Suprema Corte de Justicia

Ricardo Pérez Manrique tiene la convicción de que a futuro "no hay nada claro" en el conflicto con los magistrados

Ricardo Pérez Manrique. Archivo
Ricardo Pérez Manrique Archivo

El sábado, la Asociación de Magistrados del Uruguay se reunió en asamblea para definir cómo procederán en el conflicto. Resolvieron que adoptarán "medidas progresivamente" y que si dentro de una semana no hay respuestas concretas por parte del Poder Ejecutivo, convocarán a una marcha y paro total. En Perspectiva entrevistó por este motivo al doctor Ricardo Pérez Manrique, ministro de la Suprema Corte de Justicia. El integrante de la corporación ve con preocupación este tema, "pero no precisamente de ahora". "No tengo calculada la deuda a este momento, pero es muy grande. Suponemos que va a tener que ser objeto de una negociación en algún momento" agregó Pérez Manrique, porque "es muy complejo para el Poder Ejecutivo determinar todos los sectores que están involucrados en este problema".

(emitido a las 8.51 hs.)

EMILIANO COTELO:
El sábado pasado, la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU) realizó lo que seguramente haya sido su asamblea más importante, y que podría derivar, dentro de pocos días, en la primera huelga de jueces en la historia del país.

La gremial le dio un plazo de 10 días al Poder Ejecutivo para que detalle cómo y cuándo pagará la deuda que mantiene con los jueces, producto del aumento que se otorgó en 2011 para los secretarios de Estado, igualando ss retribuciones con las de los senadores. Los magistrados consideran que aquel incremento debió haberse trasladado automáticamente a otros sectores de funcionarios, en particular los del Poder Judicial y en en especial a ellos mismos.

La AMU decidió que, si la respuesta del gobierno no es satisfactoria, adoptará "medidas progresivas" hasta llegar a un paro total de actividades.

Este no es un escenario cualquiera. Por eso nos interesa examinarlo desde dos puntos de vista. En primer lugar, el diálogo es con el doctor Ricardo Pérez Manrique, ministro de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

¿Cómo observa esta situación que ha quedado planteada, con esa eventualidad de un paro protagonizado por jueces?

RICARDO PÉREZ MANRIQUE:
Observamos la situación con mucha preocupación, pero no precisamente de ahora. En este ya largo proceso que se inicia con la aprobación del presupuesto quinquenal para el presente período de gobierno, en su momento definimos que, según la redacción básicamente de los artículos 64 y 68, un aumento que se establecía para los ministros de Estado alcanzaba a los ministros de la SCJ. Y por la vía del artículo 85 de la ley orgánica de los tribunales (15750), la Corte entendió que correspondía extender el porcentaje de aumentos (de 21,6%) también a los jueces y a los defensores de oficio, que son los que están legalmente equiparados.

EC - Esa interpretación se debe a otras leyes, a partir de las cuales, al aumentarse los sueldos de los ministros, se produce toda una serie de incrementos en cadena en otras dependencias del Estado.

RPM - Efectivamente. (Una de esas normas) es el artículo 85 de la ley 15750, aprobada prácticamente por unanimidad del Parlamento en la salida de la dictadura, con la intención de que en futuros presupuestos los jueces no tuvieran que estar haciendo gestiones ante el Parlamento para lograr un incremento salarial. La historia demostró que no fue totalmente eficaz en este sentido, pero sí que es una garantía importante y esencial al Estado de derecho asegurar la imparcialidad de los jueces y su independencia mediante un salario adecuado. Y ese ha sido el objetivo de ese artículo 85.

A partir de ese momento se abría un proceso en el cual, entendiendo la Corte que correspondía el incremento, durante cuatro meses, hasta abril de 2011, se lo paga con fondos propios y el Poder Ejecutivo se niega, afirmándose en lo que dice la ley presupuestal y su interpretación, a seguir reforzando los fondos. Con lo cual no hay más remedio que cortar el pago del aumento, porque si no, se agotaban los fondos presupuestales para pagar los sueldos.

