José Bayardi (FA): "Ninguna autoridad en democracia está exenta de tener que explicar los fundamentos de sus actos"
El diputado de la Vertiente Artiguista (Frente Amplio) José Bayardi, integrante de la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Representantes, decidió invitar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) al Parlamento para conocer los motivos del traslado de la jueza Mariana Mota de la justicia penal a la civil. Bayardi explicó a En Perspectiva que los legisladores están habilitados a pedirle informes a la SCJ por el artículo 118 de la Constitución, el mismo que permite pedir explicaciones a los ministros de Estado. En una democracia "cualquiera que tenga poder administrador y facultades de administración no está exento" de tener que justificar sus actos, señaló. Aclaró, de todas formas, que la reunión con los ministros de la SCJ se reducirá a un "intercambio de fundamentos" sobre los motivos del traslado, sin cuestionar ningún aspecto de la "materia jurisdiccional" y respetando la separación de poderes.
(emitido a las 7.45 Hs.)
ALEJANDRO ACLE:
La jueza Mariana Mota firmó el viernes su traslado desde la justicia penal a la civil en una ceremonia que se produjo después de que en la sede de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) se registraran incidentes por parte de manifestantes que expresaban su descontento con el cambio que se estaba produciendo.
Hasta el momento los ministros de la corporación no han explicado los motivos de este traslado, que es cuestionado por algunos legisladores y dirigentes del Frente Amplio y también por organizaciones vinculadas a las cerca de 50 causas de violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura que Mota tenía a su cargo. El viernes, al finalizar el acto, la doctora Mota fue consultada por los medios sobre si entiende que la Justicia es independiente: "Debería serlo", respondió.
"Presionados nos podemos sentir todos, el tema es qué hacés con esas presiones", dijo Mota, a lo cual la periodista le preguntó si no fue una presión que la SCJ le llamara la atención por haber estado presente en la Marcha del Silencio del 2011. "Es una opinión de la Corte. Que además me dijo que había faltado a la ética. Yo no lo comparto, pero bueno", respondió Mota.
AA Como podía esperarse, el traslado de Mota generó reacciones también a nivel político. El mismo viernes la Vertiente Artiguista (Frente Amplio) resolvió invitar a los ministros de la SCJ al Parlamento para conocer los motivos de esa decisión. El diputado José Bayardi será quien curse la invitación a través de la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Representantes de la que es integrante.
Para profundizar precisamente sobre este asunto es que estamos en comunicación con el diputado Bayardi.
Empecemos por lo más general, ¿cuáles son los argumentos que esgrimen ustedes para convocar a esta invitación al parlamento?
JOSÉ BAYARDI:
Yo envié una nota al presidente de la Comisión de Constitución, al diputado [del Partido Nacional, Pablo] Iturralde, para que cursara una invitación a la SCJ a los efectos de poder intercambiar sobre los fundamentos que dieron lugar a los traslados que se produjeron, entre ellos particularmente el de la jueza Mariana Mota. Esto está motivado a partir de la inquietud que ese traslado particularmente (no estoy enterado de otros) ha generado en sectores de la sociedad, algunos de los cuales usted anunciaba en la presentación del tema. A través del intercambio y de los fundamentos queremos tener una composición del lugar real de cuáles eran esos fundamentos.
Esos fundamentos, en la nota misma lo digo, son la potestad reconocida de ejercer la superintendencia del Poder Judicial que tiene la Corte Electoral, lo tiene porque la Constitución se lo da en el artículo 239, numeral segundo. Eso se condice con un tema que está contenido también en la Constitución, detallado en el artículo 246, que le da la potestad a la SCJ de producir los traslados de aquellos jueces titulares, que son inamovibles, con fundamentos que tienen que ser las razones de buen servicio. Dice: "No obstante por razones de buen servicio la Corte podrá trasladarlos en cualquier tiempo", y para ello tiene que haber oído al fiscal de corte y haberse dado los requisitos de voto que la Constitución le determina.
Y si esos fundamentos, que son una potestad reconocida que en la nota misma lo digo, de ejercer la superintendencia del Poder Judicial que tiene la Corte Electoral, porque lo tiene porque la Constitución se lo da, obvio, en el artículo 239, numeral segundo, se condice con un tema que está contenido también en la Constitución que es el tema del artículo 246, que le da la potestad a la SCJ de producir los traslados de aquellos jueces titulares, que son inamovibles, pero le da la posibilidad la Constitución a la SCJ de hacer cambios ante jueces que son letrados con efectividad y los fundamentos que tiene que tener son las razones de buen servicio, dice: "No obstante por razones de buen servicio la corte podrá trasladarlos en cualquier tiempo", y para ello tiene que haber oído al fiscal de corte y haberse dado los requisitos de voto que la Constitución le determina.
