Korzeniak: proyecto interpretativo de la ley de caducidad "puede ir a la Asamblea General"
Ante el empate en Diputados en la votación de la iniciativa que impulsó el oficialismo y que busca dejar sin efecto la ley de caducidad, el proyecto fue rechazado. Sin embargo, el doctor José Korzeniak, catedrático de Derecho Constitucional, explicó a En Perspectiva que "cuando viene un proyecto de una cámara con modificaciones, que fue lo que ocurrió en este caso, la otra cámara vota por sí si las acepta y si no puede ir a la Asamblea General". El exsenador señaló que hay otras formas jurídicas para cumplir el cometido del Plenario del Frente Amplio: desde la derogación de actos administrativos por parte del Ejecutivo hasta "presentar una iniciativa popular de ley".
(emitido a las 08.36 Hs.)
EMILIANO COTELO:
Revisamos las tapas de los diarios, que hoy salieron tarde. "Semproni evitó que el Frente Amplio anulara la caducidad", dice el titular principal en Últimas Noticias. Agrega que "el proyecto fue rechazado a las 5.31 al no contar con el voto del legislador frenteamplista".
La República tiene este enfoque: "Por 49 a 49 sigue viva la caducidad. El Frente Amplio no alcanzó los 50 votos para aprobar el proyecto interpretativo de la caducidad y los efectos de la ley se mantienen. Oficialismo y oposición protagonizaron un debate que superó las quince horas. Hoy es la Marcha del Silencio".
El País titula: "Aislado y con custodia, fue presionado hasta el final", refiriéndose a Víctor Semproni. "Escasa movilización, votación en la madrugada a propósito de la ley de caducidad".
La Diaria publica: "Pese a todo, hoy se realiza la decimosexta Marcha del Silencio con perspectiva incierta para los esfuerzos por lograr verdad y justicia". El título es acompañado de una foto que a su vez muestra fotos de desaparecidos, colgadas afuera del Palacio Legislativo anoche, durante la sesión de la Cámara de Diputados.
El Observador tiene este titular: "El Frente no se resigna a la derrota. El diputado Víctor Semproni rompió la disciplina partidaria y el proyecto de anulación de la ley de caducidad fracasó. Sin embargo, el Frente Amplio adelantó que buscará otras vías para dejar sin efecto la norma. Se abre paso el camino de la derogación. Paradójicamente, la derrota del partido de gobierno termina por darle aire al presidente José Mujica, quien se opuso a la anulación y propuso en su lugar la vía administrativa".
¿Cómo fue el desenlace? Como ya mencionamos, ocurrió sobre las 5.30 de la mañana. En realidad, en ese momento todavía había quienes pensaban que la sesión se iba a prolongar un buen rato más. ¿Por qué? Porque había una moción para que la votación fuese nominal, o sea, para que se recogiese uno por uno el voto de los 98 legisladores presentes. Lo que a su vez daba pie a la posibilidad de que, en el momento, cada uno de ellos agregara algo más a lo que ya podían haber señalado en las intervenciones que habían tenido lugar en la tarde, en la noche y en la propia madrugada. Esa moción no prosperó, por lo tanto se procedió a votar simplemente a mano alzada.
(Audio Cámara de Diputados)
" 49 en 98, empate. Léase por secretaría el artículo 81 del reglamento.
Artículo 81: Si resulta empatada la votación, se reabrirá el debate. Si el empate se reproduce, se abrirá una última discusión y, si se empata nuevamente, se proclamará negativa la votación.
Se está votando nuevamente el proyecto de resolución presentado por la mayoría. 49 en 98, empate, se está votando nuevamente el proyecto de resolución presentado por la mayoría. 49 en 98, no se han aceptado las modificaciones introducidas por el Senado. Se comunicará al Senado y a la Asamblea General. Se levanta la sesión".
(Fin del audio)
Estamos en comunicación con el doctor José Korzeniak, catedrático de Derecho Constitucional, exsenador del Partido Socialista, Frente Amplio (FA).
¿Qué análisis hace usted de los escenarios que se abren de ahora en adelante? Para empezar, ¿efectivamente cabe todavía la posibilidad de convocar a la Asamblea General después de este resultado?
