Cómo controla la Auditoría Interna de la Nación a la administración pública
Reparticiones públicas cuyos autos circulaban a más de 150 kilómetros por hora; compra de cortes de primera calidad cuando en realidad se consumía carne picada; funcionarios que no cumplen ningún horario... Estas, entre muchas otras, fueron las irregularidades detectadas por la Auditoría Interna de la Nación en distintas oficinas del Estado. Su director, José Luis Corbo, informó tras estas denuncias los organismos tienden a "corregir las irregularidades o los errores".
(Emitido a las 9.10)
EMILIANO COTELO:
La Auditoría Interna de la Nación (AIN) marcó que en la compra de alimentos el control interno en Sanidad Militar es prácticamente inexistente. El informe dice que se compran cortes traseros y carne desosada, pero lo que se asigna al consumo es carne picada. Entre agosto y setiembre de 2003 ingresaron 33.121 kilos de carne, pero el consumo estimado fue de 14.747. El jefe del Departamento de Alimentación de Sanidad Militar dijo que la diferencia se debió a que se le dio carne al personal, pero a juicio de la AIN ésa no puede ser la única causa. Nadie lo sabe porque no existen ni un inventario ni controles periódicos en Alimentación.
"En el Ministerio de Ganadería los auditores de la AIN se hicieron un festín con el lápiz rojo", decía el sábado pasado en su resumen el diario El Observador. Por ejemplo el ministerio no cuenta con un inventario de bienes muebles, útiles e instalaciones. El 28 de setiembre de 2002 se efectuó un importante remate de vehículos tendente a reducir la flota automotriz, pero hoy hay allí más autos que en aquella fecha. La Auditoría comprobó que nadie tiene un horario fijo de trabajo y este régimen flexible es en sí mismo ilegítimo, dice, ya que no permite controlar las llegadas de los funcionarios. Lo señalado impide efectuar los descuentos salariales correspondientes y aplicar las sanciones disciplinarias procedentes cuando las llegadas tarde son reiteradas y configuren falta administrativa.
Son dos ejemplos, nada más, de esto que cada tanto ocurre. La AIN publica sus informes sobre oficinas públicas y con ellos no sorprende a nadie pero deja impresionado a todo el mundo. Porque todos sabemos que lamentablemente en el funcionamiento del Estado uruguayo se dan estas irregularidades y otras más graves, incluso delitos.
Lo que nos impacta es la cantidad de esos episodios y el hecho de que varias de estas prácticas se arrastran por años y años al punto de que terminan casi consolidadas.
Ahora que la AIN acaba de dar a conocer las conclusiones de una serie de inspecciones realizadas este año les proponemos un diálogo con su director, el doctor José Luis Corbo.
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Doctor Corbo, en dos palabras, ¿qué es la AIN?
JOSÉ LUIS CORBO:
Es el órgano de control interno de los actos y la gestión económico-administrativa y financiera de todos los organismos que se encuentran incluidos dentro de la persona pública Estado, es decir la Administración Central, y aun de aquellos que se incluyen dentro de lo dispuesto por el artículo 220 de la Constitución de la República, es decir los entes autónomos y servicios descentralizados que no pertenecen al dominio comercial-industrial del Estado. Sin perjuicio de que posteriormente se le han ido asignando cometidos que también refieren a control o algunos aspectos de control sobre la gestión de los entes autónomos y servicios descentralizados comerciales e industriales.
EC - También tiene atribuciones en el sector privado.
JLC - Tiene muchas atribuciones en el sector privado porque es el órgano de control de la legalidad de los agentes económicos quizás más importantes, las sociedades anónimas y las cooperativas.
EC - Volviendo al control en la esfera del Estado que ejerce la AIN, para terminar de entender, ¿en qué se diferencia de la tarea del Tribunal de Cuentas (TC)?