EC - El Poder Ejecutivo aprobó el artículo 64 de la ley de presupuesto, que procuró que el ministro integrante del gabinete ganara exactamente igual que un senador de la República (y además estableció los salarios de otros cargos, por ejemplo que el subsecretario gane el 85% del sueldo de un senador, etcétera). Cuando el Poder Ejecutivo impuso esta norma, ¿no tuvo en cuenta esos otros efectos en cadena?

RPM - Lo que se nos ha dicho en reiteradas oportunidades es que se entendió que esa norma no abarcaba a los ministros de Corte y a los ministros del Tribunal del Contencioso Administrativo (TCA), que son cargos que por el artículo 85 generan esos aumentos en cadena. Esa fue la interpretación original, cuando tenemos entendido que algunos sectores de la oposición manifestaron, cuando se aprobó esto en el Parlamento, que la consecuencia natural era que quedaran beneficiados por ese aumento también los ministros de Corte y los ministros del TCA. Pero se entendió que no era así. En todo este tiempo el Poder Ejecutivo ha insistido en esa interpretación, que pretende reforzar mediante una ley posterior a la del presupuesto –la 18738, que interpreta el artículo 64 y deroga el artículo 68– que incide sobre el presupuesto y que fue declarada inconstitucional.

EC - Ahí aparece esta otra parte de la historia: el Poder Ejecutivo trata de arreglar el problema con una ley interpretativa, pero esa ley interpretativa es recurrida y la SCJ la declara inconstitucional. ¿Cómo se entiende que la SCJ haya fallado en un asunto que incumbía directamente a los propios ministros (si sus sueldos aumentaban o no 21,6%)?

RPM - En primer término, no fue la SCJ titular, porque todos los ministros nos abstuvimos, los miembros titulares, y decidió el tema una SCJ integrada por ministros de tribunales de apelaciones.

EC - Pero ¿los ministros de tribunales de apelaciones no estaban también de algún modo implicados en el tema?

RPM - Quienes integraron la Corte en esas condiciones entendieron que no se veía afectada su imparcialidad. Porque aquí lo fundamental que hay que asegurar es que un juez independiente e imparcial sea el que resuelva el tema, y esa causa de presunta parcialidad tiene que ser acreditada no meramente por presunciones. Además esto viene bien aclararlo porque en otros sistemas jurídicos hay un régimen de integración de los organismos máximos del sistema judicial cuando puede verse afectada eventualmente su imparcialidad que prevé la entrada de conjueces, es decir, de personas de fuera del Poder Judicial que son sorteadas por procedimientos que en algunos casos han sido bastante discutibles y que pueden venir a sustituir a los jueces de carrera. Nuestro sistema no admite eso. Al no admitirlo, la única forma de solucionar este conflicto jurídico respecto de derechos humanos es la que prevé la ley, la integración con ministros de tribunales de apelaciones.

EC - Y esa integración con ministros de tribunales de apelaciones falló declarando inconstitucional la ley interpretativa que había impulsado el Poder Ejecutivo.

RPM - Efectivamente. El próximo paso es una rendición de cuentas, la 18996. Los artículos 14, 15 y 16 derogan el artículo 64 original, le dan una nueva fórmula y se establece expresamente que en ningún momento el artículo 64 original significaba extender el aumento de los ministros de Estado a los integrantes del Poder Judicial. Esa ley también fue declarada inconstitucional por otra Corte integrada de la misma forma que dije en otras condiciones.

EC - En resumen, los intentos del Poder Ejecutivo por corregir esos efectos en cadena que tenía la ley de presupuesto no tuvieron resultado y por ahora sigue vigente el artículo 64 en la redacción que le dio la ley de presupuesto.

RPM - Es así, y entendiendo eso el 18 de agosto de este año elevamos una nota al ministro de Economía con copia a la Presidencia de la República pidiéndole los fondos necesarios a los efectos de poder pagar el aumento a partir del 1.° de agosto de este año. Sin perjuicio de que se había generado una deuda por las diferencias de los meses anteriores, en lo que no podíamos incidir, y es en definitiva un crédito que tendrán que negociar los titulares del crédito –que son quienes accionaron y quienes trabajan en el Poder Judicial– con el Poder Ejecutivo, que es el que tiene que pagar.