JOSÉ KORZENIAK:
Si el proyecto que vino del Senado es el proyecto que había ido de Diputados y fue modificado en el Senado, no solo cabe sino que es lo que dice la Constitución. Ustedes lo leyeron hace un instante.
EC Sí.
JK Es la resolución que se leyó de la Presidencia de la mesa de Diputados. Cuando la segunda cámara no acepta las modificaciones introducidas por una cámara, se convoca a la Asamblea General. En términos formales es así.
EC Sí, el texto dice "si no las hallare justas", si no hallare justas las modificaciones...
JK - ...Bueno, "si no las hallare justas" quiere decir que no las aprueba...
EC - ..."Si no hallare justas las modificaciones e insistiese en sostener su proyecto tal cual lo había remitido al principio, podrá, en tal caso, por medio de oficio, solicitar la reunión de ambas cámaras".
JK "Podrá". Por lo tanto, debe suponerse, con un criterio pragmático, que si no había votos en Diputados tampoco va a haber en la Asamblea General si se reproduce la asistencia más o menos total de todos los legisladores.
EC Se lo preguntaba porque más temprano el senador Pedro Bordaberry decía que no, que en la medida que no había existido una comunicación formal de que no se hallaba justa las modificaciones y de que se insistía en sostener el proyecto tal y cual lo había remitido al principio...
JK - ...No es así. Primero, ¿qué quiere decir hallar justas o no hallar justas, cómo se hace eso? Está previsto en el reglamento. El reglamento de cada una de las cámaras dice que cuando viene un proyecto de una cámara con modificaciones, que fue lo que ocurrió en este caso, la otra cámara vota por sí si las acepta y si no puede ir a la Asamblea General. Eso lo dice el reglamento, no hay una votación por la ley ni nada. En este caso, las modificaciones serían las que le hizo el Senado al proyecto de Diputados, que fueron muy pocas por otra parte.
EC Y en el caso de que se convoque a la Asamblea General, las posibilidades entonces son tres: considerar el proyecto original salido de Diputados, el proyecto con las modificaciones que hizo el Senado...
JK ...La Asamblea General tiene todas las posibilidades, la Constitución dice que se diriman las diferencias entre las dos cámaras y hasta se puede aprobar un proyecto distinto.
EC Requiere dos tercios.
JK Los dos tercios de los votos de sus componentes, no de los presentes. La gente que no conoce la Constitución habla de presentes porque lo confunde con el caso del levantamiento de un veto, ahí sí son tres quintos de los presentes.
EC Sí, pero estoy mirando y dice dos tercios de sufragios.
JK Sí, sufragios, pero cuando no se dice nada es dos tercios.
Lo que quiero decir es que en este caso, lo que he oído yo estoy viviendo en La Aguada y no participo en las reuniones de la vida política diaria es que la Asamblea General no se va a convocar para esto, que no hay interés puesto que se supone que se va a reproducir este resultado negativo de la aprobación del proyecto de ley que vino del Senado.
EC ¿Qué otros caminos tiene el FA? Se lo pregunto porque usted es catedrático de Derecho Constitucional y analizó críticamente este proyecto que se estaba votando.
JK Sí, pero no analicé críticamente la intención. Es más, ayer escribí un artículo muy extenso en el cual hablé de una coherencia total, global de los partidos en materia de la ley de caducidad. El Partido Nacional y el Partido Colorado la aprobaron, la votaron todos con algunas excepciones Carlos Julio Pereyra, Luis J. Martínez, etcétera y el FA votó en contra. Hoy día es exactamente la misma posición. Los partidos tradicionales quieren que siga la ley de caducidad y el FA quiere que se vaya la ley. Así que hay una coherencia global absoluta. Yo diría que pocas veces en tantos años existió la misma coherencia.
