Entrevistas

Ernesto Murro (BPS): para otorgar pensiones por delitos violentos es necesario contar con "pruebas veraces y contundentes"

Ernesto Murro (BPS): para otorgar pensiones por delitos violentos es necesario contar con "pruebas veraces y contundentes"

El Banco de Previsión Social (BPS) no ha podido otorgar aún ninguna pensión para las víctimas de delitos violentos. El inconveniente radica en comprobar que las solicitudes respondan a delitos de rapiña, secuestro o copamiento, como la ley lo especifica. Consultado por En Perspectiva, el presidente del BPS, Ernesto Murro, se refirió a la comisión especial creada por el BPS, el Ministerio del Interior y la Suprema Corte de Justicia para estudiar las pruebas presentadas por los interesados. Según dijo, de las 159 solicitudes presentadas solo nueve tienen antecedentes judiciales, que son los determinantes para comprobar la naturaleza del delito que provocó el perjuicio, mientras que las otras 150 tienen solo antecedentes policiales. "Una cosa es lo que primero se denuncia y otra cosa es lo que luego determina el juez, que es lo que importa", explicó Murro, quien señaló que el BPS tiene la "mejor disposición" para aplicar la ley pero hacerlo necesita contar con "pruebas fehacientes".


(emitido a las 8.39 Hs.)

EMILIANO COTELO:
El Banco de Previsión Social (BPS) todavía no pudo entregar ninguna pensión a las víctimas por delitos violentos o sus familiares pese a que la ley que creó esa forma de reparación está vigente desde diciembre del año pasado.

El problema está en comprobar que las solicitudes presentadas respondan efectivamente a delitos de homicidios en caso de rapiña, secuestro o copamiento, y no a otras razones; por ejemplo, ajustes de cuentas.

Para solucionar este problema el BPS, el Ministerio del Interior y la Suprema Corte de Justicia crearon el mes pasado una comisión que va a estudiar las pruebas presentadas por los interesados. Al día de hoy se han acumulado ya 159 trámites.

Vamos a tratar de entender mejor este panorama porque la ley en su momento generó una expectativa muy fuerte. Vamos a conversar con el presidente del directorio del BPS, Ernesto Murro.

ROMINA ANDRIOLI:
Murro, ¿por qué el BPS no ha podido hacer efectivo el pago de estas pensiones a ninguna de las víctimas?, ¿con qué realidad se encontraron para aplicar la ley?

ERNESTO MURRO:
En primer lugar recordemos que el BPS fue incluso uno de los promotores de que esta reparación se hiciera a través de una pensión de seguridad social. Recordemos que en los orígenes, cuando el Gobierno, con muy buen criterio, proponía un mecanismo de reparación a las víctimas de delitos violentos se discutió, e incluso hubo dos proyectos de ley, hacerlo por un seguro mercantil o por seguridad social. Nosotros fuimos impulsores de hacerlo por seguridad social, o sea que es una ley que queremos y queremos aplicar y cumplir cuanto antes. Esto en primer lugar, para que quede claro para todo el mundo.

Esta es una ley nueva, es original, en Uruguay y en el mundo, y atiende una problemática muy específica que como muy bien lo decía Emiliano: casos de homicidio en ocasión de rapiña, secuestro o copamiento, exclusivamente. Así lo determinó la ley. Por tanto hay que demostrar que los familiares de las víctimas que se presentan, o las propias víctimas -porque puede haber una pensión por discapacidad para víctimas directas- deben corresponder a estos delitos.

EC – La primera información que circuló en estos días decía que el inconveniente que se estaba planteando venía porque los partes policiales que se empleaban para probar el hecho estaban redactados en condicional: que habría ocurrido tal cosa y por lo tanto no había allí una afirmación contundente de que ese hecho correspondía a las hipótesis previstas en la ley.

EM – Nuestra opinión es que hubo un error en la forma de titular esa información, porque ¿cómo se forma un parte policial? Yo no soy especialista en esto, pero va una persona a la comisaría y dice "me pasó tal cosa", "me hicieron tal cosa", o "vi que le hicieron a fulano tal cosa". La población un poco lo sabe, ustedes los periodistas también saben que incluso ha habido hechos notorios, muy notorios, muy recientes, que han conmovido a la opinión pública, que han motivado movilizaciones populares, incluso interpelaciones a ministros, ante lo que inicialmente se catalogó como un homicidio por rapiña y luego resultó ser un homicidio por ajuste de cuentas o por temas sentimentales. Entonces, una cosa es lo que primero se denuncia o lo que parece, y otra cosa es lo que luego determina el juez, que esto es lo que importa, cuando la justicia dice "acá hay un homicidio por rapiña" o "acá hay un homicidio por secuestro o copamiento, y no es por ajuste de cuentas ni por problemas sentimentales". Digo esto porque, reitero, hay casos muy recientes y muy notorios de este tipo, entonces, hay que esperar que exista una prueba contundente, veraz, fehaciente, que diga "acá efectivamente hubo un delito, hay un delincuente, hay una víctima y fue por este motivo".

