Francisco Gallinal (PN): Ley de medios "se introduce excesivamente en regular la vida de la sociedad"
El Senado está debatiendo la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. La discusión está demorada por las diferentes posturas dentro del propio oficialismo y el total desacuerdo desde la oposición. Uno de los puntos en discordia está en el artículo que trata el horario de protección al menor. Para conocer la alternativa que presenta el Partido Nacional, En Perspectiva entrevistó al senador Francisco Gallinal. El senador nacionalista considera que este proyecto es "excesivamente restrictivo" porque limita emisiones de medios de comunicación desde el punto de vista del contenido. Para él, el artículo que contempla la regulación del horario de protección al menor es "absolutamente desproporcionado".
(emitido a las 9.05 hs.)
EMILIANO COTELO:
Algunos la llaman "ley de medios". Pero el nombre oficial es Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El proyecto se aprobó en octubre del año pasado en la Cámara de Diputados, en la que contó solo con los votos del Frente Amplio (FA).
Desde marzo de este año está a estudio en la Comisión de Industria del Senado. Pero la discusión avanza lentamente. Dentro del oficialismo mismo existen diferentes visiones sobre la conveniencia de sancionar esta iniciativa en plena campaña electoral. Y con ese telón de fondo, la semana pasada la izquierda aceptó un planteo del Partido Nacional (PN) para reconsiderar uno de los artículos más polémicos: el que fija el horario de protección al menor.
Se trata del artículo 32, que en 10 incisos establece al detalle lo que no podrán emitir los medios en el nuevo horario previsto por la normativa, que irá desde las 6 de la mañana hasta las 10 de la noche. Por ejemplo, deberán evitar la promoción de "conductas violentas, morbosas, delictivas, discriminatorias, pornográficas, o que fomenten el esoterismo y los juegos de azar".
Este artículo fue fuertemente cuestionado por las empresas de televisión para abonados, que advirtieron acerca del impacto que tendría sobre la programación de las señales internacionales, que no pueden modificarse acá.
Los blancos están preparando una redacción alternativa que deja a los padres la decisión de fondo sobre qué pueden y qué no pueden ver sus hijos.
Es un planteo original, un planteo distinto. Por eso vale la pena que conozcamos un poco a propósito de él, y para eso estamos en contacto con el senador Francisco Gallinal, de Correntada Wilsonista (CW), PN.
Este artículo ya se había votado en comisión y ustedes lograron que se reconsiderara.
FRANCISCO GALLINAL:
Sí, es uno de los 60, 70 artículos que se han ido aprobando con los votos del FA. Nosotros planteamos algunos conceptos en función de los cuales entendemos que merece ser reconsiderado para devolverlo a los desgloses que están siendo estudiados. El Frente acompañó la iniciativa y en consecuencia hoy no está entre los artículos aprobados.
EC - ¿En qué consiste el planteo?
FG - En primer lugar me parece importante señalar que nosotros no vamos a acompañar ninguno de los artículos, del primero al último, porque tenemos una discrepancia filosófica y jurídica con el proyecto de ley. Más aún, ya hemos anunciado en la comisión que en el caso de que se modifiquen las mayorías parlamentarias en las próximas elecciones nacionales, el año que viene vamos a promover su derogación. Porque consideramos que es un proyecto no garantista, excesivamente restrictivo, que no solamente limita las emisiones de los distintos medios de comunicación (radio, televisión) desde el punto de vista de los contenidos –y este artículo es uno de los ejemplos más importantes–, sino que también los limita desde el punto de vista técnico. Porque hay plataformas que no se pueden utilizar.
La plataforma más importante hoy en el mundo es la plataforma internet, a través de la cual se llega con mayor velocidad, con mayor calidad de imagen. Y queda fuera de la ley, a tal punto que por omisión se termina prácticamente conformando un monopolio que va a estar en manos del Estado en lo que tiene que ver con el protocolo de internet. En consecuencia no vamos a votar ningún artículo.
Pero también señalamos cuál es nuestra responsabilidad. Hay una intención manifiesta del gobierno de aprobarlo en esta legislatura, como al menos hasta ahora ha venido sucediendo en la comisión. Entonces, más allá de no compartir ninguno de los artículos de la ley, vamos a tratar de mejorarlos al máximo, aunque luego no los terminemos votando.
