Debate parlamentario

Pablo Mieres (PI): Con Ley de Medios se "está flechando la cancha a tres meses de las elecciones"

El Partido Independiente (PI) resolvió presentar un recurso de inconstitucionalidad en caso de que se apruebe la Ley de Medios. Desde el partido alegan que los artículos referidos a la publicidad electoral no tratan de la misma manera a las agrupaciones políticas que se medirán en octubre. A propósito, En Perspectiva entrevistó al presidente del PI Pablo Mieres. En el diálogo, Mieres sostuvo que "no hay ninguna duda" que "determinar el régimen de publicidad electoral de una campaña es materia electoral". También le parece inaceptable que un partido haga uso de su mayoría parlamentaria "para votarse una ley que lo favorezca en la asignación de publicidad dentro de dos meses, para ayudarlo a ganar las elecciones".

(emitido a las 9.04 hs.)

EMILIANO COTELO:
En los últimos tres años, desde que se conoció la voluntad del Gobierno de legislar sobre el tema, el proyecto de ley de servicios de comunicación audiovisual recibió todo tipo de cuestionamientos. El oficialismo le introdujo algunos cambios, pero estos no fueron suficientes para la oposición. De todos modos, el texto ha ido avanzando en el Parlamento, y el Frente Amplio (FA) pretende completar su sanción en los próximos meses apoyándose en su mayoría propia. Sin embargo, ese podría no ser el final del camino.

El Partido Independiente (PI) anunció que presentará un recurso de inconstitucionalidad contra esta ley en caso de que sea votada y promulgada. Así, el futuro de esta norma quedaría en manos de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), que ya hizo naufragar por este motivo otras iniciativas consideradas fundamentales por la administración Mujica.

Para analizar este tema y su planteo, recibimos al presidente del PI, doctor Pablo Mieres.
 
¿Por qué el PI va a presentar esta acción de inconstitucionalidad contra la ley de medios, como algunos la denominan?

PABLO MIERES:
Esta norma tiene numerosas inconstitucionalidades que no hemos marcado nosotros solamente, sino que han marcado los especialistas en derecho constitucional. Nosotros podemos accionar por inconstitucionalidad con respecto al capítulo de publicidad electoral.

EC - ¿Cómo es esto? ¿Podemos explicarlo bien?

PM - Para accionar por inconstitucionalidad hay que tener un interés legítimo, personal y directo. Por lo tanto no cualquiera puede ir contra una ley por inconstitucionalidad. Podría ir cualquier medio de comunicación contra cualquiera de las inconstitucionalidades que están establecidas en el texto. Creo que el hecho, por ejemplo, de que el Consejo de Comunicación Audiovisual esté instalado, aunque como desconcentrado, dentro del Poder Ejecutivo es una grave inconstitucionalidad, por más que le han hecho algunos retoques y han puesto que ahora es la Asamblea General la que elige cuatro de los cinco miembros, y el otro lo elige el Poder Ejecutivo. Pero sigue estando en la órbita del Poder Ejecutivo. Eso es una inconstitucionalidad.

Las potestades que ese Consejo de Comunicación Audiovisual tiene de sanción sobre los medios de comunicación a mi modo de ver es una rotunda inconstitucionalidad. Ha habido un exabrupto del partido de Gobierno. Curiosamente, al comienzo del período el presidente Mujica dijo que si le presentaban un proyecto de ley de medios lo tiraba a la papelera, y el vicepresidente Astori dijo que la mejor ley de medios era la que no existía. Después de eso se descolgaron con 180 artículos.

Esta es una de las columnas vertebrales de la democracia. Uno de los puntos cruciales que mide cualquier análisis de la calidad de la democracia de un país es el tema de los medios de comunicación y la libertad de expresión. Entonces lógicamente, casi naturalmente, esto era un tema para discutir entre todos los partidos. Pero para discutir antes, para elaborar en todo caso alguna norma. Yo no niego que pueda haber alguna norma que regule por ejemplo las concesiones de las ondas y de las emisoras o la renovación de esas ondas. Algún régimen muy cuidadoso, porque en este tema más vale pecar por omisión que por exceso, porque el exceso supone la afectación de las libertades, del pluralismo, de la diversidad y de la heterogeneidad. Pero no, aparecen con 180 artículos sin haber hablado una sola palabra con ninguno de los partidos. Y después se va imponiendo y avanza.