RA – De todas formas el texto de la ley prevé que se tome en cuenta el parte judicial. Por ejemplo, estoy leyendo en el artículo 18, donde se dicen los requisitos formales: "acreditar el hecho generador, presentando testimonio de la partida de estado civil de defunción de la víctima, cuando corresponda, y los documentos policiales o judiciales, en su caso".

EM – Exactamente, el tema es que hay que encontrar que las pruebas sean contundentes. La creación de esta comisión asesora con el Ministerio del Interior y el Poder Judicial –que mostraron una muy buena disposición para integrarla– fue una iniciativa del BPS. Cuando llevábamos un centenar de solicitudes vimos que eran todas con antecedentes solamente policiales y que no eran pruebas contundentes. Hoy, en las 159 solicitudes que tenemos solo nueve tienen antecedentes judiciales, las otras 150 tienen solo antecedentes policiales. Por eso convocamos a esta comisión, con el objetivo de que nos asesoren, porque el artículo 19 de la ley le otorga al BPS la competencia de verificar, comprobar, que se cumplen los requisitos para acceder al beneficio de la pensión.

EC – Lo que no se previó, por lo visto, es que la verificación era más complicada de lo que parecía, y los trámites pueden llegar a llevar más tiempo que los que en principio se preveían.

EM – Tenemos, reitero, la mejor disposición y la mejor voluntad para trabajar en esto.

EC – ¿Sabe por qué se lo digo? Porque si vamos al expediente en la justicia quién sabe cuántos meses o años puede llevar la dilucidación, porque además de que hay que esperar un fallo de primera instancia después puede haber una apelación y después todavía el tema puede hasta terminar en casación en la Suprema Corte de Justicia.

EM – Claro, pero estamos pensando junto con el Poder Judicial y el Ministerio del Interior en alternativas a este respecto. Estamos muy ocupados del tema; reitero que este es un tema nuevo en el país, original en el mundo, y creo que los uruguayos tenemos que enorgullecernos de que se transite este camino. La comisión tiene dos objetivos: ayudarnos a nosotros a buscar las pruebas contundentes y ayudar también a los familiares a buscar las pruebas. Porque con este hecho de que de 159 solicitudes solo 9 presentan antecedentes judiciales vemos que hay que ayudar a la gente, porque para ellos es más fácil ir a la comisaría que ir a un juzgado, es mucho más común que uno conozca la comisaría del barrio o del pueblo a que conozca el juzgado.

Creo que esto también persigue ese objetivo y yo diría que tenemos la plena confianza en que rápidamente vamos a estar avanzando en este camino. Porque además esto tiene la complejidad incluso de todo lo que significa el tema de los familiares, que tienen derechos. A veces acá hay cosas que se complican por la propia movilidad familiar que existe en el país, por los propios intereses que a veces se cruzan en la familia o entre los que se consideran que pueden ser beneficiarios de esta pensión. Pero, reitero, tenemos la plena convicción de que estamos trabajando seriamente en este tema, con dedicación, atendiendo esta altísima sensibilidad social, y vamos a ir avanzando en las próximas semanas, sin duda.

RA – Da la sensación de que de alguna forma no se tuvo en cuenta esto en el momento en el que se hizo la ley, ¿verdad? ¿Puede ser que se haya estudiado poco desde ese punto de vista de cómo iba a ser su instrumentación? Estoy pensando en que nosotros consultábamos ayer a algunos diputados tanto del oficialismo como de la oposición y nos decían que en la Comisión de Constitución y Códigos, donde se estudió este proyecto, no se planteó en ningún momento que pudieran surgir dificultades de este tipo en la instrumentación. ¿No se apuró demasiado entonces?

EM – No, creemos que no. Reitero, cuando un país está creando una cosa nueva hay que asumir estos desafíos y estas realidades. Cuando arrancamos con la ley de huérfanos de violencia doméstica también tuvimos dificultades, sin embargo hoy ya tenemos dos tercios de las solicitudes otorgadas.

Quizás a veces el "todo ya", el "quiero ya esto"... hay cosas a veces que quienes sabemos no podemos hablar, pero yo quiero volver a decir lo que dije al principio. Recientemente, en los últimos meses, hubo hechos notorios en la opinión pública que motivaron movilizaciones populares importantes, interpelaciones, y que sin embargo después se supo que no era un homicidio por rapiña sino por ajuste de cuentas. A veces por respeto a la intimidad de las personas, a la vida de la gente, esas cosas no se informan en el mismo volumen. Estoy hablando de casos absolutamente notorios que llevaron horas de transmisión radial, televisiva y de prensa escrita. Si hubiéramos actuado al grito en esos casos ya habríamos otorgado la pensión y ahora tendríamos que quitarla. Reitero, casos muy, muy, notorios.

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Foto: archivo