A punto de partida de este intercambio de fundamentos de los motivos y la justificación de motivos, podremos hacernos una composición de lugar que nos permita actuar en consecuencia.
ROMINA ANDRIOLI:
Algunos voceros de la SCJ han expresado que esto se trata de un traslado horizontal.
JB Sí, pueden hacerlo por traslado horizontal. Yo le vuelvo a repetir, los jueces letrados con efectividad en el cargo durarán en sus funciones todo el tiempo de su buena comportación hasta el límite de edad, dice la Constitución. Ellos pueden hacerlo, por razones de buen servicio la SCJ puede trasladarlos, lo que nosotros queremos conocer son los fundamentos, lo que fundamente el buen servicio o la razón del buen servicio.
Es claro que en este caso la doctora Mota no quería ser trasladada, lo hemos visto y registrado todos. Ella llevaba adelante un área de especialización en el marco de la propia justicia penal que tenía que ver con el tema de los procesos por violaciones a los derechos humanos. Entonces, para que el oyente razone, si yo tengo a alguien que está especializado en un área, y en esa área da determinadas tranquilidades a aquellos que concurren a demandar justicia, y yo, con los motivos que sea esperemos que sea por razones de buen servicio lo traslado... Es claro que si no explico bien las razones de buen servicio puedo generar inquietudes en determinados sectores de la población, tiene su lógica, no es que estemos hablando de nada disparatado.
Entonces, conocer las razones de buen servicio e invitar a tener un intercambio, porque acá hubo una duda que yo quisiera, si ustedes me permiten, aclarar: los legisladores podemos hacerle pedidos de informe a la SCJ.
AA Ahí está el tema, ¿no?
JB Podemos hacerlo, el artículo 118 de la Constitución nos da la facultad de que así como podemos pedirle informes a los ministros de Estado también podemos hacerlo a la SCJ, a la Corte Electoral, al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, al Tribunal de Cuentas. No puede ser objeto de dicho pedido de informe lo relacionado con la materia y competencia jurisdiccional del Poder Judicial, o sea, aquellas cosas que entran en el plano de lo que tenga el poder para juzgar. Esto es lógico porque el Poder Judicial se va a terminar expresando y va a hacer público aquello que tiene en sus manos para juzgar a través de la sentencia, lo vamos a poder conocer todos y no le podremos pedir explicaciones a los jueces por las sentencias.
RA ¿Esto no puede quedar también dentro de una decisión propia del Poder Judicial?
JB Es un poder propio del Poder Judicial, pero el poder administrador... porque acá se han mezclado muchas cosas, cualquiera que tenga poder administrador y facultades de administración, en una democracia, no está exento de tener que poner los fundamentos. Ni el presidente de la República, ni el presidente de la Asamblea General, ni la presidencia de la SCJ, que es una corporación que tiene un presidente también, un presidente rotativo. Ninguna autoridad en democracia está exenta de tener que explicar los fundamentos de sus actos.
A mí me llama la atención lo que dicen algunos colegas de la oposición. La Constitución prevé que no le tengamos que pedir pedido de informe [al Poder Judicial] sobre la materia jurisdiccional, en aquellas cosas de las que tiene que juzgar, para garantizar la independencia de la elaboración de los juicios, pero no se puede entender en una interpretación armónica de una Constitución democrática que no le puedan pedir informes sobre otras materias. En realidad lo que se hizo en esta oportunidad es invitarlos a intercambiar para hacer una composición de lugar, como viene mucha veces la SCJ a la comisión de Constitución, es invitada muchas veces.
RA Está claro que dentro de las críticas, usted lo mencionaba incluso, en la oposición se planteó el tema de la separación de poderes. Se argumenta que por eso no se pueden pedir explicaciones, ¿usted por ejemplo no tendría inconvenientes si el día de mañana la corte les pide explicaciones o los invita a ir a su sede para que expliquen un asunto propio del Poder Legislativo?
JB Vienen muchas veces a intercambiar sobre leyes que el Poder Legislativo está para sancionar o sanciona, pueden hacerlo incluso de iniciativa, sin que sean invitados, tienen la facultad constitucional de poder venir a la comisiones; está facultado para venir el presidente a las comisiones a hablar sobre temas que tengan que ver sobre su realidad.
Pueden, y de hecho, lo hacen, y en una democracia está bien que lo hagan, si hay alguna denuncia sobre algún legislador convocarlo para hablar en la sede judicial o pedirle que se exprese por exhorto, o sea que en una democracia los controles existen. Pero hablemos de la independencia del Poder Judicial, ¿cuál es la independencia más importante del Poder Judicial? La de poder juzgar. Si es la más importante la independencia de que un juez pueda juzgar, la inamovilidad de los jueces letrados efectivos se garantizó constitucionalmente para darle la garantía de su independencia. Si en este caso las razones no fueran de buen servicio, o si esta corte o cualquiera hiciera cambios que no fueran por razones de buen servicio, lo que estarían haciendo es de alguna manera violentando la independencia del juez. ¿Quiénes? los que produjeron la movilidad del juez fuera de las razones del buen servicio.