EC - El Poder Ejecutivo calculó que el hecho de cumplir con todos los incrementos en cadena que se han mencionado implica un costo extra por año de 60 millones de dólares.

RPM - Sí, el tema es bastante complejo. En el Poder Judicial somos casi 4.700 integrantes y el pago es en promedio de 65 millones de pesos por mes, lo que hace unos 650 millones por año, sin perjuicio del pago retroactivo.

EC - Ahí está hablando solamente de los efectos en el Poder Judicial. En realidad hay otros efectos más, por ejemplo en los funcionarios registrales o de las fiscalías, en ese caso dependientes del Ministerio de Educación y Cultura.

RPM - Efectivamente. Por supuesto, son cifras que nosotros no manejamos ni en cuanto a volumen de montos ni de personas involucradas.

EC - Entonces, si esa cifra que se ha deslizado desde el gobierno es correcta (60 millones de dólares extra por año), y no se han pagado 2011, 2012, 2013 y 2014, estamos ante una deuda acumulada de más de 200 millones de dólares.

RPM - No la tengo calculada a este momento, pero es una deuda muy grande. Suponemos que va a tener que ser objeto de una negociación en algún momento. Esto tiene como antecedente un ajuste salarial dispuesto en la Intendencia de Montevideo. En ese caso hubo juicios con distintos resultados, unos fueron ganados por los trabajadores y otros no, pero se le terminó pagando a todo el mundo. En el caso de los jueces, que son casi 500, han accionado más de 400, que hoy tienen dos sentencias de inconstitucionalidad a favor y han promovido una acción de cobro de pesos a los efectos de que se haga efectivo el pago de todo lo que se les adeuda.

EC - La AMU en esta asamblea del sábado acusa al Poder Ejecutivo de "mantener una contumaz e ilegítima negativa al cumplimiento de los ajustes". ¿Cómo observa una terminología como esa?

RPM - La terminología es dura y propia de una situación de conflicto. Obviamente no voy a calificar. Sí le puedo decir que entre la finalización del año pasado y el inicio de este, ya en feria y antes de la feria, la Corte, a pedido del Poder Ejecutivo, hizo llegar los cálculos que tenía a esa fecha. O sea que el Poder Ejecutivo conoce el problema desde principios de este año (en ese momento no teníamos la segunda sentencia de inconstitucionalidad). Y nos pareció un elemento esencial de responsabilidad en cuanto jerarcas del servicio posibilitar con esta nota de agosto decir "lo que se necesita es esto, estamos pidiendo estos fondos" a los efectos de no seguir ensanchando esta deuda que seguramente en algún momento va a haber que pagar. Esa fue nuestra actitud como jerarcas responsables del servicio.

Frente a los acontecimientos posteriores y sin tener respuesta del Poder Ejecutivo, la Corte es invitada el martes pasado a una reunión en la que participan el presidente de la República, el ministro de Economía, el secretario de la Presidencia, el subsecretario de Economía y los cuatro ministros que hoy estamos en la Corte (porque hay una vacante). En esa reunión, como se ha hecho de público conocimiento, se reiteró la voluntad de cumplimiento de las sentencias, pero no se estableció fecha de pago. Se nos dijo que era muy complejo para el Poder Ejecutivo determinar todos los sectores que están involucrados en este problema –desconocemos cuál es la complejidad de saberlo cuando se parte de la base de que todos los otros sectores involucrados están en el marco del Poder Ejecutivo– y que el asunto está a estudio, que no podían adelantar de ninguna manera fecha de pago y que eventualmente podía haber una nueva reunión con algo un poco más concreto.

Yo –y esto lo dijo bajo mi responsabilidad– salí de la Torre Ejecutiva con la convicción de que a futuro no había nada claro.

EC - Para usted no hay nada claro.