Donde no hay coherencia es dentro de los partidos, incluso dentro de los partidos tradicionales. Pero dentro del Frente hay contradicciones que son de tipo jurídico, por lo menos por lo que yo leo, veo y oigo: si se puede o no se puede echar abajo una ley cuando fue aprobada, ratificada o no derogada en un plebiscito es una discusión; si existe la posibilidad de que las leyes penales sean retroactivas... La gente habla de la retroactividad porque es un tema que le gusta con locura, pero en realidad en materia penal el tema no es la retroactividad, es la ley más benigna, sea o no anterior o posterior. Cuando a una persona le cabe la posibilidad de aplicarle dos leyes, la regla del Código Penal es aplicar la más benigna. Lo que ocurre es que eso tiene rango legal, no rango constitucional. Quiere decir que otra ley puede derogarlo, cambiarlo. Para este caso no hay aplicación de la ley más benigna, y justamente esto es lo que dicen los organismos internacionales, que en materia de derechos humanos básicos no rige ese principio. Otras discrepancias: desde cuándo se cuenta la prescripción extintiva del delito o de la pena. Esas han sido las discusiones según yo interpreto de buena fe, y no hay una sola excepción de alguien que diga que es partidario de la ley de caducidad, no la hay.
EC Pero entonces, ¿qué alternativa tiene el FA ahora si quiere continuar procesando mecanismos para, por ejemplo, salvar inconvenientes que la ley de caducidad todavía puede interponer a las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos?
JK Yo hice un catálogo de esas posibilidades a pedido del compañero presidente del Frente, [Jorge Brovetto], en noviembre del año pasado. Hice un catálogo y creo que eran cinco, pero hoy día, pasado el tiempo, le puedo decir cuáles quedan. Una, que sería ortodoxa pero que lleva tiempo, que consiste en presentar una iniciativa popular de ley, que está en el artículo 79 inciso 2º junto con el referéndum contra las leyes¬. El referéndum contra una ley se ha ejercitado en el Uruguay varias veces, pero la iniciativa popular de ley, que también necesita un 25 % de adhesiones, nunca se ha ejercitado. Una vez el FA estuvo por plantear una, pero eran tantas las cosas que querían ponerle que al final el Frente no lo planteó.
Esa iniciativa popular de ley consiste en que el 25 % de los ciudadanos obviamente no hay plazo, es el día que se junten las adhesiones, el día que quieran presenten un proyecto al parlamento. Por supuesto hay que contar las firmas, ver si son auténticas, y el parlamento o la aprueba íntegramente o la somete a un plebiscito. La Constitución en el artículo 79 inciso 2º no dice que la somete a un plebiscito si no la aprueba, pero tampoco dice que cuando se presenta un recurso de referéndum hay que someterlo a plebiscito. Lo que pasa es que la iniciativa popular justamente se define a diferencia del derecho de petición o aprobándose o sometiéndola a un plebiscito. Ese es un camino que yo aconsejé hace dos o tres años, ahí era con tiempo y me parecía bueno.
Aclaremos que no estoy hablando de caminos que yo esté impulsando, estoy hablando de posibilidades jurídicas. El Frente tiene que insistir en esto porque, entre otras cosas, Uruguay está obligado por una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a eliminar este obstáculo y otros que pueda haber. La ley de caducidad es un obstáculo, hay que eliminarlo...
EC - ...¿Cuáles serían entonces otras posibilidades?
JK Hay otra, que era muy pragmática y también la propuse. La Suprema Corte de Justicia ha declarado que los artículos 1°, 3° y 4° de la ley de caducidad son inconstitucionales, sobre todo el de la impunidad, el que dice que los militares, policías, equiparados, asimilados no tienen que responder por los delitos que cometieron durante la dictadura. Yo había propuesto que el Frente, en lugar de preocuparse de normas, nombrara una comisión públicamente que se encargara, en cada caso, de tramitarle la inconstitucionalidad a un denunciante, siempre que viera que tiene alguna razón. Porque no se puede generalizar para cualquiera que viene a denunciar que le tiraron una piedra durante la dictadura o algo así. Una comisión que gratuitamente le hiciera la acción de inconstitucionalidad, que se gana fácilmente y en pocas semanas, porque la Corte ya tiene una jurisprudencia pacífica, constante, unánime por los cinco miembros. Y además todo va reforzado por el hecho de que es una jurisprudencia reciente y que ha abarcado una cantidad de casos. [La idea es tener] una comisión a disposición de la gente que lo quiera hacer. Esa era una postura que yo propuse en noviembre del año pasado, que tiene efecto concreto en cada caso y no echa abajo la ley. Aparecida la sentencia de la CIDH, ésta puede considerar que eso no elimina drásticamente el obstáculo de la ley de caducidad.
EC Pasemos a las otras fórmulas.
