ROMPKBZAS

Un nuevo juez uruguayo en la CIDH y un fallo que el Estado nunca cumplió

Recientemente designado para integrar la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Ricardo Pérez Manrique estuvo en la Zona Central de Rompkzas para hablar de su nueva responsabilidad y explicar en qué estado está el cumplimiento del dictamen que ese organismo emitió contra el Estado por el Caso Gelman. 

En los cuarenta años que tiene de funcionamiento, solo dos jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos fueron uruguayos: estamos hablando de Héctor Gros Espiell y Alberto Pérez Pérez.

Se trata de un organismo poco utilizando desde este país. A esa instancia han llegado apenas un par de denuncias presentadas por uruguayos. Una fue la vinculada al Caso Gelman. La otra fue la de los ahorristas del Banco Montevideo.

En ambas situaciones la CIDH falló en contra de los intereses del Estado uruguayo.

A ese ámbito, que funciona en la órbita de la Organización de Estados Americanos (OEA) llegó en los últimos días el ex presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique.

"Mi peluquero me preguntó qué era eso" ironizó, entrevistado por Rompkbzas, sobre la poca visibilidad de un organismo que, sin embargo, tiene jurisdicción sobre 500 millones de personas.

Se trata, explicó, de un tribunal integrado por siete miembros de países que aceptan sus competencias, que se expresan en tres áreas.

Por un lado el contencioso, en donde las víctimas plantean un juicio contra un Estado. En segundo lugar está lo consultivo, por la cual un país o un organismo consulta sobre los parámetros de determinado derecho humano.

Finalmente, la Corte atiende situaciones de riesgo inminente, en donde pueden ordenar a un Estado que paralice determinadas acciones que, eventualmente, violen los derechos humanos.

Pérez Manrique sostuvo que una de las aspiraciones es que, este año, la Corte pueda realizar sesiones ordinarias en Uruguay.

El magistrado fue consultado sobre una parte del dictamen relativo al Caso Gelman, que le ordenó al Estado uruguayo que la "ley de Caducidad" desapareciera.

Según explicó, la sentencia no ha sido cumplida. Recordó que, en momento en que la CIDH dictó la sentencia,la Suprema Corte de Justicia había decretado la inaplicabilidad de la ley con respecto al caso de Nibia Sabalsagaray.

"Entiendo que a partir de allí se permite perfectamente no mantener la ley de Caducidad" y avanzar en la investigación de los casos, afirmó.