Y solamente nosotros podemos ir contra el capítulo de publicidad electoral porque nos atañe directamente. Porque esa norma constitucional que permite accionar solo cuando uno está afectado en su interés legítimo, personal y directo determina que solo el PI puede ir contra esa norma, que no solo es una barbaridad desde el punto de vista ético, de la ética de la política, sino que además es una rotunda violación de la Constitución.

Esta norma tiene muchas violaciones a la Constitución y estoy seguro de que va a ser recurrida de múltiples maneras, porque hay muchas personas y organizaciones que van a estar afectadas por ella.

EC - El cuestionamiento se centra en los artículos 123 a 126. Si entiendo bien, por un lado ustedes objetan la forma como se votarían estos artículos, el tipo de mayorías con las cuales saldrían, pero además discrepan con el contenido mismo, con el fondo de estas disposiciones.

PM - Hay dos objeciones de constitucionalidad. Una es por las mayorías requeridas. No hay ninguna duda que determinar el régimen de publicidad electoral de una campaña es materia electoral. Y la Constitución de la República sabiamente establece que las normas que contienen materia electoral deben ser aprobadas por la mayoría especial de dos tercios. Digo sabiamente porque es lógico, son las reglas de juego. Entonces cuando se establecen cuáles son las reglas de juego, obviamente se pretende que tengan una legitimidad suficiente. Y una legitimidad suficiente es que haya por lo menos dos tercios de votos a favor. Sin embargo esta norma se está aprobando con la mayoría exclusiva, absoluta y regimentada del FA, de la que hemos hablado tanto como generadora de tantas leyes inconstitucionales y de tantos abusos del partido de Gobierno, por lo cual en esta campaña electoral estamos reclamándole a la gente que le quite ese instrumento al FA. Están votando a sabiendas una ley que requiere mayoría especial. Acá hay una violación de la Constitución por mayoría.

Pero además hay una violación de la Constitución por el derecho de igualdad. Esta norma de distribución de la publicidad electoral no trata de la misma manera a todos los partidos. Acá hay que hacer cuentas, porque la norma establece que durante el mes en que se levanta la veda de publicidad en los medios electrónicos los partidos van a gozar de una publicidad electoral gratuita. Y cuando hacemos las operaciones matemáticas correspondientes eso implica –esto hay que decirlo porque es brutal– que el FA se autoasigna 45 minutos de publicidad gratuita diaria en cada canal de televisión de aire y en cada canal de cable durante todo el mes que dura la publicidad electoral, luego hay 26 minutos para el Partido Nacional (PN), 14 minutos para el Partido Colorado (PC) y 2 minutos para el PI.

EC - Usted da esos números porque en el PI hicieron los cálculos a partir del procedimiento que se crea en estos artículos, que es distribuir los minutos que se van a otorgar gratuitamente en cada medio en función de la performance electoral en los comicios anteriores.

PM - Exactamente, ese es el criterio que establece el proyecto de ley, que establece también que al menos el 50% deberá ser emitido en horario central. Si yo calculo cuánto es lo que tiene disponible el horario central de publicidad en los canales de televisión, asumiendo que la franja central son cuatro horas, pongámosle de 7 a 11, y que este mismo proyecto de ley establece que la publicidad no puede superar los 15 minutos en cada hora, la tanda gratuita electoral se come el 75% del tiempo disponible de todo el horario central.

Por lo tanto, primero, los avisadores empresariales quedan con un espacio mínimo durante ese mes. Pero además, si los demás partidos quisiéramos comprar minutos centrales para tratar de reequilibrar la barbarie que es esa desproporción no podríamos, porque no hay disponibilidad, porque el minutaje ya está colocado.

EC - El artículo 124 establece que "corresponderá en cada servicio (en cada canal, en cada radio, etcétera) un segundo diario por lema por cada 0,018% del total de votos válidos obtenidos por el lema en todo el país en la elección nacional anterior". Eso es lo que dice la disposición a partir de la cual ustedes hicieron esas cuentas.