EC - ¿Incluso si se acepta esta propuesta que están haciendo tampoco votarían el artículo 32 con la redacción nueva?
FG - El problema es que el proyecto es una unidad, no se pueden separar las distintas piezas. Es una unidad restrictiva que establece ventajas desde el punto de vista electoral para los partidos que están en el gobierno. Y lo hace en plena campaña electoral y sin respetar la Constitución de la República. Porque hay un artículo muy garantista en nuestra Constitución que establece que toda modificación de carácter electoral exige dos tercios de votos. Sin embargo en la Cámara de Diputados el capítulo electoral no obtuvo los dos tercios de votos, apenas juntó la mayoría simple, y lo declararon aprobado. Entonces, tratándose de valores tan importantes en juego, no vamos a acompañar el proyecto.
Eso no quiere decir que no vayamos más a la comisión. Estamos trabajando intensamente, a la par de los legisladores oficialistas, y permanentemente los tres senadores del PN que estamos trabajando en este tema (el senador Heber, el senador Abreu y quien habla) estamos argumentando cuáles son los errores, las inconstitucionalidades y las modificaciones que a nuestro juicio deberían realizarse.
EC - Concretamente con respecto al artículo 32, ¿por dónde va la iniciativa que ustedes están formulando?
FG - El artículo 32 regula el horario de protección al menor. Lo regula de una manera absolutamente desproporcionada. Primero, porque lo regula en cantidad de horas y en determinadas horas del día, el horario de protección al menor abarca 18 de las 24 horas del día, de las 6 de la mañana a las 10 de la noche. Creo que no solamente es exagerado –apenas deja ocho horas de "libertad" de emisión–, sino que además parte de un supuesto hoy equivocado. Es como cuando antes se decía que los robos eran de noche. Los robos hoy son a cualquier hora del día, así sean las 9 de la mañana, las 5 de la tarde o las 3 de la madrugada. Y el acceso de los niños a la televisión se puede producir en cualquier hora del día.
En segundo lugar, hoy existen elementos técnicos en función de los cuales los propios padres están en condiciones de limitar el acceso de sus hijos a los programas que se consideren que no deben ser vistos por ellos.
EC - ¿A qué alude? ¿Cuáles son esos elementos técnicos?
FG - Control remoto, programación del aparato televisivo… Hay multiplicidad de instrumentos de fácil acceso económico mediante los cuales hoy perfectamente se puede impedir el acceso a lo que se quiera impedir. Esos instrumentos tienen que ser tenidos en cuenta.
En tercer lugar, el artículo establece no taxativamente, desde la A a la J, todo lo que estaría prohibido. Y agrega que debe evitarse en ese horario, además de esos literales, la exhibición de programas que "promuevan actitudes o conductas violentas, morbosas, delictivas, discriminatorias o pornográficas, fomenten el esoterismo, los juegos de azar o las apuestas".
Yo como padre no le entrego al Estado la educación de mis hijos. Estoy de acuerdo en que el Estado, por medio de los distintos gobiernos, fije las pautas fundamentales de la educación en el país y aporte los recursos y los instrumentos necesarios para brindar la mejor educación. Y esa es una tarea que el Uruguay tiene que profundizar cada día más. Pero que nos fije exactamente qué se puede ver y qué no, a qué se puede tener acceso y a qué no, no solamente no me parece correcto, sino que además es absolutamente subjetivo.
Porque, ¿quién define si esos programas son violentos, son morbosos, son delictivos? ¿Qué significa el tema de los juegos de azar? Si estamos mirando por la Televisión Nacional el Campeonato Mundial de Fútbol, vemos que en el entretiempo, antes de empezar el partido, durante el partido, permanentemente se están señalando los dividendos que paga cada cuadro en el nuevo sistema de apuestas en caso de ganar. Y a nadie se le ha ocurrido decir que los partidos de fútbol del Mundial deben entrar dentro del horario de protección al menor.
Y después se despacha con esos 15 literales en los que prácticamente marca una plena libertad de acción al organismo estatal que piensan crear para limitar todo esto.
EC - El artículo 32 es muy largo, leo por lo menos el comienzo:
"Establécese el horario de protección a niños, niñas y adolescentes todos los días de la semana desde la hora 6 a la hora 22. Los programas, los mensajes publicitarios y la autopromoción emitidos en este horario por todos los servicios de comunicación audiovisual, deberán ser aptos para todo público y deberán favorecer los objetivos educativos que dichos medios de comunicación permiten desarrollar…".
