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Los desafíos del nuevo Código del Proceso Penal

Foto 1: El Observador
Foto 2: El País.
Foto 1: El Observador Foto 2: El País

El próximo 16 de julio, luego de la Feria Judicial Menor, debería entrar en vigencia el nuevo Código del Proceso Penal. Sin embargo han surgido algunos problemas, como el conflicto que llevan adelante los funcionarios judiciales, dificultades con los procedimientos y la instalación de la infraestructura necesaria, por lo que se podría posponer su entrada en vigencia hasta febrero próximo.

Vale recordar que el 24 de agosto del 2015, la Fiscalía General de la Nación, cesó su dependencia del Ministerio de Educación y Cultura y se estableció como un "servicio descentralizado";.

El nuevo Código supone un desafío enorme para toda la estructura jurídica del país. Eso incluye a fiscales y jueces en primer lugar, pero también para los abogados. Todo cambia para la policía, para los justiciables, para la sociedad y también para los periodistas.

Entre otros aspectos cambia el modelo penal de inquisitivo a acusatorio, según lo explicó el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak. Y es definido como " una herramienta fundamental para que el Uruguay tenga un proceso garantista que proteja mínimamente el estándar de derechos humanos y además una reforma indispensable por la falta de transparencia que el proceso penal tiene en el Uruguay", aseguró el magistrado.

El Fiscal de Corte, Jorge Díaz, principal impulsor de esta transformación ha señalado en más de una oportunidad que "el nuevo Código va a transparentar el accionar de la Justicia, pero también evitará que muchos inocentes estén presos y que muchos culpables anden libres por la calle";.

Estos cambios se producen en un momento complicado ya que la sociedad le reclama mayor decisión a la Justicia para enfrentar a la inseguridad.

A partir de la entrada en vigencia del nuevo Código, todas las audiencias judiciales serán orales y públicas, salvo en situaciones previstas en la misma ley.

Luego, es el fin del papel. A partir de ahora las audiencias se registrarán oralmente, el expediente será electrónico, tendrá un único número para todo el país y los interesados los podrán consultar a través de la web.

Hasta el 1° de Enero de 1981 cada sede penal contaba con un Juez de Instrucción, que era quien investigaba y armaba la causa, y un Juez de Sentencia quién establecía las condenas. Desde entonces, el mismo juez investiga y sentencia y hay quienes consideran que es una situación que conspira contra el derecho de las personas.

Pero con bajo el nuevo Código toda la investigación de un caso será realizada por orden de la fiscalía a quién responderán, de aquí en adelante, la policía y la Prefectura Nacional Naval.

Incluso el fiscal podrá constituirse en cualquier sede policial o naval. Se restringe la figura de prisión preventiva, ya que un acusado irá a la cárcel sólo bajo determinadas circunstancias o cuando al final del juicio el juez lo disponga.

Cambia toda una cultura muy acentuada entre todos los actores judiciales: se terminan los escritos, los latinazgos, los expedientes primorosamente atados cuál matambre. El juez sólo interviene durante la etapa de juicio y deberá expedirse al final del mismo, que será en la misma audiencia.

Los abogados deberán afinar su lenguaje verbal y gestual porque toda la defensa será oral, se terminan los escritos. Y lo mismo ocurrirá con los fiscales, ya que la acusación también será oral.

En la columna de mañana referiremos las principales objeciones que hacen abogados, jueces y algunos fiscales al nuevo Código del Proceso Penal.