JLC - La tarea de la AIN, como lo dice expresamente la norma habilitante, refiere al control interno posterior a la actuación de los organismos del Estado, mientras que el TC es el organismo de control previo que interviene en los gastos de los organismos del Estado, es decir en definitiva mientras el TC tiene que realizar la intervención y el control de legalidad de los gastos que pretenden realizar los organismos del Estado, nosotros, la AIN, intervenimos a posteriori y hacemos un control de todos esos organismos en cuanto a la actuación ya cumplida.
EC - Un ejemplo, por citar uno nada más, a la AIN le corresponde controlar el uso de los vehículos oficiales.
JLC - Ése es uno de los cometidos que le han sido asignados, efectivamente: el control vehicular.
EC - Recordemos que ésa fue una de las decisiones que se tomaron en esta administración cuando el gobierno del doctor Jorge Batlle marcó una serie de pautas bastante rígidas sobre para qué y cómo pueden emplearse los vehículos que pertenecen a la flota del Estado. Casualmente en ese capítulo ustedes en estos informes que se dieron a conocer la semana pasada informan: en el Ministerio de Transporte se detectó que en una de sus direcciones el 87 por ciento de los autos fue utilizado incurriendo en excesos de velocidad superiores a 125 kilómetros por hora; en otra oficina el 58 por ciento de los vehículos superó velocidades de 150 kilómetros por hora. Pero además los autos oficiales fueron usados los fines de semana en horas de la noche y la madrugada. Éste es uno de los casos que ustedes revelan, pero el informe es bastante más largo en el capítulo autos oficiales.
JLC - Sí, efectivamente.
EC - ¿Cómo hacen ese contralor?
JLC - Hay un sistema para ese contralor, Conve, que permite no sólo detectar el uso del combustible sino también la propia utilización del vehículo, la velocidad promedio, etcétera. Los auditores comprobaron esas situaciones de las cuales se le da vista al organismo.
Hay una cosa que es importante destacar: el control es un proceso sobre la gestión, en este caso de los organismos públicos. La Auditoría cuando realiza sus actuaciones de contralor y fiscalización lo primero que hace es informar al organismo el resultado de esas actuaciones. El organismo tiene oportunidad procesal de formular sus descargos, de presentar pruebas, de pronto en contrario de lo que dice el equipo auditor o aceptando las recomendaciones que surgen de ese informe y disponiendo las medidas correctivas consiguientes.
Lo que trasciende a lo mediático es una parte de todo este proceso, aquella que refiere a la constatación de ciertas irregularidades. Lo que no toma estado público son las consecuencias. En este caso las consecuencias son generalmente muy positivas porque los organismos recogen las recomendaciones, las acogen y disponen toda una serie de medidas que tienden a remover los obstáculos, las dificultades de esa gestión, pero fundamentalmente a corregir las irregularidades o los errores que han sido detectados.
EC - Sí, ése es de los puntos más interesantes para conversar con usted esta mañana. Justamente, cuáles son los efectos, cuáles son las consecuencias de esas inspecciones que realiza la AIN. Antes que eso una precisión: ¿los controles se hacen de manera sorpresiva?
JLC - Generalmente sí, la Auditoría actúa de oficio por su propia iniciativa o a requerimiento de los organismos. En múltiples casos los propios organismos solicitan que se los audite a los efectos de comprobar cómo va siendo y cómo se va desarrollando su gestión.
EC - ¿En el caso que yo recién citaba del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, capítulo uso de la flota del Estado?
JLC - Fue a iniciativa de la Auditoría.
EC - Allí es a iniciativa de la Auditoría. Veo que ustedes trabajaron en algunas direcciones del ministerio en particular. ¿Fueron direcciones elegidas al azar?
JLC - El equipo auditor cuando se introduce en un organismo va analizando previamente el escenario en el que va a desempeñar su función y ahí, como son funcionarios altamente capacitados, determina los caminos a seguir, el tránsito de su actuación. En ese caso habrán considerado que lo mejor, lo más conveniente era realizarla sobre esos organismos. Es decir, más allá de que la dirección planifica un programa de trabajo para el ejercicio, siempre se producen situaciones particulares puntuales que hacen que a veces nos tengamos que desviar un poco de la planificación para actuar ante situaciones que requieren nuestra intervención inmediata.