PM - Sí, la cuenta es así.

EC - Nosotros la verificamos y da eso, efectivamente.

PM - El problema es que, primero, está flechando la cancha a tres meses de las elecciones votándose una ley para favorecerse a sí mismo. Esto no tiene antecedentes en la historia política del país: un partido que hace uso de una mayoría absoluta para votarse una ley que lo favorece en la asignación de publicidad dentro de dos meses, para ayudarlo a ganar las elecciones. Es una vergüenza.

EC - Pero podría decirse: ¿no es razonable que la distribución de la publicidad electoral gratuita se haga en función del peso que tienen los partidos en la sociedad uruguaya?

PM - Primero, la asistencia financiera que el Estado da a los partidos por los votos obtenidos nunca se hace en función de cinco años atrás, se hace sobre los votos del mismo año. El criterio de financiamiento nunca ha sido el de asignar la asistencia estatal por los votos de hace cinco años.

Pero yo me tomé el trabajo de investigar la legislación comparada, que también es importante. Hace un par de años salió un libro publicado por OEA y por la Universidad Autónoma de México en el que se analizan los sistemas de financiamiento partidario de todos los países latinoamericanos, y en particular hay un capítulo sobre publicidad electoral gratuita. Y ese capítulo determina que no hay un solo país de América Latina que tenga este sistema.

EC - Hay otras fórmulas, existen, lo hemos conversado en más de una ocasión en la tertulia de politólogos y en otros espacios del programa. Veamos cuáles son esas otras formas de distribuir espacios de publicidad electoral gratuita en los medios.

PM - Hay tres países que no tienen publicidad gratuita; hay un país que tiene acceso gratuito equitativo en medios públicos y privados (Paraguay); hay cinco países que tienen acceso equitativo gratuito para medios públicos, y hay seis países que tienen acceso gratuito a medios públicos y privados. En todos los casos una proporción de ese tiempo es otorgada con relación a los votos anteriores y la otra parte se distribuye equitativamente.

Uruguay sería el único país de América Latina que estaría flechando la cancha a favor de los que tuvieron mayoría en la elección anterior. Ninguno de los demás sistemas tiene la idea que tiene el caso uruguayo. Eso le agrega un componente de exceso, de abuso de poder que ni siquiera resiste la legislación comparada.
    
EC - Sigo jugando de abogado del diablo. Hay un antecedente local que complica un poco este debate, porque ahora en las elecciones internas hubo un acuerdo mediante el cual Andebu (Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos) les cedió espacios gratuitos a los cuatro partidos con representación parlamentaria, y ese acuerdo fue pautado en función de los resultados del año 2009.

PM - Relativamente. Había diferentes situaciones en cuanto a cantidad de candidaturas. Pero efectivamente, fue un acuerdo pactado, y no es estricto con relación a la cantidad de minutos que correspondían a cada partido. Fue una mezcla, una combinación de asegurar un piso mínimo y luego una diferencia entre los partidos. Es el modelo que acabo de señalar que tienen seis países de América Latina, que es combinar.

Por otra parte, Uruguay tiene un sistema de publicidad gratuita en el canal público, el Canal 5. Ahí es equitativo, la cantidad de minutos es pareja para todos. Entonces acá estamos quebrando incluso una tradición que el país había establecido, por un lado de que no existiera en el sector privado publicidad gratuita, y por otro lado que hubiera una publicidad equitativa en el sector público. ¿Cuál es la razón por la cual en los canales públicos el tiempo debe ser equitativo y en los canales privados hay que distribuirlo en función de los votos anteriores cuando la propia ley de medios establece que todos los medios de comunicación cumplen una función pública? Es poco entendible. Solo la razón de otorgarse una ventaja indebida en una campaña electoral un partido que está aprovechando una mayoría que no le alcanza –porque está violando la Constitución–. Repito, nunca en la historia del país ha ocurrido que en medio del partido –hablando de fútbol, ya que estamos en época de Mundial– te cambien las reglas de juego. Esto es equivalente a que te eliminen la ley del orsay o te hagan jugar con 8 jugadores contra 11.

