Corte Electoral evaluará situación de Ribero y Venegas
La Corte Electoral se dispone a iniciar el estudio del caso de la intendenta suplente de Montevideo, María Sara Ribero, y del ministro de Salud Pública, Jorge Venegas, a efectos de establecer si la designación de ambos ha sido irregular.
Dirigentes del Partido Colorado presentaron este lunes ante la Corte Electoral una denuncia contra María Sara Ribero, la suplente de la intendenta Ana Olivera, por entender que no está habilitada para ejercer como intendenta porque, siendo argentina, no completó los trámites de inscripción cívica previstos para los residentes extranjeros.
Además, Propuesta Batllista (ProBa) presentará este jueves la denuncia contra el ministro de Salud Pública, Jorge Venegas, por entender que no cumple con los requisitos legales para ocupar el cargo.
ProBa denunció que Venegas, que nació en Chile en 1948, no tiene ciudadanía legal en Uruguay y, por lo tanto, está impedido de desempeñar cargos públicos.
El presidente de la Corte Electoral, Ronald Herbert, confirmó que la primera denuncia ya llegó.
"Ya entró la denuncia del Partido Colorado por la señora Sara Ribero, no vi hasta el momento la denuncia por Venegas. Se le va a dar entrada mañana y se adoptarán algunas medidas iniciales para seguir el procedimiento normal en estos casos. La Corte posteriormente va a emitir su opinión, que incluso puede ser más de una, en caso de que no haya acuerdo", explicó.
En la conferencia de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros el secretario de Presidencia, Homero Guerrero, y el prosecretario, Diego Cánepa, fueron consultados sobre si el tema había sido tratado.
"No era un tema para el día de hoy en el Consejo de Ministros, pero sí hablamos con el ministro en cuanto a que es un tema que definirá la Corte Electoral. Él ha sido incluso proclamado por la Corte en su momento. Aquí no hay mucho para discutir, se verá con los hechos", expresó Cánepa.
Respecto al pedido del senador José Amorín Batlle, de que remuevan al ministro, Guerrero dijo que en su momento la Corte lo proclamó como senador suplente, cargo para el que se postuló en 2009, como primer suplente de Eduardo Lorier, en la Lista 1001.
"Eso el presidente lo tiene en cuenta, esto se va a definir en la Corte Electoral. El ministro Venegas entró como senador suplente, y la Corte no encontró objeción", señaló Guerrero.
El senador Amorín Batlle, de ProBa, dijo a El Espectador que la documentación que posee le permite afirmar que Venegas asumió en condiciones ilegales porque inició el trámite para obtener la ciudadanía en abril de 2004. La Constitución establece que para ser ministro se deben cumplir las mismas condiciones que para acceder a un escaño en el Senado, y uno de ellas es la ciudadanía con siete años de ejercicio, según el artículo 98. Amorín Batlle argumentó que Venegas podría haber asumido como ministro recién en 2011, y no en 2009 como lo hizo. Agregó que, como Venegas no se inscribió en el Registro Cívico Nacional, los plazos no comenzaron a correr y no puede seguir ocupando la cartera.
El senador dijo que desde su sector estaban esperando que el Ejecutivo se pronuncie. "En la medida que nos enteramos que el Ejecutivo dijo que tenía que definir esto la Corte Electoral, nosotros mañana (por el jueves) vamos a presentar la denuncia".
De todas formas, Amorín pedía la renuncia, o sea, que el Gobierno actuara sin el pronunciamiento de la Corte.
"Es tan claro el tema que el Gobierno tiene que decirle a Venegas que se vaya, porque está en una clara violación de la Constitución. Venegas se inscribe en abril de 2004, aparentemente inicia un trámite para carta de ciudadano legal, pero en el 2004 hace también el trámite, por el artículo 78 de la Constitución, que dice que puede sufragar sin ser ciudadano legal. Puede votar en elecciones, no así en plebiscito". Además, Amorín Batlle reiteró que "Venegas no se inscribió" en el Registro Cívico, "o sea que no es ciudadano legal".
Agregó que así se hubiera inscripto, debería haber esperado tres años para ejercer algunos derechos como el del voto, por lo que no podría haber sufragado en las elecciones de 2004. "Y como quería votar, optó por el articulo 78", que permite que se acceda al voto mediante una ciudadanía de residencia pero no legal.
A su vez, agregó el senador, el artículo 98, que es el que establece las condiciones para ser senador o ministro dice que "se necesita ciudadanía natural en ejercicio o legal con siete años de ejercicio". Amorín Batlle apuntó que, sin haber hecho el trámite para obtener la ciudadanía legal, Venegas entra en lo descrito en el artículo 75, en el que se establece que ésta puede obtenerse después de tres años de ser ciudadano residente. "Es decir: son primero 3 años para poder ejercer los derechos y después siete años de haber ejercido los derechos. O sea, que serían 10 años si se hubiera inscripto, hasta 2014. Pero no se inscribió", explicó.
"Acá tenemos que defender la Constitución, esto no es un ataque a Venegas, esto no es una estrategia legal, esto es la defensa de la Constitución".