EC - ¿Pero en qué medida los funcionarios responsables de las distintas reparticiones son sorprendidos por el control? La sospecha que ayer cuando comentábamos este tema en la tertulia surgía por parte de algunos oyentes era: en general el empleado o los responsables se enteran con anticipación y tienen tiempo de acomodar un poco las cosas.
JLC - No, generalmente no tienen tiempo de acomodar mucho las cosas, si no no surgiría lo que surge de las publicaciones que estamos analizando. En otros casos hay denuncias de particulares que permiten conocer de antemano aquellas situaciones presuntamente irregulares y actuar sobre ellas.
EC - ¿Cómo hace una denuncia un particular ante la AIN?
JLC - Cualquier interesado, cualquier particular que considera que hay un uso irregular, ilícito, ilegítimo de un vehículo oficial puede dirigirse por mail a la dirección telemática de la AIN o puede enviar un telegrama. Presenta la denuncia y de inmediato la Auditoría dispone la actuación correspondiente. Algunos de los casos que figuran ahí han sido fruto de ese proceso.
EC - Usted explicaba cómo se resuelve dónde hacer estos controles y algo empezó a decir a propósito de consecuencias. Cuando ustedes constatan una irregularidad, ¿qué pasos debe dar la repartición correspondiente? Usted dice que hay una primera instancia que es la de realizar los descargos.
JLC - Sí, pero ahí el organismo ya conoce la situación que ha detectado el equipo auditor y en la mayoría de los casos, como dije anteriormente, adopta las medidas correctivas consiguientes. Por ejemplo usted hizo referencia a lo que sucedía en Sanidad Militar, yo le puedo asegurar que la Dirección de Sanidad Militar una vez conocido el informe del equipo auditor adoptó todas las medidas que eran absolutamente imprescindibles, necesarias y hasta convenientes para corregir todo lo que surgía de ese informe y que su gestión pasara a desarrollarse con la normalidad, la regularidad jurídica y la eficacia que corresponden. Así ha pasado en otros organismos.
En otros casos las consecuencias son que hay que promover un procedimiento administrativo para esclarecer debidamente los hechos, una investigación, y deslindar las responsabilidades consiguientes, lo que puede determinar en sumario para los funcionarios actuante en esas irregularidades. Y en otros casos se da intervención a la justicia competente.
EC - En primer lugar, el organismo del Estado, la oficina que fue objeto de un control y en la que se constataron irregularidades, ¿tiene la obligación de corregir los procedimientos?
JLC - Sí, es la principal obligación, la principal obligación es cumplir con su deber de funcionario público, tiene que cumplir con las obligaciones inherentes a sus tareas legales, reglamentarias. Si se informa que no se está cumpliendo con esas obligaciones es su primer deber rever la conducta desarrollada hasta entonces y corregir todas aquellas imperfecciones, errores o irregularidades.
EC - ¿Qué pasa si no lo hace, si ante un informe de la AIN no corrige?
JLC - Puede haber consecuencias de carácter administrativo, aparece la responsabilidad administrativa; puede haber consecuencias de carácter político y asumirá la responsabilidad política; puede haber consecuencias de carácter legal y asumirá la responsabilidad competente ante los órganos judiciales; y puede haber una responsabilidad específicamente penal y tendrá que asumir su responsabilidad ante la justicia penal. Todo esto se inscribe en un proceso, porque estas actuaciones no son un hito, un momento histórico en la actuación del organismo, son parte de un proceso. Hoy estamos cumpliendo tareas de contralor y fiscalización en un organismo, hacemos recomendaciones con respecto a las cuestiones, los asuntos que entendemos que hay que modificar, complementar, corregir, etcétera; posteriormente, un tiempo después, se hace el monitoreo, el seguimiento de las recomendaciones que surgen de esta actuación y si se comprueba que no obstante el organismo mantiene su comportamiento de carácter irregular se informa a las autoridades superiores, se le informa al Poder Ejecutivo, se da cuenta al Poder Legislativo y aparece esto que estamos comentando ahora que es un instrumento de enorme eficacia porque habilita lo que se llama el control social, es decir la sociedad conoce cuál es la gestión de sus representantes en el quehacer público.