JK Otra fórmula es la ya ensayada enmienda constitucional. A mí no me parece demasiado ortodoxa pero jurídicamente es posible. Así como se andan recolectando firmas para bajar la edad de imputabilidad que es un tema que no está en la Constitución porque los 18 años de imputabilidad están en la ley, y están levantando firmas para meterlo en la Constitución o así como también se hizo recientemente y se perdió ese plebiscito, se puede intentar hacer esto nuevamente por la vía de la Constitución.
Y también quiero dar otro procedimiento que a mí me llamó mucho la atención. Fue un procedimiento visto con buenos ojos por aquellos que se oponían en el Senado, y a raíz de eso el compañero Brovetto me pidió que lo puliera un poco y le diera forma de proyecto de ley. Es la exposición que hizo el doctor [Martín] Risso, en la cual proponía, por un lado, derogar la ley; no entrar en la discusión de que si se va para atrás, para adelante, que si anula o no anula, sino derogarla. A lo cual yo le agregaba el tema de la prescripción. Si al justamente impedido no le corre término, un denunciante se puede haber visto impedido porque sabe que su denuncia no progresaba y establecer esto no lo dijo Risso pero estaba implícito- que la prescripción comienza a correr una vez que la ley no esté. Mientras estaba era un impedimento justo para accionar por un denunciante...
Junto con eso, el doctor Risso había planteado una cosa muy ingeniosa: que el Poder Ejecutivo derogara, en un decreto, en varios o analizando cada caso como ha dicho Mujica, aquellos actos administrativos de los anteriores poderes ejecutivos. Me refiero a los de [Luis Alberto] Lacalle y [Julio María] Sanguinetti, porque Tabaré Vázquez no tuvo esa misma posición y por eso están presos unos cuántos de los principales torturadores, además de [Juan María] Bordaberry y [Juan Carlos] Blanco. Porque la ley, en uno de sus artículos declarado inconstitucional, dice que el juez, si recibe una denuncia, le tiene que preguntar al Poder Ejecutivo si ese caso está comprendido en la ley de caducidad. Y cuando gobernaba el Partido Nacional o el Partido Colorado invariablemente contestaban que sí, que estaban comprendidos.
EC Esa idea ya la está manejando el presidente Mujica y ya ha empezado a revocar...
JK - ...Empezó haciendo lo mismo que hizo Tabaré Vázquez, porque todos los militares que están presos están por eso. [Desde el Gobierno] del presidente Vázquez, por interpretación de la ley hecha por Gonzalo Fernández excelente interpretación, las leyes que establecen determinados privilegios o desigualdades son de interpretación restrictiva. De manera que, por ejemplo, lo de [Zelmar] Michelini y [Héctor Gutiérrez] Gutiérrez Ruiz aunque era el colmo que se dijera que eso estaba amparado por la ley de caducidad, que fueron asesinatos en Argentina... La ley no se aplica en Argentina, ya ahí hay un motivo para decir que este caso no está comprendido en la ley de caducidad. O un bebé que le quitaron a una madre, ahí también la propia ley prevé que los casos de intereses económicos están excluidos.
Y una interpretación bien restringida de la ley permitió a la administración Vázquez dejar afuera y decirle al juez que determinados casos no estaban comprendidos. Por eso hay unos cuántos militares presos, entre ellos [Gregorio] "Goyo" Álvarez y alguno que se fugó como [Jorge] Tróccoli, [José] Gavazzo, [Manuel] Cordero, y otro cuya extradición todavía no salió.
Estas serían las posibilidades jurídicas. Creo que a esta altura nadie puede sostener que la ley de caducidad se mantiene para mantener la paz. Yo creo que el tema de la paz ya se terminó hace mucho.
Y lo que no deben pensar ni siquiera los denunciantes es que eliminada la ley de caducidad todos los militares vayan a ir presos, porque ahora si no le prueban la culpabilidad nadie más va preso. Ni tampoco que los militares estén en peligro si no hay ley de caducidad. Eso es una versión apocalíptica que hay que rechazar absolutamente, no solo desde el punto de vista jurídico sino porque ningún juez procesa a nadie si no tiene elementos probatorios que constituyan por lo menos la semi plena prueba para procesar. Así lo dice la Constitución.