Entendamos la Constitución armónicamente antes de abrir opinión sobre si está bien o está mal, de si esto violenta o no la independencia de un juez. En realidad lo que se quiere es intercambiar los fundamentos. Y vuelvo a repetir, en una democracia ninguna autoridad debería estar exenta de tener que darlos.
RA Pero por ejemplo, Pablo Mieres, del Partido Independiente, decía, ¿no es una forma de ejercer presión sobre el Poder Judicial el hecho de cursar esta invitación?
JB ¿Usted escuchó la respuesta de la doctora Mota cuando le hacen la pregunta que estuvo en la introducción ahora, sobre si se ha sentido presionada? ¿Qué quiere decir presión? ¿Ejerzo presión por poder intercambiar respecto a una información? Creo que estamos confundiendo, las garantías hay que dárselas a todos, y la Constitución se las da, hay que saber leerla. Lo peor que hay para la institucionalidad es que no haya confianza en las decisiones que toman las autoridades dentro de cada uno de los poderes. Esto es un tema que a la larga puede terminar perjudicando la institucionalidad, entonces mi responsabilidad es decir "bueno, muy bien, escuché a los ministros, me convencieron de que hay una razón de buen servicio, que será compartible o no, pero la hay", o "no hay una razón de buen servicio y no considero que haya sido adecuada la decisión tomada".
RA Un ministro de SCJ dijo a El País este fin de semana que normalmente se traslada a 100 jueces por año y ningún legislador pide explicaciones, ¿por qué ahora en este caso sí se decide actuar?
JB ¿Y al ministro por qué le parecerá que un legislador ha decidido actual? A ver, razonemos, de los 100 jueces que se trasladan por año, ¿cuándo se ha registrado públicamente el malestar de un sector de la población que ha demandado justicia en un área sensible desde hace mucho tiempo? Yo no lo tengo registrado. Si el juez una vez que es trasladado acepta pacíficamente, y si aparte de aceptarlo pacíficamente nadie dice nada, ni nadie observa nada, ni nadie hace llegar nada a ningún legislador, no veo por qué hay que actuar. Ahora, si una persona sola hubiera llegado en todo este tiempo que yo he sido legislador y que ha habido traslados, a hacer alguna manifestación que llevara a que esa persona pusiera en duda ese sistema, yo hubiera invitado a la Corte a poder intercambiar sobre los motivos que llevan a hacer un traslado.
AA Bayardi, ¿la invitación es a expreso título de la Vertiente Artiguista nada más?
JB No, yo tomé esa resolución en conversaciones que hicimos con el senador Enrique Rubio y llamé a todos los miembros frenteamplistas de la Comisión antes de extenderla al presidente de la Comisión para que la pudiera efectivizar. A uno de ellos no lo pude ubicar antes de darle al diputado Iturralde la invitación, y todos los que consulté estuvieron de acuerdo en que correspondía extender la invitación.
AA ¿Cómo y cuándo se procesa esa invitación?
JB La invitación yo la elevo al presidente de la Comisión, que es el diputado Iturralde, con quien también hablé y me dijo que iba a proceder a comunicarse con la SCJ para acordar la fecha en que se pueda responder positivamente esa invitación.
RA Por último, diputado Bayardi, a priori, antes de tener las explicaciones finales, ¿cuál es su valoración sobre el traslado de Mota? Usted cree que la SCJ de alguna forma toma esta decisión para frenar las investigaciones sobre violaciones de los derechos humanos en dictadura?
JB Estaría poniendo la carreta delante de los bueyes si contesto la pregunta. Si las razones son de buen servicio, no me quedará más que entender como correcta la decisión de la Corte. Lo que hay que fundamentar es la razón de buen servicio, que es lo único que puede ser invocado por la SCJ ante la inamovilidad de los jueces, esa invocación tiene que estar fundamentada.
Yo ponía un ejemplo con los colegas la otra vez, si yo tengo en el Hospital de Clínicas un cardiocirujano brillante, no le voy a decir "bueno, a partir de ahora usted va a ir a la Cátedra de Dermatología". No, porque la especificidad de las funciones puede llevar a redundar puede, no quiere decir que tenga necesariamente en beneficio de la función para la cual se le asigna responsabilidades, sea a un cardiocirujano, sea a un juez. Lo que quiero decir es que lo que yo quiero intercambiar es la razón de buen servicio, que supongo que tiene que tener los fundamentos para haber tomado la decisión.
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