FG - Deténgase en la última frase: "… deberán favorecer los objetivos educativos que dichos medios de comunicación permiten desarrollar". Los objetivos educativos no los marca un medio de comunicación. Un medio tiene una idiosincrasia, tiene una base conceptual, una filosofía, pero de ninguna manera marca objetivos educativos para la población.
EC - Sigue diciendo el artículo 32:
"Se podrán establecer dentro de este horario recomendaciones y guías para informar y orientar a la población sobre la programación en estos temas, en función de franjas de edad. Debe evitarse, en el horario antedicho, la exhibición de programas que promuevan actitudes o conductas violentas, morbosas, delictivas, discriminatorias o pornográficas, o fomenten el esoterismo, los juegos de azar o las apuestas.
Sin perjuicio de la información de los hechos, la programación emitida durante el horario de protección a niños, niñas y adolescentes no deberá incluir…".
Allí viene la enumeración, que va de la A a la J, y que incluye, por ejemplo:
"A) Imágenes con violencia excesiva, entendida como violencia explícita utilizada de forma desmesurada o reiterada, en especial si tiene resultados manifiestos de lesiones y muerte de personas y otros seres vivos (asesinatos, torturas, violaciones, suicidios o mutilaciones).
B) Truculencia, entendida como la presentación de conductas ostensiblemente crueles o que exalten la crueldad, o que abusen del sufrimiento, del pánico o del terror, o que exhiban cadáveres o resultados de crímenes en forma abierta y detallada.
C) Apología, exaltación y/o incitación de la violencia y las conductas violentas, del delito o las conductas delictivas.
D) Pornografía, entendida como la exhibición de materiales, imágenes o sonidos de actos sexuales, o reproducciones de los mismos, con el fin de provocar la excitación sexual del receptor…", etcétera, sigue el detalle.
¿Cuál es el cuestionamiento que usted hace a esta lista de prohibiciones?
FG - Creo que es una lista que deja librada a un organismo estatal la definición de a qué se puede acceder y a qué no, con una extensión, una dimensión que se abre claramente espacio para la arbitrariedad en cuanto a los objetivos educativos que los medios de educación pueden llevar adelante.
Estoy totalmente de acuerdo con la prohibición de la pornografía, la exhibición de escenas con actos sexuales explícitos obscenos o degradantes, porque los hay de los otros. Es una ley que se introduce excesivamente en regular la vida de una sociedad que generalmente se regula por excepción y para controlar la convivencia pacífica y para elevar el espíritu de todos sus pobladores.
EC - ¿Qué diferencias implica este artículo que usted está analizando y cuestionando con lo que hoy está vigente en materia de horario de protección al menor? Porque hoy hay disposiciones a ese efecto. Hay un decreto del año 1988, del primer gobierno del doctor Julio María Sanguinetti, que luego tuvo una modificación en julio de 2012, en el gobierno Mujica. Pero lo básico permanece vigente. Y allí, en el decreto 445/988, leo, por ejemplo:
"Considerando que sin perjuicio de que el cuidado y educación de los hijos es un deber y un derecho de los padres (artículo 41 de la Constitución), corresponde al Estado velar por la estabilidad moral y material de la familia, base de nuestra sociedad, para la mejor formación de los hijos dentro de la sociedad (artículo 40 de la Constitución)".
Por eso se establece, artículo 1: "Establécese el horario de protección al menor en todos los canales de televisión desde la señal de apertura hasta las 21.30". E incluso se agrega: "Los programas grabados, así como los anuncios promocionales de los programas de las emisoras y las sinopsis cinematográficas, para poder ser emitidas dentro del horario establecido en el artículo 1, deberán contar con la conformidad del Consejo del Niño".
Artículo 3. "El Consejo del Niño controlará la ejecución del presente decreto, ante cualquier incumplimiento comprobado al efecto deberá darse cuenta a la Dirección Nacional de Comunicaciones a los fines de la aplicación de las sanciones que correspondan".
FG - Exacto. Primero, es un decreto en función del cual se establece en primer lugar que corresponde a los padres la educación de sus hijos y determinar a qué pueden acceder y a qué no.