RPM - No, porque se habló de la posibilidad de una ley habilitante del pago, se habló de que había dificultades de información para el resto de los sectores interesados. Como que podría haber algo concreto si es que se convoca a una nueva reunión. Eso fue lo que quedó planteado. Nosotros oímos, dimos nuestras opiniones en algunos temas, pero como respuesta no recibimos nada concreto. Eso es lo que yo entiendo que pasó.

EC - La AMU ahora le da plazo al Poder Ejecutivo hasta el lunes 24 (dentro de una semana) para que concrete una solución. ¿Qué pasa si se llega a esa fecha sin novedades? Porque ahí empiezan los jueces a aplicar medidas; para empezar, una marcha el miércoles.

RPM - Sí, sí. Usted dijo cuando presentó la nota que este era un hecho histórico y no común, cosa que es verdad. En mi época como juez tuve alguna participación en la AMU y recuerdo concretamente dos momentos. Uno cuando se estaba estudiando el presupuesto en el gobierno del doctor Lacalle (padre); mientras se realizaba una asamblea en el Círculo Católico, en la Ciudad Vieja había tambores de guerra en cuanto a la posibilidad de ir a una detención de actividades. En ese momento el entonces secretario de la Presidencia, el doctor García Pintos, concurrió personalmente a hacer un ofrecimiento salarial que fue aceptado por la asamblea y finalmente no se llegó a nada.

Posteriormente recuerdo una asamblea de hace unos 10 años, en el Club de Empleados de OSE, en la cual también se planteó la posibilidad de llegar a un paro y se optó por una solución de espera. Luego vino alguna propuesta que permitió una salida.

EC - Hubo posibilidad de aplicar paros en el pasado, pero no se concretaron.

RPM - Exactamente, se manejó como posibilidad. Debo admitir que en aquel momento en la AMU hubo dudas, había sectores que definidamente entendían que esos paros no eran posibles. Ahora, a juzgar por los resultados de prensa, que es lo que conozco y la Corte como tal conoce, parecería que ha cambiado la posición y que hay una posición mayoritaria a favor de realizar paros.

EC - ¿Y la SCJ cómo se pararía ante la posibilidad de un paro de jueces?

RPM - La SCJ lo primero que va a hacer es analizar esta situación y esperar que el evento se dé. Repito, en las dos experiencias anteriores frente a la eventualidad de paro hubo una instancia de negociación que permitió salir adelante. Pediremos informes a nuestros servicios jurídicos, los discutiremos y tomaremos una posición.

EC - Pero desde hoy mismo ya empiezan a tomarse medidas. Dice el cuarto punto de la resolución de la asamblea: "Mandatar a la Comisión Directiva a adoptar progresivamente y de acuerdo a los resultados de la movilización las siguientes medidas en forma inmediata a partir del 17 de noviembre de 2014: a) suspensión de audiencias; b) suspensión de dictado de decretos en trámite y sentencias interlocutorias y definitivas; c) paro total de actividades, sin perjuicio de mantenimiento de guardia gremial en materias sensibles, vida, salud y seguridad".

RPM - No he tenido la posibilidad de leer el comunicado textualmente. Pero ahí habla de una progresividad; habrá que ver en qué medida esas medidas se cumplen.

EC - Por ejemplo, suspensión de audiencias. ¿Para la SCJ es algo aceptable?

RPM - El Código prevé la suspensión de audiencias ante causas justificadas. Habrá que ver si esas causas son justificadas. Le pido que comprenda cuál es mi posición, porque soy uno de cuatro en este momento (aunque en realidad soy uno de cinco), y preferiría no adelantar opinión hasta que esta tarde lo veamos en el acuerdo.

EC - El ministro de Trabajo y Seguridad Social, José Bayardi, dice hoy en el diario El País que "el Poder Judicial tiene funciones esenciales y no es sustituible. Si para, es como si paráramos los ministros o los legisladores".

RPM - Vi las declaraciones del ministro de Trabajo. Supongo que son preopiniones y que habrá que esperar que se concreten los hechos para adoptarlo. Yo por supuesto no voy a hacer comentarios sobre la opinión del ministro de Trabajo.

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Transcripción: María Lila Ltaif