presentación de la moción. La diputada Peña es diputada por el departamento de Lavalleja; me imagino que conocerá la posición de su intendente. De cualquier forma, el FA tiene una decisión tomada en ese sentido, históricamente, con relación a este tema, por tanto tenemos la certeza del acompañamiento de quienes votaron en la comisión e imagino que también de sus sectores políticos. No sé si será unánime.

EC - Doctor Lafluf, ¿qué sabe de la posición del PN?

OL - El diputado Brenta decía que algunos intendentes sabían porque habían conversado. Pero la relación institucional entre dos poderes del Estado no se puede hacer a través de sectores políticos o de partidos. Si hay un CNI que es institucional, consagrado en la Constitución de la República, un tema que afecta o que tiene relación directa con los gobiernos departamentales debió haber sido conversado institucionalmente entre el Parlamento y el CNI. Además en el CNI opinaron todos los intendentes –me gustaría que viera la versión taquigráfica–, no solo los del PN. Pero si la decisión está tomada y se va a votar hoy, veremos, consultaré primero a la mesa del Congreso, a ver qué caminos seguimos.

EC - ¿Qué ha hablado con los legisladores de su partido, el PN?

OL - He hablado muy poco. Yo canalicé el tema como presidente del Congreso, y con el voto de los 19 intendentes resolvimos enviar esta nota al Parlamento.

EC - Está claro que en el procedimiento que se siguió, que no incluyó la consulta al CNI, por lo visto también coincidieron legisladores del PN.

OL - Además nosotros y otras intendencias hace más de un año que estamos trabajando con la ONSC, en establecer una carrera funcionarial. Estamos trabajando en eso con el gremio de Adeom, con la Junta Departamental y con la ONSC para dejar claramente establecido cuáles son los cargos que existen en la Intendencia, cuál es el método para acceder al cargo -el concurso-, cuál es la exigencia para acceder a ese cargo, qué tiene que tener el funcionario para concursar por ese cargo. Eso no lo tenemos definido, y lo mismo les pasa a varias intendencias que están trabajando en formar lo que se llama la Junta Calificadora para después acceder al llamado a concurso para llenar los cargos.

EC - ¿Por qué menciona ese antecedente ahora?

OL - Porque me lo están preguntando. Lo venimos hablando en el Congreso desde hace mucho tiempo. Todas las intendencias, o la mayoría, las que no lo tienen, estamos trabajando especialmente con la ONSC para reglamentar la carrera funcionarial.

EC - ¿Qué dice, diputado Brenta, sobre esto que agrega el doctor Lafluf?

EB - Tengo las actas del CNI; me consta la opinión favorable a la norma de todos los intendentes del FA; me consta también que lo que se ha resuelto es una solicitud para estudiar la constitucionalidad de la norma, cosa que me parece absolutamente de derecho de los intendentes. Me consta que hay un mecanismo legal para hacer esto, que es recurrir ante la SCJ como el intendente Lafluf manifestaba. Pero sobre todo me consta que hay muchos ingresos en intendencias municipales por designación directa. Esto me consta a mí, sé que le consta al doctor Lafluf también, y sé que les consta a los uruguayos. Por tanto, esto es un gran avance, debe ser reconocido como tal por los propios intendentes, es un avance para la sociedad uruguaya en materia de transparencia y derechos de los ciudadanos. Esto es lo importante. Y quedé enormemente sorprendido al encontrar opiniones contrarias, que espero que se aclaren rápidamente, y además debo reivindicar el derecho de los legisladores de todos los partidos de avanzar en esta materia.

EC - En caso de que se apruebe este artículo, diputado Brenta, ¿cuándo entra en vigor?

EB - Si lo aprueba el Senado, que tiene un plazo constitucional de 45 días, luego lo promulga el Poder Ejecutivo en un plazo corto, normalmente de un par de semanas, y por tanto este mecanismo estará rápidamente en marcha.

EC - Entra en vigor ya. Se lo pregunto porque la rendición de cuentas tiene otros plazos. ¿Cómo es?

EB - La rendición de cuentas en este caso consta de un artículo único, en este caso no hay gasto, por lo tanto lo que se aprueba es la rendición de cuentas de los gastos efectuados, en año electoral existe una prohibición constitucional de ejercer gastos nuevos. Por tanto una norma de estas características, que es un gran avance, queda aprobada cuando sea promulgada por el Poder Ejecutivo. Debemos ser sinceros en esto, todos sabemos que existen designaciones directas y que existe utilización de este mecanismo con intereses político-partidarios. No quiero generar una discusión más allá de lo que usted ha consultado, pero sabemos que es así y sabemos legisladores de todos los partidos que hay que avanzar en esto, y creo que los intendentes también lo saben, me consta porque esto tengo las actas del CNI en mi poder. Por tanto me parece que lo mejor como señal para la sociedad uruguaya sería decir "coincidimos con esto y lo pondremos en práctica rápidamente, aun antes de que entre en vigencia la ley".

EC - Doctor Lafluf, un último comentario.

EB - Lo que dice el diputado Brenta pasa en todos lados, no solamente en algunas intendencias. En segundo lugar, nosotros en ningún momento nos oponemos –no le puede llamar la atención al diputado Brenta, que dice "me llama la atención que alguien se oponga a esta norma"– a nada que dé transparencia a los gobiernos municipales.

Simplemente planteamos dos cosas muy concretas. Una es tener la posibilidad de discutir este tema, pero no a través de los intendentes y los legisladores de mi partido, sino institucionalmente, a través del CNI; por suerte hemos funcionado orgánicamente como Congreso y nos parece que esa es la forma de vincularnos con el Poder Legislativo.

Y en segundo lugar planteamos una duda –sacamos la expresión de que podía ‘violentar’ la Constitución de la República–, decimos que se puede ‘contraponer’ a algunos artículos de la Constitución. Pero si no hay más tiempo, no habrá más tiempo.

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Transcripción: María Lila Ltaif


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