***

EC - Queda claro el análisis que ustedes hacen de los artículos 123 a 126 del proyecto de ley de servicios de comunicación audiovisual. Objetan la forma de distribución de esos espacios y la forma cómo se va a votar esa serie de artículos.

PM - Esas son las razones por las que podemos accionar, pero creemos que la inconstitucionalidad de la ley es mucho más amplia.

EC - Han hecho esta advertencia en forma pública, ha habido una columna suya publicada en los medios, la semana pasada la dirección del PI hizo ya este aviso como resolución formal. ¿El FA no ha abierto ninguna posibilidad de negociar este aspecto de la ley?

PM - No hemos recibido ningún mensaje. En el momento en que se aprobó esto en el Parlamento el diputado Iván Posada lo dijo con toda la contundencia posible, al punto de que se generaron cuartos intermedios porque hubo legisladores del FA que empezaron a dudar, dado que nosotros señalábamos que se requerían dos tercios. Y decidieron seguir para adelante. Ahora estoy escuchando todos los días versiones de que hay dudas sobre si seguir avanzando con este proyecto.

EC - Sí, sectores como el Frente Líber Seregni, del propio FA, entienden que el proyecto debería votarse después de las elecciones nacionales. ¿Cómo ven esa alternativa?

PM - El problema es de fondo, no es de oportunidad. Pero la oportunidad también es muy grave. Por lo menos está bueno que el partido de Gobierno se plantee postergarlo para el próximo período. Y empecemos de vuelta, yo no me niego a discutir.

EC - Pero si se vota después de las elecciones nacionales, ¿ustedes qué hacen?

PM - Va a ser lo mismo, porque estas normativas que ahora expliqué para las nacionales se reiteran para las departamentales. Entonces si la idea es votarlo en noviembre, después de la segunda vuelta, uno tiene que llegar incluso a tener la suspicacia de que lo que están buscando es evitar que esta barbaridad los afecte electoralmente, y después en diciembre nos enchufan la misma ley.

EC - Ahí el problema sería para ustedes que el sistema de distribución de espacios gratuitos de publicidad electoral se aplicaría ya para las elecciones departamentales, que son unos meses después.

PM - Claro, son en mayo. Creo que hay que reconocer cuando las cosas se hacen mal. Lo bueno sería decir: dejémoslo para el próximo período de Gobierno. Que haya una nueva situación y que el nuevo Gobierno en todo caso establezca un diálogo que permita lo que debe ser, que una ley que regula los medios de comunicación y por lo tanto la libertad de expresión y el pluralismo sea el resultado de un consenso muy amplio en que todos los partidos acordemos. Más vale pocas normas muy cuidadosas, porque lo que estamos tocando es un bien fundamental para la calificación democrática del país.

No tengo dudas de que si esta ley se aprueba, dentro de unos años cuando se hagan estudios comparados sobre la calidad de la democracia Uruguay va a bajar unos cuantos lugares en el ranking, cuando hoy estamos en uno de los lugares más altos. Esto no tiene antecedentes. Flechar la cancha a tres meses de las elecciones, establecer un sistema de 180 artículos en que se mide la cantidad de tiempo que se les da a tal cosa y a tal otra. Y además se deja por fuera lo que viene, que es toda la trasmisión del pensamiento y la comunicación a través de internet. Se está conformando un monopolio estatal de manejo de la autopista de la información que es internet. Esto también es parte de la gravedad de la situación.

***

EC - Ustedes advierten que si se aprueba la ley de servicios de comunicación audiovisual van a presentar un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 123 a 126, porque deberían tener una aprobación por mayoría especial por el hecho de que se trata de normas de tipo electoral. Y además porque el propio contenido, dicen ustedes, es inconstitucional, afecta el principio de igualdad.

Pero los tiempos van a dar muy justos si dan ese paso, porque las elecciones están encima. ¿Cómo hacen para que una acción de inconstitucionalidad tenga efecto?

PM - Vamos a pedirle una entrevista a la SCJ para ponerla en conocimiento de la situación y de los efectos, que van a impactar casi inmediatamente, con el objetivo de que haya un pronunciamiento acelerado.