EC - Se reconoce eso, pero a continuación se agrega "corresponde al Estado velar por la estabilidad moral y material de la familia…".
FG - Ahí está, exacto, "velar". Una cosa es velar, custodiar, estar atento, ser organismo de alzada en el caso de que se presenten dificultades, y otra cosa es regular, establecer como se pretende a través de esta ley. Ley que además ni siquiera les reconoce a los padres ese derecho de origen constitucional.
EC - Sí, pero de todos modos se establece eso que leía recién, que "los programas grabados, así como los anuncios promocionales y las sinopsis, para poder ser emitidas en ese horario, deben contar con la conformidad del Consejo del Niño". Hay una censura establecida.
FG - Hay que evitar la censura. Yo creo que está bien el organismo, se eligió con acierto que fuera en aquel momento el Consejo del Niño y que ahora lo sea el INAU. Es un organismo especializado en esta materia y en consecuencia tiene especialidad para trabajar, prevenir y buscar soluciones en caso de que se produzca disparidad de conceptos.
Pero no un organismo de naturaleza descentralizada como el que pretenden llevar adelante, que va a especializarse en las emisiones de radio, de televisión y en todo lo que sea audiovisual, no específicamente desde el punto de vista de la protección al menor, sino de todo lo que tiene que ver con esta temática. Incluso para sancionar a las propias radios o televisoras por no cumplir con pautas ya no que estén vinculadas a este artículo, sino a otros temas.
EC - Pero mi pregunta apuntaba a que el decreto que hoy está vigente le adjudica al Consejo del Niño potestades muy amplias, este organismo tiene una gran discrecionalidad para resolver sobre si se está cumpliendo o no con el horario de protección al menor.
FG - Es verdad, pero se le otorgan con carácter conceptual y no en forma prácticamente taxativa como se establece en este articulado. Yo prefiero un INAU trabajando en la materia en la forma en que ha trabajado hasta hoy, prefiero un INAU independizado de las dificultades o de las diferencias de carácter político, en las que lamentablemente lo introdujo este gobierno. Porque fue este gobierno el que cambió el decreto en lo que tiene que ver con el horario de protección al menor intentando que el auge de la delincuencia que se daba en el país no se reprodujera a través de los medios, porque consideraba que le hacía daño desde el punto de vista político-electoral.
EC - Usted alude al decreto de julio de 2012 –que recién mencioné–, que es el que incluyó en la norma sobre horario de protección al menor a informativos y programas periodísticos.
FG - Exacto. Y que terminó en que por ejemplo el canal oficial eliminara de sus informativos la parte de policiales. Más censura que eso, imposible. ¿Había derecho a introducir al INAU en esta temática? No. Lo que había que haber hecho era ir al Parlamento a legislar. Pero ellos sabían que se estaban metiendo en un berenjenal. Cosa que saben también con respecto a este proyecto, porque las idas y venidas están referidas a las diferencias conceptuales que muchos legisladores del Frente tienen con la forma en que se restringen los derechos ya no solamente en lo que tiene que ver con los horarios de protección al menor.
EC - De todos modos, si entiendo bien, usted en el fondo considera que los decretos que están vigentes, incluso aquel del año 1988, ya estarían obsoletos. Entiende que debe ser la familia, que deben ser el padre, la madre quienes resuelvan qué es lo que pueden ver o no sus hijos. Entiende que los canales de televisión, las radios pueden pasar lo que entiendan conveniente y que serán padres y madres quienes definan, por ejemplo con medios tecnológicos como los que citaba, qué pueden ver sus hijos.
FG - No, ni tanto ni tan poco. Creo que esos decretos que introdujeron al INAU son buenos y deben ser aggiornados desde el punto de vista conceptual, desde el punto de vista de mantener la importancia de la familia en las decisiones fundamentales, desde el punto de vista de un control general del INAU, que me parece bien. Y que hay que tener en cuenta que hoy existen esos medios técnicos a los que hacía referencia que pueden ayudar y mucho a prever situaciones de estas características. Por eso me comprometí a llevar a la comisión un artículo, creo que tenemos que llevar un artículo mucho más conceptual.
EC - ¿Podría dar alguna pauta más clara de cómo sería la redacción de ese artículo?