EC - Aclaremos que estos informes que estamos comentando y que tuvieron difusión amplia en la prensa durante el fin de semana están publicados en el sitio web de la AIN, son accesibles para toda la ciudadanía.
JLC - Sí, sin perjuicio de eso fueron publicados en una separata especial en la edición del Diario Oficial del viernes próximo pasado.
EC - ¿Qué ocurre en materia de sanciones? Ejemplo hoy lo mencionábamos más temprano: lo que la AIN constató en el Instituto Nacional de Alimentación (INDA) varias irregularidades, algunas de ellas muy chocantes porque estamos hablando de un organismo del Estado que tiene un papel muy importante a cumplir en circunstancias como éstas de dificultades, de crisis social donde sectores de la población se encuentran sin empleo, con problemas nutricionales.
Una de las cuestiones que se han verificado es que había alimentos que no se distribuían de la manera que estaba prevista y que incluso llegaban a estropearse, llegaban a caducar. Por ejemplo alimentos donados por la población en el partido Peñarol-Villa Española que permanecieron en el depósito tres meses después del evento sin orden de reparto, muchos de ellos se encontraron en mal estado y con roturas. Ejemplo si se quiere menor, muy concreto, muy puntual. En un caso como éste hay responsables de que esos alimentos hayan experimentado ese deterioro, ¿qué pasa con esos funcionarios?
JLC - Sin duda hay responsabilidades. En el caso concreto primero cesó en sus funciones el jerarca que desempeñó la dirección del organismo hasta diciembre de 2003. En segundo lugar se promovió una investigación administrativa que permitió esclarecer con más precisión aun estas situaciones y determinar responsabilidades funcionales. En tercer lugar en estos momentos la justicia penal tiene a su consideración la denuncia consecuencia de esa investigación administrativa promovida por el actual director del INDA y otra denuncia por parte de la AIN contra el ex jerarca en virtud de afirmaciones que hizo con respecto a la actuación de los funcionarios. Es decir que hay un cúmulo de responsabilidades, algunas de las cuales han sido determinadas en el plano administrativo con las consiguientes sanciones y hay todavía responsabilidades a determinar en el plano penal que pueden concluir con todas las consecuencias que puede tener un proceso penal.
EC - Pero más allá de las consecuencias sobre el director de la repartición porque un puesto político es relevado si se llega a determinadas conclusiones, ¿qué pasa con los funcionarios? Un oyente pregunta: "¿Alguna vez se despide a alguien?".
JLC - Sí. Para la mayor parte de la estructura funcional del Estado, particularmente la que refiere a la Administración Central, la propia Constitución de la República establece cuáles son los mecanismos para que opere el cese o la destitución de un funcionario. Tiene que haber un sumario previo determinado por las causas de omisión, ineptitud o delito y a su vez el Senado tiene que otorgar la venia correspondiente para la destitución. Es un proceso bastante complejo.
EC - Sí, ¿pero ocurre, llega a ocurrir?
JLC - Cómo no, le puedo citar una cantidad de casos en que eso ha ocurrido. Lo que pasa es que no trasciende, lo que toma estado público siempre es la eclosión de la situación irregular; las consecuencias que se derivan de eso generalmente no toman estado público, se diluyen en el tiempo porque aparecen otros acontecimientos. Pero le puedo asegurar que en la mayor parte de los casos estas situaciones traen las consecuencias consiguientes.