EC - ¿Hay antecedentes? ¿Pueden conseguir efectivamente que la SCJ le dé un trámite rápido a un escrito como este?

PM - Tenemos que hacer el esfuerzo. Es dudoso, porque este país tiene un sistema judicial que, entre otras cosas para dar garantías, tiene plazos y tiempos. Pero dadas las circunstancias tan excepcionales –repito, es inédito que se cambien las reglas de juego en la mitad de la campaña electoral–, pienso que debería haber sensibilidad en la SCJ para darle un tratamiento rápido. Vamos a ver.

Lo espero de corazón, porque esto va a enrarecer la campaña, la va a hacer extremadamente ríspida y complicada, pone una especie de fosa de separación entre el FA y por lo menos el PI. Espero que revean la situación, que bajen la pelota y tengan criterios democráticos para no alterar una campaña electoral que en estas condiciones se modifica sustancialmente.

EC - Por otro lado, ustedes han hecho movimientos a propósito de la falta de debates en las campañas electorales uruguayas. Le asignan mucha importancia a ese producto de comunicación. Concretamente, se han presentado ante Andebu para proponerle que sea quien organice el debate entre candidatos presidenciales. ¿Por qué?

PM - Se nos ocurrió eso porque hemos visto que cada vez que se plantea la posibilidad de un debate, uno de los problemas centrales es dónde, en qué medio, y empieza una competencia sorda entre ustedes, entre los colegas, para ver quién logra hacer el debate. Entonces dijimos: ¿de qué manera podemos vehiculizar esto para que el cómo no sea un problema?...

EC - ¡Ojo! Le aseguro que el problema no está ahí. Puede ser que haya habido competencia entre medios…

PM - Se lo puedo asegurar.

EC - … por quién organiza el debate o dónde se hace el debate, pero me parece que si no se han hecho debates últimamente no es por ese motivo.

PM - No, no es por eso, estoy de acuerdo. Pero me pareció que era una manera de decir "demos garantías a todos, acá está la agremiación que congrega a la mayor parte de los medios del país", entonces damos certezas de que esto va a tener una recepción completa o lo más amplia posible. Se nos ocurrió eso para mover un poco la posibilidad.
    
EC - Por otra parte, en ese planteo que han hecho a Andebu no hablan del debate clásico, el debate uno a uno.

PM - El debate uno a uno tiene esa cosa medio deportiva de la pulseada, mientras que en el debate como se hace en Chile, en España, en Estados Unidos o en tantos otros países, creo que en Colombia ahora también, están todos los candidatos y cada uno habla sobre el mismo tema y luego hay cierto derecho a réplica. Al ciudadano le permite visualizar mejor las diferencias y también las coincidencias entre los partidos.

EC - Entiendo el razonamiento, pero ahí aparece otro problema…

PM - ¿A ver?

EC - ¿Qué candidatos presidenciales participan, qué partidos participan en un debate como ese? ¿Todos? ¿Los que ya tienen representación parlamentaria y los que todavía no la tienen?

PM - Creo que debería estar abierto.

EC - Puede llegar a ser una nube de candidatos arriba del escenario, entonces.

PM - Son siete, si no recuerdo mal. A los cuatro que tenemos representación parlamentaria, se agregan Asamblea Popular, el Partido Ecologista Radical Intransigente y el Partido de los Trabajadores; el Partido de la Concertación asumo que no, porque no va a competir en la campaña electoral nacional. Quizás haya que restringirlo a algún criterio, no sé, pero nosotros no somos quiénes tampoco para limitar. Sí lamento que el doctor Vázquez haya reiterado hace muy pocos días la negativa a debatir, porque llevamos muchos años sin debates en este país.

EC - ¿En qué quedo la gestión ante Andebu, entonces?

PM - La planteamos, Andebu la recibió. Ellos tienen ahora la iniciativa, si invitan o no invitan. Nosotros hablamos de un ciclo de debates con los candidatos a los efectos de poder tener un esclarecimiento mayor. Creo que el debatir no es un derecho del candidato, es un deber. En todo caso es un derecho del ciudadano poder escuchar las diferencias.

***

Transcripción: María Lila Ltaif