Sin casa no hay paraíso
Unos 170.000 compatriotas viven en asentamientos ilegales; otras 100.000 personas pueden perder su vivienda por no poder hacer frente a la cuota calculada en UR. Además una cifra imprecisa de centenares de miles no tiene solución al tema vivienda por carecer de recursos y hasta por estar en el clearing.
Un vecino de Parque del Plata encontró una solución para 300 familias, que podría ser solución para miles. En el año 2010, Waldemar del Rivero un frenteamplista ilusionado con la presencia activa del FA en espacios sociales infinitamente postergados, presentó públicamente un proyecto de vivienda para los más rezagados, que no suponía costos para el Estado, ni la burocrática presencia de legislación que demora las soluciones mucho más que las inmediatas necesidades de los pobres.
Él lo denominó "Plan Habitacional" y según explicó "apelaba a los centenares de miles de padrones definitivamente abandonados por personas ya fallecidas, sin sucesiones, o por personas que atentas al nivel de endeudamiento municipal y nacional de esos padrones (casi sin excepción mayor que el valor real ) , decidieron lógicamente dejarlos abandonados; o por herederos que desconocen su condición jurídica".
Ese "Plan Habitacional" se sustentaba en legislación existente, y sólo era menester "voluntad política" para su ejecución.
Pero increíblemente la mayor oposición la encontró "en el Alcalde frenteamplista de Parque del Plata del momento".
Del Rivero relató que "fue estigmatizado con pegatinas en las columnas y plazas del balneario en mi contra, hasta decenas de citaciones judiciales, fueron parte de los costos de mi lucha en soledad. Y lo más doloroso, reitero, atacado por dirigentes de mi propio partido, alguno de ellos amigos quienes, asustados por mi actitud, terminaron alejándose".
Pero mientras daba esa lucha en desventaja "centenares de estafadores tomaron y toman esos terrenos abandonados, para vendérselos en miles de dólares a esas empobrecidas familias, que yo pretendía llegaran a los mismos en forma directa", dijo Del Rivero
Sin embargo reconoció que "tuvo el respaldo de la casi totalidad de los vecinos más humildes de la región, así como la del hoy Intendente de Montevideo, Daniel Martinez, quien vino en persona e hizo gestiones para el desarrollo del Plan".
¿En qué consistía ese Plan Habitacional?
La siguiente es una síntesis de la propuesta realizada por Del Rivero:
PRIMERO: Quien pretenda tomar posesión de un terreno para solucionar su problema habitacional, deberá enviar solicitud correspondiente al Municipio Local, afín a las siguientes condiciones: A) El predio deberá tener deuda de contribución y de impuesto de primaria contumaz, a la vez que estar libre de ocupantes: B) El solicitante deberá declarar y demostrar no menos de tres años de residencia en la localidad, no pudiendo ser propietario de inmueble alguno, en ningún lugar país. C) El solicitante adjuntará a la solicitud, la dirección, padrón, mensura, deslinde, informe catastral técnico -con nombre del agrimensor y fecha de inscripción- e informe registral del inmueble, todo en certificado notarial.
SEGUNDO: El Municipio verificará , en plazo no mayor a los cinco días hábiles, la veracidad técnica de la documentación: De ser válida, elevará la misma al Juzgado competente.
TERCERO: El Juzgado competente analizará, mediante asistentes sociales, las condiciones y hábitos sociales del solicitante, para luego decidir si están dadas o no las condiciones para la toma de posesión requerida.
CUARTO: De estar dadas las condiciones para la toma de posesión, una vez autorizado, el beneficiado deberá hacer frente a las deudas impositivas departamentales y nacionales legadas por el omiso propietario, afín a los decretos vigentes.
QUINTO: El beneficiado deberá construir con recursos propios, no teniendo acceso a ningún plan departamental o nacional de construcción, quedando si excluido del pago de aportes inherentes a la construcción.
SEXTO: El beneficiado no podrá vender, hipotecar ni arrendar el bien, por un plazo de diez años.
SÉPTIMO: La mayoría de los padrones aptos para el desarrollo de este proyecto se hallan en un fideicomiso, prontos para ser ejecutados