FG - Primero, le cometería al INAU todo el trabajo referido a la protección del menor. Segundo, establecería conceptos genéricos de qué es lo que se busca proteger, y no estos casos tan específicos. Y tercero, empezaría por decir que esa tarea es propia de los padres, de los tutores o de quienes tengan a su cargo a los menores correspondientes. Porque si no después la conveniencia del gobierno de turno lo puede llevar a censurar o a permitir aquello que le convenga que sea censurado o que sea permitido. Hay muchas maneras de dar malos ejemplos.
EC - Cuando hace este planteo, ¿en cuál de las dos grandes inquietudes que han existido con respecto a este artículo se basa: 1) la censura que podría implicar sobre determinados contenidos informativos, ya que la edición central de los noticieros de televisión cae dentro del horario de protección al menor, o 2) los inconvenientes que genera a las señales de televisión para abonados generadas en el exterior, que vienen cerradas, que no pueden adaptarse a un horario de protección al menor como el que establece el proyecto?
FG - El tema que me preocupa es la educación de mis hijos, la educación de los hijos de quienes vivimos en este país. Yo no se la entrego al Estado, tenga un gobierno del FA o de cualquier signo político. Le doy, sí, como tiene hoy, la competencia para el marco regulatorio, la competencia para intervenir en todo en lo que hoy interviene por medio de los distintos organismos de educación. Pero no le doy esta competencia a un organismo descentralizado de representación política en el que el FA pretende tener un director general –ni siquiera colegiado– y que va a actuar también en materia técnica, en la censura a los medios por utilización de determinados instrumentos, en la aplicación de sanciones y en todo lo que tiene que ver con esta ley.
EC - ¿Pero el INAU no tiene una dirección política, de hecho?
FG - El INAU tiene una dirección política, pero es un organismo especializado en esta materia, y yo tengo muy buena opinión, por ejemplo, de su actual presidente. Creo que se ha desempeñado con mucho celo y con mucho cuidado de que no exista en ningún momento interferencia de carácter político.
EC - Pregunta un oyente: "Si la redacción del artículo termina siendo de tipo genérico, como usted mencionaba, ¿no se va a prestar a la discrecionalidad?".
FG - Es probable, siempre existe un margen de discrecionalidad. Lo que tenemos que hacer es achicar ese margen el máximo posible. Ese margen acá no solamente es amplísimo, sino que se le da a quien no se le debe dar. Por eso creo que en primer lugar están los padres, ahí sí existe una discrecionalidad que forma parte de la intimidad de cada familia en tanto se respeten valores básicos.
Pero siempre va a existir un margen de discrecionalidad. ¿A quién se lo entregamos? ¿Al Ministerio de Industria o a los organismos especializados en materia de menores? Yo prefiero entregárselo a los organismos especializados en materia de menores. Con ciertos límites, con posibilidad de recursos. Porque si no entramos en un terreno en donde no vamos a hacer otra cosa que disputas.
Si existiera este sistema hoy, ¿qué habrían hecho los informativos con las expresiones del presidente de la República cuando llega la selección uruguaya? Ahí estaban todos los niños expectantes, escuchando. Tristes, doloridos, rebeldes, por la decisión de la FIFA, porque eliminaron a Uruguay, y se encuentran con que nada menos que el presidente de la República se despacha en los términos y con las expresiones con que lo hizo, que justamente se contradicen con lo que simultáneamente acababa de expresar el propio implicado en el tema, Luis Suárez.
Entonces lo político está bien, yo lo defiendo, formo parte del sistema político y creo que tenemos que jerarquizarlo y prestigiarlo. Pero hay temas de especialización, de carácter conceptual, que tienen que estar en los organismos que tienen los méritos, las competencias y la gente especializada para desarrollar esas tareas.
EC - ¿Este es un planteo suyo o de todo el PN?
FG - Es un planteo de todo el PN. Lo es en cuanto estamos absolutamente en contra de la ley en su conjunto y no la vamos a votar. Y lo es en cuanto al cuestionamiento a este artículo 32 en particular y a muchos otros. Mire que esto no termina acá, hay algunos artículos que en su inconstitucionalidad son quizás más graves que este. Porque la censura de carácter técnico va a ser tremenda si no se les permite a determinados medios a acceder al protocolo internet o se les cobra una tarifa por pasar por él. Así que hay mucha lana para cortar en este proyecto.
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Transcripción: María Lila Ltaif