Además era lo que le quería decir anteriormente a raíz de esta situación del INDA, por ejemplo, la nueva dirección tuvo elementos suficientes para adoptar toda una serie de correctivos. Es bueno que la población lo sepa. Puedo decirle hoy que el costo de la gestión del INDA ha disminuido en un porcentaje sensible y la distribución alimentaria es mucho más efectiva que antes. Eso es fruto de las tareas de control. Porque el control en definitiva no es una tarea detectivesca, policíaca para averiguar ilícitos, delitos, responsables, sino que constituye un valor agregado a la gestión.
EC - Sin duda, está muy bien que usted lo subraye, pero me gustaría dedicarle un segundo más al tema de las responsabilidades. ¿Qué pasa cuando un funcionario con su accionar, con su conducta perjudica al Estado? Una de dos: o se queda con dinero de todos nosotros, que es la peor hipótesis, o lo malgasta, compra mal, compra alimentos que después se deterioran porque se almacenan, se olvidan y no se distribuyen. Allí hay un perjuicio al conjunto de la sociedad: es dinero de todos nosotros que se fue por culpa de fulano de tal que ocupaba tal o cual cargo. ¿De alguna manera ese funcionario compensa al Estado, pone el dinero que tiró por la borda?
JLC - Desde el punto de vista teórico, desde el punto de vista del ordenamiento jurídico de nuestro Estado de derecho tiene que responder, lo establece la propia Constitución de la República, sin lugar a dudas. Ese funcionario que con su comportamiento irregular, ilícito, lesionó los intereses del Estado, en definitiva de la sociedad, tiene que responder personal y particularmente por la lesión y el daño ocasionados. Es responsabilidad de las autoridades respectivas, de los jerarcas correspondientes que eso se aplique. Ahí ya no entra la Auditoría.
EC - Da la sensación de que eso ocurre poco.
JLC - Sin entrar a deslindar cometidos, funciones o responsabilidades, ya no es tarea de la Auditoría. La Auditoría da cuenta de todas estas situaciones, así como da cuenta pública porque el legislador le impuso esa obligación, da cuenta también administrativa a los jerarcas y a las autoridades correspondientes y será de ellos la actuación consecuente. Por lo tanto en la mayor parte de los casos no le puedo decir si en definitiva esas autoridades o esos organismos competentes actúan o no para hacer determinar las responsabilidades de esos funcionarios conforme a derecho. Me puedo limitar a decir lo que hace la Auditoría.
EC - ¿La Auditoría cuenta con el personal necesario para desarrollar la tarea?
JLC - Desgraciadamente no, tenemos una notoria carencia de recursos técnicos, materiales y fundamentalmente humanos que habiliten a cumplir toda la vasta gama de cometidos que le han sido asignados. Afortunadamente hemos contado en los últimos tiempos con la colaboración invalorable de estudiantes de la Universidad de la República próximos a graduarse, a recibirse en las áreas de Derecho y Ciencias Económicas. Un convenio específico que hemos celebrado con el rector nos permite contar con ese conocimiento fresco, con esa aportación de estudiantes que son seleccionados mediante pruebas muy rigurosas y que además son supervisados por los propios docentes de la Universidad para actuar con la experiencia acumulada de los funcionarios del organismo en un proceso de interacción que nos está dando muchísimo resultado y nos permite cumplir razonablemente con esos vastísimos cometidos que tenemos a nuestro cargo.
EC - ¿Funcionarios propios de la Auditoría cuántos son?
JLC - Funcionarios propios de la Auditoría son 100. Incluyen personal de servicio, administrativo y técnico.
EC - ¿Y con ese refuerzo de pasantes?
JLC - 120-125, más o menos.
EC - ¿125 más?
JLC - No, no, en total. La verdad es que... en fin, no quiero hacer caudal de lo que significa el organismo la opinión pública podrá conocerlo por otras vías, pero evidentemente tiene una historia muy particular y una cultura muy especial que emana de sus funciones en la ex Inspección General de Hacienda, que también era un organismo de control de la gestión de la hacienda pública. Esa cultura afortunadamente se ha mantenido y los funcionarios en términos populares siempre tienen la camiseta puesta en función de los supremos intereses del Estado y de la sociedad que integran.
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Mauricio Erramuspe